Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
G. S.
02/09/2026

FACTURA CONSUMO NO ACREDITADO Y ENVÍO A EMPRESA DE COBRO PESE A ESTAR RECLAMADA

Reclamo una factura de electricidad de Naturgy correspondiente al periodo comprendido entre el 16 de septiembre y el 9 de diciembre de 2025, cuya corrección llevo meses solicitando que se acredite documentalmente. Naturgy afirma que la factura es correcta porque está basada en “lecturas reales”. Sin embargo, pese a mis numerosas reclamaciones, NO ME HA FACILITADO NINGÚN DOCUMENTO que permita comprobar cuáles son esas supuestas lecturas reales, sus fechas, valores ni su origen. Naturgy también afirma que el contador fue revisado el 27 de mayo de 2026, que funcionaba correctamente y que durante la revisión “se han tomado lecturas”. Sin embargo, tampoco me ha entregado acta, informe, parte de trabajo, fotografía, valores registrados ni ningún documento que acredite qué comprobaciones se realizaron y cuáles fueron esas lecturas. El problema es especialmente relevante porque dispongo de una fotografía del contador tomada en octubre de 2025 en la que aparece una lectura de 0. Además, he contactado directamente con UFD y se me indicó que no constaba lectura en septiembre, que la lectura 0 de mi contador era correcta y que no estaban disponibles las lecturas horarias correspondientes al periodo controvertido. Por tanto, existe una contradicción objetiva que llevo meses pidiendo a Naturgy que aclare: si no consta lectura en septiembre, la lectura 0 del contador era correcta y no están disponibles los datos horarios del periodo, ¿cuáles son exactamente las “lecturas reales” con las que Naturgy justifica el consumo que pretende cobrarme? En lugar de aportar esa documentación, Naturgy vuelve a remitirme a UFD, a pesar de que es Naturgy quien emite la factura, reclama su pago y ya ha realizado gestiones directamente con la distribuidora. ENVÍO A EMPRESAS DE COBRO PESE A NO ACREDITAR LA DEUDA Lo que considero especialmente grave es que, mientras llevo meses reclamando y solicitando documentación objetiva que acredite el consumo, Naturgy continúa derivando la supuesta deuda a empresas de gestión de cobros para reclamarme y presionarme para que pague. Estoy recibiendo comunicaciones de una empresa externa de cobro mientras Naturgy sigue sin facilitarme las pruebas documentales que justifican la cantidad reclamada. No considero razonable que una empresa pueda limitarse a afirmar reiteradamente que una factura es correcta, negarse a aportar las lecturas y documentos que permitirían comprobarlo y, al mismo tiempo, continuar utilizando empresas externas para presionar al consumidor para que pague una deuda que está formalmente controvertida y pendiente de acreditación. No me niego a pagar un consumo que realmente me corresponda. Lo que solicito desde hace meses es algo básico: que Naturgy demuestre documentalmente el consumo que pretende cobrarme. He solicitado reiteradamente las lecturas concretas, fechas, valores, histórico de consumos, datos de medida disponibles y documentación de la revisión del contador. A pesar de ello, continúo recibiendo conclusiones, pero ninguna prueba documental. SOLICITO Que Naturgy aporte las lecturas concretas utilizadas para generar la factura, indicando fecha, valor y origen de cada una y si son reales, estimadas o regularizadas. Que aporte el histórico de lecturas y los datos de consumo disponibles correspondientes al periodo reclamado. Que aporte el informe, acta o documentación de la revisión del contador realizada el 27 de mayo de 2026, incluyendo las lecturas tomadas. Que explique documentalmente cómo puede ser compatible el consumo facturado con la fotografía del contador que mostraba lectura 0 y con la información facilitada por UFD. Que, si Naturgy no puede acreditar documentalmente el consumo facturado, proceda a anular o rectificar la factura y regularizar cualquier cantidad incorrectamente reclamada. Que mientras la deuda permanezca formalmente controvertida y Naturgy no aporte la documentación que acredite su existencia y cuantía, cese su derivación a empresas externas de gestión de cobro y las actuaciones de presión para exigir su pago. Después de meses de reclamaciones, no solicito una nueva respuesta genérica indicando que “las lecturas son reales”. Solicito que Naturgy aporte los documentos y datos que demuestren que lo son. Mientras dicha documentación no sea facilitada, mantengo expresamente mi disconformidad con la factura y con la deuda que Naturgy pretende reclamarme.

En curso
N. M.
02/09/2026

NO ME DAN DE ALTA EN EL GAS

Buenos días, estamos sin gas desde el martes 25 de julio, nos dimos cuenta que no teníamos gas el jueves cuando nos informo el de la caldera, llamamos a las 12 y no dieron de alta la incidencia después de 5 llamadas a las 18:11 de la tarde INCIDENCIA NUMERO: ES- 202608A166355802, al de alta la incidencia la gestionaron mal y ponía que tenemos gas en el suministro cuando no es asi.. llamamos al día unas 5 veces y lo único que dicen es que lo traspasan. No podemos mas, ya que llevamos 1 semana y 1 día sin agua caliente y sin gas (sin poder cocinar), Por favor si podéis contactar para solucionarlo. De todas las veces que llamamos, solo pasaron la reclamación 2 veces una vergüenza, en teoría estos tramites no tardan mas de 48 horas.. y se ha duplicado el plazo por 3. Muchas gracias

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
P. G.
01/09/2026

Reclamación previa presentada ante Endesa: n.º 101254405

Presento reclamación por los problemas reiterados de funcionamiento de los puntos de recarga AC Tipo 2 de 22 kW de Endesa situados en Parc Vallès, Terrassa. Desde hace varios meses, numerosos cargadores presentan problemas de funcionamiento. La incidencia no afecta únicamente a aquellos que aparecen oficialmente fuera de servicio: existen cargadores que figuran como disponibles y operativos en la aplicación de Endesa pero que, al intentar utilizarlos, no permiten realizar una recarga correctamente. Entre los fallos que he comprobado de forma reiterada se encuentran cargas que no llegan a iniciarse, sesiones que se interrumpen después de arrancar y cargadores en los que el mecanismo de bloqueo de seguridad del conector Tipo 2 no engancha correctamente, impidiendo iniciar la carga. Presenté previamente una reclamación directamente ante Endesa, con número de expediente 101254405. En una primera respuesta, Endesa reconoció que determinadas estaciones de Parc Vallès necesitaban una intervención técnica. Tras comunicarles que existían más puntos afectados, Endesa respondió que los cargadores que figuran como disponibles presentan un historial de funcionamiento regular y calificó los problemas de bloqueo, interrupciones y otros fallos como incidencias puntuales que pueden solucionarse mediante los sistemas de autodiagnóstico. No estoy conforme con esta respuesta, puesto que estos problemas se producen de manera reiterada desde hace meses y la disponibilidad que muestra la aplicación no siempre se corresponde con el funcionamiento real que encuentra el usuario al intentar cargar. Además, en su última respuesta, la propia Endesa reconoce que existen puntos que, tras sus verificaciones técnicas, han presentado incidencias que requieren intervención especializada y que actualmente están bajo seguimiento y actuación de técnicos. Por todo ello, solicito que Endesa realice una revisión técnica completa de los cargadores Tipo 2 de 22 kW de Parc Vallès, incluidos aquellos que aparecen como disponibles, comprobando físicamente que permiten iniciar y mantener correctamente una sesión de carga y que funciona el mecanismo de bloqueo del conector. Solicito igualmente la reparación de todos los equipos afectados, que la información de disponibilidad mostrada en la aplicación corresponda con el funcionamiento real de los cargadores y que se facilite una previsión para la normalización completa del servicio. Adjunto las respuestas recibidas de Endesa como prueba de las reclamaciones realizadas y de las incidencias que la propia empresa reconoce. Solicito la intervención de OCU para conseguir una solución efectiva y definitiva a una situación que lleva varios meses produciéndose.

Cerrado
R. G.
01/09/2026

doble recibo

Buenas Tardes ,les pongo en antecedente y les adjuntares copias, el dia de 25 de agosto pago una factura de 62,01 euros, hoy dia 1 recibo un email donde me adjunta la proxima factura de septiembre por un importe de 106,55 que cobraran el 25 de septiembre me he puesto en contacto con la empresa y nadie me lo soluciona. A ver si me podeis ayuda. sin mas un cordial saludo

En curso

Cambio de suministradora sin permiso

Estimados/as señores/as: He sido objeto de unos intentos de cobros por energía por oarte de su compañía en mi cuenta bancaria, a lo largo de los meses de julio y agosto. Como nunca he sido cliente de Vds. y ante la posibilidad de encontrarnos ante una suplantación o alta engañosa he devuelto los cobros para evitar el pago. SOLICITO: baja de los servicios que nunca contraté. Sin otro particular, atentamente. Pablo Sánchez León

En curso
J. C.
01/09/2026

Servicios adicionales de "mantenimiento" no contratados.

Estimados/as señores/as: Mediante el presente escrito, me dirijo a ustedes para interponer una reclamación formal en relación con la facturación y el cobro de dos servicios de mantenimiento (Protección 360 Plus y Aire Completo) que figuran a mi nombre y que en ningún momento he contratado de forma informada ni consentida. A continuación, expongo los hechos que motivan esta reclamación: 1. Contratación desinformada y falta de consentimiento: En el momento de tramitar presencialmente la contratación de la "Tarifa Libre" de luz en su oficina, la empleada que me atendió no hizo mención alguna a la existencia de los servicios Protección 360 Plus y Aire Completo. No se me ofreció información sobre ellos, ni expresé mi consentimiento o conformidad en ningún momento para su contratación. Yo acudí exclusivamente a contratar la Tarifa Libre. 2. Opacidad y ausencia de documentación:En la área de Endesa Clientes, se puede observar el contrato por el producto Tarifa Libre (donde, tras revisarlo detalladamente, no consta la inclusión de estos mantenimientos). Sin embargo, nunca se me envió copia de los supuestos contratos de los citados servicios de mantenimiento, impidiéndome saber qué tenía supuestamente contratado. De hecho, me he percatado de la existencia de los mismos al revisar los elevados importes de mis facturas. 3. Imposibilidad de acceso a los contratos: He intentado por todos los medios obtener una copia digital de dichos contratos, un derecho básico de cualquier consumidor. Estos documentos no están disponibles en mi Área de Cliente (web/app). He contactado en múltiples ocasiones con atención telefónica y ningún agente ha podido visualizarlos ni enviármelos. Por todo lo expuesto, y ante lo que considero una práctica comercial abusiva que vulnera mis derechos como consumidor, SOLICITO: - Que se me remita, de forma inmediata y por esta misma vía, copia íntegra y original de los contratos correspondientes a los servicios Protección 360 Plus y Aire Completo que supuestamente firmé en su día. - En caso de existir dichos contratos, dadas las condiciones irregulares en las que se obtuvieron (sin información previa y sin consentimiento expreso), exijo la devolución íntegra de todos los importes que se me han cobrado por ambos servicios desde el inicio de la supuesta contratación hasta la fecha efectiva de su baja. En caso de no recibir una respuesta favorable y la consiguiente devolución de los importes en un plazo razonable, me veré en la obligación de elevar esta reclamación a los organismos competentes en materia de Consumo, así como de tomar las medidas legales oportunas para denunciar estas contrataciones engañosas. Quedo a la espera de su pronta respuesta. Atentamente, J.C.

Cerrado
M. O.
01/09/2026

Denegación injustificada de subvención por “desistimiento” no realizado – Expediente SUB_ES_00000367

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque, tras tramitar a través de Iberdrola una solicitud de subvención (expediente SUB_ES_0000036775) hace aproximadamente dos años, con fecha 15 de julio de 2026 recibí una comunicación de Iberdrola informando de la cancelación de la solicitud por denegación de la administración pública, alegando como motivo “Desistimiento”. Nunca hemos presentado renuncia ni desistimiento alguno respecto a esta solicitud, ni hemos autorizado a Iberdrola a realizarlo en nuestro nombre. Ese mismo día remitimos una reclamación formal a Iberdrola (gestionayudas@iberdrola.es) solicitando que se nos aclarase: quién figura como autor del desistimiento, en qué fecha se produjo, mediante qué documento se acredita, si se siguió el procedimiento de subsanación previo exigido por el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, copia íntegra de la resolución administrativa, el órgano competente y los recursos disponibles. A día de hoy, más de un mes después, no hemos recibido respuesta satisfactoria ni la documentación solicitada. Consideramos que existe una gestión negligente del expediente por parte de Iberdrola, que ha dado lugar a una denegación de ayuda pública sin que medie causa real imputable a nosotros como solicitantes, después de casi dos años de espera. Solicitamos: 1. Copia íntegra de la resolución o notificación administrativa que acuerda la denegación/archivo de la solicitud. 2. Acreditación documental de quién y cuándo presentó el supuesto desistimiento. 3. En caso de que el desistimiento se derive de falta de subsanación, copia del requerimiento de subsanación y prueba de su notificación. 4. La reapertura o rectificación del expediente si no existe resolución administrativa firme que ampare la denegación. 5. Una respuesta por escrito en un plazo razonable. Quedo a la espera de su respuesta y agradezco de antemano la intervención de OCU en este asunto. Un saludo. Manuela Lopez

En curso
M. G.
01/09/2026

Descuentos

Buenos días: Desde el pasado mes de enero de 2025, cuando le comuniqué al empleado de la gasolinera Capellanías, sita en la calle Hilanderas, 321 del Pol. Ind. Las Capellanías de Cáceres, que era socio de la OCU en cuyo caso tenía derecho a un descuento, no de 5 cts por litro como me han venido haciendo hasta la fecha con una tarjeta de GALP con un código de barras, sino de 7 cts. por litro, me dijeron que eso no era posible porque dicha gasolinera no es de GALP, lo que creo que no se corresponde con la realidad porque: 1. como ya he dicho, en la tarjeta con el código de barras con la que me hacen el citado descuento, viene "GALP". 2. En la parte superior de los justificantes de pago con tarjeta, que les adjunto, también viene GALP ENERGÍA ESPAÑA, S.A. 3. Un empleado de esta gasolinera me comentó que la tarjeta con el código de barras lo tienen que aceptar y efectuar el citado descuento al presentarla en cualquier gasolinera de GALP, aunque intenten convencerte de lo contrario. Dicho todo esto, creo que, por ser socio de la OCU, debería tener derecho, a diferencia de los restantes clientes que no lo son y a los que se les hace el dto. de 5 cts por litro al presentar la tarjeta de GALP, de que me hicieran el dto. de 7 cts por litro, pues, creo que con los motivos expuestos es más que evidente que esta gasolinera pertenece a GALP ENERGÍA ESPAÑA, S.A. Saludos.

En curso
M. R.
31/08/2026

Sistema Backup contratado para funcionamiento ante ausencia de red

Presentamos reclamación frente a HOLALUZ en relación con la instalación fotovoltaica realizada en nuestra vivienda, debido a que una de las funcionalidades expresamente contempladas en el contrato, el sistema Backup, no se encuentra operativa. En las Condiciones Particulares del contrato figura expresamente un sistema Sungrow SBS100 Backup, y las propias condiciones generales regulan la compra e instalación de dicho sistema de respaldo. El contrato también establece que HOLALUZ suministra la instalación en modalidad “llave en mano”, incluyendo los materiales necesarios para el correcto funcionamiento, el montaje y la puesta en marcha de los equipos. Nuestra instalación dispone de sistema fotovoltaico Sungrow, almacenamiento mediante dos baterías Sungrow SBS050 de aproximadamente 5,12 kWh cada una, con una capacidad total aproximada de 10,24 kWh, y sistema Sungrow SBS100 Backup. La finalidad de este sistema es que, ante una interrupción del suministro procedente de la red eléctrica, la instalación pueda mantener alimentación mediante el sistema fotovoltaico y las baterías en los circuitos o consumos previstos para el respaldo. No reclamamos que el sistema pueda abastecer la totalidad del consumo de la vivienda ni que proporcione una autonomía ilimitada, circunstancias que el propio contrato excluye expresamente, sino que la funcionalidad Backup contratada opere realmente ante una ausencia de red. Sin embargo, hemos comprobado mediante distintas pruebas que esta funcionalidad NO ESTÁ OPERATIVA. Al desconectar el suministro procedente de la red eléctrica, la vivienda se queda sin suministro, aun disponiendo de carga suficiente en las baterías y habiéndose realizado pruebas también en condiciones con producción fotovoltaica. Esta incidencia fue comunicada por primera vez a HOLALUZ por vía telefónica el 24 de febrero de 2026. Ante la ausencia de una solución, reiteramos la incidencia durante los meses de marzo, abril y mayo, sin obtener una respuesta concreta ni una fecha prevista de intervención. La única información facilitada fue que «el técnico atiende según urgencia», manteniéndose la incidencia sin resolver durante todos esos meses. Cabe señalar que la reclamación telefónica es uno de los canales expresamente contemplados en el propio contrato de HOLALUZ para comunicar incidencias y formular reclamaciones. Ante la prolongación de esta situación, en julio de 2026 contactamos directamente con el departamento comercial para solicitar indicaciones sobre cómo proceder y conseguir una solución definitiva. Se nos indicó que debíamos formalizar la incidencia por escrito a través de la dirección tuinstalacion@holaluz.com. Siguiendo dichas instrucciones, remitimos la correspondiente reclamación por correo electrónico, exponiendo nuevamente el problema y solicitando expresamente una fecha concreta de intervención y resolución. Asimismo, advertimos de que, si la incidencia continuaba sin resolverse, nos veríamos obligados a trasladar la reclamación a los organismos de defensa de los consumidores. A fecha 19 de agosto de 2026, el sistema continuaba sin funcionar y, actualmente, a 31 de agosto de 2026, seguimos sin disponer de una solución efectiva ni se ha restablecido correctamente la funcionalidad Backup de nuestra instalación. Por tanto, han transcurrido más de seis meses desde que HOLALUZ tuvo conocimiento de la incidencia por primera vez, durante los cuales hemos realizado reiteradas llamadas y comunicaciones solicitando su resolución. Consideramos que este periodo excede ampliamente cualquier plazo razonable para diagnosticar y solucionar una incidencia relativa a una funcionalidad expresamente contemplada dentro de la instalación contratada. Además, el contrato establece una garantía de instalador de tres años sobre la obra ejecutada y los elementos suministrados por HOLALUZ, incluyendo los fallos o averías derivados de los trabajos de instalación o reparación realizados por HOLALUZ o sus empresas contratistas. Nuestra intención durante todo este tiempo ha sido facilitar a HOLALUZ la posibilidad de resolver el problema por sus propios medios. Sin embargo, ante la falta de una solución definitiva después de más de seis meses de reclamaciones, nos vemos obligados a recurrir a OCU para solicitar su intervención. Entendemos que corresponde a HOLALUZ y/o a sus servicios técnicos determinar si el origen de la incidencia se encuentra en la configuración, inversor, baterías, sistema Backup, protecciones, cuadro eléctrico, instalación interior o cualquier otro elemento. Como consumidores no nos corresponde realizar dicho diagnóstico, sino recibir una instalación que funcione conforme a las prestaciones contratadas. SOLICITAMOS: Que HOLALUZ proceda, sin coste alguno para nosotros, a diagnosticar y solucionar definitivamente la incidencia, realizando todas las actuaciones técnicas necesarias para dejar plenamente operativo el sistema Backup contratado. Que se nos facilite por escrito una fecha concreta de intervención y resolución, dado el tiempo transcurrido desde la primera comunicación de la incidencia. Que, una vez realizada la intervención, se efectúe una prueba real de funcionamiento en nuestra presencia, desconectando el suministro de red y comprobando que la instalación conmuta correctamente al sistema de respaldo y proporciona suministro a los circuitos o consumos previstos conforme a las características de la instalación contratada. Si HOLALUZ considera que la instalación contratada no puede proporcionar técnicamente dicha funcionalidad, solicitamos que lo comunique expresamente y por escrito, indicando los motivos concretos y proponiendo una solución técnica o compensatoria adecuada por una prestación incluida en la instalación que no está siendo proporcionada. Consideramos que hemos concedido un plazo más que razonable para solucionar la incidencia y acudimos a OCU ante la ausencia de una solución definitiva. Solicitamos una respuesta y una solución efectiva, no únicamente la apertura, reasignación o derivación de una nueva incidencia técnica.

Resuelto
F. T.
31/08/2026

Sistema Backup contratado para funcionamiento ante ausencia de red

Presentamos reclamación frente a HOLALUZ en relación con la instalación fotovoltaica realizada en nuestra vivienda, debido a que una de las funcionalidades expresamente contempladas en el contrato, el sistema Backup, no se encuentra operativa. En las Condiciones Particulares del contrato figura expresamente un sistema Sungrow SBS100 Backup, y las propias condiciones generales regulan la compra e instalación de dicho sistema de respaldo. El contrato también establece que HOLALUZ suministra la instalación en modalidad “llave en mano”, incluyendo los materiales necesarios para el correcto funcionamiento, el montaje y la puesta en marcha de los equipos. Nuestra instalación dispone de sistema fotovoltaico Sungrow, almacenamiento mediante dos baterías Sungrow SBS050 de aproximadamente 5,12 kWh cada una, con una capacidad total aproximada de 10,24 kWh, y sistema Sungrow SBS100 Backup. La finalidad de este sistema es que, ante una interrupción del suministro procedente de la red eléctrica, la instalación pueda mantener alimentación mediante el sistema fotovoltaico y las baterías en los circuitos o consumos previstos para el respaldo. No reclamamos que el sistema pueda abastecer la totalidad del consumo de la vivienda ni que proporcione una autonomía ilimitada, circunstancias que el propio contrato excluye expresamente, sino que la funcionalidad Backup contratada opere realmente ante una ausencia de red. Sin embargo, hemos comprobado mediante distintas pruebas que esta funcionalidad NO ESTÁ OPERATIVA. Al desconectar el suministro procedente de la red eléctrica, la vivienda se queda sin suministro, aun disponiendo de carga suficiente en las baterías y habiéndose realizado pruebas también en condiciones con producción fotovoltaica. Esta incidencia fue comunicada por primera vez a HOLALUZ por vía telefónica el 24 de febrero de 2026. Ante la ausencia de una solución, reiteramos la incidencia durante los meses de marzo, abril y mayo, sin obtener una respuesta concreta ni una fecha prevista de intervención. La única información facilitada fue que «el técnico atiende según urgencia», manteniéndose la incidencia sin resolver durante todos esos meses. Cabe señalar que la reclamación telefónica es uno de los canales expresamente contemplados en el propio contrato de HOLALUZ para comunicar incidencias y formular reclamaciones. Ante la prolongación de esta situación, en julio de 2026 contactamos directamente con el departamento comercial para solicitar indicaciones sobre cómo proceder y conseguir una solución definitiva. Se nos indicó que debíamos formalizar la incidencia por escrito a través de la dirección tuinstalacion@holaluz.com. Siguiendo dichas instrucciones, remitimos la correspondiente reclamación por correo electrónico, exponiendo nuevamente el problema y solicitando expresamente una fecha concreta de intervención y resolución. Asimismo, advertimos de que, si la incidencia continuaba sin resolverse, nos veríamos obligados a trasladar la reclamación a los organismos de defensa de los consumidores. A fecha 19 de agosto de 2026, el sistema continuaba sin funcionar y, actualmente, a 31 de agosto de 2026, seguimos sin disponer de una solución efectiva ni se ha restablecido correctamente la funcionalidad Backup de nuestra instalación. Por tanto, han transcurrido más de seis meses desde que HOLALUZ tuvo conocimiento de la incidencia por primera vez, durante los cuales hemos realizado reiteradas llamadas y comunicaciones solicitando su resolución. Consideramos que este periodo excede ampliamente cualquier plazo razonable para diagnosticar y solucionar una incidencia relativa a una funcionalidad expresamente contemplada dentro de la instalación contratada. Además, el contrato establece una garantía de instalador de tres años sobre la obra ejecutada y los elementos suministrados por HOLALUZ, incluyendo los fallos o averías derivados de los trabajos de instalación o reparación realizados por HOLALUZ o sus empresas contratistas. Nuestra intención durante todo este tiempo ha sido facilitar a HOLALUZ la posibilidad de resolver el problema por sus propios medios. Sin embargo, ante la falta de una solución definitiva después de más de seis meses de reclamaciones, nos vemos obligados a recurrir a OCU para solicitar su intervención. Entendemos que corresponde a HOLALUZ y/o a sus servicios técnicos determinar si el origen de la incidencia se encuentra en la configuración, inversor, baterías, sistema Backup, protecciones, cuadro eléctrico, instalación interior o cualquier otro elemento. Como consumidores no nos corresponde realizar dicho diagnóstico, sino recibir una instalación que funcione conforme a las prestaciones contratadas. SOLICITAMOS: Que HOLALUZ proceda, sin coste alguno para nosotros, a diagnosticar y solucionar definitivamente la incidencia, realizando todas las actuaciones técnicas necesarias para dejar plenamente operativo el sistema Backup contratado. Que se nos facilite por escrito una fecha concreta de intervención y resolución, dado el tiempo transcurrido desde la primera comunicación de la incidencia. Que, una vez realizada la intervención, se efectúe una prueba real de funcionamiento en nuestra presencia, desconectando el suministro de red y comprobando que la instalación conmuta correctamente al sistema de respaldo y proporciona suministro a los circuitos o consumos previstos conforme a las características de la instalación contratada. Si HOLALUZ considera que la instalación contratada no puede proporcionar técnicamente dicha funcionalidad, solicitamos que lo comunique expresamente y por escrito, indicando los motivos concretos y proponiendo una solución técnica o compensatoria adecuada por una prestación incluida en la instalación que no está siendo proporcionada. Consideramos que hemos concedido un plazo más que razonable para solucionar la incidencia y acudimos a OCU ante la ausencia de una solución definitiva. Solicitamos una respuesta y una solución efectiva, no únicamente la apertura, reasignación o derivación de una nueva incidencia técnica.

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