Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. C.
17/12/2025

MUEBLE DE COCINA DETERIORADO

Hola, el pasado mes de mayo compre en IKEA una cocina completa incluyendo electrodomésticos y me la instalaron en el mes de junio. El mes pasado, noviembre, observe que los cantos del mueble donde va empotrada la campana extractora se estaban empezando a levantar. Me pase por IKEA Alcorcón, donde compre la cocina y en atención al cliente me dijeron que se pasaría por mi casa una persona para verlo . Pues bien la semana pasada se paso una persona de Ikea, lo estuvo viendo y me dijo que el mueble tenia un defecto de fabricación y me llamarían para decirme como solucionar el problema. Me acaban de llamar por teléfono de Ikea y me dicen que no van a hacer nada porque he hecho un mal uso. le pregunte que un mal uso de que y me contesto que el se limitaba a leer un documento que si tenia alguna reclamación fuera a atención al cliente. La cocina no llega a cinco meses puesta y el mueble ya se esta empezando a deteriorar, yo hice un uso normal de la campana , no se que mal uso se puede hacer. Exijo procedan cambiando el mueble, o no se como para que el mueble este en buen estado Los muebles tienen 25 años de garantía y en menos de medio año ya empieza a haber deterioros en los muebles adjunto copia de la factura y fotos y video de los muebles donde podrán ver el deterioro espero su respuesta lo antes posible

En curso
S. R.
17/12/2025

Reclamación varias reparaciones - SF01405507

Me dirijo al departamento de reclamaciones de Tous en relación a la reclamación SF01405507 abierta, referente a las joyas adquiridas en fechas 25/11/2024 y 10/01/2025, que han sido objeto de varias intervenciones sin que se haya solucionado el mismo defecto reiterado, dado que la ultima noticia que obtuve por parte de la marca via email, es que por "cortesía" me podrían volver a reparar las dos joyas de menos de un año, con respecto a la fecha de compra. Adjunto a esta reclamación un informe independiente, en el que se concluye que ambas piezas presentan una falta de conformidad persistente, no compatible con un uso normal ni con un mantenimiento adecuado, y que no ha sido subsanada tras las reparaciones efectuadas. Tal y como se detalla en el informe, el deterioro observado (manchas, ennegrecimiento y pérdida de brillo) reaparece tras cada intervención, lo que descarta un problema superficial y apunta a un defecto de origen, compatible con una combinación inadecuada de materiales o un acabado deficiente. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, en particular los artículos 114, 116, 118, 119 y 120, cuando una reparación no restablece la conformidad del producto, el consumidor no está obligado a aceptar nuevas reparaciones y puede optar por la sustitución del bien o la resolución del contrato con devolución del importe. Por todo lo anterior, y a la vista del informe adjunto, les solicito: La sustitución inmediata de ambas joyas por unidades nuevas y conformes, o, en su defecto, La devolución íntegra del importe abonado. Les ruego que me confirmen por escrito, a la mayor brevedad posible, cómo van a proceder. En ausencia de respuesta o de una solución conforme a derecho, me veré obligada a continuar con la reclamación por otras vías Quedo a la espera de contestación.

En curso
A. A.
17/12/2025

Baja del servicio

El día 27 de noviembre de 2025 hice un cambio de sistema de alarma en mi casa, avisando a sector alarm de que hacia un cambio de compañía y mandando un email con verificador a Sector para informar de esto mismo. Por teléfono también lo hice. Mi sorpresa es que Sector Alarm me manda un correo que la baja se ha procesado correctamente y que ocurrirá el 29 de Enero de 2026, nada mas y nada menos que dos meses 2 pues de mi comunicación. Informar que yo no tenía ni permanencia ni nada con Sector Alarm y que en mi contrato no dice en ningún momento que haya que avisar, con 1 o 2 o 3 meses de antelación para dar de baja el servicio. Tan sólo me dicen que si no estoy de acuerdo con la subida del IPC si tengo que avisar con un mes. No es el caso. Yo cambié de proveedor de alarma por otras razones. Ahora me están reclamando la factura que corresponde al mes de diciembre de 2025, y yo no quiero pagarla porque ya no estoy disfrutando del servicio.

En curso
A. K.
17/12/2025

Reclamación de un consumidor contra EUROPCAR IB, S.A. – Contrato de alquiler n.º 6041809534 (Reposta

Disputa de una reclamación económica contra EUROPCAR IB, S.A. por el cargo injustificado de 12.232,80 € (contrato de alquiler n.º 6041809534, Valencia) realizado tras la devolución del vehículo de alquiler, sin aportar pruebas suficientes, en vulneración de los derechos del consumidor. EXPOSICIÓN DE HECHOS. En octubre de 2025, firmé un contrato de alquiler de coches online con Europcar IB, S.A., n.º de contrato. 6041809534, número de reserva 1194550985, para un Audi A1 Sportback, matrícula 1573NDZ, combustible gasolina sin plomo 95. El vehículo se recogió en el Aeropuerto de Valencia el 16 de octubre de 2025 y se devolvió en el mismo lugar el 21 de octubre de 2025 (oficina VLCT01). El Certificado de Devolución, con fecha del 21 de octubre de 2025, firmado por ambas partes, indica: no se registraron nuevos daños ni incidentes, el nivel de combustible era 8/8 (depósito lleno) y el contrato se cerró sin problemas. Ese mismo día, 21 de octubre de 2025, Europcar emitió y cargó la factura final del alquiler, sin cargos adicionales. El 28 de octubre de 2025, Europcar entregó el coche al taller oficial Audi de Madrid (F. TOME, S.A.), donde se emitió un PRESUPUESTO (presupuesto) con un kilometraje de 4.605 km y un coste estimado de 10.108,03 € más IVA. Este documento, que no es una factura, no confirma la realización de las reparaciones e indica que el kilometraje del coche es 270 km superior al que tenía al momento de la devolución. El 25 de noviembre de 2025, es decir, 35 días después de la devolución del coche, Europcar me envió por primera vez una reclamación por daños y perjuicios (Ref. 2574257), supuestamente causados por un repostaje incorrecto, por un importe de 10.184,13 €, indicando que este incidente no estaba cubierto por el seguro. El 30 de noviembre de 2025 y, de nuevo, el 6 de diciembre de 2025, impugné formalmente la reclamación y exigí a Europcar que me proporcionara un diagnóstico técnico, un análisis de combustible, la factura de la reparación y una prueba de que el daño se produjo durante mi periodo de alquiler. En su respuesta del 3 de diciembre de 2025, Europcar reiteró su postura, citando un dictamen pericial de una empresa externa (MKD), sin aportar dicho documento, y declaró que el envío o no del coche a reparación no afectaría a la reclamación económica. En diciembre de 2025, Europcar se negó de nuevo a reconsiderar la reclamación y emitió una nueva factura con fecha del 10 de diciembre de 2025 por 12.322,80 €, insistiendo en cobrar el dinero en sus cartas sin aportar pruebas adicionales. Prueba adicional de la falta de reparaciones efectivas. El 15 de diciembre de 2025, el gerente de servicio de Audi, F. Tomé, confirmó por escrito que el vehículo fue remolcado, se realizó un diagnóstico inicial, se identificaron indicios de una falla de combustible y se recomendó el reemplazo del motor. Sin embargo, las reparaciones no se realizaron porque no fueron autorizadas y el vehículo continúa sin reparar. BASE JURÍDICA Y ARGUMENTOS EN CONTRA DE LA RECLAMACIÓN Incumplimiento del deber de buena fe e información, así como del principio de transparencia. De acuerdo con los artículos 8 y 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), el consumidor tiene derecho a recibir información precisa, clara, suficiente y oportuna sobre todas las condiciones contractuales y cualquier cargo adicional. Presentar una reclamación económica significativa (superior a 10.000 €) 35 días después de la devolución del vehículo, sin ninguna observación sobre el documento de devolución, sin aportar pruebas claras y completas, vulnera el principio de transparencia e información de buena fe. Falta de pruebas adecuadas y carga de la prueba. De acuerdo con los artículos 147 y 148 del TRLGDCU y el artículo 217 de la LEC, el empresario está obligado a probar la ocurrencia del daño, la relación causal entre la actuación del consumidor y el daño, y los gastos reales y su importe (reparaciones reales y su coste). El incumplimiento de la carga de la prueba que recae sobre la empresa invalida la reclamación contra el consumidor. Práctica comercial desleal. Cobrar una cantidad considerable de dinero sin aportar pruebas objetivas ni demostrar la subsanación efectiva del daño puede considerarse práctica comercial desleal en el sentido de la Directiva 2005/29/CE, ya que se le exige al consumidor el pago de un servicio o daño cuya necesidad y realidad no se han demostrado. Recepción del vehículo sin reservas tras la devolución. El certificado de devolución, con fecha del 21 de octubre de 2025, firmado por ambas partes, no contiene constancia de nuevos daños ni problemas con el sistema de combustible. Esto crea una presunción de correcta ejecución del contrato por parte del consumidor. Una reclamación tardía, presentada una semana después de la devolución, en otra ciudad (Madrid), con 270 km adicionales recorridos tras la devolución del vehículo, no refuta esta presunción y no puede servir de base suficiente para la indemnización en ausencia de pruebas objetivas y oportunas. Como consumidor extranjero, me encuentro en una posición mucho más vulnerable que una importante empresa internacional de alquiler de coches, lo que Considero que las acciones de Europcar vulneran mis derechos como consumidor por las siguientes razones: • El vehículo se devolvió sin daños y fue aceptado por Europcar sin reservas; • El supuesto daño se descubrió 7 días después, en otra ciudad (Madrid), tras recorrer 270 km adicionales, sin pruebas de que se produjera durante mi periodo de alquiler. • La reclamación económica se presentó con un retraso considerable, sin pruebas de las reparaciones realizadas ni de un repostaje inadecuado. Europcar no ha demostrado que los daños reclamados se produjeran durante mi periodo de alquiler, fueran causados por mis acciones ni estuvieran causalmente relacionados con mi conducta. La empresa intenta recuperar una cantidad significativa sin transparencia ni pruebas, lo que contraviene el principio de buena fe y las leyes de protección del consumidor, incluidas la Ley de Protección de Datos de Consumo (TRLGDCU), la Directiva 93/13/CEE (sobre cláusulas contractuales abusivas) y la Directiva 2005/29/CE (sobre prácticas comerciales desleales).

En curso
C. R.
17/12/2025

Problema con el reembolso de la reserva de avión 108620485

SOLICITO el reembolso del importe de los billetes. **Asunto:** Reclamación formal – Transacción nº 108620485 / Fly Go Voyager Estimados señores, Me dirijo a ustedes en relación con la reserva realizada a través de su página web el día **7 de diciembre**, correspondiente a la **transacción número 108620485**. Tras efectuar el pago, recibí un primer correo indicando que la reserva se encontraba en proceso de gestión. Posteriormente, el **8 de diciembre**, recibí una comunicación informando de que la transacción no pudo finalizarse, alegando que la ruta seleccionada ya no estaba disponible y que el **reembolso ya había sido efectuado en la misma tarjeta utilizada para la compra**. Ese mismo día recibí un nuevo correo por su parte en el que se indicaba que la aerolínea Vueling no confirmó la reserva porque **la tarifa seleccionada no fue aceptada**, ofreciéndome dos opciones: – la devolución completa del importe abonado, o – aceptar una nueva tarifa disponible abonando una **diferencia de 840 euros**, indicándose expresamente que **la validez de dicha oferta era de una hora** y que, en caso de no recibir respuesta en ese plazo, **la transacción quedaría anulada automáticamente**. Deseo dejar constancia de que **no acepté ninguna modificación de tarifa**, ni autoricé el pago de importe adicional alguno. Esta actuación vulnera la normativa vigente en materia de protección de consumidores y usuarios, en particular: – el Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que exige información veraz, suficiente y transparente sobre el precio final y prohíbe prácticas abusivas (artículos 60, 97 y 82); – la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, que obliga a que las condiciones esenciales de la contratación sean claras y accesibles antes de la contratación; – así como el Reglamento (CE) nº 1008/2008, que establece la obligación de transparencia en los precios del transporte aéreo y prohíbe la oferta de tarifas que no sean reales y efectivamente disponibles. Por todo lo anterior, **solicito confirmación escrita y definitiva del reembolso íntegro del importe abonado**, indicando la fecha exacta en la que se efectuó y el medio de pago utilizado. O, **sino fue tramitada, que se haga efectiva**. No vamos a pagar por unos billetes que no fueron ni siquiera emitidos. En caso de no recibir una respuesta clara y satisfactoria en un plazo razonable, me reservo el derecho a presentar una demanda judicial. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Carmen Romero

Resuelto
S. R.
17/12/2025

Retraso en la entrega del pedido

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque no he recibido el pedido que realicé el día 29 de noviembre, con entrega prevista, como muy tarde el 5 de diciembre. Tras contactar varias veces con el servicio de atención al cliente, tanto de manera telefónica como por correo electrónico y redes sociales, no se me ha dado ningún tipo de respuesta ni solución al problema. SOLICITO que se tramite de manera inmediata la entrega del pedido. Sin otro particular, atentamente.

En curso
A. L.
17/12/2025
BRICOLEF

PROBLEMA CON OBRAS

Estimados/as señores/as: El día 17 de abril de 2025 dieron comienzo los trabajos contratados en un apartamento de la C/Vilafranca (Comarruga), consistentes en la reparación de varios elementos de la casa como son las puertas, ventanas, pintar y varios trabajos de acabados. En el transcurso de estos trabajos, he comprobado que la ejecución no se corresponde a lo acordado por las razones siguientes: - La puerta del baño no cierra. - Foco del baño sin poner. - Pintura de la casa mal terminada en general. - Siliconas mal puestas de todas las ventanas. - Y varias terminaciones muy mal acabadas. Se aporta contrato de servicios en el que se dice que se harán los trabajos realizados de manera correcta. Se lo he comunicado en varias ocasiones y, a fecha de hoy, no se han solucionado estos problemas. SOLICITO: se proceda a la subsanación de las deficiencias expuestas, de manera que se ajuste a lo que acordamos. Sin otro particular, atentamente

En curso
Y. R.
17/12/2025

INTERRUPCION DEL SUMIMNISTRO POR EQUIVOCACION

Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de gas suscrito con su compañía, me dirijo a ustedes para informarles de la interrupción del suministro que ha tenido lugar en mi domicilio en la fecha 15/12/2025, prolongándose durante 2 días sin que hasta la fecha se haya restablecido. Adjunto número de D.N.I: 45474851X La interrupción, tuvo lugar por causas que desconozco y absolutamente ajenas a mi voluntad, habiendo cumplido por mí parte, las obligaciones contraídas en el contrato de suministro pactado, y estando al corriente de pago de todas mis obligaciones. Esto mismo ocurrió el mes pasado que tambien interrumpieron a otra vecina el suministro y todo ello creemos que es por un error, ya que en nuestra vivienda, somos tres vecinos con parecido número de vivienda, 18, 18 bis A y 18 Bis B, por eso aunque a ustedes les conste que yo tengo gas, no es así creemos que el operario que vino, corto el suministro del gas a quien no debia, al igual que el mes pasado Solicito: se restituya el mismo así como procedan al pago de las indemnizaciones que en el contrato aparecen o sean preceptivas según la normativa vigente]. Sin otro particular, atentamente.

En curso
I. L.
17/12/2025

Pedido retrasado e ilocalizable

Estimados/as señores/as: En fecha 8/12/2025 adquirí en su página web www.druni.es 4 productos por valor de 67.05€ Han pasado 13 días del plazo estipulado de entrega sin que se me haya entregado el pedido ni dado una justificación del retraso. Ya no estoy interesado en la compra de dichos productos. Adjunto fotocopia de los siguientes documentos: confirmación del pedido, las condiciones de la compra, factura simplificada, correos de confirmación e información de seguimiento y justificante del pago] SOLICITO la resolución del contrato y la devolución del doble del importe abonado. Sin otro particular, atentamente.

En curso
V. K.
17/12/2025
United Parcel Service Ltd.

paquete perdido

Número de seguimiento 1Z7FT68JDL19653829 Tipo de reclamación: PÉRDIDA Información sobre la reclamación Siguientes pasos de UPS La búsqueda de tu paquete ha finalizado. No hemos podido localizar tu paquete. Enviaremos los resultados de la búsqueda al remitente. ----- Número Factura: UPS costo de envío Pág: 202560200688, Total a Pagar EUR 71,09 El importe no ha sido reembolsado. UPS se niega a reembolsar este importe. ---- costo de un paquete perdido 238 euro El importe no ha sido reembolsado. UPS se niega a reembolsar este importe. ----- Perdiste el paquete, no lo entregaste al destinatario ni se lo devolviste al remitente. Ahora dices que no me devolverás el dinero. Escúchame bien. Estamos presentando demandas ante abogados especializados en cobro de deudas. Según la ley de prestación de servicios postales y las obligaciones asociadas de las empresas postales, estás obligado a reembolsar los gastos de envío y el coste del paquete perdido, de acuerdo con la ley. Además, basándonos en tu respuesta, estamos presentando documentos al servicio de protección al consumidor exigiendo una multa a tu organización por incumplir la responsabilidad legalmente establecida.10000 euro

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