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Hackeo de mis datos personales
A LA ATENCIÓN DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE NATURGY Asunto: Reclamación formal por cambios de suministro no autorizados, compromiso de la seguridad de datos y perjuicios económicos en instalación de autoconsumo. DATOS DEL RECLAMANTE • Nombre y Apellidos: Miguel Ángel Bao Pertegas • DNI/NIE: 05282823E • Domicilio del Suministro: Benavides de Órbigo nº 6 • Código CUPS: ES0021000011987454SN • Teléfono de contacto: 692054995 EXPONGO 1. Que mi contrato de suministro eléctrico con Naturgy lleva asociada una modalidad de autoconsumo con compensación de excedentes. 2. Que en los últimos meses se han tramitado bajas de mi contrato de forma irregular hasta en tres ocasiones, debido a solicitudes de cambio de comercializadora ajenas a mi voluntad y carentes de mi consentimiento. 3. Que con fecha 1 de mayo de 2026, Naturgy me notificó por correo electrónico un acceso no autorizado a su plataforma, reconociendo que mis datos personales y contractuales fueron expuestos. Esta vulnerabilidad es la causa directa de que terceras empresas hayan podido gestionar estos cambios sin mi validación previa. 4. Que cada vez que se procesa un cambio no solicitado, mi sistema de compensación de excedentes queda desactivado o bloqueado, impidiéndome percibir el abono por la energía vertida a la red. Esto supone un perjuicio económico directo, cuantificable y derivado de una deficiente custodia de mis datos por su parte. 5. Que actualmente recibo reclamaciones de pago por parte de tres compañías distintas (con las que en ningún momento he suscrito contrato alguno) y, simultáneamente, he dejado de percibir los descuentos por excedentes en mi facturación habitual con Naturgy. SOLICITO • Regularización inmediata de mi contrato de autoconsumo, garantizando la retroactividad de la compensación de excedentes por los periodos en los que el contrato estuvo interrumpido por estas gestiones no autorizadas. • Asunción de responsabilidad y gestión del abono/anulación de las facturas emitidas por terceras compañías, dado que el origen del conflicto es la brecha de seguridad reconocida por Naturgy. • Indemnización por lucro cesante: El abono del valor económico de la energía vertida y no compensada durante los intervalos en los que, por causas imputables a su falta de seguridad, mi modalidad de autoconsumo no estuvo operativa. • Bloqueo preventivo: Que se establezca una restricción sobre mi CUPS para que no se tramite ningún cambio de comercializadora que no cuente con una confirmación fehaciente y expresa por mi parte. De no recibir una solución satisfactoria en el plazo legal, me veré obligado a elevar esta reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por el tratamiento indebido de mis datos y ante la Dirección General de Consumo, reservándome el derecho a emprender cuantas acciones legales sean necesarias para el resarcimiento de los daños causados. Atentamente, (Firma) Miguel Ángel Bao Pertegas Notas adicionales para tu gestión: • Sobre las facturas de terceros: Al devolver los recibos en el banco, asegúrate de marcar la opción "Recibo no autorizado" o "No conforme". • Sobre el correo del 1 de mayo: Guárdalo como si fuera oro. En derecho, la "misión de culpa" (su correo admitiendo el hackeo) te exime a ti de demostrar cómo consiguieron tus datos las otras empresas. • Registro: Si puedes, envía este texto a través del formulario de reclamaciones de su web (guardando el número de incidencia) o mediante correo certificado/burofax para que quede constancia de la fecha de entrega.
exceso de kwh
hola buenos dias,el problema que veo es que no viene la lectura d contador,asi puede cobrar la comercializadora lo que quiera y yo no puedo saber si es verdad ese consumolo que no puede ser que teniendo paneles solares con bateria me facturen un mes por menos de 100kwh y al mes siguiente por casi 300kwh esa cifra es imposible que sea verdad,vivo solo y no pongo aire acondicionado y la calefaccion es por combustible diesel,espero que vengan las lecturas de contador en cada faxtura
SUBVENCIÓN PLACAS SOLARES- FRANCISCO DE PAULA AGUILAR
Buenos días, Hace casi 2 años (Julio de 2.024) instalaron unas placas solares en mi domicilio. En aquel momento se ofrecieron para gestionar la subvención de la Junta de Andalucía y hacer llegar a ésta toda la documentación que dicho trámite lleva consigo. Me he puesto en contacto con el departamento de la Junta encargado de la resolución de dichas ayudas y me indican que les han hecho llegar un correo, el pasado 20 de marzo, en el que les piden la incorporación de una serie de documentos para poder continuar con el expediente, en caso contrario lo darían por DENEGADO. Les ruego accedan a dicho correo (a nombre de María Sánchez) en el que les solicitan la documentación para continuar con el trámite. En cualquier caso yo tomé nota de algunos de los documentos que necesitan para seguir con el expediente, como los siguientes: - ANEXO 3: CREO QUE ES UN DOCUMENTO QUE DEBE DE ESTAR FIRMADO POR EL AGENTE GESTOR, TÉCNICO COMPETENTE, RESPONSABLE DE LA INSTALACIÓN - LA MEMORIA NO ESTÁ BIEN ELABORADA: NO ESTÁ FIRMADA, NO APARECE LA CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA, NO TIENE UNA DESCRIPCIÓN CLARA DE LA ACTUACIÓN REALIZADA, NO ADJUNTAN PLANOS, NO CONSTA LA FECHA DE REDACCIÓN - NO ADJUNTAN LA TITULACIÓN DEL TÉCNICO COMPETENTE, NI ESTÁ FIRMADA - NO INCLUYEN LAS FICHAS TÉCNICAS DE LOS ELEMENTOS ENVOLVENTES - NO SE JUSTIFICA LA REDUCCIÓN DE LA CALEFACCIÓN AL MENOS EN UN 7% - NO APORTAN DNSH - FALTA LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LOS HONORARIOS PROFESIONALES - FALTAN LOS GASTOS ADMINISTRATIVOS Y OTROS GASTOS JUSTIFICADOS - REPORTAJE FOTOGRÁFICO PREVIO A LAS ACTUACIONES Todo esto, y más, se les solicitó mediante correo electrónico el pasado 20 de marzo de 2026, de lo que no ha habido ninguna respuesta por su parte. Quedo a la espera de sus noticias confirmando el envío de dicha documentación de manera URGENTE ya que el plazo para la presentación de los documentos está a punto de expirar, si no lo ha hecho ya. Francisco de Paula Aguilar Román
Averia sin solucion
Llevo 3 semanas sin que mi instalación fotovoltaica funcione. Está en periodo de garantia. La empresa instaladora no ha contactado conmigo. Tras reiteradas llamadas para solicitar soporte técnico no consigo ninguna solución ni el numero de teléfono de la empresa instaladora a la que poder reclamar. Exijo la inmediata solución a mi avería.
cobro facturas ya abonadas en fecha
les vuelvo a enviar las facturas duplicadas que me quisieron volver a cobrar el 27/04/2026. Por lo que les solicito me expliquen qué clase de error se cometió para que no se vuelva a ocurrir, anteriormente les envié 8 facturas duplicadas no pudiendo añadir las demás por exceso de tamaño asi que les envío la restantes
BONIFICACION NO APLICADA EN COMBUSTIBLE
RECLAMACIÓN: Error en aplicación de descuentos Waylet (Contrato 04/03/2026) A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Repsol, Les escribo para solicitar la correcta aplicación de las promociones vinculadas a mi alta de luz más reciente, ya que existe una confusión en su sistema entre mis dos contratos activos. Detalle de los hechos: Contrato 1 (26 de febrero de 2026 - Segunda Vivienda): Alta realizada correctamente con promoción de 10 cts/litro en combustible y Movistar Plus+. Este beneficio ya está activo. Contrato 2 (4 de marzo de 2026 - Vivienda Principal): Alta realizada con oferta de saldo Waylet, otros 10 cts/litro en combustible y 2 meses de servicio de "manitas" mas 60 euros en saldo repartidos en diferentes meses. Incidencia: A día de hoy, no se me han aplicado los 10 céntimos de descuento correspondientes a este segundo contrato. En mis consultas telefónicas y múltiples Email, el personal insiste en que ya dispongo del descuento de 10 céntimos, en combustible, y que solo tengo un contrato, pero omiten que ese descuento pertenece exclusivamente al contrato de la segunda vivienda (febrero). Cada contrato es independiente y debe generar sus propios beneficios promocionales de forma acumulativa o diferenciada según la oferta aceptada. Solicito: Que se regularice mi situación en la App Waylet, activando los 10 céntimos adicionales de combustible y se me indemnice por no poder aplicarse el descuento en las sucesivas compra de combustible Asimismo, ruego comprueben que tengo dos contratos con Repsol y por ello adjunto dichos contratos. Quedo a la espera de su confirmación y de la resolución de este error. Atentamente, Jesús Fernández Hernández 51347296A 650869906
ECOSOLARIS ME HA ENGAÑADO
En 2022 ECOSOLARIS me instaló 4 placas solares a un precion elevado, un tal Alejandro estuvo en mi casa y no tenia ni idea de lo que vendia, me di cuenta con el paso del tiempo cuando me puso un poco al dia con el tema de las placas solares. ahora cuando pensaba que me habian tramitado la memoria para poder cobrar una ayuda/subvencion de europa, plan next generation me ha dicho en conselleria que esta empresa NO ha presentado la documentacion pertinente por lo que me voy a quedar si la ayuda, mas de 1000 euros. he llamado a 3 telefonos que tenia de esta mala empresa, y ninguno se encuentra operativo por lo que deseo poner esta reclamacion, me siento engañado. ANJORUAL es la sociedad que formaban estos personajes, y su base esta o estaba en Quarte de Poblet cerca del aeropuerto de valencia.
Reclamación por facturación irregular, falta de transparencia y aplicación abusiva de tarifas – ENER
CONTRA: Energía Nufri Crtra. de Palau Km 1, 25230 Mollerussa (Lleida). EXPOSICIÓN DE HECHOS: Incumplimiento de facturación: Según contrato, la facturación debe ser mensual. La compañía cesó el envío de facturas a partir de noviembre de 2025 sin previo aviso ni justificación técnica. Irregularidad en los cobros: Tras reclamar el cese de facturación en enero de 2026, la compañía emitió en marzo dos recibos correspondientes a noviembre y diciembre de 2025 (35,74 € y 37,84 € respectivamente), los cuales fueron abonados. Posteriormente, el 4 de mayo de 2026, emitieron el recibo de enero por un importe de 93,13 €, triplicando el coste habitual. Práctica abusiva de refacturación: Actualmente, la compañía pretende anular las facturas de 2025 para emitir una única factura semestral (noviembre 2025 – 23 de abril 2026) por un importe de 461,57 €. Aplicación de tarifas incorrectas: La comercializadora ha aplicado de forma retroactiva las tarifas vigentes en abril de 2026 a consumos realizados en meses anteriores (invierno de 2025), cuando los precios de mercado y contrato eran significativamente inferiores. Esto ignora que el consumo se estabilizó tras la instalación de aerotermia en marzo de 2025 con una media de 38 €/mes. FUNDAMENTOS JURÍDICOS: Directiva (UE) 2019/944: Artículos sobre el derecho a una facturación clara, precisa y basada en el consumo real, así como el derecho a recibir información transparente sobre cambios en las tarifas. Real Decreto 1435/2002 (España) / Normativa de Consumo UE: La falta de facturación por periodos superiores a un año (o periodos contractuales establecidos) no permite al comercializador cobrar de golpe importes acumulados sin ofrecer fraccionamiento o, en su caso, no puede imputar tarifas posteriores a consumos antiguos. SOLICITO: La anulación de la factura semestral de 461,57 €. La refacturación desglosada mes a mes (noviembre a abril), aplicando estrictamente la tarifa vigente en cada periodo de consumo real. El cese de la práctica de cobros estimados o acumulados que impiden el control del gasto mensual.
Problemas con la instalacion
RECLAMACIÓN FORMAL PREVIA A ACCIONES LEGALES D. Enrique Miralles García DNI: 05433459P C/ Eras 75 45210 Yuncos (Toledo) A la atención de: Zappy Electrics S.L. CIF: B23924228 C/ Buen Gobernador, 21 28027 Madrid, España ASUNTO: Reclamación por instalación defectuosa de punto de recarga V2C Trydan, incumplimiento contractual y falta de entrega de documentación obligatoria Muy Sres. míos: Por medio de la presente formulo RECLAMACIÓN FORMAL contra su empresa en relación con la instalación de un punto de recarga para vehículo eléctrico realizada en mi domicilio el día 31 de marzo de 2026, correspondiente a la factura nº F202643, de fecha 21/03/2026, por importe total de 1.432,97 €. El equipo instalado fue un cargador V2C Trydan 32A – 7,4 kW, incluyendo expresamente, según factura: “Control dinámico de potencia” “Pinza adicional fotovoltaica” “Certificado instalación eléctrica y legalización” La principal característica que motivó mi decisión de compra de dicho modelo fue precisamente su capacidad de gestión y carga mediante excedentes fotovoltaicos. No obstante, debido a que no dispuse del vehículo eléctrico hasta el día 10 de abril de 2026, no pude comprobar el correcto funcionamiento del sistema hasta esa fecha. Una vez probado el cargador, constaté que: El equipo NO detecta los excedentes fotovoltaicos. El modo de carga configurado exclusivamente con excedentes solares no funciona, ya que el cargador no inicia la carga. La funcionalidad ofertada y contratada resulta, por tanto, inutilizable y contraria a las características por las que adquirí el producto y servicio. Además, pese a haber intentado contactar reiteradamente con el instalador y con su empresa para solicitar solución, el servicio posventa ha sido inexistente: Llamadas telefónicas sin respuesta. Mensajes enviados por WhatsApp los días: 15/04/2026 04/05/2026 06/05/2026 sin haber recibido respuesta alguna hasta la fecha. Igualmente, pese a haber abonado expresamente el concepto de: “Certificado instalación eléctrica y Legalización” a día de hoy tampoco me ha sido entregada documentación alguna relativa a: Certificado de instalación eléctrica (CIE/boletín) Memoria técnica Justificante de legalización Documentación de registro de la instalación Certificados obligatorios conforme al REBT Lo anterior supone un claro incumplimiento contractual y una vulneración de la normativa de protección de consumidores y usuarios, entre otras: Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT). Normativa ITC-BT-52 relativa a infraestructuras de recarga del vehículo eléctrico. Obligación de conformidad del bien y servicio contratado. Obligación de entrega de documentación técnica y legalización de instalaciones eléctricas. Asimismo, la falta de respuesta por parte de su empresa vulnera los principios básicos de diligencia profesional y atención postventa exigibles legalmente. Por todo ello, REQUIERO FORMALMENTE Que en el plazo máximo de 10 días naturales desde la recepción de la presente: Se proceda a la revisión y reparación completa de la instalación para garantizar el correcto funcionamiento de la detección y gestión de excedentes fotovoltaicos contratada. Se entregue toda la documentación pendiente relativa a la legalización y certificación de la instalación. Se confirme por escrito la correcta subsanación de las deficiencias detectadas. En caso de no obtener respuesta satisfactoria en dicho plazo, me veré obligado a: Presentar reclamación ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC). Formular denuncia ante los organismos autonómicos de Consumo e Industria competentes. Reclamar los daños y perjuicios ocasionados. Ejercitar las acciones judiciales oportunas por incumplimiento contractual, falta de conformidad y vulneración de derechos del consumidor, incluyendo reclamación de cantidades y costes derivados. Todo ello con expresa reserva de cuantas acciones legales me correspondan. En Yuncos (Toledo), a ___ de mayo de 2026. Fdo.: Enrique Miralles García
PROBLEMA CON REVISION DE INSTALACION
Buenos días! El pasado 18 de abril recibí un correo suyo indicándome que iban a realizar la inspección periódica de gas el día 8 de mayo entre las 15:00 horas y las 18: horas. El día 7 de mayo llamé al teléfono 900100252, el indicado por ustedes en el correo que me enviaron, sobre las 10:27 horas para ver si se podía acotar un poco el horario de la cita. Tras responderme que no es posible por parte del operario que me atendió, quedamos en que le dejaba apuntado al técnico mi número de teléfono para que este me llamase antes de venir. El código de esta llamada es ES-202605-@i164187902. El viernes 8 de mayo me encontraba en mi casa esperando la visita del técnico cuando recibo un mensaje de texto a las 15:25 diciendo que "No hemos realizado la inspección periódica obligatoria de gas por estar ausente." Inmediatamente, a las 15:28, realizo una llamada al 900100252 y le explico al operador que estoy en mi casa y no ha llamado nadie al timbre, ya que estoy con mi perra que apenas suena el timbre va a la puerta ladrando y no se ha movido del sitio. Yo es posible que no oiga alguna vez el timbre, mi perra lo oye siempre. Tampoco he sido contactado por teléfono, a pesar de que lo tenían. Solicito que se llame al técnico para aclarar que ha pasado pero me dicen que no es posible y se me da una nueva cita para el 1 de junio en el mismo horario que la anterior. Solicito que en la próxima cita, que espero esta vez si acuda el técnico a mi casa, se me llame por teléfono antes de llegar para así estar preparado y con la puerta abierta para poder verle. En el caso de que no vaya a venir, espero que se me avise con la suficiente antelación para no perder mi tiempo esperando una visita que no se va a producir, ya que creo que mi tiempo es tan valioso como el suyo y no me gusta perderlo tontamente ni por capricho de nadie. Un saludo.
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