Puntuación de la empresa
La puntuación que se refleja de la compañía muestra su disposición para resolver un problema de consumo de forma amistosa.
Para el cálculo de la puntuación se tienen en cuenta 3 elementos principales, cada uno de los cuales representa un porcentaje de la misma:
La puntuación se calcula tomando como base los últimos 12 meses.
Si no se muestra ninguna puntuación, significa que no tenemos datos suficientes para valorar la empresa.
Puntuación
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Últimas reclamaciones
REEMBOLSO COBRADO DE MÁS
Estimados/as señores/as: Era titular de un contrato de gas suscrito con su compañía, y en la factura que les adjunto, como podrán apreciar, se cobra una cuota constante de 264,20€ y una alícuota del 21% de IVA de 55,48€, se me informó que al final se me hacía un recuento de lectura y se me devolvía lo abonado de más, el uso propio no llegaría jamás a cubrir el consumo cobrado, se me emitió una seuda factura de devolución que nunca se hizo efectiva en cuenta, que también adjunto. Solicito: adopten las medidas oportunas para que se proceda a las verificaciones necesarias a fin de corregir dicho error regularizando su importe a la mayor brevedad posible con ingreso en la cuenta que poseen nuestra correspondiente, han pasado ya 7 meses desde que nos fuimos de la compañía, entiendo que ya ha pasado el tiempo suficiente como para que puedan acceder a la lectura real de lo facturado. Sin otro particular, atentamente.
INCREMENTO FACTURA POR APAGON 28 ABRIL 2025
HOLA POR FAVOR, LES RUEGO ME INDIQUEN EN QUE PARTE DEL CONTRATO ESTA INCLUIDO EL INCREMENTO DE LA FACTURA POR EL APAGON DEL 28 DE ABRIL DE 2025, AL NO PERTENECER A los servicios de ajuste —entre los que estaría incluida esta subida— no pertenecen a la parte regulada de la factura eléctrica. ASI elartículo 1.256 del Código Civil señala que «la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes», mientras que el 1.258 recoge que «los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley». Por otro lado, el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece que «los contratos con los consumidores y usuarios se integrarán, en beneficio del consumidor, conforme al principio de buena fe objetiva, también en los supuestos de omisión de información precontractual relevante». POR TODO LO ANTERIOR SOLICITO NO SE INCREMENTE LA FACTURA CON EL CONCEPTO QUE ME HAN INDICADO. saludos
INCREMENTO FACTURA POR APAGON 28 ABRIL 2025
HOLA POR FAVOR, LES RUEGO ME INDIQUEN EN QUE PARTE DEL CONTRATO ESTA INCLUIDO EL INCREMENTO DE LA FACTURA POR EL APAGON DEL 28 DE ABRIL DE 2025, AL NO PERTENECER A los servicios de ajuste —entre los que estaría incluida esta subida— no pertenecen a la parte regulada de la factura eléctrica. ASI elartículo 1.256 del Código Civil señala que «la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes», mientras que el 1.258 recoge que «los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley». Por otro lado, el artículo 65 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, establece que «los contratos con los consumidores y usuarios se integrarán, en beneficio del consumidor, conforme al principio de buena fe objetiva, también en los supuestos de omisión de información precontractual relevante». POR TODO LO ANTERIOR SOLICITO NO SE INCREMENTE LA FACTURA CON EL CONCEPTO QUE ME HAN INDICADO. saludos
APAGON MAS DE 10 HORAS DIA 28 ABRIL 2025
Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, me dirijo a ustedes para informarles de la interrupción del suministro que ha tenido lugar en mi domicilio en la fecha 28 ABRIL 2025 prolongándose durante mas de 10 horas, desde las 12:35 horas hasta pasadas las 22:00 horas. La interrupción ha tenido lugar por causas que desconozco y absolutamente ajenas a mi voluntad, habiendo cumplido por mí parte, las obligaciones contraídas en el contrato de suministro pactado, y estando al corriente de pago de todas mis obligaciones Esta situación ha ocasionado daños en los siguientes bienes productos alimentarios o perecederos, que cuantifico en la cantidad de 198,12€, Adjunto fotocopia acreditativa de los daños sufridos justificantes de las compras de los productos deteriorados, así como de una factura de suministro para mejor identificación del punto de suministro afectado. SOLICITO me sean compensados los daños sufridos, valorados en 198,12€ tal y como se desprende de la documentación aportada, ésta cuantía la pueden hacer efectiva en la cuenta bancaria donde tengo domiciliados los recibos y se me abone la compensación que establece la norma en relación a la calidad del suministro. Sin otro particular, atentamente. CUPS: ES0021000010028250RV
Irregularidades Facturas
Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico suscrito con su compañía, En la factura, de la que adjunto copia, aparecen primero hacéis las facturas trimestrales cuando eran mensuales segundo no podéis cobrar 175€ un mes y al mes siguiente 75€ porque no cuadran las facturas Solicito: adopten las medidas oportunas para que se proceda a las verificaciones necesarias a fin de corregir dicho error regularizando su importe con la siguiente factura o devolución de lo cobrado indebidamente Si no regularizan esto debidamente iré a juicio para que puedan presentar estas facturas y darles explicaciones al juez de estas irregularidades
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