Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. J.
18/05/2026

Cobro indebido

Asunto: Reclamación contra ClickRent por cobro abusivo de comisión por gestión de multa (Reserva CR2616392M) ​El pasado mes de abril de 2026 realicé un alquiler de vehículo con la empresa ClickRent en Mallorca (Reserva nº CR2616392M, vehículo matrícula 8250 MZK). Posteriormente, la empresa me ha girado un cargo de 50 € en concepto de "gestión de multa". ​Con fecha de mayo de 2026, procedí a enviar una reclamación formal por correo electrónico a su servicio de atención al cliente (bookings@clickrent.es), solicitando la devolución de dicha cantidad por considerarla una cláusula abusiva, al amparo del artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). La identificación del conductor ante una sanción es una obligación legal del propietario del vehículo, no un servicio prestado al cliente. ​Tras vencer el plazo razonable otorgado, la empresa no ha emitido ninguna respuesta ni ha procedido al reembolso del dinero cobrado indebidamente.

Resuelto
F. R.
18/05/2026

Hertz te cobra 40€ por identificarte en una multa de 50€

Hertz me quiere cobrar 40 euros por la gestión de una multa cuyo valor asciende a 50 euros y aparte si utilizo su aplicacion 12 euros mas Matricula del coche 6387NKS , multa el dia 22-04-2026 Existe un precedente, una sentencia firme contra Sixt Rent Car: "el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, en sentencia de 16 de septiembre de 2020 (Juicio Verbal nº 271/2020), -obtenida favorablemente por EKA/ACUV (Asociación de Consumidores y Usuarios Vasca)- declaró, entre otros pronunciamientos “la nulidad de la cláusula de cargo administrativo por gestión de multas establecida en las condiciones generales de la contratación de Sixt Rent a Car, S.L.: “ Declaración de nulidad que fue confirmada por la sección cuarta de la Audiencia Provincial Bilbao, el 13/09/21 (S. 1329/2021, Ponente: EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI), por cuanto, según se indicaba en la resolución: “Efectivamente no hay prestación por cumplir una obligación legal, la de comunicar a las autoridades de tráfico la identidad del conductor del vehículo que pudo cometer una infracción. El art. 11.1.a del RDL 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial dispone que » 1. El titular de un vehículo tiene las siguientes obligaciones: a) Facilitar a la Administración la identificación del conductor del vehículo en el momento de cometerse una infracción… «. Cumplir una obligación legal no es prestar servicio al cliente, ni justifica predisponer en una condición general la obligación de abonar una cantidad en concepto de «Cargo administrativo por gestión de multas» . Cargo es, administrativo no, pues se trata de una actuación empresarial y no de una administración pública, y gestión” Sin embargo les da lo mismo, intentan cobrarte la misma cantidad que lo que cuesta la multa. Bueno habra que utilizar otra compañia

Resuelto
M. C.
18/05/2026

NO HE RECIBIDO MI PEDIDO Y NADIE ME CONTESTA

Presento esta reclamación contra la empresa de reparto PAACK debido al incumplimiento reiterado de la entrega de mi pedido, la falta absoluta de atención al cliente y las incidencias falsas registradas por el repartidor. El pedido tenía como fecha límite de entrega el día 17 de mayo de 2026. A día de hoy, el estado del pedido no se actualiza desde el día 14 de mayo y nadie se ha puesto en contacto conmigo para dar una explicación real ni una solución. Desde el miércoles permanecí en mi domicilio esperando el paquete y el repartidor registró incidencias que no se corresponden con la realidad. Primero indicó supuestos problemas meteorológicos para justificar la no entrega. Posteriormente indicó que mi calle estaba cortada y que no podía accederse al domicilio. Esto es completamente falso. Mi calle sí tiene acceso normal y prueba de ello es que he recibido otros paquetes recientemente, incluyendo un pedido de TikTok Shop entregado correctamente y sin ninguna incidencia. Además, el repartidor nunca intentó contactar conmigo por teléfono ni llamó al domicilio. Las incidencias fueron registradas directamente sin realizar una entrega real. He intentado contactar numerosas veces con PAACK desde el miércoles hasta hoy mediante llamadas telefónicas y correos electrónicos. Nunca he conseguido hablar con un operador porque continuamente aparece el mensaje de que “todos los operadores están ocupados”. También envié correos electrónicos y únicamente recibí una respuesta automática indicando información que ya conocía, sin ofrecer ninguna solución. Me siento completamente desatendida como consumidora, sin información, sin asistencia y sin mi pedido, pese a haber cumplido yo con todas mis obligaciones y haber permanecido disponible para la entrega. Solicito: - Una investigación de lo ocurrido con este reparto. - La entrega inmediata de mi pedido o una solución urgente. - Que se revisen las actuaciones del repartidor y las incidencias falsas registradas. - Una respuesta formal por parte de la empresa. - Que se tomen medidas para evitar que otros consumidores sufran esta misma situación.

Resuelto
J. B.
18/05/2026
Tahermo, S.L.U. Avda. Velázquez, 186, 29004 Málaga. CIF Nº

Solicitud de mediación por reclamación, deficiencias y mal servicio postventa contra el concesionari

Destinatario: Tahermo, S.L.U. Avda. Velázquez, 186, 29004 Málaga. CIF Nº B-29124971 De: José Luis Botella García DNI: 74164371C Domicilio: Calle Castellón 13 P02 F, 03330, Crevillent Teléfono: 693720032 Email: jlboga05@gmail.com Matrícula del vehículo: 6023MDL Asunto: Solicitud de mediación por reclamación, deficiencias y mal servicio postventa contra el concesionario Tahermo, S.L.U. Avda. Velázquez, 186, 29004 Málaga. CIF Nº B-29124971 Teléf.: 952 36 75 30 – Vehículo de ocasión. Fecha: 18 de mayo de 2026. EXPONE: Que el día 12-03-2026 adquirí un vehículo de ocasión DACIA ELECTRICO 22-24 SPRING ELECTRIC EXPRESSION 45, matrícula 6023MDL, en el concesionario Tahermo, S.L.U., por importe de 13.000 € más 350,00 € por la entrega a domicilio (financiado a través de CaixaBank). Desde la entrega hasta la fecha, el concesionario ha incumplido sus obligaciones en los siguientes puntos: 1. Kilometraje no conforme a lo pactado: se me ofertó un vehículo con 6370 km, pero el entregado tenía 7614 km. (un 19% más de lo ofrecido). Diferencia no justificada ni compensada, lo que me genera dudas sobre el uso previo del vehículo y su adecuado régimen de rodaje. 2. La llave de repuesto no funciona. Solo se me entregó una llave y casi dos meses después me enviaron la segunda llave, pero no funciona, el coche no arranca con dicha llave. 3. Ausencia del manual de instrucciones oficial del vehículo o PDF oficial. 4. Actitud deficiente del servicio postventa que ha desatendido mis reclamaciones que he presentado por WhatsApp al nº 659 05 92 66 el día 12 de marzo del 2026 y por correo el día 11 mayo 2026 las cuales han sido ignoradas o atendidas con malas formas y falta de solución. Todo ello vulnera lo dispuesto en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), especialmente en lo relativo a la falta de conformidad en productos de segunda mano (artículos 114 y siguientes). SOLICITO: • Que la OCU admita esta reclamación y cite al concesionario a un acto de mediación. • Que se requiera al concesionario: o Compensación por la diferencia de kilometraje o resolución del contrato (devolución del coche y el dinero por incumplimiento) o rebaja en el precio proporcional a los kilómetros de más, puesto que el kilometraje era un motivo esencial para su compra, según el contrato de garantía nº SPA600124577 se indicaba un kilometraje de 6370 km, (pero en la entrega el vehículo contaba con 7614 km, sin explicación ni rebaja del precio, todo ello implica una falta de conformidad del vehículo, tal como establecen los artículos 114, 116.1.a) y 119 del Real Decreto Legislativo 1/2007. Asimismo, su negativa a atender mi reclamación y a proporcionar una solución constituye una vulneración del artículo 47.1 de la misma ley, que tipifica como infracción grave la resistencia injustificada a atender las reclamaciones de los consumidores. Todo ello, además, supone un incumplimiento contractual de las obligaciones de entrega conforme a lo pactado, conforme al artículo 1101 del Código Civil, pudiendo ejercitar la opción de resolver el contrato o exigir su cumplimiento con la correspondiente indemnización de daños y perjuicios (artículo 1124 del Código Civil). o Llave de repuesto: codificar sin coste, la segunda llave de repuesto recibida para que funcione el vehículo, por el concesionario correspondiente más cercano a mi domicilio, asumiendo el vendedor del vehículo el gasto del mismo, puesto que ese se encuentra en Málaga. Falta de conformidad (art. 114 TRLGDCU). o A fecha de hoy: no se me ha facilitado el libro de instrucciones del coche (ya sea en formato físico o acceso a un PDF oficial verificable y descargable). o Actitud del vendedor: Ante las consultas sobre el funcionamiento básico de un vehículo eléctrico (para el que no existe una experiencia previa estandarizada), el personal del concesionario se ha negado a resolver las dudas y me ha remitido a buscar tutoriales en la plataforma YouTube, lo que considero una deficiente prestación del servicio postventa y una dejación de sus funciones como distribuidor oficial. O sea, un síntoma de la mala praxis general del concesionario. • Que, en caso de no alcanzarse acuerdo, se emita el correspondiente informe para la vía de arbitraje de consumo o judicial. Adjunto: copia del contrato de garantía (con kilometraje ofertado), factura de la compra donde pone que tiene 6.362Km, comunicaciones con el concesionario. En Crevillent, a 18 de mayo de 2026. Firma: José Luis Botella García

Cerrado
O. G.
18/05/2026

Cobro indebido por equipaje de mano

Hola. El 7 de mayo mi madre (82 años) y mi amiga viajaron de Alicante a Budapest con el vuelo W6 2388. Una de las mujeres tenía prioridad adquirida y entre dos llevaban tres piezas de equipaje de mano: una maleta 55×40×23 y dos bolsos 40×30×20. En la puerta del embarque el personal de Wizzair les hizo pagar 73 euros a pesar que todos las piezas cabían perfectamente en sus correspondientes medidores de Wizzair. Las dos mujeres no hablan castellano ni inglés y no entendían la razón del cobro pero pagaron porque el personal de Wizzair les había amenazado denegar el embarque.

Cerrado
J. V.
17/05/2026
Emirates

EMIRATES: MALA PRAXIS Y NEFASTO SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE

En el mes de febrero reservamos y pagamos billetes de vuelo para 2 personas: una persona realizó el pago de la reserva con su tarjeta de crédito (1980€) y aparte, la otra persona, realizó pago de selección de asientos (312€) con otro medio de pago. El día 10 de mayo se solicitó a través del formulario de su web la cancelación de selección de asientos (lógicamente lo realizó la persona que pagó dicha selección), especificando claramente “refund seat selection" y los números de asiento. A los 10 minutos recibimos mail automático not reply indicando ¡¡¡¡cancelación de reserva de vuelo, no de asientos!!!! Inmediatamente llamamos al servicio de atención al cliente para que corrijan el fallo del sistema (las llamadas se registran), y se nos "promete" solución al respecto. Pero el día 12 de mayo se recibe una transacción de devolución ¡¡¡¡del 65%!!!! del importe de la reserva del vuelo, en la tarjeta de crédito de la persona que pagó la reserva del vuelo, pero NO se recibe el importe solicitado de anulación de selección de asientos en la tarjeta de la persona correspondiente. Es decir, realizan transacción “ilegal” en una tarjeta que no es la del titular que realizó la solicitud de anulación de selección de asientos. Se llama varias veces al SAC, diciéndoles que faltan a su palabra y se escriben correos electrónicos para solucionar dicho error y explicar la ilegalidad de la transacción ilegal, tanto en forma como contenido. Se nos dice que el sistema ya no puede retroceder; además la solución que nos dan es “volver a reservar”, ¡triplicando ahora el importe de febrero! Llevamos reclamando desde entonces que retrocedan la anulación de la reserva de vuelo, arreglen el fallo de sus sistemas y devuelvan los 312€ de asientos. Ahora mismo estamos sin reserva de vuelo pagada en febrero y sin devolución a la cuenta del titular correspondiente de los 312€. RECLAMAMOS POR ESTA VIA O BIEN LA RESTAURACION DE NUSTRA RESERVA Y DEVOLUCION DE LOS 312€, O BIEN LA TOTAL DEVOLUCION DE LOS 1980€ (NO DEL 65%, QUE CARA MAS DURA), LA DEVOLUCION DE LOS 312€ DE ASIENTOS E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUCIOS.

Cerrado
D. G.
17/05/2026

Aplicación que provoca errores que luego hacen pagar al cliente

Reservando unos billetes de tren para dos personas la aplicación mezcló los apellidos y no me di cuenta hasta que llegaron los billetes. La solución del servicio al cliente es que pague yo para solucionar el error que su sistema ha provocado. Me parece ilegal y un abuso

Cerrado
M. M.
17/05/2026

RETRASO NO AVISADO

A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Renfe: Por medio de la presente, deseamos interponer una reclamación formal por los graves perjuicios ocasionados como consecuencia del retraso sufrido en un tren Renfe (Alvia 02135) con trayecto Jerez de la Frontera – Sevilla. El día [10-5-2026], teníamos billetes para el tren con salida prevista desde Jerez a las 14:06 h y llegada a Sevilla a las 14:54 h. Aproximadamente media hora antes de la salida, Renfe nos comunicó que el tren sufriría un retraso de 60 minutos. Dado que disponíamos de un margen de aproximadamente una hora y media para enlazar con un tren de Iryo con salida desde Sevilla hacia Zaragoza a las 16:30 h, decidimos esperar el tren de Renfe, entendiendo que, aun con el retraso inicialmente anunciado, llegaríamos a Sevilla con tiempo suficiente para realizar la conexión. Sin embargo, y sin recibir información adicional ni avisos actualizados, el tren terminó acumulando un retraso total aproximado de 2 horas y media, llegando mucho más tarde de lo comunicado inicialmente. Como consecuencia directa de esta situación, perdimos nuestra conexión con el tren Iryo Sevilla–Zaragoza de las 16:30 h. La situación fue especialmente grave debido a que, una vez perdida la conexión, ya no existía esa misma tarde ningún otro medio de transporte razonable —ni tren ni autobús— que nos permitiera llegar a Zaragoza o incluso a Madrid. Esto nos obligó a permanecer en Sevilla hasta el día siguiente, con el consiguiente perjuicio económico derivado del alojamiento, manutención y reorganización del viaje, además del perjuicio laboral ocasionado al no poder acudir a nuestro puesto de trabajo el lunes siguiente. Entendemos que el retraso y la falta de información adecuada por parte de Renfe fueron la causa directa de todos estos perjuicios, ya que, de haberse comunicado desde un principio la dimensión real del retraso, habríamos podido buscar alternativas antes de perder completamente cualquier posibilidad de desplazamiento ese mismo día. Por todo ello, solicitamos formalmente: La devolución íntegra y/o compensación correspondiente por el retraso sufrido en el servicio Renfe. El abono del importe íntegro de los billetes de Iryo perdidos como consecuencia directa del retraso del tren Renfe. La valoración de los daños y perjuicios ocasionados por esta incidencia y por la falta de información facilitada a los pasajeros. Adjuntamos copia de los billetes de Renfe e Iryo, así como cualquier otra documentación acreditativa necesaria. Quedamos a la espera de una pronta respuesta y una solución satisfactoria. Atentamente, MARIA DEL MAR MUNUERA JURADO 76657537D localizador billete: L2MDWP tlf: 659055164 correo: marimunu94@gmail.com

Cerrado
M. T.
17/05/2026

Reclamación por cobro indebido de daños e incumplimiento de servicios — Reserva 3585297440

El motivo del presente escrito es solicitar la mediación de la OCU para la devolución íntegra de la fianza indebidamente cobrada por la empresa Roadsurfer GmbH tras un contrato de alquiler de 4 noches (del 30 de abril al 4 de mayo de 2026) en la estación de Venecia, bajo el número de reserva 3585297440. La empresa ha procedido a retirar de mi tarjeta de crédito la cantidad de 1.029,69 € basándose en conceptos que impugno en su totalidad por falta de veracidad, por responder a un vicio oculto del material y por presentar un defecto de forma legal insubsanable. Primero. Defecto formal grave e incongruencia en la facturación: La empresa sustenta el cobro de los 1.029,69 € en la factura número 34001316183. Al examinar dicho documento oficial, se constata que está emitido a nombre de una reserva completamente ajena: la Nº 3844837560. Mi contrato de alquiler y el protocolo de devolución corresponden única y exclusivamente a la reserva Nº 3585297440. Legalmente, no es admisible que se me cargue el importe de una factura vinculada a un expediente de contratación que no es el mío, lo que invalida de raíz la procedencia del cargo. Segundo. Imposibilidad de verificación en la entrega (Daños exteriores preexistentes): La empresa me imputa dos cargos por daños exteriores en concepto de "Smart repair" (359,10 € por arañazo en puerta de maletero y 492,10 € por flanco lateral). En el momento de la recogida en Venecia, el vehículo nos fue entregado en condiciones de suciedad exterior extrema y estacionado en una zona arbolada muy sombría, encajonado estrechamente entre otras dos furgonetas. Dichas condiciones físicas impidieron por completo realizar una inspección visual del exterior. Los dos leves arañazos estaban ocultos bajo la capa de suciedad y eran preexistentes a nuestro viaje, existiendo un claro vicio en el proceso de verificación inicial por culpa de la logística de la empresa. Tercero. Rotura fortuita por estrés térmico ("Kitchen Sink Fracture"): Se me cargan 129,49 € por la rotura del cristal del fregadero. Dicha tapa de cristal templado estalló de manera espontánea debido a la diferencia de temperaturas provocada por el calor habitual de los fogones mientras se cocinaba. No existió impacto ni negligencia por nuestra parte, sino que responde a una fatiga del material o vicio oculto cuyo riesgo debe asumir contractualmente el arrendador. Cuarto. Incumplimiento contractual de las condiciones de habitabilidad: El vehículo fue entregado con la bombona de gas casi vacía, impidiendo el uso de calefacción y agua caliente durante la primera noche en una zona de alta montaña (Dolomitas). Al intentar cambiarla al día siguiente (1 de mayo, festivo), comprobamos que el vehículo carecía de la herramienta estándar necesaria (llave fija de 27 mm) para retirar el adaptador del regulador, obligándonos a perder media jornada de viaje para localizar dicho utensilio por nuestros propios medios. La compañía ha rechazado compensar esta grave privación de servicios esenciales. 4. TEXTO PRINCIPAL: SOLICITUD / PETICIÓN (Copia y pega este bloque en el campo de "Qué solicita", "Petición" o "Solución que reclama") Por todo lo expuesto, solicito a los servicios de mediación de la OCU que exijan a la empresa Roadsurfer GmbH: La anulación total e inmediata de la factura nº 34001316183 por valor de 1.029,69 €, al carecer de vinculación jurídica con mi contrato de la reserva nº 3585297440. La devolución íntegra en la tarjeta de origen del importe de la fianza retenido y cobrado (1.029,69 €). Subsidiariamente, si pretendieran subsanar el error del número de reserva emitiendo una nueva factura, se proceda a la retirada total de los cargos por arañazos exteriores preexistentes no verificables en la entrega, y del cargo por la rotura fortuita del cristal de la cocina. Una compensación económica proporcional debido al incumplimiento de las condiciones de habitabilidad (falta de calefacción y agua caliente por entrega de gas vacío) y la falta de las herramientas obligatorias del vehículo. Se adjuntan las facturas, la respuesta a la reclamación que se ha realizado a través de su propia página web, el informe de daños y algunas imagenes de los hechos. En las imagenes adjuntadas se intuyen los supuestos roces que hemos hecho y que causan una reparacion de tal suma.

Resuelto
R. G.
17/05/2026

Reclamación formal contra Ryanair por cancelación

Presento esta reclamación formal contra Ryanair por la cancelación de un vuelo reservado a través de Booking.com/GoToGate. Tras la cancelación del vuelo por parte de Ryanair, Booking.com únicamente realizó el reembolso parcial correspondiente a las tarifas base: * Tarifa adulto: 29.962 HUF * Tarifa infantil: 10.075 HUF Sin embargo, Ryanair continúa reteniendo el importe de los servicios adicionales contratados directamente desde su aplicación oficial y que nunca pudieron utilizarse debido a la cancelación del vuelo: * Asientos reservados: 12.809 HUF * Equipaje facturado: 38.236 HUF Importe pendiente de reembolso: 51.045 HUF Adjunto además comunicación escrita de GoToGate/Booking.com donde confirman expresamente que no pueden tramitar ese reembolso y que debe ser Ryanair quien lo gestione directamente. La situación ha generado un perjuicio importante, ya que hemos dedicado aproximadamente 7 horas en llamadas telefónicas, chats y gestiones entre Ryanair, Booking.com y GoToGate, siendo derivados continuamente entre ambas empresas sin recibir solución alguna. Consideramos que esta actuación vulnera los derechos básicos de los consumidores y pasajeros, ya que: * El vuelo fue cancelado por Ryanair. * Los servicios contratados no fueron disfrutados. * Ryanair mantiene retenido el dinero pese a ser responsable directo de dichos servicios. * Existe una clara falta de información y coordinación entre las empresas colaboradoras. Por todo ello, solicitamos: 1. El reembolso inmediato de los 51.045 HUF pendientes. 2. Una compensación adicional de 200 € por el tiempo perdido, las molestias ocasionadas, la falta de atención adecuada y el perjuicio causado. 3. Una respuesta formal y resolución inmediata del caso. En caso de no recibir solución, solicitamos la intervención de las autoridades de consumo competentes y nos reservamos el derecho de emprender acciones legales adicionales. Atentamente, Rocío González Molina

Resuelto

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