Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
A. C.
03/07/2026

Análisis de prácticas de financiación y recobro

EXPOSICIÓN DE HECHOS Por medio de la presente ponemos en conocimiento de esta organización una serie de prácticas relacionadas con la contratación de micropréstamos que, a nuestro juicio, merecen ser objeto de análisis desde la perspectiva de la protección de los consumidores. La presente comunicación no se limita a una única operación concreta, sino que recoge información, documentación y experiencias acumuladas durante varios años de contratación de productos de financiación a corto plazo, así como información facilitada por otros consumidores que han manifestado preocupaciones similares respecto al funcionamiento de este tipo de productos. De la documentación analizada se aprecia un patrón de funcionamiento basado, principalmente, en dos elementos: 1. La contratación sucesiva o encadenada de nuevos préstamos para atender obligaciones derivadas de operaciones anteriores. 2. La utilización reiterada de prórrogas o ampliaciones de plazo que generan costes adicionales sin reducir el capital principal pendiente. En las operaciones analizadas, los consumidores soportan importantes costes derivados de extensiones, aplazamientos y nuevas contrataciones de crédito, llegando a efectuar pagos durante largos periodos de tiempo sin que ello suponga una reducción efectiva de la deuda principal. Resulta especialmente relevante que la propia entidad haya confirmado expresamente por escrito que los importes abonados en concepto de prórroga no se destinan a amortizar el capital pendiente, sino exclusivamente a ampliar el plazo de devolución. Esta circunstancia implica que un consumidor puede realizar pagos durante largos periodos de tiempo sin reducir el capital inicialmente prestado, soportando simultáneamente nuevos costes derivados de las sucesivas ampliaciones del plazo de devolución. Asimismo, la documentación analizada pone de manifiesto situaciones en las que, tras devolver un préstamo junto con los intereses y costes asociados, determinados consumidores se ven obligados a solicitar un nuevo préstamo para atender necesidades inmediatas de liquidez, iniciándose un ciclo continuado de financiación que incrementa progresivamente la carga económica soportada. Estas circunstancias merecen, a nuestro juicio, una revisión desde la perspectiva de la transparencia contractual, la proporcionalidad de los costes soportados por el consumidor y la efectiva comprensión de las consecuencias económicas derivadas de este tipo de operaciones. Como ejemplo reciente, la propia entidad remitió distintas alternativas consistentes en prórrogas de 7, 14, 21 y 30 días con costes adicionales asociados. Posteriormente confirmó por escrito que dichos importes no reducen el capital pendiente, sino que únicamente amplían el plazo de pago. Igualmente, durante el proceso de reclamación se han recibido comunicaciones automatizadas en horario nocturno, incluyendo mensajes remitidos de madrugada. Asimismo, la entidad ha realizado reiteradas llamadas al teléfono correspondiente al lugar de trabajo del reclamante, pese a haber sido advertida expresamente de que dicho número pertenece exclusivamente al ámbito profesional y de haberse solicitado en repetidas ocasiones el cese de dichas comunicaciones por esa vía. A pesar de ello, manifestó que continuaría utilizando dicho número para sus actuaciones de recobro. Estos hechos han sido puestos en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a fin de que valore si la utilización del teléfono profesional y el tratamiento efectuado de los datos personales resultan conformes con la normativa vigente en materia de protección de datos. Consideramos especialmente relevante valorar el impacto que este tipo de prácticas puede producir sobre consumidores que atraviesan dificultades económicas, quienes, ante la imposibilidad de liquidar íntegramente sus obligaciones, recurren sucesivamente a prórrogas y nuevas operaciones que incrementan de forma progresiva el coste total soportado. Por ello, entendemos que resulta conveniente analizar no solo cada contrato de forma individual, sino también el efecto económico acumulado que determinadas prácticas pueden generar cuando se prolongan en el tiempo. Junto con la presente comunicación se aportan contratos, justificantes de pago, comunicaciones mantenidas con la entidad y demás documentación que permite analizar objetivamente los hechos expuestos. La presente comunicación ha sido elaborada tras un análisis conjunto de la documentación disponible por un equipo multidisciplinar integrado por economistas, auditores de cuentas y profesionales del ámbito jurídico, con el único propósito de facilitar una exposición objetiva, ordenada y documentada de los hechos puestos en conocimiento de esa organización. Quedamos a disposición de esa organización para ampliar cualquier información que resulte necesaria. Atentamente, Equipo multidisciplinar de Economistas, Auditores de Cuentas y profesionales del ámbito jurídico.

En curso
J. B.
03/07/2026

Amplío mi reclamación

Amplío mi reclamación con un hecho relevante. Con fecha 2 de julio de 2026, Tradeando me ha comunicado por escrito que "al estar con seQura no pueden hacer nada" y me remite a seQura para "regularizar los impagos o liquidar la totalidad", tras más de tres semanas de promesas verbales de resolución que nunca se materializaron. Por su parte, seQura me confirma por escrito que mantiene una "paralización cautelar de la gestión de cobro mientras mi reclamación ante el organismo de consumo esté en curso", pero me remite a Tradeando para cualquier solución. Ambas entidades se remiten mutuamente la responsabilidad, dejándome sin resolución en un crédito vinculado (art. 29 Ley 16/2011). Solicito que se tenga por agotada la vía amistosa, que mi caso se mantenga activo y se integre en la denuncia colectiva de la OCU ante el Ministerio de Consumo, y hago constar que mantengo mis reservas de acción ante el Banco de España, la AEPD y la vía judicial de nulidad por usura (TAE 40,98 %).

En curso
J. B.
03/07/2026

Ampliacion reclamacion

Amplío mi reclamación con un hecho relevante. Con fecha 2 de julio de 2026, Tradeando me ha comunicado por escrito que "al estar con seQura no pueden hacer nada" y me remite a seQura para "regularizar los impagos o liquidar la totalidad", tras más de tres semanas de promesas verbales de resolución que nunca se materializaron. Por su parte, seQura me confirma por escrito que mantiene una "paralización cautelar de la gestión de cobro mientras mi reclamación ante el organismo de consumo esté en curso", pero me remite a Tradeando para cualquier solución. Ambas entidades se remiten mutuamente la responsabilidad, dejándome sin resolución en un crédito vinculado (art. 29 Ley 16/2011). Solicito que se tenga por agotada la vía amistosa, que mi caso se mantenga activo y se integre en la denuncia colectiva de la OCU ante el Ministerio de Consumo, y hago constar que mantengo mis reservas de acción ante el Banco de España, la AEPD y la vía judicial de nulidad por usura (TAE 40,98 %).

En curso
S. C.
03/07/2026
UNIFYE ABOGADOS S.L.

Incumplimiento contractual, falta de transparencia y demora injustificada en la gestión de servicios

Por medio del presente escrito, interpongo una reclamación formal contra la empresa UNIFYE ABOGADOS S.L. (anteriormente Unifye Iberia S.L.) por el incumplimiento de las condiciones verbales y contractuales acordadas, así como por la falta de transparencia en la gestión de mi expediente.Los hechos se fundamentan en los siguientes puntos: Compromiso de plazos incumplido: El personal de Unifye me aseguró explícitamente que se interpondría una demanda judicial en mi nombre y que dicho trámite se demoraría un plazo estimado de entre 2 y 3 meses. A la fecha actual, este plazo ha vencido ampliamente sin que la empresa me haya aportado ningún tipo de justificante, número de decreto, número de procedimiento o sello de presentación judicial que demuestre que dicha demanda es real o se ha tramitado. Publicidad y garantía engañosa: La empresa comercializa sus servicios bajo una supuesta "Garantía" de resultados o devolución de honorarios. Sin embargo, existe una falta total de transparencia respecto a la ejecución de dicha garantía, utilizándola como un mero gancho comercial mientras mis deudas siguen acumulando intereses e impagos frente a los acreedores legítimos. Falta de atención y soporte: He intentado obtener aclaraciones e información verídica sobre el estado de mi situación a través de sus canales de atención (teléfono y correo electrónico), recibiendo únicamente respuestas evasivas, largas o el silencio por respuesta. La devolución íntegra de todas las cuotas y cantidades abonadas hasta la fecha,(2025) debido al evidente incumplimiento de los plazos de gestión prometidos y a la falta de prestación efectiva del servicio judicial publicitado. La entrega por escrito de una confirmación de baja del servicio donde conste que no se me girarán más recibos ni se me reclamará ninguna cantidad en el futuro.

En curso
J. I.
03/07/2026

Cobro indebido y baja

Me han hecho un cobro indebido de 30.99 de mi cuenta bancaria por servicios que no han hecho , quiero el reembolso de inmediato y darme de baja .

En curso
L. V.
03/07/2026

gastos de comunidad

Buenos días. Mi nombre es Lidia y hace unas semanas compré una vivienda en la Calle Castelló de la Plana nº6 de Sueca. Resulta que la administradora me ha comunicado que se debe un dinero. Yo en mi escritura tengo una cláusula que pone que los gastos anteriores a la compra-venta corresponden al vendedor, por lo que no me corresponden asumirlos a mi. Cosa que le he comunicado a la administradora. Este email es porque necesito vuestra ayuda y colaboración para que me proporcionéis un email o teléfono de contacto del vendedor del piso para que corra con esos gastos que existen. Antes de que se proceda a denunciar por la vía civil. La referencia que me mandaban para presentar documentación es : OFERTA 872298- Macrodependencia es CS-17562-0001. Un saludo y espero contestación y ayuda. Gracias.

En curso
J. S.
03/07/2026

Cargo no autorizado

Hola muy buenas, recibí un cargo en mi cuenta de perfilcreditocioxb cosa que yo no tengo solicitado ningún crédito con ellos ni cuenta con ellos ni nada de nada y menos mal que no tenía nada en cuenta a si que quiero que me solucionen eso ya

En curso
I. P.
03/07/2026

Quiero que me devuelvan el dinero YA

Quiero mi dinero de vuelta y con intereses, y los voy a denunciar

En curso
I. P.
03/07/2026

Me cobraron más de lo que dijeron

Es indignante que te cobren lo que no dicen, voy a denunciar.

En curso

Reclamación por usura en microcrédito (TAE 5.691,62%) y solicitud de mediación para acuerdo de pago

El pasado 01/06/2026 contraté un microcrédito con la entidad QuéBueno (NBQ Fund One, S.L.) por un importe de 556,00 €. En las condiciones particulares del contrato se establece una Tasa Anual Equivalente (TAE) del 5.691,62%, una cifra desproporcionada que supera con creces el interés medio del mercado y es nula por usura. Con fecha anterior al vencimiento, me puse en contacto con su Servicio de Atención al Cliente por correo electrónico para exponer de buena fe mis problemas temporales de liquidez. Asimismo, el día 01/07/2026 realicé un pago parcial de 20,00 € a través de su plataforma para demostrar mi total voluntad de pago de la deuda real. Sin embargo, la entidad ha ignorado mi situación y ha activado sus sistemas automáticos, aplicándome recargos por demora y enviándome correos intimidatorios bajo el título "¡JUICIO MONITORIO!", lo cual me está causando una grave ansiedad. Por motivos laborales y de disponibilidad horaria, me resulta absolutamente imposible atender llamadas telefónicas, por lo que requiero que toda comunicación se realice exclusivamente por escrito a través de esta mediación o por correo electrónico para que conste constancia de lo acordado. Quiero dejar constancia expresa de que no quiero ningún tipo de problemas ni litigios; al contrario, estoy confirmando formalmente mi total voluntad de pago sobre el dinero real prestado. Por ello, solicito la mediación de la OCU para alcanzar un acuerdo amistoso y extrajudicial de mutuo acuerdo bajo los siguientes términos: 1. Fijación del capital limpio de mutuo acuerdo: Que la cantidad total a devolver se congele estrictamente en el capital original prestado (556,00 €), restando los 20,00 € ya pagados el día 01/07/2026, quedando un saldo real pendiente de 536,00 €. Se solicita la nulidad y eliminación de los intereses iniciales de 220,18 €, el interés diario del 1,32% y cualquier recargo por demora. 2. Plan de pagos fraccionado para agosto: Mi compromiso firme es abonar los 536,00 € restantes mediante pagos mensuales de 100,00 €. El primer ingreso de 100,00 € se realizará entre el día 2 y el día 6 del próximo mes de agosto de 2026 (cuando reciba mi nómina), repitiendo el pago en ese mismo rango de días los meses siguientes. Se solicita este mes de julio de margen debido a mi situación actual de liquidez. 3. Blindaje absoluto y prohibición de inclusión en ficheros (ASNEF/Badexcug): Conforme a la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, mientras este plan de pagos propuesto esté en proceso de mediación o se encuentre activo y en cumplimiento por mi parte, la deuda carece de los requisitos de certeza y exigibilidad al estar en disputa formal. Por tanto, la entidad tiene la prohibición legal absoluta de incluir mis datos en cualquier fichero de morosidad. Cualquier intento de registro mientras dure este acuerdo fraccionado será considerado una vulneración flagrante de mi derecho al honor, denunciado ante la AEPD y objeto de demanda judicial de indemnización [Análisis de los riesgos y derechos reales con ASNEF]. 4. Cese inmediato de llamadas masivas y SMS amenazantes: Exijo el cese radical e inmediato de las llamadas telefónicas automáticas y el envío de mensajes de texto (SMS) con tono coactivo o amenazante. Al existir una reclamación formal abierta y una voluntad de pago acreditada, la insistencia telefónica desmedida vulnera mi derecho a la tranquilidad y la Ley de Competencia Desleal, por lo que las comunicaciones deben limitarse únicamente al canal escrito de la OCU. 5. Resolución pacífica: Si la entidad valida este plan por escrito a través de la OCU, doy el conflicto por resuelto de forma extrajudicial, comprometiéndome a no interponer ninguna demanda posterior por usura.

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