Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí

Retención indebida de 1.000 € tras cancelación justificada de reserva de vehículo

El 24 de mayo de 2026 entregué 1.000 € en concepto de arras penitenciales para la compra de un vehículo KIA Niro 1.6 GDI PHEV Drive Auto 141 CV, matrícula 6071LWD, comercializado por AUTOFESA (RODRISA AUTOMÓVILES S.L.). Antes de formalizar definitivamente la compraventa decidí realizar una inspección técnica independiente, previamente aceptada por el comercial Sr. Miguel Carbonell. El 29 de mayo de 2026 dicha inspección reveló diversos elementos que generaron dudas razonables sobre el estado real y el historial del vehículo. Entre otros aspectos, se detectaron múltiples elementos repintados, indicios de reparaciones de carrocería de alcance superior al comunicado durante la visita comercial y defectos de acabado en algunas zonas pintadas. Además, posteriormente tuve acceso a documentación del historial del vehículo en la que figura una anotación denominada “Peritación de daños” con fecha 16/12/2025. Tras conocer esta información solicité expresamente a la empresa aclaraciones sobre la naturaleza de dichos daños, el alcance de las reparaciones realizadas y la existencia del correspondiente informe pericial. Pese a mis reiteradas solicitudes escritas, la empresa nunca facilitó dicha documentación ni respondió de forma concreta a estas preguntas. Asimismo, en la documentación consultada observé inconsistencias que requerían aclaración. Por ejemplo, aparecen registros con kilometrajes diferentes que plantean dudas razonables y que tampoco fueron explicados por la empresa pese a haber sido expresamente preguntados. Ante la aparición de esta información relevante, comuniqué inmediatamente mi decisión de no continuar con la compra y solicité la devolución de la señal entregada. Mi decisión no obedeció a un cambio caprichoso de opinión, sino a la pérdida de confianza derivada de información sobre el vehículo que desconocía cuando entregué las arras. El 30 de mayo de 2026 presenté una reclamación formal por escrito. Posteriormente remití múltiples correos electrónicos dirigidos tanto al Sr. Miguel Carbonell como a Dña. María Ángeles solicitando aclaraciones sobre los daños, reparaciones y antecedentes del vehículo. Durante semanas no recibí respuesta sustancial alguna. La empresa únicamente reaccionó después de recibir un burofax formal y tras la presentación de una reclamación ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid. La respuesta finalmente remitida por AUTOFESA se limita esencialmente a invocar el artículo 1454 del Código Civil y la cláusula de arras penitenciales, pero continúa sin aportar documentación sobre la “Peritación de daños”, sin explicar el alcance real de las reparaciones realizadas y sin responder a las cuestiones concretas planteadas sobre el historial del vehículo. Además, la empresa califica mi decisión como un “desistimiento caprichoso y voluntario”, afirmación que considero improcedente e inexacta, ya que la cancelación se produjo únicamente después de una inspección independiente y del descubrimiento de información relevante que no me había sido comunicada previamente. Considero que un consumidor tiene derecho a recibir información completa, transparente y suficiente para tomar una decisión informada antes de formalizar una compraventa de estas características. Por todo ello solicito la intervención de OCU para intentar obtener una solución amistosa y la devolución íntegra de los 1.000 € entregados, al considerar que mi decisión estuvo motivada por la falta de transparencia respecto al estado e historial real del vehículo y por la ausencia de respuesta adecuada a mis solicitudes de información.

Cerrado
E. O.
18/06/2026

MEGAVOLOTEA PLUS

OCU AnteriorReclamación por cobro no autorizado de suscripción “Megavolotea Plus” Resuelta Pública VOLOTEA VOLOTEA Iniciar una reclamación Naturaleza del problema: Otro Tu reclamación A. S. A: VOLOTEA 18/06/2026 A la atención de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Mediante la presente deseo presentar una reclamación contra la compañía aérea Volotea S.L. por un cargo no autorizado de 159,99 € correspondiente a una supuesta suscripción anual denominada “Megavolotea Plus”. Hechos Hace unos días realicé la compra de un vuelo a través de la página web oficial de Volotea (www.volotea.com ). Mi única intención fue adquirir dicho billete. Posteriormente he comprobado que en la tarjeta utilizada para el pago del vuelo se ha realizado un cargo adicional de 159,99 € correspondiente a una suscripción anual a “Megavolotea Plus”, servicio que no he solicitado ni contratado de forma consciente. En ningún momento durante el proceso de compra del vuelo fui informado de forma clara, visible y expresa de que estaba contratando una suscripción anual con renovación automática, ni de que se efectuaría un cargo posterior por dicho concepto. De haber sido informado de manera clara de la existencia de este servicio y de su coste, jamás habría aceptado ni contratado dicha suscripción. Al detectar el cargo inesperado, procedí inmediatamente a: Contactar con la compañía para solicitar la devolución del importe. Abrir una reclamación ante mi entidad bancaria. Cancelar la tarjeta por seguridad ante la sospecha inicial de un cargo no autorizado. Posible práctica abusiva Tras investigar el caso, he comprobado que existen numerosas reclamaciones públicas de otros consumidores por situaciones idénticas, en las que se denuncia que la suscripción Megavolotea o Megavolotea Plus se activa durante la compra de un vuelo mediante mecanismos poco claros o poco transparentes. En muchos casos, los usuarios manifiestan que la existencia de dicha suscripción no se percibe claramente durante el proceso de compra, y que el cargo anual se produce posteriormente sin que el consumidor sea plenamente consciente de haber contratado ese servicio. Vulneración de la normativa de consumo Considero que esta práctica podría vulnerar la normativa de protección al consumidor, en particular: Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Directiva 2011/83/UE sobre derechos de los consumidores. Ambas normas establecen que los servicios adicionales deben ser aceptados expresamente por el consumidor y con información clara y previa, no pudiendo derivarse de opciones preseleccionadas, confusas o insuficientemente visibles durante el proceso de compra. En este caso, el cargo de 159,99 € se ha producido sin un consentimiento informado, claro y explícito por mi parte, lo que considero un cobro indebido por un servicio no solicitado. Solicitud Por todo lo anterior, solicito: La devolución íntegra e inmediata del importe de 159,99 € cargado en mi tarjeta. La cancelación definitiva de cualquier suscripción asociada a mi cuenta en Volotea. Que se investigue esta práctica comercial para determinar si constituye una práctica abusiva o engañosa hacia los consumidores. Si es necesario puedo adjuntar la documentación necesaria (cargo bancario, reserva del vuelo y comunicaciones con la compañía) para acreditar los hechos descritos. Quedo a la espera de una solución satisfactoria. Ver menos

Resuelto
A. I.
18/06/2026

Order 1115-801-069 // El reembolso

Solicité la cancelación de mi reserva conforme a las condiciones contratadas y, transcurridos ya más de tres meses, sigo sin haber recibido el reembolso ni una actualización clara sobre su estado. He contactado con su servicio de atención al cliente en varias ocasiones sin obtener una respuesta satisfactoria. Esta situación resulta inaceptable. Solicito que me informen de forma inmediata sobre el estado de mi reembolso y la fecha prevista de devolución de los fondos. En caso de que no puedan resolver esta incidencia de manera urgente, les ruego que me indiquen el procedimiento y organismo oficial ante el que puedo presentar una reclamación formal.

Cerrado
R. S.
18/06/2026

CANCELACIÓN DEL SERVCIO

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque llevo 3 meses con la cuenta bloqueada y sin atención alguna para subsanar el problema, por lo que dado que no se está cumpliendo con el servicio objeto del contrato SOLICITO la cancelación de la cuenta 0011457496. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
A. M.
18/06/2026
Jota Cafe Motorbikes

Problema con el reembolso de la fianza

Buenos días, Me pongo en contacto con ustedes porque no he recibido el reembolso de mi fianza de 300€ de la reserva que hice el 30/05/2026 con el número ARP202605438 y ya ha pasado el plazo correspondiente. SOLICITO que se me devuelva el importe retenido en concepto de fianza y a su vez, el comprobante de la transacción activa de reembolso puesto que dispongo de fotografías de que la moto estaba en correctas condiciones al devolverla y conservo la conversación correspondiente. Sin otro particular, atentamente.

Resuelto
I. P.
18/06/2026

Problemas con el rembolso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas a el aeropuerto Rafael Núñez - Cartagena Colombia, que tenía su salida a las 14:55 horas del día 14 de diciembre del 2026 por lo que la llegada normal al destino debería haber tenido lugar a las 21:55 horas del día15 de Diciembre del 2026 con un coste de 1.058, 00€ Adjunto los siguientes documentos: 1. Confirmación de Reserva 2. Correo de Cancelación del vuelo 3. correo de reclamación solicitando el rembolso total Nº de pasajeros: 1 EL 12 de mayo del 2026 se me ha comunicado por correo electrónico, la cancelación del trayecto contratado. el 25 de mayo sigo sus indicaciones y abro reclamación Nº 417121445111 solicitando el rembolso total de los vuelos, a la fecha 18/06/2026 no he recibido el rembolso solicitado SOLICITO el reembolso total del importe de los billetes a la mayor brevedad, 1.058, 00€ Sin otro particular, atentamente. Ibis Palomo

Cerrado
S. R.
18/06/2026

Problema con la entrega

Hola, Realicé un pedido con la marca Create el pasado 10/06/2026. Todo se encontraba en orden hasta que el paquete se puso a disposición de SEUR para su entrega, la cual estaba prevista para el 15/06/2026. Dicho día, la entrega sufrió una demora no especificada a las 18 horas que imposibilitó su llegada al destinatario. El día 16/06/2026, por razones desconocidas, el paquete no se puso en reparto. Sí se puso en reparto el día 17/06/2026 cuando, nuevamente, sufre una demora no especificada a las 18 horas. En este momento contacto con atención al cliente de SEUR vía telefónica solicitando poder acudir a recoger el paquete a un punto de recogida concreto para evitar que entre nuevamente en un reparto prolongado y sufra nuevas demoras (pues es un regalo y lo necesito para una fecha fija), siendo la respuesta que el sistema lo ha asignado para el reparto del día posterior de forma automática y que esto no se puede modificar. Ante la insistencia de la necesidad de disponer cuanto antes del paquete, y ante el historial de incidencias acumulado, la única solución ofrecida es pasar una nota al repartidor para colocar el reparto el primero de la lista de la mañana, lo cual es aceptado por mi parte. Llegado el día (18/06/2026) avanza la mañana sin recepción del envío, por lo que se contacta nuevamente mediante canales oficiales y se recibe información por parte de bots e inteligencia artificial de que el envío está programado para entregarse entre las 18.15h-19-15h, de forma idéntica a días previos. Se contacta de nuevo vía telefónica con atención al cliente para exponer la contradicción con lo hablado el día anteiror, que emite información evasiva con muy malas formas y cuelga el teléfono sin aportar soluciones. Deseo emitir una queja formal contra esta empresa por el pésimo trabajo realizado y sus más que malas formas con el cliente.

Cerrado
M. G.
18/06/2026

Reclamación por incumplimiento de servicio de transporte reservado (Bolt) A la atención de la Organ

A la atención de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU): Mi nombre es Miguel y mediante el presente escrito deseo interponer una reclamación formal contra la empresa Bolt por el incumplimiento de un servicio de transporte reservado a través de su plataforma. HECHOS Con varias semanas de antelación, realicé a través de la aplicación de Bolt una reserva de transporte con recogida prevista el día correspondiente a las 23:30 horas en Calle de Suecia, 96 (Madrid) y destino Calle de José Abascal, 8 (Madrid). La reserva fue realizada precisamente con el fin de garantizar la disponibilidad del servicio en un horario crítico y asegurar la puntualidad del desplazamiento. Sin embargo, llegada la hora prevista de recogida, el servicio no se prestó. La aplicación indicó la imposibilidad de asignar conductor o procedió a la cancelación del servicio, sin que se ofreciera alternativa efectiva en ese momento ni solución inmediata por parte de la empresa. Como consecuencia directa de esta incidencia, me encontré de madrugada sin transporte disponible, acompañado de una mujer embarazada, en una situación de evidente indefensión y sin alternativa proporcionada por la empresa pese a tratarse de un servicio previamente reservado y confirmado. GESTIÓN DE LA INCIDENCIA POR PARTE DE LA EMPRESA Tras lo sucedido, presenté la correspondiente reclamación al servicio de atención al cliente de Bolt. La respuesta recibida se ha limitado a explicaciones genéricas sobre el funcionamiento de la plataforma, indicando que no siempre es posible garantizar la disponibilidad de conductores. En ningún momento la empresa ha ofrecido una explicación concreta sobre las causas específicas del fallo en la reserva, ni ha asumido responsabilidad alguna, ni ha propuesto compensación por el incumplimiento del servicio contratado. Asimismo, la gestión de la reclamación se ha caracterizado por respuestas estandarizadas, sin análisis individualizado del caso ni atención a las circunstancias concretas expuestas, lo que evidencia una falta de diligencia en la resolución de la incidencia. FUNDAMENTOS Considero que estos hechos pueden constituir un incumplimiento de las obligaciones derivadas del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), en cuanto a la prestación del servicio conforme a las condiciones ofrecidas y la adecuada información al consumidor. Asimismo, la forma en que se comercializa el servicio de “reserva” puede entrar en conflicto con los principios de transparencia y prácticas comerciales leales recogidos en la Directiva (UE) 2019/2161 (Directiva Ómnibus), en la medida en que puede generar en el consumidor la expectativa razonable de disponibilidad garantizada, que en la práctica no se ha cumplido. SOLICITO Por todo lo expuesto, solicito a la OCU: La tramitación de la presente reclamación frente a Bolt. La valoración del posible incumplimiento del servicio de transporte reservado. La mediación o intervención ante la empresa para obtener una solución adecuada. La posible compensación por los perjuicios ocasionados derivados de la falta de prestación del servicio contratado. Adjunto la documentación relativa a la reserva y las comunicaciones mantenidas con la empresa como prueba de los hechos descritos. Sin otro particular, quedo a disposición para aportar cualquier información adicional que sea necesaria. Atentamente,

Cerrado
R. P.
18/06/2026
R.B.Radiatermico.S.L.

Daños en el vehículo

Llevo el vehículo a reparar el aire acondicionado y lo recogo con el volante roto les digo lo que pasa y me dicen que estaba así cosas que no es cierta el vehículo está en perfecto estado

Cerrado
F. D.
17/06/2026

Cobro indebido y abusivo de 60€ en puerta de embarque por mochila de mano - Vuelo MLA-BCN VY8741

El pasado 20 de Mayo de 2026, me disponía a embarcar en el vuelo VY8741 operado por Vueling con origen Malta y destino Barcelona. Portaba como único equipaje de mano una mochila de espalda flexible, destinada a ubicarse bajo el asiento delantero del avión, cumpliendo así con las condiciones de gratuidad que la propia aerolínea estipula para este tipo de bultos. Durante el proceso de embarque en la puerta, el operador de la compañía me obligó a introducir la mochila en el calzador de metal de forma estrictamente horizontal. El bulto se introducía y encajaba perfectamente en el medidor si se colocaba de forma vertical, demostrando que sus dimensiones totales y volumen respetaban los límites establecidos. Sin embargo, el operario, actuando de forma completamente arbitraria y desatendiendo la naturaleza flexible de la mochila, así como la negativa de su compañero, que se lamentaba de realizar dicho cobro, se negó a aceptar dicha comprobación en la orientación correcta. Bajo la amenaza de no permitirme el acceso al avión, me impuso de manera injustificada el pago de una penalización de 60 €. Esta práctica supone la vulneración del Artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea española y contraviene la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Asunto C-487/12) y las recientes multas y sanciones del Ministerio de Consumo a las aerolíneas de bajo coste por considerar el cobro del equipaje de cabina razonable como una cláusula abusiva. Al tratarse de un bulto blando que entraba en el medidor y que se amoldaba al espacio asignado, considero el cargo un enriquecimiento injusto y una mala praxis comercial por parte del personal de tierra. Solicitud y pretensión: Exijo a Vueling el reembolso íntegro de los 60,00 € cobrados indebidamente en la puerta de embarque.

Cerrado

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