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Problema con el remboolso
Hola realice un pedido y la camiseta era era todo plastico el numero de pedido era #3675 me gustaria encontrar una solucion para un reembolso.
Solicitud reembolso importe equipo
Estimados/as señores/as: En fecha 26/09/2024 adquirí en su [elegir una opción: página web el producto secadora Dresscode Dry 9400 A++. En fecha octubre de 2024 se abre incidencia por mal funcionamiento del equipo y se realiza un cambio de producto ya que había resultado defectuoso. En fecha julio 2025 se abre nueva incidencia por mal funcionamiento del equipo y se realiza un cambio de producto por imposibilidad de reparar. En fecha septiembre 2025 se abre nueva incidencia por mal funcionamiento del equipo y se realiza un cambio de producto por imposibilidad de reparar. En fecha abril 2026 se abre nueva incidencia por mal funcionamiento del equipo. El técnico nos comenta que vuelve a ser imposible reparar y la solución es volver a cambiar el equipo. Sería el 6 producto en menos de 2 años, por lo que no estoy conforme con la solución comunicada, por lo que abrimos incidencia con CECOTEC para solicitar una solución diferente. 29/05/2026 - Incidencia I-0322776630. En fecha 17/06/2026 todavía no tenemos respuesta y volvemos a abrir reclamación: Incidencia I-02830375 A fecha 29/06/2026 seguimos sin tener respuesta. El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha continuado fallando incluso siendo cambiado en varias ocasiones, siendo el uso que se ha hecho absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Adjunto los siguientes documentos: ticket y pantallazos de los cambios realizados. Solicito por tanto la resolución del contrato y reembolso del equipo Sin otro particular, atentamente.
* Reclamación por posible defecto en protector solar Australian Gold SPF 50
Presento esta reclamación por un protector solar Australian Gold SPF 50 adquirido en Druni. He utilizado este mismo protector solar en numerosas ocasiones anteriores y nunca había presentado ningún problema. Sin embargo, esta unidad tenía un estado completamente anómalo: incluso agitándola correctamente antes de cada aplicación, el producto salía con grumos, se separaba y dejaba partículas marrones sobre la piel, algo que nunca me había ocurrido con este producto. Seguí las instrucciones de uso, aplicando y reaplicando el protector durante la exposición solar. A pesar de ello, sufrí quemaduras solares de primer y segundo grado, por las que tuve que acudir a un centro médico para recibir asistencia. Durante la consulta, el médico pudo comprobar el estado anómalo del producto que había utilizado y me recomendó presentar una reclamación para que se investigara, al considerar que un protector solar con estas características podría suponer un riesgo para la salud de los consumidores si existiera un defecto en el producto o en el lote. Dispongo de fotografías del estado del protector sobre la piel, donde se aprecia claramente la separación del producto y la formación de grumos, así como fotografías de las quemaduras sufridas. Asimismo, conservo el envase original, el número de lote y puedo entregar el producto en cualquier establecimiento Druni para que sea examinado. Como clienta de Druni desde hace años, considero inaceptable haber sufrido una situación como esta. Espero una respuesta a la altura de la gravedad de los hechos, una investigación exhaustiva del producto y una solución adecuada al perjuicio sufrido. No solicito únicamente el reembolso del importe abonado. Solicito que se investigue este producto y su lote, que se determinen las responsabilidades que correspondan y que se valore una compensación por los daños físicos, las molestias y los perjuicios ocasionados.
Reembolso
Me habies enviado una camiseta de mala calidad y quiero una devolución en mi targeta que por cierto tardo en lllegar y la talla no era mia.
Denegación de garantía de por vida de uso de suelo laminado
Del pedido: Ref : 85235847 Suelo laminado extrem 10mm Ávila efecto madera natural AC5 NAT375 ARTENS 1374,80 € Cant : 40 Del que se especifica garantía de por vida, reclamé que en poco menos de un año había ciertos daños y mandé fotos de los mismos, pero Leroy Merlín no quiso hacerse cargo denegándome la garantía.
Problema con el filtro de partículas
Buenas tardes, realicé la compra de un Hyundai Tucson hace 2 años lo compramos en noviembre del 2023 en Pozoblanco, y desde el minuto uno me ha dado problemas con el filtro de partículas. El primer problema nos lo dio con sólo 2000 km y desde ahí una odisea, ya son 3 veces las que ha pisado el taller de corhyund córdoba. La primera vez me entró en garantía, pero me pusieron un montón de trabas, que si no le echo gasoil bueno ( que no es así), que tengo que hacer km que es así, pues voy todos los días a córdoba, que no lo revolucionó, más de 3000 vueltas en mínimo 30-40km, que si soy mujer y y a se sabe.... Cómo por ser mujer mi coche el filtro de partículas se enciende, y así una y otra vez. La última vez estando en garantía tuve q pagar el gasto del taller y sin darme opción ni siquiera a un coche de sustitución. Yo vivo a 90 km del taller al que lo llevo. No me puede verificar si el filtro de partículas tiene algún problema, porque otros no dan ese problema , sólo que yo soy el problema...es una vergüenza que no quieran dar la cara y arreglarlo de una, no que a partir de los 5000 km nos salta de nuevo y tenerlo que dejar 1 semana para arreglarlo, estamos hartos, que el coche precisamente no fue un regalo que nos costó mucho para tener tantos problemas. Gracias por todo
No me reponen la pieza
Estimados/as señores/as: En fecha 20 de marzo de 2026 adquirí a través de una comercial oficial el producto Thermomix tm7. Adjunto los siguientes documentos: la factura y las fotos de la pieza deteriorada El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 20 de junio del 2026. El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto, y atención al cliente alega que no está cubierto el desgaste por uso, es decir, 3 meses . Solicito que procedan a sustituir el producto, en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente.
Problema con la reserva
Hola. En abril compré un coche en ocasión plus de Barakaldo, Bilbao. Tuve que ir por el hasta Barcelona ya que estaba en el centro de Igualada, fui el 25 de abril del 2026 desde Bilbao hasta Igualada. De vuelta a bilbao el coche me dejo tirada por el camino. Llamé al comercial de Igualada y me dijo que lo dejáramos en el taller de Basauri. Llegue como pude y lo dejé fuera del centro, al ser sábado hasta el lunes no podían hacer nada. El lunes 27 de abril me persone en el centro de basauri y me dijeron que tenían que esperar a hablar con los de garantías para poder empezar la reparación, estuve esperando mas de una semana para que llegarán las piezas y lo repararan. Cuando ya estaba supuestamente reparado fui por el pero nada mas salir del taller me di cuenta que olía mucho a anticongelante, tanto dentro del coche como fuera de el y el aire caliente no funcionaba. Se lo comunique al comercial de ocasion plus y me dijo que debía llevarlo otra vez. Lo lleve y decidieron llevarlo a un taller externo. Desde entonces yo estoy sin coche y para mí es un problema porque por mi trabajo tengo que tener coche si o si. Pues así me han tenido desde que compré el coche ya hace mas de dos meses. Una vez en el taller externo, debía esperar a que el mecánico hiciera el presupuesto para mandárselo a los de garantías. Una vez hecho pedían rebajas al mecánico por la mano de obra, a lo que este dijo que no. Supuestamente el coche iba a estar para el jueves 18 de junio pero el coche nisiquiera estaba dentro del taller. Pasado el tiempo como no me daban una solución decidí solicitar un nuevo vehículo. Ahora me dicen que tengo que pagar otra vez la reserva para el nuevo vehículo, cuando el anterior coche me dejo tirada desde el primer día que lo compré. Los gastos del anterior vehículo se tienen que trasladar al vehículo nuevo, porque es un problema de ocasion plus no mía. No estoy dispuesta a tener que gastar mas dinero y por ello perderlo por algo que no es mi responsabilidad. No me parece justo que tenga que pagar otra vez 350€ por los gastos de un coche que no pude disfrutar.
Claxon roto
Hola el 28/03/2026 compre un coche en ocasion plus alcorcon, desde que he sacado el coche de la sede de alcorcon he tenido inconvenientes por la falta de informacion por parte de la comercial que me atendio, he firmado clausulas abusivas y contratos de igual forma. El coche es un Hyundai Bayon de diciembre de 2023. Y aunque la casa da una garantia de 5 años no se me informo que esta garantia se habia perdido porque el coche no se le han hecho las revisiones en la casa. Me han cobrado 1200 euros por una garantia de un año mas y hace un mes al coche le ha dejado de funcionar el claxon he llamado a la comercial y me he puesto en contacto con atencion al cliente pero no he tenido ninguna respuesta, segun la comercial porque no hay citas en ninguno de sus talleres, en atencion al cliente te responden y te llaman pero se limitan a hablarte de los 200 puntos de revision que le hacen al coche en el momento de retirarlo y cierran el caso sin dar una solucion. Ya que desde el principio he tenido inconvenientes solo estoy solicitando que hagan efectiva la garantia que he tenido que pagar en el momento de retirar el coche.
PRODUCTO DEFECTUOSO-GARANTIA INEXISTENTE
Por medio de la presente me dirijo a esta mercantil para efectuar la siguiente reclamación, y en el ánimo de llegar a una solución extrajudicial en cumplimiento del requisito de procedibilidad establecido en la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de Enero, sobre los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC), de conformidad con los hechos que paso a exponer: PRIMERO. - En 27 de abril de 2026, realicé la contratación con su mercantil, VENT QUALITY S.L., para la adquisición e instalación de diversas unidades de cerramiento, incluyendo puertas y ventanas con cristaleras, tal y como consta en los presupuestos número 202.219/6 y 202.209/6, posteriormente facturados con números 88 y 89 respectivamente en 04 de junio de 2026. El importe total de esta adquisición ascendió a 3.448,12€ (Tres mil cuatrocientos cuarenta y ocho euros con doce céntimos), abonados en su totalidad. SEGUNDO. - Las especificaciones de los cerramientos adquiridos incluían vidrios con una cámara de aire de 12 mm, para los cuales se detallaban barrotillos de 25 mm ubicados a 150 mm del borde, conformando la llamada “paladería inglesa”. Sin embargo, una vez recibidos e instalados los cerramientos, pude constatar que los barrotillos insertados en la cámara de aire no se corresponden con las medidas especificadas. En su lugar, se han utilizado barrotillos de aproximadamente 3 o 4 mm, generando un espacio excesivo dentro de la cámara de 12 mm. Por una parte, esta discrepancia provoca que los barrotillos queden sueltos y con excesiva holgura en su alojamiento, moviéndose libremente y golpeando los cristales cada vez que las ventanas o puertas se abren o cierran. Asimismo, esta situación genera ruidos molestos y el riesgo de daños a los propios cristales, lo cual compromete la funcionalidad y durabilidad del producto. TERCERO. - He contactado con su mercantil en varias ocasiones para expresar mi inconformidad y buscar una solución a esta problemática. Incluso les he enviado fotos, y un video a su whatsapp corporativo, en el que se aprecia claramente el ruido insoportable que hacen los barrotillos sueltos cuando abres las puerta. A pesar de mis intentos de obtener una reparación o sustitución de los elementos defectuosos, su mercantil ha manifestado que este es su modo habitual de trabajo, sin ofrecer ninguna solución que corrija la falta de conformidad existente. Esta postura es contraria a la diligencia que cabría esperar de un profesional, y la situación persiste sin haber obtenido una respuesta satisfactoria. De modo semejante, el defecto descrito no ha sido causado por un mal uso por mi parte, sino que se trata de una deficiencia intrínseca en la fabricación e instalación de los barrotillos, que no cumple con las condiciones de calidad y funcionalidad esperadas, constituyendo un non facere en el cumplimiento de la obligación. Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITO Que su mercantil proceda, sine die, a la reparación o sustitución, sin coste alguno para mí, de los barrotillos y las cristaleras afectadas para que se ajusten a las características y funcionalidades pactadas y esperadas, subsanando así la falta de conformidad del producto. El presente requerimiento se fundamenta en los preceptos de la normativa de consumo vigente, y en especial, en lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (LGDCYU). En primer lugar, el artículo 114 de la LGDCYU establece la obligación del vendedor de entregar al consumidor productos que sean conformes con el contrato de compraventa. A su vez, el artículo 116 de la citada ley detalla que el producto se entenderá que es conforme con el contrato siempre que sea apto para los usos a que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo y posea las cualidades que el vendedor haya presentado al consumidor en forma de muestra o modelo, o por descripción. En el presente caso, la entrega de barrotillos de dimensiones incorrectas que no se ajustan a la cámara de aire de los cristales, provocando su movimiento y golpes contra el vidrio, constituye una clara falta de conformidad con el contrato, ya que no permite el uso adecuado de los cerramientos y difiere sustancialmente de las características esperadas y presumiblemente ofrecidas. Por lo tanto, me asiste el derecho a exigir la subsanación de dicha falta de conformidad. Por consiguiente, y de acuerdo con el artículo 118 de la LGDCYU, tengo derecho a la reparación o sustitución del producto, sin coste alguno para mí. Del mismo modo, el artículo 1101 del Código Civil establece que quienes en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, o de cualquier modo contravinieren el tenor de aquéllas, quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados. En este sentido, la omisión en la entrega de un producto conforme a las especificaciones y la negativa a solucionar el problema implican un incumplimiento contractual que genera la obligación de reparar el perjuicio, ex iure.
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