Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
A. P.
06/03/2026

Cobros no autorizado desde de diciembre /enero

Solicito la devolución inmediata de todos los cargos realizados , ya que son cobros no autorizados y no existe ningún contrato firmado. La empresa Crédito Claro (Ratinghub S.L.) realiza cobros recurrentes sin consentimiento previo. Además, denuncio que me han solicitado el pago ilegal de 60€ para 'desincronizar' mis datos, lo cual infringe gravemente mi Derecho de Supresión (Art. 17 RGPD), que es gratuito por ley. Exijo la baja definitiva de mis datos y el reembolso total de lo cobrado indebidamente

Cerrado
C. P.
06/03/2026

COBROS INDEBIDO ASOCIADO A MI TARJETA DE CREDITO

EL dia de hoy 06/03/2026 me han hecho un cobro de la empresa EDREAMS PRIME ANNUAL, SIN AUTORIZACION yo no soy beneficiaria de diche suscripcion y pido el rembolso de mi dinero de forma inmediata y la penalizacion por trata de datos a esta empresa en la que en algun moemnto hemos hecho a travez de ella algun alquiuler de coche o comprado algun boleto pero sin mas autorizaciones a ningun otro tipo de afiliacion como la que hoy dia se realizo SIN MI CONSENTIMIENTO dicho cobro por la suma de 99.99euros .

En curso
C. G.
06/03/2026

Denuncia a money Man

Hola buenas nombre cristina lydia García navarro,hace meses me prestaron 400 euros les devolví los 321 euros y más adelante el resto y encima me querían cobrar 300 euros de más,yo pago mis deudas como me hagan puesto en anreff injustamente les voy a meter una denuncia que me borren ya ,que ni se les ocurra porque van a salir corriendo de la demanda que le voy a interponer,pero que me borren y más injustamente yo pago mis deudas y a ellos le Page lo que les debía y más, que me borren de arneff porque la medidas que voy a tomar se van vamos y aparte que me devuelvan lo que mas me han robado ,a si que borrenme de arneff y tengamos la fiesta en paz eh,venga pero ya venga

En curso
C. A.
06/03/2026

INCUMPLIMIENTO CONTRATO

Estimadxs, Soy cliente de la entidad aseguradora Lagun Aro Seguros, titular de un seguro de hogar y otro de vida. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su entidad para comunicarles mi disconformidad con el incumplimiento por su parte de lo contenido en la cobertura de asistencia en el hogar 24 horas incluida en el contrato de seguro. Y ello por: el día 20 de febrero de 2026 comuniqué a Lagun Aro Seguros una incidencia de fontanería en mi vivienda habitual consistente en que el fregadero de la cocina no desagua correctamente, provocando acumulación de agua en el mismo y afectando además a la zona de la lavadora contigua. Cada vez que se abre el grifo el fregadero se llena de agua, siendo necesario retirarla manualmente, lo que impide el uso normal de la cocina. A pesar de tratarse de una incidencia de fontanería que afecta al uso normal de la vivienda y que está cubierta por la garantía de asistencia en el hogar 24 horas incluida en la póliza, a fecha de hoy han transcurrido más de dos semanas desde la comunicación del siniestro sin que Lagun Aro Seguros haya enviado ningún profesional para realizar la reparación ni haya ofrecido una solución efectiva al problema. Durante este tiempo y tras varias llamadas por mi parte, la incidencia permanece sin resolver, lo que supone un perjuicio evidente en el uso normal de la vivienda. Considero que esta situación constituye un incumplimiento de la prestación del servicio contratado y de las obligaciones derivadas del contrato de seguro. SOLICITO que se ordenen las instrucciones oportunas para que Lagun Aro Seguros cumpla con las obligaciones derivadas del contrato de seguro, procediendo a la reparación de la incidencia mediante el envío de un profesional cualificado en el menor plazo posible o, en su defecto, a la indemnización correspondiente para poder realizar la reparación por mi cuenta. De otro modo, si no recibo respuesta, me veré en la obligación de dar parte a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
J. A.
06/03/2026
BANCO INVERSIS SA

solicitud de cancelacion cuenta corriente y cobro indebido de comisiones

Hola, desDe hace varios dias he solicitado la cancelacion de la cuenta corriente con un saldo de 1.115,30 € y con nº ES 1702320453900036657736 importe que deseo sea traspasado a la c/c de CAIXABANK . Remitiendome a que lo solicite a traves de la firma FISHER INVESTMENT, la cual no mantengo en estos momentos ninguna relaccion. Asi mismo y acogiendome al contrato de Febrero 2022 suscrito por D. Javier Povedano Mejias Director Genral de Banco Inversis sa en el apartado 1.1.4 "entrega de valores a terceras entidades" 10 € habiendo cobrado 1.471,32 €. SOLICITO ; La devolucion del importe cobrado indebidamente asi como la cancelacion de la cuenta corriente en vigor.

Cerrado

ME ESTÁN COBRANDO SIN YO SABERLO

Hola, sin tener yo conocimiento me dieron de alta en PRIVICOMPRAS al realizar el pedido de unas zapatillas en otra página web. Desde entonces me llevan cobrando mensualmente 18€. Me he dado cuenta revisando los gastos a final de mes. Inmediatamente he dado de baja la supuesta cuenta. Estos 18€ me los llevan cobrando desde julio de 2025 hasta recibir el último pago en febrero 2026. En total 144€ que he estado pagando sin mi conocimiento y que quisiera reclamar y recuperar.

Resuelto
C. C.
06/03/2026

RECLAMACIÓN FORMAL – Falta de respuesta a incidencia y a reclamación de no respuesta a incidencia

Buenos días, El pasado 24 de febrero mandé una reclamación al departamento de atención al cliente de NN, indicando que hacia más de un mes que había puesto una reclamación ante la no cobertura de una incidencia en mi hogar. A día de hoy, sigo sin ningún tipo de respuesta ni a la reclamación de no cobertura ni a la reclamación por falta de respuesta. Adjunto los dos mails mandados: 12/01/2026: "Buenos días, Me dirijo a ustedes para interponer una reclamación formal ante la denegación de asistencia recibida telefónicamente el día de hoy y por la reiterada falta de servicio que vengo sufriendo por parte de su compañía. 1. Rebatimiento técnico de la denegación actual: La operadora me ha indicado que el seguro no se hace cargo de la reparación de la tubería alegando que la póliza solo cubre "averías peores o goteras". Tras revisar las condiciones de mi seguro, expongo mi total disconformidad basándome en los siguientes puntos: •     Garantía de Localización y Reparación (Pág. 3, Art. 1.1 de las CC.GG.): En las condiciones generales se especifica que se garantizan los daños por agua “producidos a consecuencia de rotura o escape de conducciones fijas” y que “también se garantizan los gastos necesarios para localizar y reparar la avería causante de los mismos”. En caso de deterioro generalizado, la póliza incluso garantiza un mínimo de 300€ para la localización y reparación puntual. Negar el servicio por completo contraviene esta cláusula. •     Naturaleza de la conducción: La exclusión de "grifería o llaves de paso" no es aplicable al origen de este siniestro. El elemento afectado es un tubo Wirsbo, que es una conducción fija empotrada. Al ir por el interior de la pared, su rotura se considera un daño accidental y no una falta de mantenimiento, ya que este tipo de instalaciones no son accesibles para labores preventivas. •     Gastos de acceso y estanqueidad: Una llave de paso es un elemento de control, pero si la sustitución de la llave de escuadra es necesaria para garantizar la estanqueidad de la reparación del tubo Wirsbo, debe considerarse parte de la reparación de la conducción. En cualquier caso, el presupuesto de 330 € incluye principalmente albañilería y desmontaje de muebles (gastos de localización y acceso expresamente cubiertos). Aunque yo asumiera el coste de la pieza de la llave, la compañía debe cubrir el resto de la intervención técnica. •     Inexistencia del requisito de "goteras": No consta en ningún artículo que deba existir un daño estético previo o goteras para que la garantía de reparación de tuberías se active. 2. Antecedentes de mala gestión y falta de servicio: Esta negativa se suma a otras incidencias que demuestran una deficiente prestación del servicio: •     Servicio de "Manitas": Solicitado en un par de ocasiones (instalación de ventilador de techo y montaje de mueble de baño) y denegado bajo el argumento de no estar cubierto. •     Error en diagnóstico previo: En una consulta anterior sobre pérdidas en un termo eléctrico, se me dio un diagnóstico telefónico erróneo sin enviar a un técnico para verificarlo, negando la cobertura de forma arbitraria. Terminé llamando a un técnico por mi cuenta y pagando yo la reparación. 3. Queja sobre la atención recibida: Deseo comunicar formalmente el trato recibido hoy, 12 de enero de 2026. Al cuestionar la falta de cobertura, la operadora respondió con risas sugiriendo que mi planteamiento era una "negligencia" e indicando que la llamada se grababa para dejar constancia de ello. Considero este comportamiento intolerable y una falta de respeto profesional ante una situación de urgencia que supone un gasto elevado para el asegurado. 4. Solicitud de respuesta exclusivamente por escrito: Exijo que cualquier comunicación o resolución relativa a esta reclamación se realice exclusivamente por escrito a través de este correo electrónico. No aceptaré resoluciones telefónicas sobre este asunto, ya que deseo que quede constancia documental de su respuesta para posibles acciones legales futuras. Confío en que, tras revisar los artículos mencionados, procedan a la apertura del siniestro y validación del presupuesto adjunto (330 € + IVA). En caso de persistir la negativa, trasladaré el expediente a la OCU y a la Dirección General de Seguros (DGSFP) para que evalúen la correcta aplicación de las coberturas." 24/02/2026: "A la atención del Departamento de Atención al Cliente / Defensor del Asegurado: Por la presente, deseo manifestar mi profunda disconformidad con la gestión de mi reclamación iniciada el pasado 12 de enero, referente a la denegación de cobertura de una incidencia en mi domicilio. Tras haber contactado hoy, 24 de febrero, con su servicio de atención telefónica, se me ha informado de que el plazo de respuesta habitual es de 24 a 48 horas. Resulta inadmisible que, tras un mes y medio de espera, mi comunicación original no haya recibido respuesta alguna. Asimismo, se me ha facilitado hoy una dirección de correo distinta a la inicial para reiterar mi queja. Ante la falta de coherencia en la información recibida, solicito formalmente que se realicen las siguientes actuaciones: • Respuesta por escrito: Una resolución detallada a la reclamación enviada el 12 de enero. • Aclaración de canales: En caso de que aleguen no haber recibido dicha comunicación, se me indique por escrito la vía oficial y única para presentarla de nuevo. • Información de plazos: Confirmación por escrito del plazo máximo legal y contractual que tienen para dar resolución a este tipo de expedientes. Espero que esta situación se solvente a la mayor brevedad para evitar tener que elevar esta queja a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP). A la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo." Solicito que se de una respuesta por parte de NN, por escrito, a todo lo que les he solicitado.

Resuelto
V. A.
06/03/2026

RECLAMACIÓN FORMAL – Nulidad de contrato por engaño y devolución de comisiones por descubierto

Por la presente, interpongo reclamación formal por la contratación del seguro xxxxxxx y los cargos asociados en mi cuenta xxxxxxxxxxxxxxxxxx . 1. Sobre el Seguro: En el momento de la contratación, se me informó verbalmente de que no existía permanencia. El hecho de que ahora se me impongan 3 años supone un vicio en el consentimiento por falta de transparencia radical. Solicitó la anulación inmediata de la póliza y la retrocesión de todas las primas cobradas. 2. Sobre las comisiones por descubierto: La entidad está generando descubiertos en mi cuenta al cargar recibos de un seguro cuya validez impugno. Exijo la devolución de todas las comisiones por descubierto y de reclamación de posiciones deudoras cargadas hasta la fecha. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 566/2019 y recientes de 2025/2026), estas comisiones son nulas si no corresponden a un servicio real y efectivo. 3. Falta de entrega de documentación: Asimismo, denunció que a fecha de hoy no se me ha facilitado copia del contrato ni de las condiciones generales y particulares de la póliza en mi correo electrónico ni por ningún otro medio físico. Esto supone un incumplimiento de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que obliga a la entidad a entregar la póliza al tomador. Por motivos de seguridad y para que quede constancia por escrito de todo el proceso, solicitó que cualquier comunicación relativa a esta reclamación se realice exclusivamente a través de este correo electrónico

En curso
L. D.
06/03/2026

CASO DE DISPUTA CERRADO INJUSTAMENTE

Estoy totalmente en desacuerdo con vuestra resolución, he sufrido una engaño por parte de una tienda ( tenéis el historial completo desde el 23 de diciembre que hice la compra) se negaban a devolverme el importe, no me facilitaban la dirección de devolución y el producto que recibí para días de fiesta, además de tarde, era horrible. He perdido mucho tiempo con este caso, ya no por el importe, sino por la facilidad de poder ser engañado. A través de vuestro sistema me facilitáis una dirección a la que devolver el producto, después de semanas. Yo, siguiendo todas vuestras indicaciones lo envío y lo pago, porque tampoco se hacen cargo de esos gastos, subo la información (que adjunto en este correo con alguna de más que he solicitado para reforzarlo) y me cerráis el caso. Sin poder comentar nada en absoluto, sin tener opción ninguna de saber por qué. Y al intentar ponerme en contacto con vuestro servicio de atención al cliente NO GRATUITO tardáis casi veinte minutos en atenderme.

Cerrado
S. A.
06/03/2026

CAIXABANK FINANCIADORA RECEPTACIÓN Y BLANQUEO DE CAPITALES A Dir. TECNOCASA/KIRON, ANTICIPA Y BBVA

RECLAMANTE : Consumidora especialmente vulnerable, con 68% de discapacidad y necesidad de tercera persona para su movilidad por afectada Esclerosis Múltiple, hoy progresiva, y sustracción de su vivienda habitual. ENTIDAD RECLAMADA CAIXABANK, S.A., en su condición de sujeto obligado financiero (Ley10/2010), entidad financiadora, interviniente directa y facilita la receptación del inmueble , e ilícito lucro obtenido por BBVA, Anticipa Real Estate (CEO) de Lanusei Investments, e inversores Ignacio Tomás Mangione, su socia Alicia Begoña Ojeda Ojeda, y red Tecnocasa/Kiron, sobre Finca 40624 Castelldefels, inscripciones 15ª, 16ª y 17ª. I. OBJETO RECLAMACIÓN Solicito NULIDAD RADICAL DE TÍTULOS, RESPONSABILIDAD CIVIL Y FINANCIERA, E INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, por la intervención de CaixaBank en una operación : • Nula de pleno derecho arts. 6.3,1255,1275 CC. • Sin título válido ni tracto sucesivo art. 20LH. • Con discordancia Catastro–Registro–Padrón. • Sobre vivienda habitual de persona vulnerable. • Con indicios de blanqueo de capitales. • Enriquecimiento ilícito de terceros. La actuación vulnera Ley Hipotecaria, Código Civil, LEC, Ley 10/2010, Ley 5/2019, Directiva 2014/17/UE, TRLGDCU, Código de Consumo de Cataluña, Constitución Española, Carta de Derechos Fundamentales UE, STS 866/2021 y 869/2021, y ECO/805/2003. II. HECHOS PROBADOS (Docs. 1–20) 1.DOC. 1 — E-mail 30/07/2025 Anticipa reconoce inexistencia de consignación del precio de cesión. + Certificado intervención y reclamaciones ante OCU. Que ésta perjudicada no fue notificada por Juzgado del Acta Cesión Remate de 31/01/2024 contra Art.24 CE , y obtuvo tras forzada intervención OCU de 23/07/2025 , por omitido Burofax 25/06/25 y reclamaciones públicas de 08/07/25 contra ANTICIPA asunto “PRESUNTA SIMULACIÓN COMPRA-VENTA CESIÓN REMATE A TERCEROS”, y coetánea reclamación 10/07/25 contra BBVA , asunto “ALZAMIENTO DE BIENES Y PRESUNTA SIMULACIÓN COMPRA-VENTA CESIÓN REMATE A TERCEROS. ANTICIPA admite por e-mail 30/07/2025 (eml), que no consignó el pago de la cesión del remate del 31/01/2024 en la cuenta del juzgado. Aporta: • Certificado de pago BBVA 06/06/2023 sin título inscrito art.20 LH. • Transferencia privada un año de cesionaria Lanusei 06/01/2023 , sin identificación fiscal ni trazabilidad, remite a oficina 6352 un cajero Málaga , no “BBVA CESIONES Plza. Antoni Maura” . Inválida contra acto procesal. • Acta cesión 31/01/2024 otorga finca por 1.100.000 € por anacrónica subasta 2012, y expide Testimonio título , vulnera orden público. Jurisprudencia : • STS 13/04/2011 La consignación del precio del remate es requisito esencial; sin ella, la adjudicación es inválida. • STC 39/2015 La falta de notificación a ejecutada ni trazabilidad vulnera el art. 24 CE y vicia la ejecución. • STS 714/2018 La ausencia de requisitos esenciales provoca quiebra de la subasta. • DGSJFP 28/05/2024 y 10/03/2022 Sin acreditación del pago, la cesión es inescribible. Valor probatorio: Nulidad radical de la cesión y de toda la cadena posterior arts. 647.3 LEC, 149 LH, 6.3 y 6.4 , CC. 2. DOC. 2 — Certificado Inscripción 15ª nula por falta de título y tracto El registrador inscribe 17/03/2025 a favor Lanusei , sin consignación del precio remate sin título valido ni tracto sucesorio cedente BBVA ni cesionaria , con adjudicación por valor vil de “1.100.000€” contra imperativa legal y tuitiva, y sin trazabilidad fiscal ejecutivo 382/2011-1ª por proceso cerrado desde año 2013, sobre vivienda habitual ocupada por reclamante. Jurisprudencia : • STS 866/2021: adjudicación por precio inferior al 70% del valor de tasación = nulidad. • STS 869/2021: la protección del deudor hipotecario es orden público. • STS 295/2006, 625/2017, 643/2018: sin tracto sucesivo ni título válido del transmitente, la inscripción es imposible. • DGSJFP 22/05/2023 y 28/05/2024: falta de legitimación del cedente o cesionario y falta de pago del precio impiden la inscripción. Valor probatorio: infracción de arts. 6.3 y 6.4 CC, 647.3 y 671 LEC, 11 y 20 LH. Nulidad radical de la inscripción 15ª y de todas las posteriores. 3. DOC. 3 — Compra venta e hipoteca CaixaBank sobre título nulo El 25/11/2025 CaixaBank financia e inscribe compra venta entre Lanusei sin título valido por quiebra subasta Art.647.3 LEC , a inversores Mangione/Ojeda, adquieren al 7/10 y 3/10 Finca 40624 Castelldefels , y concede Hipoteca de 575.000 €, acepta Tasación de 1.810.886,11 € con discordancia Catastro-Registro-Padron contra normativa ECO /805/2003, y posesión BBVA, y permite Inscripciones 16ª y 17ª sobre título radicalmente nulo contra imperativa legal y tuitiva 671 LEC, en protocolos 10690 y 10691 ante Notario JAIME CALVO FRANCIA contra Art. 24 Ley Notariado . Jurisprudencia : • STS 241/2013: la buena fe registral no ampara cuando el adquirente conoce o puede conocer la nulidad del título. • STS 427/2017: el banco financiador debe verificar la legitimación del vendedor; si financia sin título válido, incurre en responsabilidad. • STS 840/2009 y 593/2014: los actos nulos no producen efectos y arrastran todos los posteriores. • STS 974/2012, 221/2016, 265/2015: el banco responde si facilita operaciones con indicios de blanqueo. Valor probatorio: operación especulativa, compradores profesionales, inexistencia de buena fe, arts.33 y 34 LH , e indicios de blanqueo. NULIDAD COMPRA VENTA E HIPOTECA arts. 6.3, 1255, 1275 CC. 4. DOC. 4 — Decreto de adjudicación 25/04/2024 , sin trazabilidad Firmado por Letrado Administración Justicia Antonio Torres Verdú , en domingo día inhábil 28/04/2024 , basado en : • Título falso protocolo núm. 679 de 23/04/2008” no de prestataria, admitió Auto 22/06/2011, advirtió Auto 02-11-23 previo a la cesión contra arts. 517.2 4ª LEC, y 18 Ley Notariado. • Sin consignación precio acta cesión 31/01/2024, quiebra de la subasta acredita ANTICIPA en su e-mail 30/07/25, contra Art.647.3 LEC . • Sin notificación acta cesión a ejecutada contra Artículo 24 CE • En proceso ejecutivo cerrado desde año 2013 constata histórico N.I.G: 0808942120118131827, confirmó e-mail 02/08/24 OAC Ciutat Justicia Barcelona (eml), certifica 26/07/2022 Juzgado Decano Barcelona, y sin expediente sede judicial electrónica , advirtió Decreto 20/06/2024 mismo LAJ Verdú , omite contra Protocolo 1/2024, TSJC, y Art.8 ss RDL 6/2023 de 19 Diciembre. • Adjudica Finca 40624 Castelldefels a LANUSEI INVESTMENTS SLU por precio vil “1.100.000€ contra imperativa Art. 671 LEC y sin trazabilidad fiscal, e imputa a principal 182.782.50€ por Art. 654.3LEC. • Con renuncia intereses y costas BBVA para no dejar rastro fiscal. • Sin título válido ni tracto sucesivo BBVA y LANUSEI contra Arts 20 y 149 LH. Jurisprudencia : • STS 13/04/2011 La consignación del precio del remate es requisito esencial; sin acreditación del pago, la adjudicación es inválida. • STS 714/2018 La falta de requisitos esenciales en la subasta provoca quiebra del procedimiento y nulidad de la adjudicación. • STC 39/2015 La falta de notificación y trazabilidad vulnera el art. 24 CE y vicia de raíz la ejecución. • STS 840/2009 y 593/2014 Los actos dictados sobre título nulo no producen efectos y arrastran toda la cadena posterior. • STS 295/2006, 625/2017, 643/2018 Sin tracto sucesivo ni legitimación del ejecutante, no puede dictarse Decreto de Adjudicación. • STS 866/2021 y 869/2021 La adjudicación por debajo del mínimo legal es nula; la protección del deudor es orden público. • DGSJFP 22/05/2023 y 28/05/2024 La falta de legitimación del adjudicatario o del cedente y la ausencia de pago del precio impiden la inscripción y evidencian la nulidad del Decreto. • STS 427/2017 La estafe procesal invalida la adjudicación y genera responsabilidad civil. Valor probatorio: NULIDAD RADICAL DECRETO ADJUDICACIÓN , art 6.3 y 6.4 CC. arrastrando la nulidad compraventa, e hipoteca financiada por CaixaBank y todas las inscripciones posteriores. DOC 1-10, sigue

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