Últimas reclamaciones
1. Envía tu reclamación a la empresa
Usa nuestra plataforma y sigue las instrucciones
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
Podrás ver la respuesta completa en el apartado "Mis reclamaciones" de tu área personal.
3. ¿La empresa no responde o su respuesta no te satisface?
Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
Problema con el reembolso
Hola quise cancelar y no pude de ninguna manera, suficiente cobran de comisión Omio como para encima dar fallo. Es inadmisible Además ponía que era directo, y no era así Tuve que comprarme otro billete en la estación para otro momento porque no pude ni cancelar, ni cambiar de fecha
Cancelación de coche de alquiler por parte de Goldcar
El 22 de junio de 2026, mi vuelo desde Eindhoven (FR5269) sufrió un retraso de varias horas debido a una grave incidencia técnica en el Aeropuerto de Eindhoven. Según se informó públicamente, un problema en la red y/o en los sistemas de control del tráfico aéreo impidió que los vuelos operaran con normalidad durante varias horas, provocando importantes retrasos, cancelaciones y desvíos. Esta situación fue completamente ajena a mi voluntad y estuvo fuera de mi control. Como consecuencia de esta incidencia inesperada en el aeropuerto, llegué a Sevilla mucho más tarde de lo previsto. Al acudir a recoger mi vehículo de alquiler en Goldcar, se me informó de que mi reserva había sido cancelada. Por ello, no pude utilizar el vehículo que ya había reservado y pagado a través de DoyouSpain. Dado que seguía necesitando un coche, no tuve otra opción que realizar una nueva reserva directamente en el mostrador. La nueva referencia de reserva es: DYS-213106846. La referencia de mi reserva original era: DYS-207143113. Por todo lo anterior, solicito el reembolso íntegro por parte de DoyouSpain del importe abonado por la reserva original, ya que la cancelación se produjo como consecuencia de un retraso excepcional e inevitable del vuelo, y no por culpa, negligencia o falta de actuación por mi parte. Asimismo, deseo plantear una reclamación en relación con la cobertura del seguro. En el mostrador de Goldcar se me indicó que el seguro contratado a través de DoyouSpain no servía o no era válido, y que debía contratar una póliza de seguro adicional directamente con Goldcar. No acepté contratar dicho seguro adicional. Solicite que se me aclarase qué seguro o protección estaba incluido en mi reserva con DoyouSpain y por qué Goldcar lo presentó como inválido, insuficiente o inútil pero no he recibido respuesta. Posteriormente, he comprobado que se me ha cobrado por parte de Goldcar una cantidad algo superior a 40 euros, aunque no entiendo exactamente a qué corresponde dicho cargo ni por qué se me ha aplicado. Solicito igualmente una explicación detallada y, en su caso, la devolución de dicho importe. Quiero dejar constancia de que, en general, he tenido buenas experiencias con DoyouSpain en el pasado. Sin embargo, mi experiencia con Goldcar en esta ocasión ha sido extremadamente decepcionante, tanto por la gestión de la reserva como por el trato recibido en el mostrador. De igual manera me siento respecto a DoyouSpain dado como han gestionado esta situación. Por todo ello, solicito que se proceda al reembolso íntegro de la reserva original y que se me faciliten explicaciones claras sobre la cobertura del seguro y sobre el cargo adicional superior a 40 euros que se me ha cobrado.
Solicitud de reembolso por denegación del alquiler
Reclamación por falta de respuesta y denegación del alquiler pese a comunicar la incidencia con antelación El día 18/06/2026 contraté con OK Mobility una reserva de alquiler de vehículo (n.º 10752823) por importe de 351 €. En el correo de confirmación de la reserva, OK Mobility indicaba que para la recogida del vehículo era necesario presentar: "Permiso de conducir en vigor y admitido por la legislación local". En ningún momento se informaba expresamente de que una renovación oficial en formato digital no sería aceptada o de que fuera imprescindible disponer de la nueva tarjeta física. Mi permiso de conducir brasileño se encuentra oficialmente renovado y vigente en formato digital hasta 2036, circunstancia acreditable mediante la aplicación oficial del Gobierno de Brasil. Al detectar que podía existir una incidencia documental, el día 22/06/2026, tres días antes de la fecha prevista de recogida del vehículo (25/06/2026), acudí personalmente a la oficina de OK Mobility de Passeig de Gràcia (Barcelona) para informar de mi situación y solicitar una solución con antelación suficiente. En dicha oficina fui informada verbalmente de que mi documentación no sería aceptada por no disponer todavía de la nueva tarjeta física porque el sistema tenia que hacer una foto de mi carnet fisico, a pesar de que mi permiso se encontraba oficialmente vigente. Ese mismo día abrí una reclamación ante el servicio de atención al cliente de OK Mobility (expediente n.º 1215096), solicitando una solución, un cambio de reserva o, en su defecto, el reembolso o un bono para una futura utilización. Además, intenté contactar telefónicamente con la empresa en varias ocasiones sin obtener respuesta. A pesar de haber comunicado la incidencia con suficiente antelación, OK Mobility no respondió antes de la fecha de inicio del alquiler. Ante la falta de respuesta y faltando menos de tres horas para la recogida del vehículo, me vi obligada a contratar otro coche con otra empresa para no perder mi viaje, utilizando la misma documentación. Considero que actué de buena fe, comuniqué la incidencia antes del inicio del alquiler y facilité a la empresa la oportunidad de ofrecer una solución. Sin embargo, no recibí ninguna respuesta antes de la fecha de recogida, lo que me ocasionó un perjuicio económico. Por todo ello, solicito que OK Mobility indique por escrito el motivo concreto por el que rechazó mi documentación, la base contractual específica que justificaba dicha decisión y proceda al reembolso del importe abonado o, subsidiariamente, ofrezca una solución equivalente.
Modificación unilateral del servicio
Se interpone la presente reclamación contra la empresa INDIE CAMPERS por un INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL GRAVE Y MODIFICACIÓN UNILATERAL DE CONDICIONES a menos de 24 horas de la prestación del servicio.Habiendo contratado y pagado un vehículo camper con una configuración específica indispensable para mi viaje, la empresa notificó una alteración sustancial del modelo de vehículo a escasas horas de la recogida.Ante este abuso, y al amparo del Artículo 85 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (que prohíbe la modificación unilateral de elementos esenciales) y el Artículo 1124 del Código Civil, contacté con el comercio vía chat rechazando el nuevo vehículo y exigiendo la resolución del contrato con reembolso íntegro. La empresa se ha negado a solucionar la incidencia en plazo, remitiéndome a una contestación por correo electrónico posterior a la hora de recogida con el fin de forzar de manera maliciosa una situación de 'No-Show' (no presentación), a pesar de saber que me encuentro a 300 km de distancia del punto de entrega y que no voy a realizar el desplazamiento para un vehículo que no cumple con lo contratado. SOLICITO: La mediación de este organismo para exigir a INDIE CAMPERS el reembolso inmediato y completo del 100% de los importes abonados mediante el método de pago original. Adjunto archivos con reserva inicial, cambio de la reserva por su parte, mi contestación y capturas de pantalla de la conversación por chat.
REEMBOLSO POR NO VIAJAR
Realice la compra de unos billetes de barco de IDA Y VUELTa, desde Los Cristianos-La Gomera, el día 13/06/2026 y vuelta el 14/06/2026. El pasaje se compró a través de la plataforma de NAVIERA ARMAS SA; y por fallecimiento de familiar no cogí el barco el día 14/06/2026 desde San Sebastián de La Gomera- Los Cristianos. Al realizarse la compra, a través de la plataforma de NAVIERA ARMAS, intente realizar el cambio del viaje desde la misma APP SIN EXITO. Las condiciones sujetas de NAVIERA ARMAS, era la utilización de los billetes que no se habían utilizado dentro del plazo de un año a contar desde el mismo día de la compra; si bien, estas condiciones no se mantienen en la ahora compañía BALEARIA, sin haberse informado `previamente de éste suceso. Por ende, si las condiciones no se mantenían igual, no se debería haber podido comprar estos pasajes a través de la plataforma de NAVIERA ARMAS. SOLICITO: La devolución del dinero del pasaje que no se utilizó o el cambio para utilización de este billete para otro día.
Cobro suplemento carburante
Por medio del presente escrito, presento reclamación formal contra la compañía aérea Volotea con el fin de solicitar el reembolso íntegro de los suplementos por incremento de carburante que me han sido cobrados de manera coactiva e indebida en un total de 1 vuelos realizados con la compañía, vulnerando de forma flagrante la legislación vigente en materia de defensa de los consumidores y usuarios. Los datos de las reservas afectadas y los importes cobrados de más son los siguientes: Fecha de reserva: 18 de junio, dos billetes. Importe extra 22 euros (11 por cada pasajero). Ademas el coste extra desapareció para nuevas reservas a partir del día 11 y mi viaje era el día 18. La compañía impuso de forma unilateral dicho cargo días antes de la salida de cada vuelo, bloqueando la posibilidad de realizar el check-in online y emitir las tarjetas de embarque si no se abonaba previamente este supuesto "ajuste del precio en función de los costes reales del combustible". Esta conducta constituye una práctica comercial agresiva y coactiva. Falta de reciclaje y abusividad (Art. 87.3 del RDL 1/2007): La cláusula en la que se ampara Volotea para aplicar esta revisión al alza carece por completo de reciprocidad: en ningún caso la aerolínea aplica una reducción del precio del billete ni devuelve dinero de forma automática al pasajero si el precio del crudo experimenta una bajada drástica antes del vuelo. Al beneficiar exclusivamente al empresario, la cláusula es nula de pleno derecho por abusiva. Traslado indebido del riesgo empresarial: Conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Reglamento CE 261/2004, el precio del billete cerrado en el momento de la compra constituye la perfección del contrato. Las fluctuaciones del mercado del combustible forman parte del riesgo exclusivo del negocio que debe asumir la aerolínea, resultando ilegal trasladar dicho coste a posteriori al usuario una vez el billete ya ha sido pagado y confirmado. Reconocimiento implícito de la ilegalidad de la cláusula: En respuesta oficial del servicio de atención al cliente de Volotea de fecha 19 de junio de 2026, la propia compañía reconoce textualmente que este "Compromiso de viaje justo" "puede aplicarte si tienes una reserva confirmada entre el 16 de marzo y el 10 de junio de 2026". Esta acotación temporal tan específica demuestra que la aerolínea ha procedido a retirar dicha cláusula de su condicionado general a partir del 11 de junio de 2026, evidenciando de forma implícita que la propia compañía es consciente del carácter abusivo y de la ilegalidad de la práctica ante las recientes actuaciones de las autoridades de Consumo. Asimismo, alegar que este ajuste ofrece un "Servicio Flex" o "flexibilidad de cancelación" no convalida la nulidad de una cláusula que impone un incremento de precio unilateral no pactado en el momento de la compra. Solicito: Que Volotea proceda al reembolso de la cantidad de 22 euros. De lo contrario, procederé a elevar una denuncia formal ante la Dirección General de Consumo para que se incorpore a los expedientes sancionadores en curso contra la compañía.
Reclamación por información insuficiente sobre el historial del vehículo
Hola, buenas noches! Pido ayuda ya que me retienen una fianza de 500 € por un coche que cuando yo vi el informe de la DGT no se me dijo toda la verdad y qué significaba cada codigo exactamente! Resulta que después de ver varios coches veo un Ford Kuga, claro yo voy con mis padres y mi hija pequeña que ciertamente entendemos poco de coches y vemos que lo que aparenta ser el coche está bien excepto un pequeño detalle que es un leve golpe en el cristal delantero, que él me dice que con un pegote de resina está solucionado. Entramos a la oficina y le digo que quiero ver la documentación de la cual me dice que no se sabe si a ese coche se le ha cambiado alguna vez la correa de distribución y que no tienen el libro de mantenimiento, me sacan rápidamente el Carfax y me dicen ves todo está correcto el coche no tiene nada pero yo al no quedarme tranquila pido que quiero ver el informe de la DGT a lo cual él me dice que no puede sacarlo porque no tiene tasas para pagarlo yo en ese momento veo que no tiene interés por hacerlo el y que solo da vueltas hacia un lado y otro y lo saco yo misma a lo cual cuando lo saco veo que son códigos que yo no sé interpretar y él me dice que se lo deje que me los interpreta él ,pero claro me los interpreta a su manera. Uno de esos Codigos él me dice que es un simple pegote de pintura pero claro, al ser una falta grave nosotros nos quedamos sorprendidos, pero dice con risa “ cosas de la ITV” al poco tiempo es verdad que se subsana ese problema pero cuando estudiamos el informe de la DGT, ese punto no se refiere a un pegote de pintura, se refiere a algo más serio, ya que por un pegote de pintura no te ponen una falta grave . Otro de los Codigos el último para ser exactos , es sobre el impacto que el cristal tiene, pero a mí no se me dice directamente ese punto ni se nombra, de lo cual también me doy cuenta en casa y que yo si llego a saber que es un problema, aunque fuera leve para la ITV dudo que me lo hubiera quedado al igual que si me hubieran dicho que si el otro punto era algo más grave que un simple pegote de pintura . De echo tengo un Whasap de ellos donde me dicen ( El hecho de que una anotación de ITV pueda requerir la consulta de documentación adicional para concretar su alcance no supone que se hubiera ocultado información) cuando bajo mi opinión cuando compras algo tan importante el vendedor debe saber todo sobre el vehículo o porlomenos no minimizar que podría ser!!!! Pido ayuda por favor para que me devuelvan mi fianza de 500 € ya que me ha costado mucho dolor y sacrificio conseguirlos ya que soy una madre soltera buscando coche para poder seguir trabajando y manteniendo a mi hija y que buscaba con toda la ilusión
Denegación de devolución
Asunto: Reclamación por cláusula abusiva y solicitud de devolución de 390 €. A la atención del Departamento de Atención al Cliente de Flexicar: Por medio de la presente, interpongo una reclamación en relación con el importe de 390 euros que aboné el pasado 24/06/26 para poder probar un vehículo con la intención de valorar su compra, con la garantía verbal por parte del comercial de que en caso de que el vehículo no cumpliera las condiciones mecánicas se me devolvería íntegramente el importe abonado. Tras realizar la prueba, comprobé que el vehículo no reunía las condiciones mecanicas, por lo que decidí no continuar con la compra. Sin embargo, se me ha comunicado que dicho importe no será devuelto. Considero que esta condición resulta abusiva y perjudica gravemente mis derechos como consumidor, al imponer el pago de una cantidad que, en la práctica, supone una penalización por no adquirir el vehículo. Por ello, solicito la devolución íntegra de los 390 euros abonados, al entender que la cláusula que impide su devolución puede ser contraria a la normativa de protección de consumidores y usuarios ya que para probar un bien usado exigen hacer este pago de 390€. Quedo a la espera de su respuesta Un cordial saludo.
Vuelo reprogramado sin aviso confirmado
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Madrid, que tenía su salida a las 09:15 horas del día 2 del mes de Noviembre de 2024, con destino final Caracas. Dicho vuelo fue reprogramado en Abril, poco después de realizar la compra el 06/04/2024, siendo supuestamente informados de ello mediante correo electrónico (sin certificar, esto significa que no hay pruebas reales de que dicho correo electrónico haya sido recibido nunca, es como un correo ordinario postal). Se cambió la hora de salida del vuelo a las 06:00 del 2/11/2024, percatándonos de dicho cambio una vez llegamos al mostrador de facturación a las 7:00 de la mañana del día indicado. Se nos facilitó la reasignación a otro vuelo a regañadientes, pero al no haber vuelo disponible en conexión para un mismo día, tuvimos que aplazar el retorno varios días, y además los pasajeros tuvieron que pernoctar en un hotel cercano al aeropuerto de barajas, donde se hacía la conexión Madrid - Caracas al día siguiente. Especifico: - PMI - MAD 06/11/2024 - MAD - CCS 07/11/2024 SOLICITO, la devolución del importe 190 euros cobrados por gastos de alojamiento, 100€ adicionales de gastos de estancia por la demora en el retorno por día, en total 400€ (4 días de retraso a 100€ por día), más lo que corresponde por ley a cada pasajero por cambio de vuelo según normativa vigente. Además se reclaman la compra de los nuevos vuelos de conexión entre Caracas y El vigía, con importe de 140USD. Sin otro particular, atentamente.
Reclamación por modificación sustancial de las condiciones del contrato solicitud de reubicación
Estimados Sres., Con fecha 19 de mayo de 2026, adquirí a través de su página web un billete para viajar de Dénia a Formentera el día 16 de Julio de 2026, a nombre de Carolina Ibañez y con número de localizador DR13HTH, siendo que las condiciones de viaje contratadas fueron las siguientes: - Viaje de ida: Salida de Dénia a las 8:35h y llegada a Formentera a las 10:30h. - Viaje de vuelta: Salida de Formentera a las 21:00h y llegada a Dénia a las 23:15h. Estas condiciones horarias fueron determinantes para la contratación del servicio, al tratarse de un viaje de ida y vuelta en el mismo día, organizado precisamente para poder disfrutar de un día en Formentera. Sin embargo, semanas después de formalizada la contratación, recibí una comunicación en la que se modificaban unilateralmente los horarios del viaje, pasando a ser: - Viaje de ida: Salida de Dénia a las 9:00h y llegada a Formentera a las 12:30h. - Viaje de vuelta: Salida de Formentera a las 20:46h y llegada a Dénia a las 23:59h. La modificación efectuada supone una alteración sustancial del contrato inicialmente celebrado por las siguientes razones: En primer lugar, la duración del trayecto de ida pasa de aproximadamente dos horas a más de tres horas y media, de modo que se reduce de forma muy significativa el tiempo efectivo de permanencia en la isla de Formentera. En este sentido, se ha modificado el elemento esencial que motivó la contratación, siendo este la posibilidad de realizar una excursión de un solo día con un amplio margen de horas en Formentera, siendo así que las horas en la isla se reducen de forma significativa y la prestación finalmente ofrecida resulta objetivamente distinta de la inicialmente contratada. Debe recordarse que, conforme al artículo 61 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, el contenido de la oferta, publicidad y condiciones ofrecidas al consumidor se integra en el contrato y resulta exigible, aún cuando posteriormente no figure expresamente en el mismo. Asimismo, el artículo 1258 del Código Civil establece que los contratos obligan no solo a lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias derivadas de la buena fe contractual, principio incompatible con una modificación unilateral que altera elementos esenciales de la prestación sin ofrecer una solución equivalente a la que inicialmente fue contratada. Igualmente, conforme a los artículos 1101 y siguientes del Código Civil, quien incumple sus obligaciones contractuales responde de los daños y perjuicios ocasionados. Por otra parte, el Reglamento (UE) n.º 1177/2010 reconoce el derecho de los pasajeros a recibir un servicio conforme a las condiciones contratadas y establece un elevado nivel de protección frente a incidencias que afecten al transporte marítimo, debiendo las compañías adoptar medidas proporcionadas para minimizar los perjuicios ocasionados a los pasajeros. En mi caso, la modificación horaria no constituye una mera alteración menor, sino que afecta directamente a la finalidad económica y recreativa del contrato, ya que el tiempo disponible en Formentera se ha visto considerablemente reducido. Debe añadirse que, de haber conocido estos nuevos horarios en el momento de la contratación, nunca habría adquirido dichos billetes, pues las condiciones actuales de transporte que no responden a las necesidades que motivaron mi compra. Sin embargo, actualmente me encuentro vinculado por otras reservas efectuadas en Formentera y Dénia, así como por las vacaciones ya concedidas, lo que me impide cancelar el desplazamiento sin sufrir un perjuicio adicional. Por todo ello, SOLICITO Primero.- Que se proceda a mi reubicación, sin coste alguno, en un servicio de ferry rápido que permita realizar el trayecto en condiciones equivalentes a las inicialmente contratadas y que respete, en la medida de lo posible, los horarios originales que motivaron la contratación. Subsidiariamente, para el supuesto de que dicha reubicación no resulte posible, Segundo.- Que se me reintegre una parte sustancial del precio abonado como compensación por el incumplimiento contractual producido y por la evidente disminución del valor del servicio finalmente prestado. Resulta especialmente significativo que el servicio actualmente ofertado por Baleària con estos nuevos horarios tenga un precio de 57 euros, inferior a los 62,50 euros que aboné en su día por un servicio objetivamente superior, lo que evidencia que la prestación finalmente ofrecida posee un menor valor comercial. No obstante, la mera devolución de la diferencia entre ambos importes no resulta suficiente para reparar el perjuicio ocasionado, puesto que la modificación unilateral me obliga a asumir una pérdida efectiva de varias horas de estancia en Formentera, altera por completo la planificación del viaje y reduce considerablemente el aprovechamiento de una jornada vacacional ya organizada. Por ello, considero razonable que la compensación económica sea superior a dicha diferencia de precio y refleje adecuadamente el perjuicio sufrido como consecuencia del incumplimiento de las condiciones inicialmente contratadas. Asimismo, hago constar que la presente reclamación se formula no solo respecto de mi billete, sino también en relación con el de mi acompañante, Carlota Díaz Muñoz con número de reserva DR13HUZ, ambos adquiridos conjuntamente en la misma reserva y afectados por idéntica modificación unilateral de horarios. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, me veré obligado a presentar la correspondiente reclamación ante Consumo, la Junta Arbitral de Transporte, si procediera, así como ante los organismos competentes en materia de protección de los consumidores, sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales que pudieran corresponderme para reclamar los daños y perjuicios ocasionados. Saludos cordiales
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores