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Últimas reclamaciones

E. M.
Hoy

Problema con el reembolso fianza coche de alquiler

Estimados/as señores/as: El día […02/04/2026…..] procedí a hacer efectiva una reserva , realizada a través de la página web […doyouspain ….]. del coche [volksvaguen t rock] en aeropuerto de Ibiza la empresa click rent.] El alquiler del coche finalizaba el día […05/04/26.] por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega de llaves en parking del aeropuerto] al estar sus oficinas cerradas. El coche se devolvió en perfecto estado. Posteriormente, he recibido una comunicación en la que se me informa de unos daños que presenta el vehículo y se me reclaman 1060 euros que se me cobran de un depósito/franquicia que dejo con la tarjeta de crédito. El coche cuando le dejé estacionado no tenía esos daños. Igualmente contrato con DoyouSpain un seguro para que cubra los daños posibles de cualquier accidente o percance que cubre el importe de la franquicia. No se a quien reclamar, Click rent se queda con mi franquicia de 1000 euros mas 66euros y do you Spain, con quien tengo un seguro me pide documentación que le envío y no me devuelve el dinero. Adjunto fotocopia de los siguientes documentos: 1contrato, 2seguro del coche, 3daños que se me imputan, y factura de daños que se me cobra, 5seguro contratado con do you sapain. [enumerar documentación que se aporta: p.ej. contrato alquiler, comunicaciones, a Solicito, se anule dicha reclamación [la devolución de los cargos realizados en mi tarjeta por importe de [1000] euros] Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
J. M.
27/04/2026

reembolso

Contrato con Goldcar Nº 28962755, vehiculo 1306NKW. Quiero compartir mi experiencia con DOYU Spain y Goldcar en Almería porque me siento bastante decepcionado. Contraté el “seguro platino” llOYS EUROPE a través de DOYU pensando que cubría mas incidencias habituales y básicas durante un alquiler. Sin embargo, tras un problema con la batería del coche (se descargó y tuve que llamar a la grúa), Goldcar me ha cobrado 150€ por la asistencia. Lo sorprendente es que el seguro contratado con LLOYS EUROPE, indica que este tipo de incidencia no está cubierta, alegando que su seguro solo cubre “daños al vehículo” y no este tipo de situaciones, a pesar de que la batería forma parte del vehículo y es un problema bastante común. Es decir que las incidencias más habituales que pueden ocurrir a una persona que alquila un coche, como la descarga de la bateria o un pinchazo y que tenga que intervenir la grua NO ESTA CUBIERTO y lo peor es de que ni siquiera lo pone claramente en el seguro maravilloso Platino que te recomienda Doyou. Considero que este tipo de situaciones deberían estar claramente explicadas antes de contratar, ya que la cobertura real del seguro es mucho más limitada de lo que parece. Reclamo pues el día que estuvimos parados sin poder utilizar el vehículo así como el coste del servicio de grua.

En curso
O. G.
27/04/2026

Cancelación de alquiler de coche por la empresa

Hola realice una reserva de coche de alquiler con Do You Spain en Mallorca con la empresa K10 Mobility, mi vuelo se retrasó y llegué a la oficina por mis medios taxi y estaba cerrada a las 22:20h jueves 23 de Abril, me fui a mi hospedaje con otro taxi y al día siguiente volví con otro taxi y me dicen que he llegado tarde y mi reserva queda cancelada sin posibilidad de reembolso ni coche de alquiler teniendo que buscar otro y costearlo, quería reclamar el alquiler de este 64,27€ más taxis y otro coche de alquiler. Gracias.

En curso
N. M.
18/04/2026

PROBLEMA CON EL REEMBOLSO NºRESERVA DYS-205470099

Numero de reserva: DYS-205470099 DATOS DE LOS HECHOS Con fecha 16/04/2026, formalicé una reserva de alquiler de vehículo a través de la plataforma DoYouSpain, bajo el número de reserva DYS-205470099, abonando previamente la cantidad de 148,71 €. El proveedor final del servicio era Budget (grupo Avis). Al acudir al punto de recogida del vehículo, se me exigió como condición imprescindible para la entrega del mismo la presentación de dos tarjetas físicas de crédito a nombre del conductor principal, no aceptándose tarjetas digitales, ni tarjetas de terceros, ni medios alternativos de pago para el depósito. Debido a la reciente sustracción de mi cartera, no disponía en ese momento de tarjeta física, si bien sí tenía plena capacidad de pago mediante medios digitales, así como la posibilidad de utilizar una tarjeta de crédito válida de mi acompañante, o la capacidad de hacer una transferencia incluso de un importe superior en ese momento, extremo que fue igualmente rechazado. Como consecuencia de dicha exigencia, no se me entregó el vehículo, pese a haber abonado previamente el importe del alquiler, y la empresa intermediaria se ha negado a proceder a la devolución del importe. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1. Falta de transparencia en la información precontractual De conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU): Artículo 60: obliga a que el consumidor reciba información clara, comprensible y relevante antes de contratar. Artículo 97: establece que, en contratos a distancia, debe facilitarse información esencial de forma clara y destacada antes del pago. Artículo 80.1: exige que las condiciones generales sean transparentes, claras y accesibles, permitiendo al consumidor conocer sus consecuencias económicas y jurídicas. En el presente caso, la exigencia de disponer de tarjeta física de crédito a nombre del conductor principal constituye una condición esencial del contrato, dado que su incumplimiento impide totalmente la prestación del servicio. Sin embargo, dicha condición: No se presenta de forma visible ni destacada durante el proceso de contratación, No aparece en el apartado principal relativo al depósito, donde razonablemente el consumidor espera encontrar dicha información, Se encuentra oculta dentro de subapartados de “Términos y condiciones completas”, y después en el subapartado de ''pago'' requiriendo la apertura de varios desplegables para su localización. Y además, se formula de manera dispersa, lo que dificulta su identificación como requisito limitante esencial. Este diseño informativo vulnera el principio de transparencia exigido por la normativa de consumo, al no permitir a un consumidor medio identificar con claridad una condición determinante para la ejecución del contrato. 2. Cláusula limitativa no destacada La jurisprudencia y doctrina en materia de consumo establecen que las condiciones que limitan derechos del consumidor o condicionan la prestación del servicio deben ser expresamente destacadas y aceptadas de forma consciente. En este caso, la exigencia de tarjeta física nominativa: Actúa como condición limitativa del servicio, No fue destacada ni resaltada de forma suficiente antes de la contratación, y genera una situación en la que el consumidor paga por un servicio que posteriormente no puede disfrutar por un requisito formal no claramente advertido. 3. Incumplimiento contractual por no prestación del servicio Conforme al artículo 1101 del Código Civil, quedan sujetos a indemnización quienes incumplen sus obligaciones contractuales. En el presente caso: El consumidor ha cumplido con su obligación principal (pago del servicio), El proveedor ha denegado la entrega del vehículo, Y dicha denegación se basa en una condición que no fue informada adecuadamente. Por tanto, se produce un incumplimiento en la prestación del servicio contratado, que legitima la solicitud de devolución del importe abonado. SOLICITUD Por todo lo expuesto, SOLICITO: La devolución íntegra de los 148,71 € abonados por la reserva. La revisión de las prácticas informativas de la empresa, a fin de garantizar que las condiciones esenciales del servicio sean presentadas de forma clara, visible y destacada, conforme a la normativa vigente en materia de protección de consumidores. DOCUMENTACION QUE SE ADJUNTA: -Justificante de pago. -Comunicaciones mantenidas con al empresa. -Confirmación de la reserva.

En curso
S. S.
16/04/2026

SOLICITUD DE REEMBOLSO E INDEMNIZACIÓN

Estimados, Me dirijo a ustedes en relación con una reserva realizada a través de su plataforma con la empresa Centauro, la cual no pudo concretarse debido a un inconveniente en el momento de la recogida del vehículo. Al presentarme en la oficina de Centauro de Atocha para retirar el coche alquilado, se me informó que no podía acceder al vehículo por no contar con una licencia de conducir europea. Esta condición no fue debidamente informada ni destacada en el proceso de reserva realizado a través de DoYouSpain, lo cual derivó en la imposibilidad de hacer uso del servicio contratado. Ante la negativa, ofrecí entregar la libreta de mi pareja que también iba a utilizar el coche y esta residiendo en Madrid hace menos de seis meses, plazo por el que su carne de conducir uruguayo tiene el mismo valor legar que el europeo. Esta alternativa tampoco fue aceptada. Posteriormente, solicité cancelar el alquiler del coche pero me dijeron que ya no era posible y que se me iba a cobrar el monto total, como si lo hubiese recogido y utilizado los siete días. Esto hizo, que ante la emergencia de resolver el alquiler de un coche, proceda a otra rentadora, en este caso Hertz, quien no me hizo ningún inconveniente por tener libreta extranjera. Pero ese alquiler me costó más de 400 euros, el doble de lo que había pago en Centauro. Considero que esta situación constituye una falta de transparencia en la información proporcionada al cliente, ya que de haber sido claramente advertido sobre este requisito, no habría concretado la reserva en esas condiciones. En función de lo anterior, solicito: * El reembolso total del importe abonado por la reserva. Y una indemnización por haber tenido que gastar 400 euros mas de lo que tenia previsto. Quedo a la espera de una pronta respuesta y solución satisfactoria. Saludos cordiales, Marcos dos Santos

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