Clasificación
- Reclamaciones totales
- 360
- Numero de reclamaciones*
- 99
- Reclamaciones cerradas *
- 85%
- Tiempo medio de respuesta*
- 1 Día
Puntuación de la empresa
La puntuación que se refleja de la compañía muestra su disposición para resolver un problema de consumo de forma amistosa.
Para el cálculo de la puntuación se tienen en cuenta 3 elementos principales, cada uno de los cuales representa un porcentaje de la misma:
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Últimas reclamaciones
Cobros adicionales
Realice una reserva con DOYOU SPAIN con seguro, y ellos me remitieron a GOLDCAR Primero: TIEMPO de espera mayor a dos horas pese a tener una reserva. Salimos del aeropuerto a las 2:40 am Segundo: Cobros adicionales como tasas de aeropuerto, nocturnidad, depósito, y seguro pues el contratado con DYS no les valía. Cobran adicionalmente 445,92€. La reserva con DYS habíamos pagado 306€
Daños y perjuicios
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque para exigirles daños y perjuicios, por denegarme la reserva con referencia "DYS-210930727". El personal de allí, me estuvo mareando y me denegaron la reserva. Primero por no llevar el DNI físico, cuando a día de hoy el día es totalmente válido el DNI electrónico. Y ya el colmo fue, cuando acudía otra compañía "Europcar" y ellos si me aceptaban el DNI. La chica de "BUDGET RENT A CAR" empresa con la que tenía la reserva a través de "DOYOSPAIN", vino corriendo, a decirme que el DNI electrónico, ahora si le valía. Pero ahora llegamos al siguiente problema, no podía pagar. ¿Por qué?....Pues porque en el año 2026, esta empresa no dispone de un terminal TPV con contacless, y no aceptan otro tipo de pago. Que no sea con una tarjeta de créditoy física. Y digo yo, si solo dispongo de una tarjeta física y por casualidad se estropea en el viaje, qué hacemos?..... Y porque pido una compensación por daños y perjuicios. No es por capricho, sino porque tenía que acudir a un evento, el cual empezaba a las 15.00. Por lo que no me podía permitir ver otra opción que no fuera un taxi, el cual me costó 200 euros, para empezar por dónde va el perjuicio provocado. Pues tenía que ir de Aeropuerto de Asturias a Vivéiro. Y como punto final, me gustaría comentar como es posible que no pudiera pagar la reserva. Y sin embargo un vuelo que es más problemático, con toda la documentación digital, si pudiera. Y sí el problema fue que me dejé la cartera con los documentos físicos en mi casa, cuando me di cuenta no podía volver a mi casa, está a unos 72 km y 46 minutos. Pero vuelvo a reiterar la documentación digital es totalmente válida.
RECLAMACIÓN EN MATERIA DE CONSUMO
RECLAMACIÓN EN MATERIA DE CONSUMO Dirigida a: Servicio Público de Consumo Reclamante: Jaime Boceta Reclamada: CarJet.com (DoYouSpain) Expediente de reserva: CJT-208428295 I. OBJETO DE LA RECLAMACIÓN La presente reclamación tiene por objeto poner en conocimiento de los Servicios Públicos de Consumo la deficiente prestación del servicio de intermediación desarrollado por CarJet.com (DoYouSpain), así como la ausencia de asistencia efectiva al consumidor durante la ejecución del contrato, circunstancia que ocasionó la pérdida íntegra del importe abonado por un servicio que finalmente no pudo disfrutarse. La reclamación no cuestiona la existencia de determinadas condiciones particulares establecidas por la empresa de alquiler del vehículo, sino la actuación desplegada por la empresa intermediaria cuando la incidencia fue comunicada de forma inmediata por el consumidor y existían posibilidades de prestar una asistencia efectiva. II. HECHOS Primero. El día 15 de mayo de 2026 contraté, a través de la plataforma CarJet.com (DoYouSpain), el alquiler de un vehículo para recoger en el aeropuerto de Verona (Italia), con fecha de inicio 1 de julio de 2026 y devolución prevista para el 8 de julio de 2026. Durante el proceso de contratación aboné íntegramente el importe del alquiler y contraté igualmente el seguro de reembolso de franquicia comercializado por la propia plataforma. Segundo. El día 1 de julio de 2026 comparecí puntualmente en las instalaciones de TARGETRENT para retirar el vehículo reservado. En ese momento el proveedor exigió la presentación de una tarjeta de crédito física del conductor principal con las características previstas en sus condiciones particulares para constituir el depósito de garantía. Por un error involuntario no portaba físicamente dicha tarjeta. Tercero. Con el propósito de evitar la frustración del contrato ofrecí inmediatamente diversas alternativas, entre ellas: • utilización de una tarjeta de débito; • utilización de una tarjeta de crédito virtual; • utilización de los datos de una tarjeta de crédito; • utilización de tarjetas de crédito pertenecientes a otros acompañantes. Todas las alternativas fueron rechazadas. Soy consciente de que dichas alternativas no se ajustaban a las condiciones particulares establecidas por el proveedor. Precisamente por ello contacté inmediatamente con CarJet.com para solicitar asistencia profesional como empresa intermediaria. Cuarto. Durante dicha comunicación expliqué detalladamente la incidencia y solicité expresamente que CarJet realizara cualquier gestión que pudiera permitir la ejecución del contrato o, al menos, minimizar el perjuicio ocasionado. La respuesta recibida consistió exclusivamente en indicar que la condición relativa a la tarjeta era esencial y que no existía ninguna alternativa posible. No consta que CarJet realizara gestión alguna con el proveedor para valorar posibles soluciones, modificaciones de la reserva, cambios de oficina, cambios de conductor, sustitución por otro vehículo, cancelación excepcional o cualquier otra medida dirigida a intentar preservar la prestación contratada. Como consecuencia de ello, el contrato quedó definitivamente frustrado y perdí íntegramente el importe abonado. Quinto. Como consecuencia directa de la imposibilidad de retirar el vehículo sufrí importantes perjuicios económicos y organizativos, al tener que reorganizar completamente los desplazamientos previstos durante un viaje vacacional en el extranjero, sin disponer del medio de transporte contratado y abonado con antelación. III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS 1. Deber de buena fe contractual El artículo 1258 del Código Civil establece que los contratos obligan no solo a lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe. Del mismo modo, el artículo 7 del Código Civil impone que los derechos se ejerciten conforme a las exigencias de la buena fe. La presente reclamación no pretende cuestionar la facultad del proveedor para exigir el cumplimiento de sus condiciones particulares. Lo que se cuestiona es la absoluta ausencia de actuación por parte del intermediario una vez conocida la incidencia. 2. Deber de diligencia profesional CarJet no actúa como un mero anunciante o agregador neutral, sino como un intermediario profesional que comercializa reservas internacionales de vehículos de alquiler y percibe una remuneración por dicha actividad. El consumidor deposita legítimamente su confianza en que, cuando surge una incidencia durante la ejecución del contrato, el intermediario desplegará una actuación diligente encaminada a intentar preservar la prestación contratada o minimizar los perjuicios ocasionados. En el presente supuesto no consta que se realizara actuación alguna en ese sentido. 3. Protección de los consumidores El Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) reconoce el derecho de los consumidores a recibir una protección efectiva de sus intereses económicos y sociales, así como a una información suficiente y a unas prácticas comerciales conformes con la buena fe y la diligencia profesional. Sin perjuicio de que las condiciones particulares del proveedor estuvieran disponibles para su consulta, la actuación desplegada por el intermediario durante la incidencia no resulta compatible con el estándar de diligencia profesional que razonablemente puede esperar un consumidor de una empresa especializada. 4. Principio de proporcionalidad La consecuencia derivada de la incidencia fue extraordinariamente gravosa. Un error consistente en no portar físicamente la tarjeta de crédito tuvo como resultado: • la pérdida íntegra del importe abonado por el alquiler; • la inutilidad del seguro contratado; • la imposibilidad absoluta de disfrutar del servicio contratado; • la necesidad de reorganizar completamente la movilidad durante las vacaciones. Todo ello sin que la empresa intermediaria realizara actuación alguna dirigida a reducir el perjuicio sufrido. IV. SOLICITUD Por todo lo expuesto, SOLICITO Primero. Que se admita la presente reclamación y se incoen las actuaciones oportunas en materia de protección de consumidores. Segundo. Que se inste a CarJet.com (DoYouSpain) a alcanzar una solución amistosa que compense el perjuicio ocasionado. Tercero. Que, con carácter principal, se proceda al reembolso íntegro del importe abonado por el alquiler no disfrutado y del seguro contratado. Subsidiariamente, que se acuerde una compensación económica proporcional o cualquier otra solución que permita reparar el perjuicio sufrido. Cuarto. Que se valore si la actuación desplegada por la empresa reclamada durante la gestión de la incidencia resulta conforme con las exigencias de diligencia profesional y buena fe que deben presidir las relaciones con los consumidores. En Madrid, a 13 de julio de 2026. Jaime Boceta
Problema con el rembolso o modificación de fechas
Hola, he tenido una incidencia con la compañia doyouspain.com de alquiler de coche , por error las fechas del alquiler no son correctas entonces llamé a la compañia y no me hacen el rembolso ni cambiar las fechas del alquiler de coche. Las fechas que necesito es en agosto no en julio . Que puedo hacer para no perder el dinero
Cancelación servicio12 horas antes
El motivo de mi reclamación es debido a alquiler de un vehículo con plataforma para el día 27 de junio a las 9:00 de la mañana, esta reserva se me canceló el día 26 a las 3:05 de la tarde mediante una llamada telefónica. A día de hoy aún no he recibido reembolso alguno de tal de tal reserva, considero una posible mala praxis, la cual voy a ir a denunciar ante la policía nacional. Y quiero avisar de todo ello ya que está empresa no procede como es adecuado
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