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Cobros indebidos después de baja
El día 9 de febrero de 2024 contraté un sistema de alarma con Securitas Direct, aceptando un contrato que establecía un compromiso de permanencia de dos años. Una vez transcurrido dicho período de permanencia, solicité la baja del servicio, que fue aceptada y confirmada por Securitas Direct, entendiendo que con ello finalizaba la relación contractual y cesaría la emisión de recibos. Sin embargo, tras la baja, la empresa ha cargado en mi cuenta un recibo por importe de 30,86 €, indicando posteriormente que debo seguir abonando dicha cantidad hasta febrero de 2027 por corresponder, según ellos, al pago aplazado de la instalación. Tras revisar detenidamente la cláusula duodécima del contrato, considero que su redacción resulta confusa y no informa de forma clara, transparente e inequívoca de que, una vez finalizado el contrato y aceptada la baja, el cliente continúe obligado a seguir pagando cuotas durante un año más. Aunque dicha cláusula menciona que el precio de la instalación se abonará mediante un pago inicial y treinta y seis cuotas mensuales, en ningún momento establece expresamente que dichas cuotas seguirán siendo exigibles tras la extinción del contrato, ni advierte de forma clara al consumidor de una consecuencia económica tan relevante. A ello se suma que durante toda la vigencia del contrato ninguna de las facturas emitidas por Securitas Direct desglosó los importes correspondientes al servicio y a la supuesta financiación o pago aplazado de la instalación. Todos los recibos se emitieron simplemente como un pago mensual, identificado como "pago de servicios", sin diferenciar conceptos. Como consumidora, esta forma de facturación me llevó razonablemente a entender que estaba abonando una única cuota mensual vinculada al servicio contratado y que, una vez finalizada la permanencia y aceptada la baja, dejarían de emitirse recibos. Además, adjunto la factura simplificada emitida por Securitas Direct tras la instalación, en la que figura literalmente el siguiente concepto: "Servicio instalación y 24 cuotas mensuales de servicio de mantenimiento y explotación de centrales de alarma y otros servicios." Esta factura genera aún más confusión, ya que hace referencia expresa a 24 cuotas mensuales, mientras que ahora la empresa sostiene que el pago debía realizarse durante 36 cuotas, hasta febrero de 2027. Por tanto, existe una contradicción entre la documentación facilitada al contratar el servicio y la interpretación que actualmente realiza la empresa, lo que impide conocer con claridad cuáles eran realmente las obligaciones económicas asumidas. En ningún momento se me explicó de forma clara que, una vez cumplida la permanencia y solicitada la baja, seguiría obligada a abonar cuotas durante un año adicional. Si dicha obligación existía, considero que debería haber sido comunicada de forma expresa, clara y fácilmente comprensible, algo que, a mi juicio, no ocurrió. Asimismo, al considerar improcedente el cargo efectuado tras la baja y encontrarse expresamente impugnado, he procedido a devolver el recibo bancario de 30,86 €, manteniendo en todo momento mi voluntad de resolver esta controversia por las vías legales y de consumo correspondientes. Por todo lo expuesto, solicito: Que se revise el cobro efectuado tras la baja del contrato. Que Securitas Direct justifique de forma clara y documental el fundamento contractual que, a su juicio, permite seguir reclamando dichos importes una vez extinguido el contrato. Que se aclare la contradicción existente entre la factura entregada en el momento de la contratación, que hace referencia a 24 cuotas mensuales, y la interpretación actual de la empresa, que sostiene la existencia de 36 cuotas. Que se valore si la información facilitada durante la contratación y la forma en que se emitieron las facturas cumplen con el deber de transparencia exigible por la normativa de protección de los consumidores. Que, en caso de apreciarse falta de transparencia o información insuficiente, se inste a la empresa a dejar sin efecto los cobros posteriores a la baja y a devolver el importe ya cargado.
Bloqueo injustificado del saldo de una tarjeta de abono/devolución emitida por Carrefour
El 19/06/2026 Carrefour me entregó una tarjeta de abono por importe de 79,90 € tras la devolución de un artículo. Tras varias compras, los tickets emitidos por el propio sistema de Carrefour indicaban el saldo disponible y como única fecha de validez "07/2026", sin especificar un día concreto de caducidad. El 18/07/2026 el último ticket reflejaba un saldo de 39,42 € y seguía indicando únicamente "FECHA CAD.: 07/2026". Sin embargo, el 21/07/2026, al intentar utilizar la tarjeta, Carrefour rechazó el pago alegando que había caducado el 19/07/2026 por cumplirse un mes desde su emisión. Además, el personal del establecimiento retuvo la tarjeta, impidiéndome conservar el soporte donde, según la empresa, figuraban las condiciones de uso. Posteriormente solicité una solución amistosa en Atención al Cliente, pero Carrefour desestimó mi reclamación alegando que la caducidad al mes aparecía en el reverso de la tarjeta, documento que ya no obra en mi poder porque fue retirado por el propio establecimiento. Considero que Carrefour ha vulnerado mis derechos como consumidor al proporcionar una información contradictoria e insuficiente. Sus propios tickets indicaban únicamente la caducidad en el mes de julio, sin informar del día 19 como fecha límite, lo que me indujo razonablemente a pensar que la tarjeta era válida durante todo el mes. Solicito que Carrefour restituya el saldo pendiente de 39,42 €, permitiéndome utilizarlo o reintegrándomelo por otro medio, al considerar injustificado el bloqueo y la pérdida del importe restante.
Me cobraron 31 € de la cuenta y no dicen ni porqué
Hola me puse a buscar créditos y pues me conseguí con crédito claro resuelta q me meto todo doy mis datos en ves de ayudarme y darme dinero me descontaron lo q me quedaba en la cuenta 31€ me quitaron me parece una falta de respeto q me agarren dinero así yo no autorice ese monto espero respuesta lo antes posible porfavor
Cargos indebidos
Estuve de clienta con Vodafone hasta hace 3 días. En su momento mediante Ocu me devolvieron 121 euros de unos cargos que me realizaron de manera indebida. Aun falta más por devolverme,eso si,cuando pides la portabilidad a otro operador bien que te acosan para que no te vayas,pero mientras haciendo reclamaciones con ellos ni te responden y hacen caso omiso. Compañia nefasta. Quiero la devolución de hasta el último céntimo además de una compensación por haber realizado cargos en mi cuenta sin mi autorización lo que a ellos les ha dado la gana.
Problema no disponer de factura
Estimados/as señores/as: En fecha 02.12.2025 compré un MG PHEV matrícula 2443NKB. A fecha de hoy no he recibido la factura de la compra. Me pongo en contacto con ustedes porque necesito que me la envíen a la mayor brevedad posible, ya que el plazo para la solicitud del plan moves 3 esta acabando y podría perder 7.000 euros de la ayuda. SOLICITO la factura a la mayor brevedad posible. Sin otro particular, atentamente.
Deuda Reclamada
Me pongo en contacto con yoigo para intentar aclarar esta situación, ya que veo que por la parte de la vía cordial no hay ninguna forma de que me hagan caso. La empresa YOIGO me reclama una deuda que es a causa de la entrega de un router, después de realizar la baja del servicio de telefonía con la empresa Yoigo, la cuál me reclamaba el dispositivo. El dispositivo fue entregado y enviado el día 4 de diciembre de 2025, adjunto resguardo de correos con el código de envío que puede comprobar usted con su cliente, que es el código de resguardo de envío del router. Me llevan reclamando desde entonces la devolución del dispositivo, y varias ocasiones, me he puesto en contacto con ellos, afirmando en todas ellas que estaba en lo cierto, y el router había sido devuelto. Aún así, procedieron al cobro de ese dispositivo ya entregado, lo cuál respondí comunicándome con ellos, una vez más dándome la razón e incluso en esta ocasión, presentando una reclamación o incidencia de su servicio, y con promesa de devolución del dinero en un plazo de 7 días. Al pasar ese plazo que me habían dicho de 7 días, y viendo la insistencia que había puesto en el caso, y me habían dejado sin solución alguna, procedí a la anulación de los cobros por parte del banco, ya que yo de manera cordial había intentado darle solución a un problema que en la infinidad de veces que me había puesto en contacto con ellos, me habían afirmado que el problema estaba solucionado. Por ello, quiero poner esta reclamación aportando la documentación que tengo para demostrar que yo he cumplido con mi deber, para ver si desde esta plataforma me hacen caso y se puede solucionar de una vez por todas este problema. De no ser así, seré yo que deba emprender acciones legales contra la empresa por el acoso que llevo sufriendo desde hace más de 6 meses. Un saludo.
rectificacion de facturas
Buenos días Nos ponemos en contacto con ustedes en relación con la factura FV26-0000003265, correspondiente al último mes de alquiler, donde hemos comprobado que se ha aplicado la actualización de la renta conforme al IPC. Consideramos que dicha actualización no procede. Tras comunicarles, con una antelación superior al plazo de preaviso establecido en el contrato, nuestra voluntad de no renovar el arrendamiento, se nos indicó telefónicamente que, para evitar la aplicación de dicha actualización, debíamos realizar la entrega de llaves antes del día 12 de agosto, fecha de finalización del contrato. Siguiendo esas indicaciones, la entrega de llaves se efectuará el día 11 agosto. Con el fin de evitar incidencias innecesarias antes del vencimiento del recibo, les solicitamos que revisen y rectifiquen la factura FV26-0000003265, eliminando la actualización del IPC y emitiendo una nueva factura con el importe correcto. A día hemos visto que nos han cargado dicho importe de más, por lo que nosotros no vamos a pagar esa factura hasta que no quede corregida. Asimismo, dejamos constancia de que continúa pendiente de respuesta nuestra solicitud de aclaración sobre la factura FV26-0000000419, relativa a los conceptos de Agua y Luz, planteada via email y teléfono varias veces desde diciembre 2025. A fecha de hoy, seguimos sin conocer el estado de esta incidencia ni disponer de la documentación que justifique dichos importes o, en su caso, de la rectificación que corresponda. Dado que la entrega de llaves está prevista para el próximo día 11, les rogamos que ambas incidencias queden resueltas con anterioridad a esa fecha, de forma que el cierre del contrato pueda realizarse con toda la documentación y facturación correctamente regularizadas. Quedamos a la espera de su respuesta. Un cordial saludo,
Revisión últimas 12 facturas
Hola, querría me revisaran mis 12 ultimas facturas de luz que me han emitido y cargado en mi cuenta bancaria, por claro desacuerdo por mi parte de los importes cobrados por ustedes en relativo a potencial, energía consumida, impuestos,descuento bono social etc… Además de revisión de contratos . Mando como ejemplo facturas desde enero del 2026.
problemas con la lectura de los contadores del gas
estan pasando lecturas del contador estimativas que no coinciden con las verdaderas apuntadas el el papel que esta colocado en los patios . papales que los dejan ahi 2 semanas si que nadie pasa a recogerlos. se hacen regularizaciones engañosas. practicamente estan robando de nuestros bolsillos. por favor revisad todo esto y devuelvanme el dinero. en pleno verano factura de gas de 200e. aparte me han cobrado en 4 facturas la dicha regularizacion.
Intimidación
**A la atención del Servicio de Atención al Cliente de IBERDROLA CLIENTES, S.A.U.** **Asunto:** Reclamación formal por prácticas comerciales abusivas y lenguaje intimidatorio en comunicación de impago. Por la presente, introduzco una queja formal en relación con la notificación recibida con fecha 6 de agosto de 2026. Dicha comunicación me fue remitida tras un retraso de únicamente tres días respecto a la fecha de vencimiento de la factura (3 de agosto de 2026), por un importe de 80,76 euros. Deseo manifestar mi más absoluto rechazo al tono, la redacción y las técnicas de presión psicológica empleadas en el texto. La advertencia explícita de *“evitar las molestias y los gastos que las consecuencias del impago pudieran ocasionarle”*, ligada de forma inmediata a una fecha límite (17 de agosto de 2026), vulnera el espíritu de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal en lo relativo a prácticas agresivas y abusivas hacia los consumidores. Esta redacción induce a un temor infundado de corte inminente del suministro eléctrico, obviando deliberadamente de cara al usuario los plazos legales obligatorios de dos meses regulados en el Real Decreto 897/2017. Considero que este tipo de comunicaciones constituyen una forma de intimidación y coacción comercial que sobrepasa la legítima reclamación de una deuda. Solicito que conste en mi expediente esta reclamación y que se proceda a revisar los protocolos de comunicación con este cliente para que se ajusten a un trato digno, transparente y exento de presiones desproporcionadas. Atentamente,
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