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Comisiones por tarjeta
En mi contrato me retraso exactamente 3 días en el pago por falta de saldo en esa cuenta asociada a la tarjeta, concretamente sé ingresa en esa cuenta el día 3 de Marzo cuando me entró mi nómina y ellos reaccionan cobrando automáticamente un importe de 80€ de dos tarjetas impagas en su día, solo tres días. Ahora bien, este importe, no se corresponde al valor de ninguna gestión que realice el banco, sino más bien, al intento de obtener un gran beneficio, por el retraso del pago de alguna cuota de la tarjeta. A este respecto, se ha pronunciado el Tribunal Supremo, señalando la ilegalidad de este hecho en su Sentencia 3315/2019, de 25 de octubre de 2019, la cual señala que: (…)Para que las entidades puedan cobrar comisiones a sus clientes deben cumplirse dos requisitos: que retribuyan un servicio real prestado al cliente y que los gastos del servicio se hayan realizado efectivamente. Bajo estas dos premisas, las entidades bancarias no pueden cobrar por servicios que no hayan solicitado o aceptado los clientes, que deberán haber sido informados personalmente y por anticipado del importe que van a tener que pagar por ese servicio. Según el Banco de España (Memoria del Servicio de Reclamaciones de 2009), la comisión por reclamación de posiciones deudoras compensa a la entidad por las gestiones efectivas realizadas para recuperar la deuda impagada por su cliente; debe estar recogida en el contrato; y para que sea acorde con las buenas prácticas bancarias debe reunir los siguientes requisitos mínimos: (i) el devengo de la comisión está vinculado a la existencia de gestiones efectivas de reclamación realizadas ante el cliente deudor; (ii) la comisión no puede reiterarse en la reclamación de un mismo saldo por gestiones adicionales realizadas por la entidad con el mismo fin, ni siquiera cuando, en el caso de impago en el tiempo, este se prolonga en sucesivas liquidaciones; (iii) su cuantía debe de ser única, no admitiéndose tarifas porcentuales; (iv) no puede aplicarse de manera automática. – Si contrastamos la cláusula controvertida con dichas exigencias, se comprueba que, como mínimo, no reúne dos de los requisitos, pues prevé que podrá reiterarse y se plantea como una reclamación automática. Pero es que, además, no discrimina periodos de mora, de modo que basta la inefectividad de la cuota en la fecha de pago prevista para que, además de los intereses moratorios, se produzca el devengo de una comisión. Tal como está redactada, tampoco identifica qué tipo de gestión se va a llevar a cabo (lo deja para un momento posterior), por lo que no cabe deducir que ello generará un gasto efectivo (no es igual requerir in situ al cliente que se persona en la oficina para otra gestión, que hacer una simple llamada de teléfono, que enviarle una carta por correo certificado con acuse de recibo o un burofax, o hacerle un requerimiento notarial). En la STJUE de 3 de octubre de 2019 (asunto C-621/17, Gyula Kiss), el Tribunal ha declarado que, aunque el prestamista no está obligado a precisar en el contrato la naturaleza de todos los servicios proporcionados como contrapartida de los gastos previstos en una o varias cláusulas contractuales: «No obstante, habida cuenta de la protección que la Directiva 93/13 pretende conceder al consumidor por el hecho de encontrarse en una situación de inferioridad con respecto al profesional, tanto en lo que respecta a la capacidad de negociación como al nivel de información, es importante que la naturaleza de los servicios efectivamente proporcionados pueda razonablemente entenderse o deducirse del contrato en su conjunto. Además, el consumidor debe poder comprobar que no hay solapamiento entre los distintos gastos o entre los servicios que aquellos retribuyen». A su vez, la STJUE de 26 de febrero de 2015 (asunto C-143/13, Matei), referida -entre otras- a una denominada «comisión de riesgo», declaró que una cláusula que permite, sin contrapartida, la retribución del simple riesgo del préstamo, que ya está cubierto por las consecuencias legales y contractuales del impago, puede resultar abusiva. 5.- Precisamente la indeterminación a la que hemos hecho referencia es la que genera la abusividad, puesto que supondría, sin más, sumar a los intereses de demora otra cantidad a modo de sanción por el mismo concepto, con infracción de lo previsto en los arts. 85.6 TRLGCU (indemnizaciones desproporcionadas) y 87.5 TRLGCU (cobro de servicios no prestados). Además, una cláusula como la enjuiciada contiene una alteración de la carga de la prueba en perjuicio del consumidor, pues debería ser el Banco quien probara la realidad de la gestión y su precio, pero, con la cláusula, se traslada al consumidor la obligación de probar o que no ha habido gestión, o que no ha tenido el coste fijado en el contrato, o ambas circunstancias. Lo que también podría incurrir en la prohibición prevista en el art. 88.2 TRLGCU. Por ello reclamo el abono de los 80 euros ante su servicio de atención al cliente ya que me parece abusivo y de muy poca consideración como cliente de más de 15 años y con hipoteca con este banco.
Problemas con el reembolso
Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para comunicarles . Que tengo dos problemas El primero no puedo hablar con nadie, cada vez que les llamo me salta una locución que me pide introducir mi DNI, cuando se lo añado, no me lo reconoce y no me da opcion de hablar con alguna persona para intentar solucionar el error que exista. La segunda, el 17 de Marzo de 2025 tenia comprado un billete de avion a Islandia para volar con la compañia Flyplay, la cual ha quebrado, como actualmente no tengo cuenta con ustedes, lo único que me han comentado que les presente algún recibo o algo, pero como no puedo acceder a su web, tampoco puedo acceder a mi historial, ni les puedo facilitar los datos que me estan pidiendo. SOLICITO: Que me devuelvan el valor de mi billete que son 360, 17 euros, ya que la compañia ha quebrado y no voy a disfrutar de servicio contratado Sin otro particular, atentamente.
Problema con promocion
Hola, En la confirmación de mi suscripción se indica claramente que la promoción consiste en 2 € durante los dos primeros meses. Sin embargo, en el segundo mes se me ha cobrado 7,45 €, lo cual no coincide con las condiciones indicadas en dicho documento. La explicación que me indican sobre una “cuota de inscripción que incluye un mes y los días restantes del mes en curso” no aparece reflejada en la confirmación de la oferta recibida, donde se especifica expresamente “2 € los dos primeros meses”. Por este motivo, solicito la revisión del cobro y la devolución de la cantidad cobrada indebidamente. En caso contrario, me veré obligado a presentar una reclamación formal ante las autoridades de consumo correspondientes. Quedo a la espera de su respuesta
reembolso de llamadas a Caser
He recibido tres cargos en mi fra de telefono por llamadas a los numeros 902366505 y 902211919 que pertenecen a Caser. en fechas 19 y 22/1/26 por unimporte de 8,54 1.59 y 2.66 euros Todas mis llamadas a Caser durante el mes de Enero fueron para interesarme por el estado de un traspaso de un fondo de pensiones de una gestora externa al Plan de pensiones de OCU que gestiona Caser. No he solicitado ningun otro servicio y creo no haber llamado a esos telefonos sino que he sido reenviado.. Jesus Martinez Uy Tfno 675 015891 Ruego procedan a su devolucion .
bloqueo cuenta myinvestor
SUFRI UN ROBO DE MI CUENTA DE LA ENTIDAD MYINVESTOR EL PASADO NOVIEMBRE POR LA CANTIDAD DE 990€ DI AVISO A MYINVESTOR DEL ROBO Y PUSE LA DENUNCIA CUANDO ME PERCATE DE LO SUCEDIDO HICE LA IDENTIFICACION QUE ME PIDIERON LES MANDE VARIOS ESCRITOS SOLICITANDO LA DEVOLUCION DEL DINERO Y POSTERIORMENTE ME BLOQUEARON LA CUENTA. A DIA DE HOY TRAS REPETIDAS LLAMADAS Y ENVIAR EMAILS SIGO CON LA CUENTA BLOQUEADA SIN PODER TENER ACCESO NI PODER OPERAR SOBRE LOS FONDOS QUE TENGO CONTRATADOS. ME PARECE INCREIBLE QUE A DIA DE HOY NO TENGA RESPUESTA POR PARTE DE LA ENTIDAD Y QUE NADIE SE PONGA EN CONTACTO COMIGO, NI ME DE NINGUNA INFORMACION NI RESPUESTA, Y MANTENGAN MI CUENTA SECUESTRADA SIN PODER ACCEDER A MI DINERO. UNA COSA ES DAR RESOLUCION AL ROBO Y OTRA ES BLOQUEARME LA CUENTA. NO ENTIENDO QUE UNA VEZ COMPROBADA MI IDENTIDAD Y HACER LAS IDENTIFICACIONES PERTINENTES MANTENGAN LA CUENTA BLOQUEADA. ME ESTAN HACIENDO MAS PERJUICIO ECONOMICO MANTENIENDO MI CUENTA SECUESTRADA QUE EL ROBO SUFRIDO.
Me estan cobrando unos cargos que no proceden
Hola, desde la empresa Crediator.es , hace meses me vienen cobrando una cantidad de 31.99€, he intentado darlo de baja porque no he obtenido nada con ellos finalmente ya que yo en principio no acepte el primer cargo pero ..... no hay manera de que te den de baja ni mandando correos ni de ninguna manera, en mi banco tampoco me lo quitan de la domiciliación no se porque eso ya me tengo que mover y cambiarme de banco si lo considero pero necesito la baja de estos cargos que me están arruinando, si, me quitan lo poco que me queda para comer, son dos empresas y porque en su dia necesite dinero pero ni siquiera me lo dieron ni información ni nada de nada porque lo rechace. Le adjunto un recibo del banco con este cargo pero.... llevo como 6 meses que me lo estan cobrando y ya estoy harta de que me toreen y no me den de baja de una vez y me sigan cobrando.
daños hechos por la compañia
hola buenos dias les escribo para hacer una denuncia de daños que me a hecho la compañia aseguradora santa lucia y ahora me dicen que no se hacen cargo cuando ellos han sido los causantes les pongo el numero de sinistro para que ustedes lo tengan 915207946, tuve un atasco y vinieron los fontaneros lo cual metieron mucha presion en el bote sinfonico y a partir de hay e empezado a tener humedades por motivos que han tenido que reventar algun desaguae y han venido han roto parte de la estructura y me dicen que no me entra por eso les escribo para que ustedes si pueden por favor les metan mano a esta gentuza que ya no se que hacer muchas gracia y espero noticias suyas mi telf 616750622
Me estan cobrando unos cargos que no proceden
Hola, desde la empresa Creditando, hace meses me vienen cobrando una cantidad de 31.98€, he intentado darlo de baja porque no he obtenido nada con ellos finalmente ya que yo en principio no acepte el primer cargo pero ..... no hay manera de que te den de baja ni mandando correos ni de ninguna manera, en mi banco tampoco me lo quitan de la domiciliación no se porque eso ya me tengo que mover y cambiarme de banco si lo considero pero necesito la baja de estos cargos que me estan arruinando, si, me quitan lo poco que me queda para comer, son dos empresas y porque en su dia necesite dinero pero ni siquiera me lo dieron ni información ni nada de nada porque lo rechace. Le adjunto un recibo del banco con este cargo pero.... llevo como 6 meses que me lo estan cobrando y ya estoy harta de que me toreen y no me den de baja de una vez y me sigan cobrando.
No me dejan dar de baja el seguro y me obligan a pagar un año
Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, titular de un seguro tipo “TuSeguroMultidispositivoSinMovil”. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con lo establecido en la cláusula "Duración del Contrato y Pago de La Prima." del contrato. Y ello por: Quiero dar de baja inmediata el contrato, pues en ningun momento se me informo antes, durante o despues de firmar dicho contrato, hasta que me he puesto en contacto con Vds. para dicha baja, obligandome a tener que pagar un año entero son necesidad de dicha poliza. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para dar de baja dicha poliza. Sin otro particular, atentamente.
No reconocen el parte
Después de más de un y reiteradas comunicaciones.no me reconocen cristal de una mesa cuando en póliza está estipulado. Después de reconocer parte por exceso de viento y enviar técnicos ahora dicen que no hay cobertura porque según la Aemet no fue suficiente. Esa cuestión ya se solucionó en primera instancia con la operadora.me hacen pedir presupuesto y perder el tiempo con visitas para que de forma unilateral ellos decidan si cubre o no
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