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Problema Garantia
ECLAMACIÓN Hola, Hace aproximadamente un mes adquirí un aparato de aire acondicionado de la marca Hisense en el establecimiento Hogar Sánchez. Después de apenas 20 días de uso, el aparato ha dejado de funcionar correctamente, concretamente ha dejado de expulsar aire frío. Ante esta situación, me puse en contacto con el establecimiento para comunicar la avería y solicitar una solución. Mi sorpresa fue que se me informó de que, para que un técnico se desplazara a comprobar la avería, debía abonar previamente 45 euros, importe que, según me indican, sería posteriormente devuelto una vez que el técnico verificara que efectivamente existe un fallo en el aparato. Mi disconformidad viene principalmente porque esta condición no me fue comunicada en el momento de la compra. De hecho, pregunté expresamente al vendedor si existía algún tipo de condición, coste adicional o "letra pequeña" relacionada con la garantía, y se me aseguró que no había ninguna. Considero, por tanto, que si existe una condición que implica que el cliente tenga que adelantar 45 euros para que se pueda comprobar una avería de un producto adquirido hace apenas un mes, dicha condición debería haber sido comunicada claramente en el momento de la compra. Además, se me informa de que ahora debo esperar varios días hasta que el técnico se ponga en contacto conmigo y se desplace al domicilio para comprobar la avería. Mientras tanto, el importe de 45 euros permanece retenido, a pesar de que se trata de una avería producida a los pocos días de adquirir el producto. Una vez realizada la comprobación, se me indica que tendría que desplazarme nuevamente al establecimiento para solicitar la devolución de dicho importe, con el consiguiente desplazamiento y gasto de combustible, costes que tendría que asumir yo. Por todo lo anterior, manifiesto mi disconformidad con el procedimiento seguido, tanto por la falta de información previa sobre el cobro de los 45 euros como por las molestias y gastos que se me están ocasionando para solucionar una avería de un producto adquirido recientemente.
Problema con el seguro y reparación
Realicé una compra de un terminal (iPhone 15 pro) a la que asocié un seguro mensual. Recientemente he tenido que hacer uso del seguro asociado a la compra y aun aceptando la reclamación de reparación, no me facilitan los medios para el transporte del producto para poder ser reparado, ni me dan alternativa a la reparación, ni la aseguradora de Back Market ni Back Market
Fallo deposito AdBlue no asumido marca
Estimados/as señores/as: En fecha 27-02-2026 les planteé por el canal de atención al Cliente de Citroën que vds. me indicaron; con referencia de su Expediente 03483984 y anteriormente Expediente 03470397; así como se solicitó un " Gesto Comercial" directamente con el Taller Oficial que no fue admitido. Me pongo en contacto con ustedes porque la denegación del resarcimiento de la factura de reparación del fallo conocido del depósito del Adblue de Grupo PSA Citroën, por el mero hecho de haber superado los 8 años; obvia el hecho de que los KM recorridos eran muy inferiores a los que Citroën sí asume. Solicito que no sólo se tenga en cuenta el criterio más restrictivo de los 8 años, sino se haga un estudio de que los KM de mi coche eran muchos menos de los amparados; y que el Mantenimiento tal como les aporté , había sido llevado escrupulosamente; así como se tenga en cuenta que yo adquirí el Coche a Casa oficial Citroën en Septiembre de 2018 Adjunto Factura aportada ya en las solicitudes previas , así como los números de los Expedientes presentados en Atención al cliente, donde les consta toda la información. En la confianza de que hagan un estudio y la marca asuma el fallo conocido del Deposito de Adblue, quedo a la espera de su nueva valoración.
Avería provocada por reparación
Llevé el coche a arreglar el embrague y tras una primera diagnosis me dicen que la transmisión está mal y es conveniente arreglar a lo que acepto, después de entregarme el coche me sale una avería de motor con el mensaje de llevar el coche a taller, avería que han provocado al hacer la reparación Llevo el coche otra vez y me dicen que tengo que aceptar y pagar otra vez otra diagnosis, a lo que respondo que el coche entró en taller sin esa avería, tras su primera diagnosis no aparecía y tras la reparación del embrague y transmisión aparece. No tengo más remedio que dejar el coche y a las horas me llaman y me dicen que la averia está en el motor de arranque al que le ha ido cayendo aceite y formado una película que provoca masa, de ahí que unas veces arranca y otras no. Le digo que eso es consecuencia de la reparación del embrague y transmisión a lo que no hacen caso. Mi intención es denunciar y no recoger el coche hasta que no me lo entreguen arreglado.
RECLAMACION SAT
El pasado 6 de agosto, tras más de un mes de espera para la resolución de mi anterior incidencia, recibí una Conga X70 como reemplazo de mi Conga X50. Lamentablemente, el historial de uso de este "nuevo" dispositivo ha sido el siguiente: • 6 de agosto: Recibo el robot, mapea el domicilio y limpia correctamente. • 7 de agosto: El robot aspira y limpia sin incidencias. • 8 de agosto (y hasta la fecha): El robot comienza a presentar fallos graves de navegación. Sale de la base y, al cabo de uno o dos minutos, se queda en modo "localizando", girando sobre sí mismo. No es capaz de continuar y me obliga a apagarlo y llevarlo manualmente a la base. Problemas técnicos detectados en la unidad actual: • Fallo en el láser/sensor de navegación: El dispositivo no reconoce el entorno. No frena al acercarse a los obstáculos y se golpea continuamente. • Fallo de software/mapeo: Debido a la desorientación, genera mapas nuevos superpuestos y llenos de errores en cada intento de uso, borrando el mapeo original. Comprobaciones realizadas por mi parte: Para descartar de antemano cualquier problema de red o configuración, durante estos últimos cuatro días he realizado rigurosamente los siguientes pasos, persistiendo el fallo en todos los casos: • Reseteo del dispositivo a sus valores de fábrica. • Configuración exclusiva a través de una red 2.4 GHz (teniendo claro que el dispositivo no soporta redes 5G). • Eliminación y creación de un mapa completamente nuevo. • Desvinculación de la cuenta y vinculación del robot usando un terminal telefónico diferente. • Verificación de la versión del firmware, confirmando que no existe ninguna actualización pendiente. Dado que el dispositivo ha fallado apenas al tercer día de uso y tras todas estas comprobaciones, resulta evidente que no se me ha entregado un equipo nuevo, sino una unidad reacondicionada o con un defecto de fábrica en su hardware. Les recuerdo que este es el tercer cambio de robot que me realizan y todos han presentado fallas a los pocos días. En la incidencia anterior ocurrió exactamente lo mismo: tras un mes de espera por el servicio técnico, me entregaron una Conga X50 que falló a los 4 días. En ninguno de los tres cambios he podido utilizar el dispositivo más de una semana. Entre unas cosas y otras, llevo casi 3 meses sin aspirador por su ineficacia a la hora de dar una solución real. Por todo lo expuesto, y amparándome en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, EXIJO: 1. La sustitución inmediata por un dispositivo completamente nuevo y precintado (no reacondicionado). 2. En caso de no poder garantizar un equipo nuevo y funcional, exijo la resolución del contrato y la devolución íntegra del importe del producto. 3. Que la recogida del equipo defectuoso y la entrega de la solución se realicen de manera urgente, negándome a soportar otra espera de un mes. Quedo a la espera de una respuesta ágil y satisfactoria a la mayor brevedad. De lo contrario, elevaré esta reclamación a Consumo (OMIC) aportando todo el historial de reparaciones y demoras.
Problemas con reparaciones
Hola, compré una cafetera en marzo, funcionó durante un mes y luego se rompió. Desde mayo hasta agosto, se la envié varias veces para que la repararan, pero me la devolvieron sin que funcionara. Cecotec no quiere para me cambio con otra cafetera que funciona
Daños ocasionados por funda protectora
RECLAMACIÓN DE CONSUMO – SKLUM Empresa reclamada: SKLUM / Miliboo & Co, según los datos que consten en la factura/pedido. N.º de incidencia: RMA 8686801 EXPONGO: Que adquirí una funda protectora para un conjunto de mobiliario de exterior, con la finalidad de protegerlo de las inclemencias meteorológicas. La funda se comercializaba como producto destinado a la protección de mobiliario de jardín y, antes de su adquisición, no se me informó de ninguna incompatibilidad con tableros fabricados en HPS ni de que su utilización pudiera provocar daños permanentes sobre este tipo de superficies. Tras utilizar la funda, se produjeron adherencias/migración del material de la propia funda sobre el tablero de mi mesa, dejando marcas y restos que no pueden eliminarse mediante una limpieza convencional y que han ocasionado un deterioro visible de una mesa que se encontraba nueva. Ante esta situación, contacté con SKLUM y seguí todas las indicaciones proporcionadas por su servicio de atención al cliente, aportando fotografías y toda la documentación solicitada. Durante la gestión de la incidencia, SKLUM manifestó que existía una incompatibilidad química entre el PVC de la funda y el HPS del tablero, indicando que los plastificantes del PVC podían afectar al poliestireno y que la combinación con temperaturas elevadas habría provocado el daño. Sin embargo, dicha incompatibilidad no fue advertida al consumidor antes de la adquisición de la funda, pese a tratarse de una circunstancia que afecta directamente a la utilización del producto para la finalidad para la que se comercializa. La normativa de protección de consumidores establece que la información previa a la contratación debe ser clara, comprensible, accesible, relevante, veraz y suficiente respecto de las características principales del producto. Asimismo, la carga de acreditar el cumplimiento de determinadas obligaciones de información corresponde al empresario. Artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007. Asimismo, el artículo 61 establece que la oferta, promoción y publicidad deben ajustarse a la naturaleza, características, utilidad y finalidad del producto y que el contenido de dicha oferta resulta exigible al consumidor. SKLUM inicialmente ofreció como solución el lijado y barnizado del tablero. Ante esta propuesta, contacté con Maisons du Monde, empresa donde adquirí la mesa, para conocer si dicho procedimiento era técnicamente adecuado para el material del tablero. Maisons du Monde me respondió expresamente por escrito que la mesa está fabricada en resina reciclada con efecto ratán y que no se puede lijar ni barnizar, indicando además que dichos tratamientos se aplican únicamente a la madera natural y que, en este caso, dañarían definitivamente la superficie del mueble. Dicha respuesta ha sido trasladada íntegramente a SKLUM, siguiendo las instrucciones de su propio servicio de atención al cliente. A pesar de disponer de esta información técnica, SKLUM mantiene su posición y únicamente ofrece asumir el coste de una reparación realizada por un profesional, sin poder garantizar que la mesa recupere su estado original. Considero que esta solución no resulta adecuada, dado que la reparación propuesta inicialmente por SKLUM ha sido expresamente descartada por el fabricante/vendedor de la mesa y existe, por tanto, un riesgo real de que una intervención sobre el tablero provoque un deterioro adicional o no permita recuperar su acabado original. Además, se trata de una mesa que era nueva en el momento de producirse los daños, por lo que considero que una reparación que no permita restituir razonablemente su estado anterior no equivale a reparar el perjuicio ocasionado. He intentado resolver la situación de manera amistosa y he colaborado en todo momento con SKLUM, aportando fotografías, documentación, factura de la mesa y la respuesta técnica de Maisons du Monde. Finalmente, SKLUM se ha reiterado en su posición y me ha indicado que presente una reclamación. SOLICITO Que se admita la presente reclamación y se valore la actuación de la empresa, especialmente en relación con: * La ausencia de información previa sobre la incompatibilidad entre la funda de PVC y determinados tableros HPS. * La comercialización de la funda como elemento de protección para mobiliario de exterior sin advertir de esta limitación de uso. * Los daños ocasionados en una mesa nueva como consecuencia del uso de la funda. * La imposibilidad de aplicar la reparación inicialmente propuesta por SKLUM, conforme a la respuesta escrita de Maisons du Monde. * Y la insuficiencia de una reparación cuyo resultado la propia empresa reconoce que no puede garantizar. Solicito que se promueva una solución amistosa mediante mediación con SKLUM y que se valore una compensación económica adecuada por los daños ocasionados, que permita resarcir el perjuicio sufrido sin obligarme a asumir el riesgo de una reparación que puede no devolver la mesa a su estado original.. En caso de no alcanzarse un acuerdo, solicito que quede constancia de mi disconformidad con la solución ofrecida por la empresa.
Daños ocasionados por funda protectora
RECLAMACIÓN DE CONSUMO – SKLUM Empresa reclamada: SKLUM / Miliboo & Co, según los datos que consten en la factura/pedido. N.º de incidencia: RMA 8686801 EXPONGO: Que adquirí una funda protectora para un conjunto de mobiliario de exterior, con la finalidad de protegerlo de las inclemencias meteorológicas. La funda se comercializaba como producto destinado a la protección de mobiliario de jardín y, antes de su adquisición, no se me informó de ninguna incompatibilidad con tableros fabricados en HPS ni de que su utilización pudiera provocar daños permanentes sobre este tipo de superficies. Tras utilizar la funda, se produjeron adherencias/migración del material de la propia funda sobre el tablero de mi mesa, dejando marcas y restos que no pueden eliminarse mediante una limpieza convencional y que han ocasionado un deterioro visible de una mesa que se encontraba nueva. Ante esta situación, contacté con SKLUM y seguí todas las indicaciones proporcionadas por su servicio de atención al cliente, aportando fotografías y toda la documentación solicitada. Durante la gestión de la incidencia, SKLUM manifestó que existía una incompatibilidad química entre el PVC de la funda y el HPS del tablero, indicando que los plastificantes del PVC podían afectar al poliestireno y que la combinación con temperaturas elevadas habría provocado el daño. Sin embargo, dicha incompatibilidad no fue advertida al consumidor antes de la adquisición de la funda, pese a tratarse de una circunstancia que afecta directamente a la utilización del producto para la finalidad para la que se comercializa. La normativa de protección de consumidores establece que la información previa a la contratación debe ser clara, comprensible, accesible, relevante, veraz y suficiente respecto de las características principales del producto. Asimismo, la carga de acreditar el cumplimiento de determinadas obligaciones de información corresponde al empresario. Artículo 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007. Asimismo, el artículo 61 establece que la oferta, promoción y publicidad deben ajustarse a la naturaleza, características, utilidad y finalidad del producto y que el contenido de dicha oferta resulta exigible al consumidor. SKLUM inicialmente ofreció como solución el lijado y barnizado del tablero. Ante esta propuesta, contacté con Maisons du Monde, empresa donde adquirí la mesa, para conocer si dicho procedimiento era técnicamente adecuado para el material del tablero. Maisons du Monde me respondió expresamente por escrito que la mesa está fabricada en resina reciclada con efecto ratán y que no se puede lijar ni barnizar, indicando además que dichos tratamientos se aplican únicamente a la madera natural y que, en este caso, dañarían definitivamente la superficie del mueble. Dicha respuesta ha sido trasladada íntegramente a SKLUM, siguiendo las instrucciones de su propio servicio de atención al cliente. A pesar de disponer de esta información técnica, SKLUM mantiene su posición y únicamente ofrece asumir el coste de una reparación realizada por un profesional, sin poder garantizar que la mesa recupere su estado original. Considero que esta solución no resulta adecuada, dado que la reparación propuesta inicialmente por SKLUM ha sido expresamente descartada por el fabricante/vendedor de la mesa y existe, por tanto, un riesgo real de que una intervención sobre el tablero provoque un deterioro adicional o no permita recuperar su acabado original. Además, se trata de una mesa que era nueva en el momento de producirse los daños, por lo que considero que una reparación que no permita restituir razonablemente su estado anterior no equivale a reparar el perjuicio ocasionado. He intentado resolver la situación de manera amistosa y he colaborado en todo momento con SKLUM, aportando fotografías, documentación, factura de la mesa y la respuesta técnica de Maisons du Monde. Finalmente, SKLUM se ha reiterado en su posición y me ha indicado que presente una reclamación. SOLICITO Que se admita la presente reclamación y se valore la actuación de la empresa, especialmente en relación con: * La ausencia de información previa sobre la incompatibilidad entre la funda de PVC y determinados tableros HPS. * La comercialización de la funda como elemento de protección para mobiliario de exterior sin advertir de esta limitación de uso. * Los daños ocasionados en una mesa nueva como consecuencia del uso de la funda. * La imposibilidad de aplicar la reparación inicialmente propuesta por SKLUM, conforme a la respuesta escrita de Maisons du Monde. * Y la insuficiencia de una reparación cuyo resultado la propia empresa reconoce que no puede garantizar. Solicito que se promueva una solución amistosa mediante mediación con SKLUM y que se valore una compensación económica adecuada por los daños ocasionados, que permita resarcir el perjuicio sufrido sin obligarme a asumir el riesgo de una reparación que puede no devolver la mesa a su estado original. En caso de no alcanzarse un acuerdo, solicito que quede constancia de mi disconformidad con la solución ofrecida por la empresa.
Termo en garantia que no quieren reparar.
A la atención del Departamento de Atención al Cliente: Me dirijo a ustedes como fabricante del termo eléctrico Edesa TRE-80 que adquirí en Leroy Merlin en junio de 2026, para trasladarles mi disconformidad con la actuación de su servicio técnico, al que ustedes mismos me remitieron tras notificar las averías del aparato. El termo ha presentado DOS averías distintas en menos de dos meses: 1ª avería (1 julio): se activó el termostato de seguridad (Relé térmico), dejando el termo fuera de servicio. (nºseg. 333136) 2ª avería (21 julio): al conectar el termo y después de haber calentado, salta el diferencial del cuadro eléctrico. (nªseg. 335593) Para la segunda avería, un técnico de su servicio ASERVITECO acudió (3 de agosto) a mi domicilio y midió una tensión de 130V entre cada fase y tierra en el enchufe de alimentación y concluyó, erróneamente, que la instalación eléctrica de mi vivienda era defectuosa, solicitándome el pago de la visita y advirtiéndome de que si no pagaba, el termo perdería la garantía. He contratado a un electricista independiente y colegiado para verificar dicha conclusión, que ha confirmado lo siguiente: - La vivienda cuenta con una instalación bifásica antigua sin neutro, por lo que una lectura de 110-130V entre cada fase y tierra es el comportamiento normal y esperado de este tipo de instalación, y no indica ningún defecto. - La toma de tierra de la vivienda es real, efectiva y está correctamente conectada. - El disparo del diferencial se debe, por tanto, a una fuga de corriente real, cuyo origen se sitúa en el propio termo y no en la instalación. Estos hechos han sido además corroborados mediante pruebas de conexión realizadas en tres días distintos, en las que el diferencial saltó en los tres casos en menos de una hora (aproximadamente 50, 10 y 28 minutos), confirmando un fallo recurrente del propio aparato. Por tanto, el diagnóstico emitido por su técnico fue erróneo, al partir de un desconocimiento del tipo de instalación eléctrica de mi vivienda y no de un defecto real. Como consecuencia, solicito: 1. La revisión y corrección del parte de trabajo emitido por su técnico, de forma que no conste como conclusión que la instalación es defectuosa. 2. La anulación del cobro solicitado por dicha visita. 3. Que trasladen internamente esta información corregida a Leroy Merlin, como vendedor del producto, dado que a ustedes como fabricante les corresponde dar soporte técnico veraz que permita resolver correctamente mi reclamación de garantía. Asimismo, dejo constancia de que el 5 de agosto recibí una llamada de su servicio técnico condicionando la realización de futuras visitas al pago de la visita anterior, pese a haberles trasladado ya verbalmente el error de diagnóstico, sin que hasta la fecha haya obtenido respuesta. He presentado paralelamente una reclamación formal de garantía ante Leroy Merlin, como parte vendedora, solicitando la sustitución del aparato. Quedo a la espera de su respuesta en un plazo razonable.
No me devuelven el producto
RECLAMACIÓN FORMAL – SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DEL PRODUCTO Y SOLUCIÓN DE LA INCIDENCIA A la atención de Cecotec Innovaciones, S.L. Reclamante: Jennifer Molina Rubio Por medio del presente escrito formulo RECLAMACIÓN FORMAL en relación con el producto Cecotec ForceClima 9100, que fue entregado/enviado al servicio técnico de Cecotec para su reparación y que, a fecha de hoy, no me ha sido devuelto ni se me ha ofrecido una solución satisfactoria. He intentado solucionar esta situación previamente mediante contactos telefónicos y comunicaciones por correo electrónico, sin obtener una solución efectiva. Recientemente he recibido un correo electrónico de Cecotec en el que se reconoce la existencia de la incidencia técnica y se identifica expresamente con el n.º de caso 04382630. Por tanto, mediante este escrito solicito formalmente: 1. Que se me informe por escrito del estado actual del producto y del lugar en el que se encuentra. 2. Que se proceda a la devolución inmediata del producto reparado, o, si esto no fuera posible, que se me ofrezca una solución conforme a mis derechos como consumidora, incluida la devolución del importe abonado cuando corresponda. 3. Que se me facilite por escrito el número de expediente de esta reclamación, así como la fecha de apertura de la misma. 4. Que se me informe de los plazos concretos previstos para solucionar definitivamente la incidencia. 5. Que esta reclamación quede registrada formalmente y se me remita justificante de su recepción. Dejo constancia de que ya he intentado resolver la situación directamente con Cecotec y que la falta de respuesta y de solución me está ocasionando perjuicios. En caso de no recibir una respuesta y solución satisfactoria dentro del plazo correspondiente, me reservo el derecho a presentar la correspondiente reclamación ante los organismos de Consumo competentes, aportando como prueba todas las comunicaciones mantenidas con Cecotec, incluido el correo electrónico en el que se reconoce la incidencia y se asigna el número de caso 04382630. Solicito que la respuesta a esta reclamación sea realizada por escrito. En Barcelona, a 12 de agosto de 2026. Firma: Jennifer Molina Rubio
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