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RESPUESTA A UNA AVERIA
Se comunico una averia de la lavadora, esta es de carga superior. Se encuentra en garantia. Se persono el tecnico y no pudo repararla en el momento, pues tenia que solicitar un motor y una placa para la referia lavadora. Pasada una semana, se persona el tecnico con el motor, lo instala y hace la prueba de funcionamiento sin carga de ropa. Al dia siguiente la persona que esta viviendo en la casa, realiza la carga de la lavadora con ropa, se pone en funcionamiento y realiza el lavado con normalidad. Al dia siguiente, se realiza la misma operacion de carga, pero pasados unos minutos, la lavadora hace un ruido estremecedor, como si rozase en algun mecanismo, como conclusion se bloquea y causa daños a puertas y visagra de la referida lavadora. Ante esta incidencia nos ponemos en contacto nuevamente con el servicio tecnico, y como respuesta se recibe un wassap con el siguiente texto "Jose Miguel, el presupuesto de la reparacion por la sustitucion del tambor es de 252,47 €, iva incluido" Todo esto sin personase y analizar los daños por el mal funcionamiento de la lavadora. Estas incidencia se ponen en conocimiento de la referida empresa, no teniendo contestacion a fecha de hoy, causando un perjuicio al interesado, en este caso una persona que tiene la casa alquilada y es el usuario de la referida lavadora.
Problema batería
Me parece lamentable que hayan tardado una eternidad para buscar la solución los ingenieros de Ford y si supieran que no cargando al 80% no habría problemas. No volveré a comprar otro Ford.
DEFECTO DE FABRICACION
Mi nombre es María Cruz Cazalilla, y adquirí una Peugeot Partner Tepee en el año 2.016, matrícula 7885JRS. Tengo un grado de minusvalía del 65%, movilidad reducida y una discapacidad en grado II severa. El vehículo que adquirí tuve que adaptarlo a mis posibilidades de conducción, incluso dado que donde vivía no tenían coches adaptados para poder examinarme del carnet de conducir, fue homologado para poder realizar las prácticas con él y obtener el carnet. Por tanto, además de la inversión en el vehículo, hubo que añadir la de la adaptación, que fue considerablemente cara. Todo ello para poder gozar de una cierta autonomía y no ser tan dependiente de otras personas. El vehículo ha venido funcionando correctamente hasta principios de Agosto de 2026. También es cierto que el uso que le he hecho en estos 10 años no ha sido mucho. Tiene actualmente 62.000 kilómetros y la gran mayoría de ellos los he hecho yendo de Almería a Jaén, para ver a mi familia. En Agosto me apareció un mensaje de error de motor y Urea en el cuadro. Pedimos cita en el servicio oficial de Peugeot en Roquetas de Mar, que es donde resido. Me hicieron la diagnosis del vehículo y el problema es el depósito de Urea. El cambio de ese depósito cuesta casi 1.200€ y está subvencionado su cambio si el vehículo tiene menos de 8 años y menos de 150.000 kilómetros, ya que se trata de una avería que le ocurre a TODOS los vehículos de esta marca y este modelo que llevan depósito addblue. Consultado en el Servicio Oficial, así como a otros mecánicos, me comentan que una vez realizada la reparación y después de pagar esos 1.200€, tengo una garantía de la reparación de 2 años y CON SEGURIDAD ese problema se va a repetir por ser un defecto de fabricación. No entiendo que un DEFECTO DE FABRICACION sea cual sea el tiempo transcurrido tenga de ser abonado por el cliente y en todo caso, si es abonado, que lo tenga que hacer permanente si quiere conservar el vehículo, que es lo que yo NECESITO hacer dada la adaptación e inversión por mi discapacidad que he tenido que realizar. Tampoco entiendo que si Peugeot sabe que ese problema existe, por qué no me ha comunicado esa incidencia antes de trascurrir los 8 años, para haber podido desplazarme a un taller oficial y realizar la SUSTITUCION SUBVENCIONADA. Esta mañana llamé al teléfono de atención al cliente de Peugeot España y me han confirmado que no puedo hacer otra cosa que pagar la reparación y pagar las siguientes cuando esto vuelva a ocurrir. Cerrando mi expediente telefónico abierto con el número 04499700. Por tal motivo SOLICITO, que dicho problema y por las circunstancias que explicado anteriormente, sea solucionado y financiado por Peugeot y caso de desestimar esta petición, que al menos se me garantice que NO VOLVERÉ A PAGAR MÁS POR ESA AVERIA durante el tiempo de vida útil en el que el vehículo sea de mi propiedad, o lo que es lo mismo GARANTIA DE POR VIDA de dicha reparación. Así al menos no tendré que seguir pagando por un defecto de fabricación. Espero ser atendida en mi solicitud, remitiendo este escrito tanto a Peugeot España ahora STELLANTIS &YOU Atención al Cliente, como al Concesionario y Taller Oficial de Roquetas de Mar y a la Oficina del Consumidor. Quedo a la espera de su respuesta lo antes posible, ya que hasta ser solucionado este problema, me dejan ustedes muy limitada en mi movilidad.
Reclamación por daños a la comunidad de vecinos
El pasado 9 de junio, un fontanero enviado por MAPFRE, compañía aseguradora de la Comunidad de Propietarios, accedió al inmueble con el objeto de realizar una inspección del estado de la bajante comunitaria, debido a los daños y filtraciones existentes en el local situado en la planta inferior del edificio. Para efectuar dicha comprobación, el profesional procedió a desmontar el inodoro e introdujo una cámara de inspección a través de la instalación, con la finalidad de visualizar el interior de la bajante, comprobar su estado y determinar el posible origen de los daños existentes. Una vez finalizada la intervención, el propio profesional volvió a instalar el inodoro. Sin embargo, dicha instalación no se realizó correctamente, quedando el sanitario con fugas de agua que no existían con anterioridad a su actuación. La incidencia fue comunicada al administrador de la finca a los pocos días de producirse, poniendo en su conocimiento que el problema había aparecido inmediatamente después de la intervención realizada por el profesional enviado por MAPFRE. A pesar de haberse comunicado lo sucedido, el profesional de MAPFRE no ha acudido posteriormente a reparar la instalación ni a subsanar los daños ocasionados. Esta falta de reparación ha provocado que las fugas procedentes del inodoro hayan continuado, llegando incluso a producir filtraciones de agua hacia el inmueble situado en la planta inferior. Por otra parte, hemos comunicado el siniestro a TUIO, compañía aseguradora de nuestra vivienda, que rechaza hacerse cargo de los daños al considerar que estos no proceden de una avería propia de nuestra instalación, sino de la incorrecta colocación del inodoro realizada por el profesional enviado por MAPFRE. Precisamente por este motivo, hemos solicitado a TUIO la cobertura de defensa jurídica de nuestra póliza, con la finalidad de poder reclamar frente a MAPFRE, la Comunidad de Propietarios y/o el profesional responsable los daños que nos han sido ocasionados. Sin embargo, TUIO también nos ha denegado dicha cobertura, dejándonos sin asistencia para reclamar unos daños que han sido ocasionados por un tercero y que son completamente ajenos a nuestra actuación.
Reclamación por avería recurrente y falta de solución por parte de Kia
El vehículo fue llevado a Kia Alcalá a mediados de julio de 2026 debido a problemas relacionados con el motor. En ese momento se me indicó que no debía seguir utilizando el vehículo, pero no pudieron darme cita hasta el 3 de agosto. El vehículo me fue entregado el 7 de agosto. Sin embargo, el 9 de agosto, cuando me dirigía a Miramar, volvieron a encenderse los testigos de avería de motor y gases y el vehículo perdió potencia, por lo que tuve que dejar de utilizarlo. Ante esta situación, conseguí una cita el 11 de agosto en Kia Gandía. Allí se realizaron nuevas comprobaciones y se me informó de problemas relacionados con los inyectores y los calentadores, entre otras cuestiones. Considero especialmente preocupante que, después de haber advertido previamente de la avería y de que el propio concesionario me indicara que no utilizara el vehículo, este fuera entregado y, apenas dos días después, volviera a presentar una avería grave, incluyendo pérdida de potencia y encendido de los testigos de motor y gases. Solicito que Kia se haga responsable de la reparación que corresponda, que se determine de forma clara y por escrito el origen de la avería y que se realicen las actuaciones necesarias para que el vehículo quede correctamente reparado, sin que tenga que asumir costes que correspondan a la garantía o a una reparación que ya debería haberse realizado correctamente. Asimismo, solicito que se tengan en cuenta todas las actuaciones realizadas anteriormente por los concesionarios Kia y que se me facilite por escrito el diagnóstico completo, las reparaciones efectuadas y las piezas que hayan sido sustituidas. Adjunto la documentación de la que dispongo, incluyendo justificantes, órdenes de reparación, diagnósticos, facturas y comunicaciones con los concesionarios. Solicito la intervención de OCU para que Kia dé una solución definitiva al problema y determine las responsabilidades correspondientes.
Reclamación por vicio oculto en motor 1.2 PureTech y fallo en servofreno
Me pongo en contacto con ustedes en relación con mi vehículo Peugeot 3008 motor 1.2 PureTech (130 CV). Presento esta reclamación formal debido a una avería crítica en el sistema de frenado (pérdida de asistencia y pedal completamente duro), provocada por la degradación prematura e imprevista de la correa de distribución en baño de aceite. Este problema deriva de un defecto de diseño y fabricación ampliamente reconocido por el fabricante, mediante el cual las partículas desprendidas de la correa contaminan el aceite del motor y obstruyen el circuito de vacío de la bomba del servofreno, generando un grave riesgo para la seguridad vial. Adjunto fotocopia de la factura de la reparación del sistema de vacío/servofreno, la factura del cambio de la correa de distribución y el historial disponible del mantenimiento del vehículo. SOLICITO el reembolso íntegro del importe abonado por la reparación del servofreno y la bomba de vacío, así como la asunción de responsabilidad por las intervenciones derivadas de este fallo endémico de fábrica. Sin otro particular, atentamente.
Se niegan a pintar el techo
Deseo interponer una queja formal contra la compañía Ocaso, aseguradora de mi comunidad de propietarios, en relación con una humedad en la cocina que no se resolvió. Con fecha 16 de abril de 2026, un operario enviado por Ocaso realizó una apertura en el techo de mi cocina por indicación de un perito de la compañía para localizar el origen de una humedad. Tras no encontrarse una causa, la compañía procedió a tapar dicho agujero con yeso/masilla a 27 de mayo (es decir, casi un mes y medio más tarde) pero se niega en redondo a pintar el techo, dejando la cocina con un parche visible que rompe por completo la estética de la estancia. La compañía argumenta que, al no haberse hallado el origen de la filtración, el siniestro no tiene cobertura. Sin embargo, impugno formalmente esta decisión basándome en los siguientes puntos: 1. Daño propio de la investigación: El agujero en el techo fue una acción directa y necesaria solicitada por el personal de Ocaso para realizar sus labores de comprobación. Los costes de exploración y los daños derivados de la misma corren a cargo del seguro. 2. Obligación de restitución al estado original: Dejar un parche de masilla sin pintar en mitad del techo de la cocina no es una reparación válida. La aseguradora está obligada a dejar el bien dañado por su propia exploración en las mismas condiciones en las que se encontraba antes de su intervención. Por todo ello, solicito a Ocaso que proceda a enviar a un operario de pintura de manera inmediata para pintar el techo de la cocina y unificar el color, completando así de forma correcta la reparación.
Reembolso y reparación del coche
A la atención del Departamento de Relaciones con el Cliente de Toyota España: Por la presente, me pongo en contacto con ustedes para interponer una reclamación formal y de máxima prioridad relativa a mi vehículo Toyota, modelo Toyota Corolla Touring Sport Matricula 5172KZP y 118600 kilómetros. El vehículo se encuentra actualmente, por tercera vez consecutiva, en las instalaciones del taller oficial Supra Gamboa Alcorcón en Av. San Martín de Valdeiglesias, 14, 28922 Alcorcón, Madrid. RELATO DE LOS HECHOS: Primera intervención (Diagnóstico y cobro erróneo): el día 11/06/2026 acudí al taller oficial debido a un fallo en el sistema de climatización: el caudal de aire pierde fuerza de forma drástica e inmediata al iniciar la marcha, quedándose prácticamente a cero. Tras mantener el vehículo retenido durante una semana completa, el taller me notificó que el fallo provenía de la centralita que controla el caudal de aire. Confiando en su criterio como servicio técnico oficial, aboné la cantidad de 1.481,45 euros por dicha reparación. Segunda intervención (Garantía y demora desproporcionada de más de 1 mes): Al retirar el vehículo, comprobé de inmediato que el fallo persistía exactamente igual. El coche tuvo que volver a ingresar el día 01/07/2026 en el taller bajo la garantía de la reparación efectuada. En esta segunda ocasión, el taller determinó que el problema era el ventilador del aire. El vehículo permaneció retenido en sus instalaciones durante más de un mes a la espera de recibir y reemplazar dicho recambio. A pesar de esta inaceptable espera y del cambio de pieza (asumido a coste cero por el taller), el coche me fue entregado sin solucionar el problema. Tercera intervención (Estado actual): El vehículo ha tenido que ingresar el día 07/08/2026 por tercera vez en el taller oficial con los mismos síntomas idénticos. Es evidente que tanto el diagnóstico inicial de 1.481,45 euros como la segunda intervención de más de un mes han sido completamente erróneos. Han sustituido piezas caras que funcionaban correctamente y el taller carece de la capacidad técnica para localizar la avería real. Debido a esta situación de absoluta indefensión como consumidor y al perjuicio ocasionado por los tiempos de espera, ya he procedido a interponer y firmar la correspondiente Hoja de Reclamaciones oficial de la Comunidad Autónoma contra el establecimiento. PETICIÓN FORMAL: Ante la gravedad de los hechos, el tiempo que he estado sin mi vehículo y la ineficacia del concesionario, exijo a Toyota España que adopte de inmediato las siguientes medidas: Intervención Técnica Centralizada: Solicito que la central de Toyota España asigne urgentemente a un Ingeniero Técnico de Zona para que supervise físicamente el diagnóstico de mi coche. Devolución de los 1.481,45 euros: Exijo el reembolso íntegro del importe abonado por la sustitución de la centralita en la primera intervención, al haberse demostrado fehacientemente que dicha pieza no era el origen de la avería técnica y que el diagnóstico facturado fue incorrecto. Mantenimiento del Vehículo de Sustitución: El taller me ha facilitado un coche de cortesía. Exijo el compromiso por escrito de que mantendré dicho vehículo de sustitución de forma totalmente gratuita hasta que mi coche sea reparado con éxito total y verificado conjuntamente en carretera. Adjunto a este correo electrónico las copias de la factura abonada de 1.481,45€, los resguardos de entrada y salida de taller (donde constan un mes de retención en la segunda visita) y la copia de la Hoja de Reclamaciones oficial ya presentada. A la espera de una respuesta inmediata y una solución en firme que evite la escalada de este caso a la vía del Arbitraje de Consumo o judicial.
PROBLEMA CON EL REEMBOLSO
Estimados/as señores/as: En fecha [04/04/2026] compré un sofá modelo HYLTRAP de 3 plazas. Me pongo en contacto con ustedes porque dicho producto se rompió, concretamente, una de las maderas de la parte lateral inferior debido a un defecto de calidad. Debido a esto, llamamos a IKEA para que viniese a revisar el producto, con el resultado de que este no quiso hacerse cargo de los daños al alegar un mal uso. Evidentemente, no estoy de acuerdo con dicha revisión, ya que en ningún momento hubo un mal uso sino un defecto de calidad. Adjunto fotocopia del tiquet de compra. SOLICITO que se tenga en cuenta esta reclamación para que nos realicen el cambio del producto, la reparación del producto o el reembolso. Sin otro particular, atentamente.
servicio postventa
1. Con fecha 11-12 de marzo de 2026 el reclamante adquirió a Clicars Spain, S.L.U. el vehículo descrito en el apartado 2, mediante contrato de compraventa firmado electrónicamente a través de Ivnosys Soluciones, S.L.U. La entrega del vehículo se produjo el día 11 de marzo de 2026, a las 17:30h. 2. El día 17 de marzo de 2026, aproximadamente una semana después de la entrega, se desprendió uno de los sensores del sistema de escape del vehículo, concretamente el ubicado a la salida del turbocompresor hacia el sistema de escape. Clicars derivó al reclamante al taller Icaria, sito en el Polígono P-29 de Collado Villalba (Madrid), donde se reparó esta primera incidencia. Esta incidencia y su reparación fueron gestionadas y comunicadas verbalmente entre las partes, sin que el reclamante disponga de orden de reparación o albarán escrito de dicha intervención. 3. Con posterioridad, el reclamante llevó el vehículo a su taller de confianza, Talleres La Meta, sito en el Polígono Industrial La Capellanía, Moralzarzal (Madrid), para una revisión, detectándose y comunicándose verbalmente al reclamante varias anomalías potenciales en: (i) el turbocompresor; (ii) los radiadores de refrigeración del motor; (iii) el intercooler; y (iv) numerosas grapas y bridas de sujeción de distintos componentes del compartimento motor, en estado defectuoso o inadecuado. Esta primera revisión no quedó reflejada en informe o presupuesto escrito, si bien sus conclusiones resultan corroboradas por el posterior documento "Resumen taller" emitido por la propia Clicars (hecho SEXTO), que recoge sustancialmente las mismas incidencias. 4. El reclamante comunicó estos hallazgos al servicio postventa de Clicars, manifestando expresamente su negativa a volver a llevar el vehículo al taller inicialmente designado por la empresa, al considerar que la primera intervención no había sido satisfactoria. Tras consultarlo, Clicars aceptó finalmente que el vehículo fuese reparado en sus propias instalaciones, confirmando cita para el jueves 25 de junio de 2026 a las 11:30h en su taller sito en Av. Laboral, 10, 28021 Madrid (correo electrónico "Cita confirmada + 8104KZD - Opel Astra + df", de fecha 11/06/2026), quedando el vehículo depositado en dicha fecha en las instalaciones de Clicars. 5. Mediante correo electrónico de fecha 30 de junio de 2026 ("8104KZD - Opel Astra + NPF"), el propio servicio de Clientes de Clicars confirmó por escrito, tras su inspección, los siguientes puntos detectados en el vehículo: Turbo, con ruido y presencia de aceite; Radiador, con grapas rotas debido a un impacto en el intercooler; Torpedo, con una grapa de sujeción rota en el lado derecho; Asientos, con leve presencia de óxido en los rieles; Caja de aire, descolocada por una goma suelta, quedando suspendida; y Distribución, pendiente de una nueva comprobación con el motor en frío. Este correo corrobora documentalmente, y por escrito de la propia Clicars, la existencia de las anomalías previamente detectadas por el taller de confianza del reclamante. 6. El vehículo permaneció en las instalaciones de Clicars durante un período aproximado de dos semanas desde su depósito el 25 de junio de 2026. Según el documento "Resumen taller" emitido por la propia Clicars, con fecha de taller 08/07/2026 y 126.599 km, se dejó constancia expresa de siete incidencias reportadas por el cliente: (1) turbo que no funciona bien porque "sopla"; (2) soportes del radiador partidos, los dos, más algunas piezas alrededor; (3) piezas sueltas en las pestañas de sujeción de "los limpios"; (4) asiento del conductor oxidado en las sujeciones; (5) filtro de aire con una parte rota que no encaja; (6) ruido en la distribución que solo se produce en frío; y (7) silbido constante. No obstante, en el apartado "Mecánica" del propio documento únicamente constan como trabajos efectivamente realizados la sustitución del turbo con su juego de juntas (turbo nuevo ref. 54389700031, juntas del turbo ref. JT10964) y el cambio de filtro y aceite de motor (ref. L1077 y 109471). Es decir, de las siete incidencias reportadas y documentadas por la propia Clicars, cinco de ellas (radiador, piezas sueltas, asiento oxidado, filtro de aire y ruido de distribución/silbido) no constan reparadas, sin que conste tampoco justificación técnica alguna de su rechazo. Asimismo, entre las piezas sustituidas del turbo no figura la junta del colector de escape, que resultaría averiada posteriormente. 7. Asimismo, el reclamante ha constatado que, desde la referida intervención de Clicars, falta el cubrecárter (protector inferior) situado bajo los radiadores, que no ha sido reinstalado tras la reparación, quedando expuestos los radiadores y demás componentes de la parte inferior del motor a golpes, agua, barro y otros elementos externos, con el consiguiente riesgo añadido de daños mecánicos. 8. Transcurridos aproximadamente 1.000 km desde la retirada del vehículo del taller de Clicars, se activó el testigo de avería del motor. El informe de diagnóstico profesional emitido el día 26 de julio de 2026, a las 10:53h (ref. TC0073589360, sobre el vehículo con bastidor W0VBD6EN8KG357222), refleja lo siguiente: "Módulo de control de motor. Existen 1 problema/s. 1. P1478 — Alta tensión en el circuito de temperatura del sensor de partículas." 9. Ante esta nueva incidencia, el reclamante volvió a acudir a su taller de confianza, donde se le informó de que en la reparación practicada por Clicars no se habían sustituido por piezas nuevas ni la junta del colector de escape ni otra junta del propio turbocompresor. Como consecuencia de ello, los gases de escape no depurados estaban derivando hacia el interior del habitáculo del vehículo, con el consiguiente perjuicio potencial para la salud de los ocupantes y riesgo añadido de incendio en el compartimento motor. 10. El reclamante contactó telefónicamente con el servicio postventa de Clicars para poner en conocimiento de la empresa esta grave incidencia de seguridad. Mediante correo electrónico de fecha 27 de julio de 2026 ("Cita confirmada en Clicars + ATC + [8104KZD]"), Clicars confirmó cita para el día 17 de agosto de 2026, a las 13:10h, en sus instalaciones de Av. Laboral, 10, 28021 Madrid; es decir, una demora de 21 días (casi tres semanas) desde el aviso de la avería hasta la fecha de cita ofrecida, plazo que el reclamante considera manifiestamente desproporcionado atendiendo a la naturaleza del riesgo descrito (entrada de gases al habitáculo y riesgo de incendio). 11. Ante la gravedad del riesgo (gases de escape no depurados en el habitáculo y riesgo de incendio) y la desproporción del plazo ofrecido por Clicars, el reclamante optó por no esperar a la cita ofrecida para el 17/08/2026 y sufragó por su cuenta, el día 14 de agosto de 2026, en su taller de confianza Talleres La Meta (Justo's Rivera, S.L., Pol. Ind. Capellanía, C/ Capellanía nº 23, 28411 Moralzarzal, Madrid), la sustitución de la junta del colector de escape y de la junta del turbo, así como reposición de refrigerante de motor, según albarán nº de fecha 14/08/2026, con el vehículo a 128.479 km, por un importe total de 498,00 € (69,00 € junta colector de escape + 19,00 € junta turbo + 10,00 € refrigerante motor + 400,00 € mano de obra, 8 horas).
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