Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
I. F.
05/09/2025

Cambio de fechas vuelo contratado

Contraté un viaje para dos personas desde Dubrovnik a Barcelona en el mes de febrero para viajar el 8 de agosto de 2025. Hubo un cambio de vuelo que se me comunicó de manera engañosa: en caracteres grandes y llamando mucho la atención se avisaba del cambio de horario (horarios anteriores tachados, nuevos horarios resaltados). El cambio de fecha no aparecía De esta manera, yo confirmé el cambio pues pensé que lo único que variaba era el horario, y cuál fue mi sorpresa al ver que los vuelos habían cambiado de día. Yo no podía viajar dos días antes de lo acordado. Me considero engañada por parte de Kiwi. Me devolvieron una sexta parte (56, 4€) del coste total del viaje ( 317€). El mensaje en el que se comunicaban los cambios, desapareció misteriosamente de mis dispositivos electrónicos. Después de intercambiar más de ocho correos, únicamente me remitían a la aerolínea, sin responsabilizarse de nada. No tiene sentido recurrir a un intermediario, si los problemas los tiene que resolver la compañía, en ese caso, contrataría el vuelo directamente.

Cerrado
D. P.
04/09/2025

Reclamación de compensación – Vuelo cancelado IB1172 – Reglamento (CE) 261/2004

Estimados/as señores/as: Mediante la presente, formulo reclamación formal por la cancelación de mi vuelo, al amparo del Reglamento (CE) 261/2004. Datos del vuelo: Número de vuelo: IB1172 Trayecto: Marsella (MRS) – Madrid (MAD) Salida del vuelo prevista: 18:00 del día 13/08/2025 Llegada del vuelo prevista: 19:45 del día 13/08/2025 Número de reserva: M66BS La cancelación fue notificada con menos de 7 días de antelación. Nos enviaron un correo electrónico de la cancelación a las 19:28 tras retrasarse el vuelo. El único ofrecimiento telefónico fue un vuelo posterior que no se ajustaba a nuestras necesidades, por lo que, a través de la aplicación, aceptamos un vuelo alternativo de Iberia. Este vuelo supuso nuestra llegada a destino con más de 3 horas de retraso sobre la hora inicialmente prevista. La causa alegada por Iberia fue una cuestión técnica, lo que según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea no constituye una circunstancia extraordinaria y, por tanto, no exime del pago de compensación. En virtud de los artículos 5 y 7 del Reglamento (CE) 261/2004, solicito: El abono de 250 € por tratarse de un vuelo de menos de 1500 km cancelado con menos de 14 días de antelación y sin causa extraordinaria. Adjunto copia del billete, de la notificación de cancelación del vuelo y del vuelo alternativo que aceptamos tras buscar nosotros en la aplicación. En caso necesario, dispongo del registro de la llamada realizada al servicio de atención al cliente de Iberia.

En curso
S. D.
29/08/2025

Reembolso vuelo AC820

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Toronto Internacional Pearson al de Barcelona El Prat, que tenía su salida a las 19:30 horas del día 20 del mes de Agosto de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 9:20 horas del día 21 de Agosto de 2025, con un coste del paquete de viaje de 2765,74€ incluyendo otros vuelos, y 1400 $CAD para el vuelo cancelado según apareció en la web de AIR CANADA a la que accedimos con el mensaje de texto recibido por AIR CANADA, y que posteriormente no hemos visto más. Únicamente se nos ha devuelto el coste de la maleta añadida que compramos (98€) pero no el billete cancelado. Adjunto los siguientes documentos: - Mensaje SMS de la cancelación emitido por Air Canada. - Comprobante de compra del paquete de vuelos a través de Trip.com con reembolso sólo de la maleta facturada: 98€. Nº de pasajeros: 2. Con 1 día de antelación del momento de partida, se me ha comunicado, la cancelación del trayecto contratado. SOLICITO el reembolso del importe de los billetes Sin otro particular, atentamente.

En curso
A. R.
29/08/2025

Cancelación de vuelo - Solicitud reembolso

A la atención del Departamento de Atención al Cliente Booking.com B.V. Herengracht 597 1017 CE Amsterdam Países Bajos Fecha: 29 de agosto de 2025 Asunto: Reclamación de reembolso por vuelo cancelado – Reserva M5DH9V Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal en relación con la reserva realizada, correspondiente a los vuelos IB391, IB6217, QR835 y IB392 con fecha de salida 25/06/2025 y vuelta 16/02/2025, operados por Iberia, que fueron cancelados y posteriormente anulados. Tras la cancelación, procedí a solicitar el reembolso correspondiente a través de su plataforma. Han transcurrido más de dos meses sin recibir el importe ni una respuesta satisfactoria. Me veo indefenso ante esta situación ya que Booking no me está asistiendo adecuadamente e incumplen su papel como intermediarios entre mi persona y la aerolínea, lo cual es su deber Adjunto a esta reclamación la siguiente documentación: - Confirmación de la reserva. - Notificación de cancelación del vuelo. - Billetes del primer trayecto de ida. SOLICITO el reembolso íntegro del importe pagado por el vuelo cancelado para todos los trayectos y todos los pasajeros, basándome en el Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable (como es mi caso) a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza. - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea. Atentamente, Álvaro Fco. Rodríguez Sáez

Cerrado
A. R.
29/08/2025

Cancelación de vuelo - Solicitud reembolso

A la atención del Departamento de Atención al Cliente Iberia Líneas Aéreas de España S.A. Operadora Calle Martínez Villergas, 49 28027 Madrid España Fecha: 29 de agosto de 2025 Asunto: Reclamación de reembolso por vuelo cancelado – Reserva M5DH9V Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal en relación con la reserva realizada, correspondiente a los vuelos IB391, IB6217, QR835 y IB392 con fecha de salida 25/06/2025 y vuelta 16/02/2025, operados por Iberia, que fueron cancelados y posteriormente anulados. Tras la cancelación, procedí a solicitar el reembolso correspondiente a través de Booking. Han transcurrido más de dos meses sin recibir el importe ni una respuesta satisfactoria. Adjunto a esta reclamación la siguiente documentación: - Confirmación de la reserva. - Notificación de cancelación del vuelo. - Billetes del primer trayecto de ida. SOLICITO el reembolso íntegro del importe pagado por el vuelo cancelado para todos los trayectos y todos los pasajeros, basándome en el Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable (como es mi caso) a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza. - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea. Atentamente, Álvaro Fco. Rodríguez Sáez

Cerrado
N. D.
29/08/2025

Problema con el reembolso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Venecia al de Barcelona, que tenía su salida a las 22:15h horas del día 12 del mes de enero de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 00:15 horas del día 13 de enero del 2025, con un coste de 89,98€. Adjunto los siguientes documentos: confirmación del vuelo. Nº de pasajeros: 2. En fecha 3 de diciembre del 2024, se me ha comunicado, esto es con más de 14 días de antelación, la cancelación del vuelo contratado, impidiéndome llegar al lugar de destino en la fecha prevista. Adjunto también la comunicación de cancelación y la comunicación del reembolso de la aerolínea. No se me ha reembolsado el importe de billete ni se me ha ofrecido transporte alternativo que haya aceptado. Solicito se me reembolse el importe abonado. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
M. V.
28/08/2025

compensacion por cancelacion

Hola , El pasado 2 Julio 2025 el vuelo directo Barcelona - Miami IB2629 operado por Level , se anuló en el momento de abrir la facturación . La compañía alegó motivos técnicos. El pasajero era mi hija menor de edad(Martina Masnou Vintró) que fue reubicada en un vuelo con escala en París , al día siguiente. Solicito la compensación de 600€ que legalmente corresponde por este hecho. Adjunto DNI de la pasajera Nuevo billete al dia siguiente Tarjeta de embarque del billete original Si necesitan cualquier otra cosa, no duden en pedírmela. Saludos

En curso
C. G.
26/08/2025

Problema con reembolso vuelo cancelado

Hola, realice una reserva en edreams de un vuelo desde Palma de Mallorca hasta Nueva York. Este vuelo tuvo cambios debido a una cancelacion que causó la aerolinea. Me dieron opcion a un vuelo alternativo y me dijeron que en un plazo de 48 horas me darian una confirmacion del vuelo nuevo. Pasaron casi dos semanas y aun no tengo confirmacion. Intenté hacer una reclamacion por el seguro XCover que te da eDreams, pero me dijeron que la reclamacion que hice no era valida ya que no estaba en mi “poliza”, algo que es mentira ya que claramente dice que el servicio es valido cuando un vuelo es cancelado o derivado. Hablo con eDreams y no paran de decirme lo mismo. Que los encargados de los departamentos de cancelaciones me tienen que dar una resolucion por email, pero nunca me envian nada. Estoy buscando un reembolso del 100% ya que yo no causé la cancelacion y nadie me da una solucion.

Cerrado
E. A.
26/08/2025

Not assume responsibility for canceling the outbound flight and failing to comply with the itinerary

Madrid, August, 25th 2025 To the attention of the Customer Service Department of Nesma Airlines: Subject: Reiteration of claim for cancellation of flight NMA5002 on August 1, 2025 – Rejection of out-of-court offer – Final notice prior to legal action My wife and me, hereby address you as a passenger affected by the cancellation of flight NMA5002, departing from Madrid-Barajas and bound for Aswan (Egypt), scheduled for August 1, 2025 at 13:40, with an expected arrival time of 19:35. The aforementioned flight was cancelled mid-route, after take-off and while in transit over the Mediterranean Sea, due to a technical failure involving a generator. This forced the captain to return to the departure airport, landing back in Madrid at 17:58. An alternative flight was offered on August 2, 2025 (MS3211), initially scheduled for 12:45, which also suffered a delay of more than three hours, ultimately arriving at the destination at 21:50 local time. Recently, we received a response from Nesma Airlines acknowledging the operational incident and offering an out-of-court compensation of €300. Through this communication, both passengers formally reject said offer, as it is clearly insufficient and contrary to applicable law. In accordance with Regulation (EC) No 261/2004 of the European Parliament and of the Council, and based on the case law of the Court of Justice of the European Union (Judgments C-402/07 – Sturgeon, C-581/10 – Nelson, and C-549/07 – Wallentin-Hermann), we reiterate our right to full compensation of €600 plus the ticket price per passenger, for the following legally substantiated reasons: 1. This is an intercontinental flight exceeding 3,500 km between an EU airport and a third country (Madrid–Aswan: 3,853.01 km). 2. The flight was cancelled after operations had begun, and arrival at the final destination occurred more than 24 hours later than originally scheduled. 3. The alleged cause (generator failure) does not constitute an extraordinary circumstance, as repeatedly interpreted by the CJEU. It is a malfunction related to the normal operation and routine maintenance of the aircraft, which is the direct responsibility of the airline. Additionally, we expressly denounce that flight NMA5002 took off with passengers on board despite not being in optimal technical safety conditions, as evidenced by the captain’s decision to interrupt the flight mid-route and return to the departure airport. This situation is particularly serious and may constitute a violation of current operational safety regulations, potentially leading to civil, administrative, or even criminal liability. Therefore, we expressly reserve the right to pursue additional legal actions for the risk to which passengers were exposed, as well as for any moral and psychological damages suffered, under the provisions of the Montreal Convention of 1999, the Spanish Air Navigation Law, and the Spanish Civil Code. FORMAL NOTICE In light of the above, and through this out-of-court communication, we formally request that Nesma Airlines, within a non-extendable period of seven (7) calendar days from receipt of this notice, proceed to: - Pay the legal compensation of €600, in accordance with Article 7 of Regulation (EC) No 261/2004. - Refund the full ticket price for the cancelled flight. - Reimburse the documented additional expenses incurred due to the cancellation and delay (accommodation, meals, transportation, etc.), in accordance with Article 9 of the aforementioned regulation. All of the above is issued with the LEGAL WARNING that if no satisfactory response is received within the stated period, we will immediately proceed to: - File a formal complaint with the Spanish Aviation Safety Agency (AESA) to initiate the corresponding sanctioning procedure. - Submit a report to the competent aviation authorities regarding the possible breach of air safety standards. - Initiate the appropriate legal actions, both civil and, if applicable, criminal, for the damages resulting from the contractual breach and the operational risk to which we were improperly exposed as passengers. We await a resolution in accordance with the law within the indicated timeframe. We are attaching the official claim submitted on August 2nd, 2025. If we do not receive a favorable response within the next seven (7) days, we will file a complaint with AESA once the one-month period has elapsed.

Cerrado
E. A.
26/08/2025

No asumen responsabilidad al cancelar en pleno vuelo de ida a Egipto por causas técnicas imputables

Asunto: Reiteración de reclamación por cancelación del vuelo NMA5002 del 1 de agosto de 2025 – Rechazo de oferta extrajudicial – Último requerimiento previo a acciones legales Mi mujer y yo, en calidad de pasajeros afectados por la cancelación del vuelo NMA5002, con origen en Madrid-Barajas y destino Aswan (Egipto), programado para el 1 de agosto de 2025 a las 13:40 horas, con llegada prevista a las 19:35 horas. El vuelo mencionado sufrió una cancelación en ruta, tras haber despegado y estar en tránsito sobre el mar Mediterráneo, como consecuencia de un fallo técnico derivado de un generador, lo cual obligó al comandante a regresar al aeropuerto de origen y aterrizar de nuevo en Madrid a las 17:58 horas. Posteriormente, se ofreció un vuelo alternativo el 2 de agosto de 2025 (MS3211), inicialmente previsto para las 12:45 horas, que también sufrió un retraso superior a tres horas, llegando finalmente a destino a las 21:50 horas (hora local). Con fecha reciente, hemos recibido una respuesta por parte de Nesma Airlines en la que se reconoce la incidencia operativa y se ofrece, de forma extrajudicial, una compensación económica de 300 euros. A través de la presente, ambos pasajeros rechazamos formalmente dicha oferta, por cuanto resulta manifiestamente insuficiente y contraria a derecho. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, y en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencias C-402/07 – Sturgeon, C-581/10 – Nelson, y C-549/07 – Wallentin-Hermann), reiteramos que tenemos derecho a una compensación económica íntegra de 600 euros más el precio del billete por cada pasajero, por los siguientes motivos jurídicamente fundamentados: 1. Se trata de un vuelo intercontinental superior a 3.500 km entre un aeropuerto de la Unión Europea y un país tercero (Madrid–Aswan: 3.853,01 km). 2. El vuelo fue cancelado tras el inicio de la operación y la llegada a destino final se produjo con más de 24 horas de retraso respecto a la hora prevista inicialmente. 3. La causa alegada (fallo técnico del generador) no constituye una circunstancia extraordinaria, según interpretación reiterada del TJUE. Se trata de una avería vinculada al funcionamiento habitual y mantenimiento ordinario de la aeronave, cuya gestión es responsabilidad directa de la compañía aérea. Adicionalmente, denunciamos expresamente que la aeronave del vuelo NMA5002 despegó con pasaje a bordo a pesar de no encontrarse en condiciones óptimas de seguridad técnica, como quedó en evidencia tras la decisión del comandante de interrumpir el vuelo en plena ruta y retornar al aeropuerto de origen. Esta situación representa un hecho de especial gravedad, que podría constituir una vulneración de la normativa vigente en materia de seguridad operacional, y dar lugar a responsabilidades civiles, administrativas o incluso penales. Por lo tanto, nos reservamos expresamente el ejercicio de acciones legales adicionales por el riesgo al que fuimos sometidos los pasajeros, así como por los posibles daños morales y psicológicos sufridos, al amparo de lo dispuesto en el Convenio de Montreal de 1999, la Ley de Navegación Aérea, y el Código Civil español. REQUERIMIENTO Por todo lo expuesto, y mediante la presente comunicación extrajudicial, requerimos formalmente a Nesma Airlines para que, en el plazo improrrogable de siete (7) días naturales desde la recepción de esta notificación, proceda a: 1. Abonar la compensación legal de 600 euros, conforme al artículo 7 del Reglamento (CE) nº 261/2004. 2. Reembolsar el precio íntegro del billete correspondiente al vuelo cancelado. 3. Reembolsar los gastos adicionales acreditados derivados de la cancelación y el retraso (alojamiento, manutención, transporte, etc.), conforme al artículo 9 del citado reglamento. Todo ello bajo la ADVERTENCIA LEGAL de que transcurrido dicho plazo sin respuesta satisfactoria, procederemos de inmediato a: • Presentar reclamación formal ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para la apertura del correspondiente expediente sancionador. • Formular denuncia ante las autoridades aeronáuticas competentes respecto a la posible infracción de los estándares de seguridad aérea. • Iniciar las acciones judiciales pertinentes, por vía civil, y en su caso penal, por los perjuicios derivados del incumplimiento contractual y del riesgo operativo al que fuimos indebidamente expuestos como pasajeros. Sin otro particular, quedamos a la espera de una resolución ajustada a derecho dentro del plazo indicado.

Cerrado

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