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Retraso de más de 3 horas en Vueling
Hola buenas tardes, el pasado día 11 dd julio tuvo lugar un retraso que fue muy superior a 3 horas, el avión que parte desde Santiago de Compostela con destino a Barcelona estaba programado para embarcar a las 11:45 de la mañana dicho embarque se realizó finalmente a las 16:45 de la tarde, eso ya corresponde a 4 horas de retraso, como estipula mi derecho al decreto ley del reglamento (CE) N° 261/2004 del Parlamento Europeo que cita así: Los pasajeros cuyos vuelos lleguen a su destino final con un retraso igual o superior a 3 horas (fueron 4) tienen derecho a una compensación económica idéntica a la de una cancelación, para la distancia de este vuelo peninsular me corresponde por estricto derecho una indemnización de 250€ dicho retraso contabiliza desde su hora programada hasta la llegada en tierra del vuelo a su destino y en ese vuelo aterricé a las 18:56 como marca en la web de Vueling en el apartado "estado de vuelo" estuve esperando un total de 7 horas hasta que llegué a mi destino, perdiendo así un tiempo muy valioso para mis propósitos en el lugar, quiero dejar constancia en mi denuncia que he intentado por todos los medios ponerme en contacto con Vueling en su página oficial no deja abrir reclamaciones o enviar solicitudes de compensación debido a un "error de pagina" que parece ser mas bien mal intencionado para obstaculizar dicho trámite, llamé a atención al cliente y me dijeron que me contestarian por email en un plazo de 10 días, y la contestación que obtuve fué que el retraso fué menor dd 3 horas y que no iban a ejercer mi derecho a compensación, esta afirmación es completamente mentira ya que como digo el retraso se produjo claramente en más de 3 horas además cuento con todas las pruebas del estado de vuelo, fotografias en panel de información en el propio aeropuerto, con factura y tarjeta de embarque, adjunto documentos. Además quiero dejar constancia de que el vuelo se retrasó por motivos operacionales y no por motivos climáticos tal y como indica en una de las capturas que realicé del estado de vuelo, por lo que reafirma mis motivos para ejercer dicho derecho.
Reclamación a Ryanair por retraso y desvio del vuelo y denegación de asistencia
ASUNTO: Reclamación formal a RYANAIR por retraso nocturno masivo (>10h), desvío de vuelo y denegación de asistencia (Vuelo FR4173 - Reserva B2R7KT) A LA ATENCIÓN DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE RYANAIR / MEDIACIÓN OCU: Por medio del presente escrito, Dña. Sandra Gago Braulio (en nombre propio y en representación de D. Rafael Quislant Del Barrio, según autorización adjunta), presento reclamación formal contra RYANAIR DAC tras la denegación arbitraria de nuestra solicitud en su plataforma. La aerolínea pretende justificar el impago alegando el cierre del aeropuerto de Faro, ocultando deliberadamente que dicho cierre fue la consecuencia directa de una cadena de negligencias y de un retraso de más de 5 horas en origen, el cual consta documentalmente en sus propios comunicados. CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS Y PRUEBAS DOCUMENTALES: 1. Retraso inicial en origen (Correo 1): Vuelo FR4173 (Karlsruhe/Baden-Baden - Faro) programado para el 16/07/2026 a las 17:30 h. Ryanair notifica antes de despegar un retraso hasta las 20:15 h por motivos operativos/técnicos de la propia compañía. 2. Retención prolongada a bordo (Correo 3): Tras embarcar, somos retenidos dentro de la aeronave casi 4 horas. Ryanair nos envía una notificación confirmando que nos encontramos retenidos en pista ("Como ya estás a bordo..."). 3. Reconocimiento de 5 horas de retraso (Correo 4): Estando aún dentro del avión, la aerolínea envía un tercer correo en el que admite textualmente un retraso de 5 horas desde la hora original de salida y menciona el Reglamento CE nº 261/2004. 4. Desvío a Lisboa y reconocimiento de falta de transporte (Correo 5): Debido al retraso de 5 horas en Karlsruhe, el avión no llega a Faro por encontrarse el aeropuerto ya cerrado por horario nocturno, desviándose a Lisboa. Tras dejarnos desamparados de madrugada sin autobús, hotel ni comida, a las 03:10 AM del día 17/07 nos envían un correo en el que nos instan literalmente a "llegar a su destino final por su cuenta y conservar todos los recibos de gastos". 5. Reprogramación en un vuelo posterior FR941 (Correo 6 Correo recibido a las 06:33 AM): Finalmente, Ryanair nos asigna un nuevo vuelo (FR941 Lisboa-Faro) para las 06:30 h del día 17/07/2026, llegando a Faro con más de 10 horas de retraso acumulado respecto a la llegada prevista originalmente la noche anterior. FUNDAMENTOS DE DERECHO: • Derecho a Compensación Económica (Reglamento CE nº 261/2004): El Tribunal de Justicia de la UE (Asuntos acumulados Sturgeon, Wallentin-Hermann) establece el derecho a compensación por retrasos en destino superiores a 3 horas. El cierre de Faro no es una causa extraordinaria, sino la consecuencia previsible e inevitable de un retraso de 5 horas generado en origen por la propia aerolínea. Al ser un vuelo de más de 1.500 km, corresponden 400 € por pasajero (Total: 800 €). • Origen real del retraso (Avería técnica): A pesar de que Ryanair pretende excusarse alegando la existencia de una tormenta en la zona para no abonar la compensación, la información facilitada directamente por el asistente de su propia aplicación móvil durante las horas de espera confirmó que la causa real del retraso de 5 horas fue una avería/fallo técnico en la aeronave. Las averías mecánicas forman parte de la operativa normal de una aerolínea y jamás se consideran "circunstancia extraordinaria" eximente de responsabilidad. • Incumplimiento del Deber de Asistencia y deficiencia en el Deber de Asistencia: (Art. 8 y 9): Ryanair expresamente reconoció su incapacidad para proporcionarnos transporte terrestre u hotel de madrugada. A lo largo de las más de 5 horas de retraso y el posterior confinamiento dentro de la aeronave, la aerolínea se limitó a entregar únicamente una pequeña botella de agua y un snack a los pasajeros, incumpliendo de forma flagrante lo estipulado en el Artículo 9 del Reglamento (CE) nº 261/2004 en cuanto al suministro de comida y bebida suficiente en función del tiempo de espera. PETICIÓN: 1. El abono de la compensación legal de 800 € (400 € x 2 pasajeros). 2. El reembolso íntegro de todos los gastos de transporte, manutención o derivados en los que hubiéramos tenido que incurrir por la falta de asistencia de la compañía en Lisboa. Documentación adjunta: • Copia de la secuencia completa de 6 correos electrónicos de Ryanair. • Autorización de representación firmada y DNI de ambos pasajeros. • Justificantes/facturas de los gastos ocasionados. Atentamente, Sandra Isabel Gago Braulio y Rafael Quislant del Barrio
Ida retraso de más de 3 horas y vuelta retraso de más de 4 horas
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de El Prat Barcelona al de Ibiza, que tenía su salida a las 21:55 horas del día 17 del mes de Julio de 2026 por lo que la llegada normal a Ibiza debería haber tenido lugar a las 22:55 horas del día 17 de Julio. Sin embargo, llegamos más de las 2:00 am. La vuelta tuvo que ser el 20 de Julio a las 20:10 horas y salimos pasada la 1:10 am. No había incidencias ni en la ida ni la vuelta, porque Vueling voló sin problemas ni retrasos a Ibiza. Mi reserva es R4PBQQ Nº de pasajeros: 2. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica de 250€ por persona y vuelo que corresponde conforme a la legislación europea. Es decir, 1,000€ de compensación económica, ya que perdimos el ferry el 17 de Julio a nuestro destino final que era Formentera.
RECLAMACIÓN POR DENEGACIÓN DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA (REGLAMENTO (CE) 261/2004)
El día 5 de julio de 2026 tenía reservado, junto con otros cinco pasajeros, el vuelo FR2997 de Ryanair con origen en Nápoles (Italia) y destino Zakynthos (Grecia). Es cierto que el vuelo previsto para el día 5 de julio sufrió un retraso que impidió su salida ese mismo día, por lo que todos los pasajeros tuvimos que permanecer en Nápoles y pernoctar allí. Sin embargo, al día siguiente, 6 de julio de 2026, Ryanair nos indicó que debíamos regresar al aeropuerto porque el vuelo reprogramado saldría a las 09:30 horas. Acudimos al aeropuerto conforme a las instrucciones recibidas, pero el vuelo volvió a sufrir sucesivos retrasos durante toda la jornada y no despegó finalmente hasta las 18:45 horas, manteniéndonos durante todo el día en el aeropuerto sin una explicación suficiente sobre las causas de este nuevo retraso. Posteriormente, Ryanair ha rechazado nuestra solicitud de compensación económica alegando que el retraso fue consecuencia del incumplimiento del toque de queda del aeropuerto de Zakynthos debido al cierre de la pista del aeropuerto de Nápoles en vuelos anteriores. No obstante, considero que dicha explicación no acredita suficientemente las circunstancias extraordinarias exigidas por el artículo 5.3 del Reglamento (CE) n.º 261/2004, ni justifica el retraso adicional sufrido el 6 de julio, cuando el vuelo que debía salir a las 09:30 horas terminó despegando aproximadamente a las 18:45 horas. Ryanair no ha aportado documentación que demuestre que ese retraso adicional obedeciera también a circunstancias extraordinarias inevitables ni que hubiera adoptado todas las medidas razonables para evitar o reducir el retraso. Por ello, solicito que se revise la decisión adoptada por Ryanair y que, si la compañía no acredita debidamente las circunstancias extraordinarias exigidas por la normativa europea, se reconozca el derecho de los pasajeros a percibir la compensación económica prevista en el Reglamento (CE) n.º 261/2004. Quiero dejar constancia de que esta reclamación se refiere exclusivamente a la denegación de la compensación económica. La reclamación presentada por los gastos de alojamiento, manutención y transporte derivados del retraso continúa actualmente en tramitación ante Ryanair y aún no ha sido resuelta. Asimismo, cabe destacar que Ryanair no emitió nuevas tarjetas de embarque para el vuelo del día 6 de julio de 2026, sino que utilizó las mismas tarjetas de embarque correspondientes al vuelo originalmente programado para el día 5 de julio de 2026. Este hecho evidencia que la compañía consideró el vuelo operado el día 6 como la continuación o reprogramación del vuelo inicialmente contratado y no como un vuelo distinto, por lo que resulta aún más necesario que justifique no solo el retraso inicial del día 5, sino también las causas que motivaron que el vuelo reprogramado, previsto para las 09:30 horas del día 6, no despegara finalmente hasta aproximadamente las 18:45 horas.
Reclamación por retraso de vuelo
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid - Barajas al de Gran Canaria, que tenía su salida a las 20:00 horas del día 06 del mes de Julio de 2025 por lo que la llegada normal a Gran Canaria debería haber tenido lugar a las 21:50 horas del día 06 de Julio de 2025. Adjunto los siguientes documentos: - Factura de compra del billete - Tarjeta de Embarque - Recibo de taxi al llegar al aeropuerto de Gran Canaria - Captura de pantalla donde indica el retraso. - Reclamación hecha a Binter - Reclamación presentada de forma telemática ante AESA. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada, en concreto 5 horas 14 minutos. A la reclamación puesta en el aeropuerto de Madrid en la oficina de Binter me contestaron diciendo que tenía un vuelo gratuíto de ida a Gran Canaria cuando yo quisiera, lo cual no está conforme a la normativa actual. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. LUIS ANTONI RUBIO RUBIO
Indemnización vuelo retrasado
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de MADRID al de MENORCA, que tenía su salida a las 13:20h horas del día 10/07/2026 por lo que la llegada normal a Menorca (Mahón) debería haber tenido lugar a las 14:55 horas del día 10/07/2026. Adjunto los siguientes documentos: tarjetas de embarque de ambos pasajeros que fuimos afectados con la reserva con localizador: FUZFJF. Desde Ryanair nos indican que desestiman el derecho a indemnización según Reglamento EU261 , debido a que el motivo del retraso fue lo que ellos consideran una situación extraordinaria por impacto de ave en la aeronave que iba a realizar el vuelo. Debido a que el vuelo fue retrasado 10 horas, el motivo de retraso no corresponde a una medida extraordinaria si no a una mala gestión de la empresa al no proporcionar un nuevo vuelo en un tiempo menor, ya que nos indicaron que no disponían de los mismos y hubo que esperar a que otra aeronave quedase libre. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Pago de indemnización por vuelo retrasado más de 3 horas
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Ibiza al de Valencia, que tenía su salida a las 14:10 horas del día 10 del mes de julio de 2026 por lo que la llegada normal a Valencia debería haber tenido lugar a las 15:00 horas del día 10. Adjunto los siguientes documentos: - tarjeta de embarque - el billete de avión El vuelo sufrió un retraso de más de 11 horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
El problema con el reembolso
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [...] al de [...], que tenía su salida a las [...] horas del día [...] del mes de [...] de [...] por lo que la llegada normal a [...] debería haber tenido lugar a las [...] horas del día [...]. El importe total abonado por los billetes ascendió a [...] euros. Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. los billetes de avión, tarjeta de embarque y la factura…] El vuelo sufrió un retraso de más de […] horas en la hora de llegada. Asimismo, no se me dio la asistencia y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura [ adjuntar las factura de los gastos realizados p.ej: tickets de la comida, del alojamiento si tuvo que pernoctar, del transporte del aeropuerto hasta el lugar de alojamiento… ] Solicito se me abone en concepto de indemnización por los daños y perjuicios padecidos, la cantidad de [……€]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
No activaron nuestra garantia de autotransferencia
Por la presente, presento una reclamación formal por incumplimiento contractual de las condiciones de la Garantía de Auto-transferencia (Self-Transfer Guarantee) contratada y pagada para nuestra reserva con referencia 1129-175-853 and 1120-535-964, correspondiente a un grupo de 6 pasajeros. El pasado sabado 20 de Junio de 2026, el primer vuelo operado por Ryanair sufrió un retraso que imposibilitaba físicamente llegar a tiempo para el vuelo de conexión. Cumpliendo estrictamente con sus Términos y Condiciones, procedimos a contactarles antes de la pérdida del segundo vuelo para activar la garantía de autotransferencia. 1. Constancia de Avisos Telefónicos (Llamadas Grabadas): Les notificamos la incidencia telefónicamente a través de su línea de soporte oficial. Exigimos expresamente que localicen y revisen las grabaciones de seguridad de dichas llamadas, las cuales sirven como prueba legal de nuestra notificación en tiempo y forma: •Primera llamada: Realizada el día 20/06/2026 a las 14:17 desde el número 600442122. En esta llamada el agente nos confirmó que la garantía quedaba activada, que no había ningún problema y nos instruyó a volver a contactar al llegar al aeropuerto de escala. •Llamadas de seguimiento: Realizadas desde el mismo número a las 17:20, 18:26, 20:09 y desde el 630376563 a las 13:46 y 19:26. 2. Incumplimiento Contractual en el Chat Posterior: Al contactarles en la escala a través de su servicio de chat web, su agente se negó en rotundo a aplicar las coberturas contratadas, ofreciendo una compensación ridícula de 158 € en total para los 6 pasajeros. El agente afirmó falsamente que no nos correspondía asistencia para vuelos, hotel ni manutención. Aunque su sistema no facilita copia automática del chat al usuario, dicha conversación queda registrada obligatoriamente en sus servidores bajo nuestro identificador de reserva, por lo que les instamos a su inmediata revisión interna. 3. Exigencia Legal de Cobertura: Sus propios Términos y Condiciones estipulan por escrito que la Garantía de Auto-transferencia cubre un transporte alternativo de hasta 500 € por pasajero (un total de 3.000 € para nuestro grupo), además de alojamiento y manutención. Debido a su negativa de asistencia y dejación de funciones, nos dejaron en una situación de absoluta desprotección en el aeropuerto de escala, siendo avisados de que viajabamos con niños y viendonos obligándonos a costear los gastos de nuestro propio bolsillo. Adjunto a este correo los siguientes justificantes: -Aviso de Goto gate por e-mail de que Ryanair sufre retraso en vuelo y de que contactemos para activar nuestra garantia de autotransferencia. -E-mails de Goto gate en contestación a nuestras llamadas, dejando constancia de que estas se realizaron en el tiempo en que fueron requeridas. -Condiciones de nuestra garantía de autoconexión. -Gastos de la empresa de autobuses que nos traslada del aeropuerto de Wezze al aeropuerto de Dusseldorf. (Solo salian vuelos desde ese aeropuerto hacia nuestro destino) -Gastos de la nueva reserva con los nuevos vuelos. -Registros de llamadas telefónicas Les requiero formalmente para que procedan a la apertura inmediata de un expediente de contingencia y nos den una solución económica real en un plazo máximo de 48 horas. Quedo a la espera de su respuesta urgente. Atentamente, Tatiana Onate Martinez (630376563)
Retraso vuelo Ryanair
Por medio de la presente, interpongo una reclamación formal por el grave perjuicio ocasionado por el retraso de mi vuelo de ida (Madrid-Palma). Adquirí un billete de ida y vuelta para viajar el día 29/06/26 a Palma de Mallorca y regresar el mismo día, ya que debía de asistir a un evento en dicha ciudad a las 11,30, por ello, reservé el vuelo de ida nº FR2061 con salida a las 08,30 de Madrid Barajas a fin de llegar con suficiente antelación. El mismo día del viaje, ya en la zona de embarque y tras pasar los controles de seguridad de pasajeros recibo a través la aplicación de myRyanair un aviso del retraso de mi vuelo indicando nueva hora de salida estimada a las 13,00. Como consecuencia directa de este retraso resulta imposible asistir al evento objeto de este viaje , ya que la hora estimada de llegada eran las 14,30. Ante esta situación carece de sentido viajar a Palma y no poder acudir al evento. Además esta circunstancia, provocó también la pérdida del vuelo de regreso de Palma en el vuelo nºFR2054. Por todo lo expuesto solicito: el reembolso integro del importe abonado por los vuelos de ida y vuelta a Palma por causas imputables a la compañía aérea como consecuencia del incumplimiento del contrato de transporte (Reglamento CE nº 261/2004), teniendo en cuenta que la finalidad del viaje quedó completamente frustrada como consecuencia del retraso de casi cinco horas. Adjunto documentación. En caso de necesitar más información no duden en solicitarla. Atentamente PHM Reserva Ryanair U94DWH
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