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Inmovilización de vehículo en garantía
RECLAMACIÓN FRENTE A BMW IBÉRICA / MINI ESPAÑA Formulo reclamación frente a BMW Ibérica / MINI España por la inmovilización prolongada de mi vehículo, la demora en su reparación y la negativa a proporcionarme las prestaciones de asistencia y movilidad previstas en las Condiciones de Garantía MINI. Soy propietaria de un MINI Cooper SE eléctrico, adquirido nuevo en diciembre de 2023 mediante financiación MINI Select de BMW Financial Services y con aproximadamente 13.000 km en el momento de la avería. El vehículo se encuentra en garantía y continúo abonando las cuotas de financiación pese a no poder utilizarlo. HECHOS El 25 de julio apareció en el vehículo un aviso indicando que debía revisarse el sistema de propulsión. El 27 de julio contacté telefónicamente con AUTOSA, Taller Autorizado MINI, para solicitar una cita y revisar dicho aviso. Aunque la aplicación MINI mostraba disponibilidad de citas, AUTOSA me informó de que dicha disponibilidad no era real y que tendría que esperar aproximadamente dos semanas. Ante esta demora y mi preocupación por el aviso, busqué otro taller de la red oficial y conseguí cita en Gijón para el 3 de agosto. Sin embargo, el propio 27 de julio el vehículo quedó completamente inmovilizado, por lo que fue necesario que una grúa de mi compañía de seguros lo trasladara a AUTOSA. La cita del 3 de agosto tuvo que ser anulada. Por tanto, antes de la inmovilización definitiva ya había comunicado la incidencia a un Taller Autorizado MINI y solicitado su revisión. BMW/MINI puede comprobar con AUTOSA el registro de dicha llamada y solicitud de cita. DIAGNÓSTICO Y REPARACIÓN AUTOSA diagnosticó la necesidad de sustituir el radiador del sistema de refrigeración, intervención de aproximadamente 1.900 euros que BMW/MINI ha aceptado íntegramente en garantía. El taller también me ha advertido de que la sustitución del radiador no permite descartar otros posibles daños. En la documentación de reparación consta expresamente: “NO SE PUEDEN DESCARTAR DAÑOS EN ALTO VOLTAJE”. La reparación incluye sustitución del radiador, intervención sobre el circuito de refrigeración, programación/codificación, borrado de averías, prueba en carretera y nuevo diagnóstico. Se me comunicó que la reparación podría prolongarse aproximadamente un mes. A fecha de esta reclamación sigo sin mi vehículo reparado y sin vehículo de sustitución. La avería se produjo estando en Asturias, mientras que mi domicilio se encuentra en Madrid, por lo que el vehículo permanece inmovilizado a varios cientos de kilómetros de mi domicilio. NEGATIVA DE MINI A FACILITAR ASISTENCIA He contactado reiteradamente con Atención al Cliente MINI, incluso varias veces en un mismo día, sin obtener una solución efectiva. MINI me indica que no está obligada a proporcionarme vehículo o asistencia porque, cuando el coche quedó inmovilizado, utilicé la grúa de mi seguro en lugar de contactar con MINI Mobile Care. Sin embargo, esta interpretación no parece corresponderse con las propias Condiciones de Garantía MINI. El apartado 2.1.3.6 establece que, cuando el vehículo queda inmovilizado por una avería consecuencia de un defecto de origen cubierto por la Garantía Comercial MINI, el titular tendrá derecho a las prestaciones allí previstas y señala que deberá contactar previamente con: “el Servicio MINI Mobile Care o con un Taller Autorizado MINI”. La condición no exige exclusivamente contactar con MINI Mobile Care, sino que contempla expresamente como alternativa el contacto con un Taller Autorizado MINI. En mi caso, antes de la inmovilización había contactado con AUTOSA precisamente por el aviso de propulsión y para solicitar su revisión. La imposibilidad de obtener una cita próxima fue lo que me llevó a buscar otro taller oficial. Las mismas condiciones establecen que, cuando el vehículo se encuentra inmovilizado a más de 50 km del domicilio y la reparación no puede finalizarse en cuatro horas, el titular puede optar entre determinadas prestaciones, con un límite total máximo de gasto de 650 euros por avería. Entre ellas figura: “Cesión de otro vehículo durante un máximo de 3 días laborables más fin de semana en territorio nacional”. Soy consciente de que esta cláusula no garantiza un vehículo durante todo el período de reparación. Lo que reclamo es que MINI está denegando incluso las prestaciones previstas basándose exclusivamente en no haber utilizado MINI Mobile Care, cuando sus propias condiciones admiten el contacto previo con un Taller Autorizado MINI. Además, las condiciones contemplan: “Repatriación/entrega a domicilio del vehículo cuando la distancia entre el lugar de la inmovilización por la avería y el lugar de entrega sea superior a 100 km y si el periodo de reparación es superior 3 días laborables”. Mi vehículo se encuentra en Asturias, mi domicilio está en Madrid y la reparación supera ampliamente dicho plazo. PERJUICIO OCASIONADO Se trata de un vehículo comprado nuevo, con aproximadamente 13.000 km, completamente inmovilizado por una avería cuya reparación BMW/MINI ha aceptado en garantía. Mientras tanto, sigo pagando íntegramente las cuotas de mi financiación MINI Select de BMW Financial Services, sin poder utilizar el bien financiado, sin vehículo de sustitución y sin una fecha cierta de reparación. Además, el propio taller todavía no puede descartar posibles daños en el sistema de alta tensión. SOLICITO Por todo ello, SOLICITO A BMW IBÉRICA / MINI ESPAÑA: 1. Que revise inmediatamente la negativa a proporcionarme asistencia y tenga en consideración mi contacto previo con AUTOSA, verificando con dicho Taller Autorizado MINI el registro de mi llamada y solicitud de cita. 2. Que aplique las prestaciones de movilidad que me correspondan conforme al apartado 2.1.3.6 de las Condiciones de Garantía MINI, incluida la cesión temporal de otro vehículo si concurren los requisitos establecidos. 3. Que, dada la duración excepcional de la inmovilización, proporcione una solución de movilidad adecuada mientras se completa la reparación. 4. Que gestione la entrega/repatriación del vehículo reparado a Madrid, conforme a la prestación prevista para inmovilizaciones a más de 100 km cuando la reparación supera tres días laborables. 5. Que me comunique por escrito una fecha estimada de finalización de la reparación y el estado actual de la misma. 6. Que antes de entregarme el vehículo se realicen todas las comprobaciones necesarias del sistema de alta tensión y batería, y se me facilite por escrito el diagnóstico definitivo, reparaciones realizadas y resultado de dichas comprobaciones. 7. Si BMW/MINI mantiene la negativa a reconocer las prestaciones de asistencia, solicito una respuesta escrita y motivada, indicando la cláusula contractual concreta que exige haber solicitado necesariamente la grúa mediante MINI Mobile Care, teniendo en cuenta que el apartado 2.1.3.6 establece expresamente el contacto previo con “MINI Mobile Care o con un Taller Autorizado MINI”. Solicito una respuesta y solución efectiva con carácter urgente. En caso contrario, me reservo el ejercicio de las acciones que me correspondan para la defensa de mis derechos como consumidora. Atentamente, Cristina
RECLAMACIÓN POR DISCONFORMIDAD CON PRODUCTO DEFECTUOSO
Pedido: #1023052 Fecha de compra: 1 de julio de 2026 EXPONE: Que en fecha 1 de julio de 2026 adquirí en el establecimiento online de Polo Club un par de sandalias, mediante el pedido #1023052, conforme acredito con la factura/justificante de compra que adjunto. Que transcurrido un breve periodo de tiempo (menos de un mes) desde la recepción del producto, este presentó un defecto de fabricación consistente en el despegado del material, sin que en ningún momento se haya hecho un uso inadecuado del mismo. Que, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2007 (Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), modificado por el Real Decreto-ley 7/2021, el producto está cubierto por la garantía legal de conformidad de 3 años, y al haberse manifestado el defecto antes de los dos primeros años desde la entrega, opera la presunción legal de falta de conformidad de origen, sin que corresponda al consumidor probar nada al respecto. Que contacté con la empresa Polo Club solicitando la reparación o sustitución del producto defectuoso, opciones que como consumidor tengo derecho a elegir según la normativa citada. Que la empresa, mediante comunicación de fecha 20 de agosto de 2026, ha rechazado unilateralmente tanto la reparación como la sustitución, ofreciendo únicamente la resolución del contrato (devolución y reembolso), alegando de forma genérica "imposibilidad material y organizativa" sin acreditar dicha imposibilidad en ningún momento. Que dicha alegación resulta contradictoria con la realidad, ya que a fecha de hoy, 20 de agosto de 2026, el mismo modelo de sandalias sigue disponible a la venta en la página web oficial de Polo Club, lo que demuestra que la empresa dispone de stock del artículo y que la sustitución solicitada es perfectamente posible, no existiendo por tanto causa objetiva que justifique su negativa. Que dicha negativa vulnera mi derecho de elección como consumidor, ya que la resolución del contrato es una vía subsidiaria que solo procede cuando la reparación y la sustitución resultan objetivamente imposibles o desproporcionadas, circunstancia que en este caso queda desmentida por la propia disponibilidad del producto en la web de la empresa. Que, no habiendo obtenido una respuesta satisfactoria por parte de la empresa a pesar de mis reiteradas comunicaciones, me veo obligado a formular la presente reclamación en defensa de mis derechos como consumidor. SOLICITA: Que se admita a trámite la presente reclamación y se inste a la empresa Polo Club a atender mi derecho de elección como consumidor, procediendo a la sustitución del producto defectuoso por otro nuevo, idéntico y en perfecto estado, sin coste alguno para el consumidor, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, dado que ha quedado acreditado que el producto sigue disponible en el mercado. Se adjunta a la presente: Copia de la factura/justificante de compra Capturas de las comunicaciones mantenidas con la empresa Fotografías del defecto del producto Captura de pantalla de la página web de Polo Club donde consta la disponibilidad actual del artículo, con fecha visible En Málaga, a 20 de agosto de 2026. Firmado: Javier Contreras Aguilera
Falta de atencion del servicio tecnico
Estimados/as señores/as: En fecha 12/08/2025 adquirí un calentador marca Corberó en un establecimiento de la población donde resido, con C.I.F. B18536748 Romera Centro Electrodomesticos SL , con direccion: Av Gonzalez Robles 48, 18400 Orgiva (Granada). Adjunto los siguientes documentos : ticket, factura, albarán. El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 15/04/2026, desde la que hemos llamado al servicio tecnico reiteradas veces sin recibir respuesta alguna de ningun técnico a fecha de hoy 20/08/2026. El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a reparar el producto, en el plazo más breve posible. Sin otro particular, le saluda atentamente Gabriel Delgado
INCUMPLIMIENTO OBLIGACIONES LEGALES DE GARANTÍA
RECLAMACIÓN CONTRA AUTOHERO POR FALTA DE CONFORMIDAD, AVERÍAS DESDE LA ENTREGA E INCUMPLIMIENTO DE GARANTÍA Soy Antonio José Caramazana Gutiérrez y reclamo frente a Autohero por la adquisición de un BMW X2 que, desde prácticamente su entrega, ha presentado sucesivas averías, permaneciendo largos periodos en taller y ocasionándome importantes perjuicios. El vehículo tenía 141.299 km cuando lo adquirí y actualmente tiene 143.169 km: únicamente 1.870 km recorridos desde la compra. A pesar de ello, ha presentado varias incidencias y ha permanecido una parte muy significativa del tiempo sin poder ser utilizado. La primera incidencia fue comunicada el 6 de abril, pocos días después de recoger el vehículo. Se trataba del sistema de climatización/aire acondicionado. Inicialmente se informó de una avería aparentemente limitada a determinados motores de ventilación, pero al desmontar el sistema el taller encontró daños internos de mayor entidad, siendo necesario sustituir el módulo completo. A fecha de esta reclamación, esta avería continúa sin estar definitivamente solucionada, pese a haber transcurrido meses desde su comunicación. Posteriormente se detectaron DOS SILENTBLOCKS COMPLETAMENTE DETERIORADOS. Esta avería pude conocerla únicamente porque tuve acceso a un elevador y pude comprobar el estado del vehículo. Se trata de elementos de la suspensión cuyo deterioro puede afectar a la estabilidad, dirección, geometría de suspensión, desgaste de neumáticos y comportamiento del vehículo, especialmente en determinadas maniobras. Considero especialmente grave que un vehículo vendido por un profesional fuese entregado en esas condiciones. El 15 de julio apareció además una nueva incidencia: FALLO DE PROPULSIÓN RELACIONADO CON EL SISTEMA INTERCOOLER. En ese momento el vehículo tenía 143.169 km, es decir, solo 1.870 km más que cuando fue entregado. El problema fundamental de esta última avería es que AUTOHERO SE NIEGA A CUBRIRLA EN GARANTÍA, pese a que la documentación de garantía de la propia empresa incluye expresamente EL INTERCOOLER entre los elementos cubiertos. La respuesta de Autohero sostiene que el componente concreto averiado no está cubierto, pero no se me ha indicado de forma suficientemente clara qué cláusula de la garantía establece esa exclusión ni se me ha proporcionado una explicación técnica y jurídica que justifique por qué un elemento necesario para el funcionamiento del sistema de intercooler queda excluido cuando el propio sistema aparece expresamente cubierto. He planteado a Autohero estos argumentos jurídicos y contractuales, pero NO HAN REBATIDO NINGUNO DE ELLOS. Simplemente se me ha comunicado que no se hacen cargo de la reparación. La cuestión debe analizarse además desde la normativa sobre FALTA DE CONFORMIDAD, no únicamente desde la garantía comercial. El Real Decreto Legislativo 1/2007 establece en sus artículos 114 y siguientes la responsabilidad del empresario por las faltas de conformidad de los bienes. En el caso de bienes de segunda mano, el plazo de responsabilidad puede pactarse, pero no puede ser inferior a un año. El artículo 118 contempla las medidas correctoras para poner el bien en conformidad y establece que la reparación debe ser gratuita. Asimismo, las medidas correctoras deben realizarse en un plazo razonable y SIN MAYORES INCONVENIENTES PARA EL CONSUMIDOR, teniendo en cuenta la naturaleza y finalidad del bien. En mi caso considero que estos requisitos no se están cumpliendo: la primera avería fue comunicada prácticamente desde la entrega y meses después continúa sin solución definitiva; he permanecido largos periodos sin vehículo; he tenido que afrontar problemas de desplazamiento y gastos de transporte alternativo, además de importantes inconvenientes personales y familiares derivados de no disponer del vehículo. Respecto de la GARANTÍA COMERCIAL, el artículo 125 del RDL 1/2007 establece que el garante queda obligado en los términos de la garantía ofrecida y de la publicidad asociada. Autohero identifica expresamente el intercooler como elemento cubierto. Si pretende excluir el componente concreto que ha fallado, solicito que indique la cláusula exacta que establece dicha exclusión y explique técnicamente por qué ese componente no queda comprendido en la cobertura anunciada. Además, el artículo 80 del RDL 1/2007 establece requisitos de claridad, concreción y sencillez para las cláusulas no negociadas individualmente con consumidores. Por ello, considero necesario que cualquier exclusión de cobertura esté claramente determinada y sea comprensible para el consumidor. HE SOLICITADO A AUTOHERO TODA LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON ESTA DECISIÓN, incluyendo las comunicaciones entre Autohero y los talleres, diagnósticos, informes técnicos, fotografías, órdenes de reparación, presupuestos, autorizaciones o rechazos, comunicaciones internas y cualquier documento utilizado para decidir que la avería del intercooler no está cubierta. Hasta el momento NO SE ME HA FACILITADO TODA LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA. Considero especialmente relevante que Autohero rechace una reparación en garantía sin facilitar al consumidor el informe técnico y la fundamentación contractual que justifican dicho rechazo, y sin responder específicamente a los argumentos jurídicos que le he planteado. También existe una evidente discrepancia entre la imagen comercial de Autohero y mi experiencia concreta. La empresa publicita procesos de revisión y estándares de calidad previos a la entrega, pero en mi caso el vehículo fue entregado con una avería en el sistema de climatización y posteriormente se detectaron dos silentblocks completamente deteriorados. Después de únicamente 1.870 km apareció además una nueva avería del sistema de propulsión/intercooler. No pretendo que Autohero responda de cualquier avería que pueda sufrir un vehículo usado. Reclamo por HECHOS CONCRETOS Y DOCUMENTABLES: averías comunicadas prácticamente desde la entrega, defectos detectados posteriormente, prolongada permanencia en taller, nueva avería con solo 1.870 km recorridos y negativa de garantía respecto de un sistema que la propia documentación de Autohero identifica como cubierto. Por todo ello, SOLICITO A OCU que estudie mi caso y determine si Autohero está incumpliendo sus obligaciones legales de puesta en conformidad y garantía comercial. Solicito específicamente que se valore: 1. Si la entrega del vehículo en las condiciones descritas es compatible con las obligaciones del vendedor profesional. 2. Si los plazos de reparación son razonables. 3. Si la prolongada indisponibilidad del vehículo constituye un incumplimiento del requisito de realizar la reparación sin mayores inconvenientes para el consumidor. 4. Si la negativa a reparar la avería del intercooler está suficientemente justificada. 5. Si existe realmente una cláusula clara y específica que excluya el componente averiado. 6. Si Autohero debe asumir íntegramente el coste de la reparación necesaria para restablecer el funcionamiento del sistema de intercooler. 7. Qué derechos me corresponden respecto de los gastos y perjuicios acreditables ocasionados por la indisponibilidad del vehículo. 8. Si procede adoptar otras medidas por la reiteración de averías y la falta de una solución efectiva.Solicito finalmente que Autohero revise el expediente, facilite toda la documentación solicitada y proporcione una respuesta técnica y jurídicamente motivada. En particular, que indique la cláusula concreta que permite excluir el componente averiado del sistema de intercooler cuando el propio documento de garantía incluye expresamente dicho sistema. En ausencia de una solución satisfactoria, me reservo el ejercicio de las acciones y reclamaciones que legalmente me correspondan ante los organismos de consumo y, en su caso, ante los tribunales competentes. Dispongo de documentación que acredita los hechos expuestos, incluyendo contrato, documentación de garantía, comunicaciones, kilometrajes, órdenes de reparación, fotografías y demás
Rotura Pala
Estimados/as señores/as: En fecha 18-5-2026 adquirí en la web Pádel Nuestro el producto NOX ML10 BAHIA LUXURY SERIES EX Adjunto los siguientes documentos: factura y carta de denegación de NOX. El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 18-7-2026, solamente a los 2 meses de compra. Puestos en contacto con el vendedor Pádel Nuestro y tras enviar la pala a NOX, se me deniega la garantía aún explicándole en varias ocasiones en qué situación de juego ha sido la rotura e incluso adjuntando fotos explicativas ante la negativa y falta de demostración por parte de NOX sobre la rotura mas que un simple "no es defecto de fabricación" El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a la sustitución del producto en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente.
Problemas de lacado interno del microondas
Estimados/as señores/as: En fecha 18/05/2024 adquirí un horno microondas de su marca Modelo CMICM5020GW Adjunto los siguientes documentos: ticket de compra, fotografías del problema así como respuesta del servicio técnico. El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que el defecto( desportillado del lacado interno) se viene produciendo paulatinamente desde hace un año. Puestos en contacto con el servicio técnico nos informan de que es un problema corrosión no amparado por la garantía. De lo cual no estoy de acuerdo: El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a [elegir una opción: la reparación del producto/ sustitución del producto], en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente.
No me solucionan el arreglo del producto (CECOTEC)
Estimados/as señores/as: En fecha [….] adquirí en su [elegir una opción: página web el producto Conga Rockstar 10000 Nebula Station. Adjunto los siguientes documentos: ticket El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 21/04/2026. Llevo cuatro meses esperando una pieza que no me dan noticia ni nada El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a sustituir el producto, en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Reclamación por defecto en colchoneta de verano y solicitud de solución
Estimados/as señores/as: En fecha 21 de junio de 2026, adquirí a través de su página web una colchoneta de verano para carrito de bebé, incluida como regalo promocional en mi pedido. La colchoneta ha resultado defectuosa después de su primer lavado. El lavado se realizó siguiendo estrictamente las instrucciones indicadas por el fabricante en la propia etiqueta del producto: se lavó por separado, con agua fría, en programa delicado, utilizando detergente suave para bebé, sin suavizante y sin utilizar secadora. Tras realizar este primer lavado y al proceder a tender la colchoneta, comprobé que se habían descosido las costuras de las aberturas destinadas al paso de los arneses. Considero que el uso realizado ha sido absolutamente adecuado y conforme a las indicaciones del fabricante, por lo que entiendo que el desperfecto no puede atribuirse a un uso incorrecto del producto, sino que podría tratarse de un defecto de fabricación o de falta de conformidad. Dispongo de fotografías en las que se aprecia claramente el desperfecto, así como de una fotografía de la etiqueta con las instrucciones de lavado. Se adjuntan como documentación acreditativa de la incidencia. Asimismo, se aporta la correspondencia mantenida con la empresa en relación con esta reclamación. La incidencia fue comunicada inicialmente a la empresa mediante correo electrónico, aportando fotografías del producto y solicitando su sustitución o una solución adecuada. Sin embargo, no recibí ninguna respuesta. Posteriormente volví a ponerme en contacto con la empresa para reclamar nuevamente la solución de esta incidencia. La empresa respondió únicamente a otra cuestión relacionada con el pedido, relativa a la entrega de otro producto, pero volvió a omitir por completo la reclamación de la colchoneta y no ofreció ninguna solución respecto al defecto comunicado. Por todo lo anterior, solicito que procedan a ofrecerme una solución adecuada respecto al producto defectuoso, conforme a mis derechos como consumidora y a la normativa aplicable, ya sea mediante la sustitución de la colchoneta por una nueva o mediante la solución que legalmente corresponda. Adjunto la documentación disponible: fotografías del defecto, fotografía de las instrucciones de lavado y correos electrónicos intercambiados con la empresa en relación con la incidencia. Sin otro particular, atentamente.
Cafetera estropeada en garantía y no responden en 3 semanas
Estimados/as señores/as: En fecha 02/12/2024 adquirí en su página web Create una cafetera express semiautomática con pantalla táctil en color acero inoxidable. Adjunto los siguientes documentos: factura de compra El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 06/08/2026 sin motivo aparente y saliendo un código de error en la pantalla. El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Se ha intentado contactar por todos los medios disponibles: whatsapp, tres correos distintos, por la aplicación y por teléfono. El teléfono dice que no está operativo, el whatsapp es una máquina y cuando dice que te van a pasar con un agente no lo hacen nunca, el correo son respuestas automáticas y la incidencia creada por la web lleva en espera 3 semanas cuando el plazo que tienen de respuesta son 72 horas. Es imposible ni si quiera contactar con esta empresa y que ofrezcan una solución dentro de los plazos que deberían. Solicito por tanto la devolución del producto y devolución del importe ya que la atención es nefasta y no voy a estar esperando más y más tiempo sin la cafetera por su culpa. Sin otro particular, atentamente.
Garantía
El día 9 de junio de 2026 se realizó en mi domicilio la instalación de un canapé y una cama adquiridos en Muebles de Fábrica, por un importe superior a 1.500 euros. En el momento de la compra expliqué expresamente al vendedor que el colchón que iba a utilizar es un colchón Aspol de bastante peso, por lo que considero especialmente importante que el canapé y su sistema de apoyo fueran adecuados para soportar dicho peso y el uso normal de una cama de 1,50 m. Quiero dejar constancia también de lo ocurrido el mismo día que se realizó la instalación del canapé. Cuando llegué a casa y comprobé los hidráulicos instalados, debido al considerable peso de mi colchón, inmediatamente pensé que no iban a aguantar durante mucho tiempo. Por este motivo, me puse en contacto con el comerciante y le solicité expresamente que me cambiaran los hidráulicos por unos más fuertes y adecuados para soportar el peso del colchón. La respuesta del comerciante fue que no había ningún problema y que no era necesario cambiarlos en ese momento. Me indicó que, cuando los hidráulicos dejaran de aguantar correctamente el peso, me pusiera en contacto con ellos, que YO compraría los hidráulicos nuevos y me los cambiaría. El día 15 de julio de 2026, aproximadamente un mes después de la instalación, mientras me encontraba sentada normalmente sobre la cama, noté un movimiento y posteriormente comprobé que una de las ruedas se había doblado/roto. La cama quedó desnivelada y no podía utilizarse correctamente. Al día siguiente me puse en contacto con la tienda y envié fotografías del problema. Se me indicó que no me preocupara y que enviarían a un técnico para revisar la incidencia. El técnico acudió a mi domicilio y revisó la cama. Dos días después, desde la tienda me comunicaron que, según ellos, la rotura se había producido por un supuesto mal uso por mi parte. No estoy de acuerdo con esta conclusión. La cama no ha recibido ningún golpe, no ha sido manipulada incorrectamente ni se ha realizado sobre ella ninguna utilización diferente de la normal para la que fue adquirida. Incluso ante la negativa inicial de la tienda, manifesté mi disposición a pagar la sustitución de la rueda si fuera necesario, solicitando simplemente que se solucionara el problema. Posteriormente se me comunicó que no era posible cambiar únicamente la rueda y que debía sustituirse todo el sistema, con un coste aproximado de 80 euros. Al insistir en que consideraba injusta esta situación y comunicar que presentaría una reclamación, se me indicó que se consultaría con el responsable de la empresa. Una semana después se me confirmó nuevamente que la avería no estaba cubierta por la garantía y que se consideraba responsabilidad mía. Posteriormente se envió nuevamente al técnico a mi domicilio. En esta segunda revisión se pudo comprobar un aspecto que considero fundamental: la cama de 1,50 m dispone únicamente de cinco puntos de apoyo, con tres patas en la zona central y dos en la parte de los pies, mientras que en la parte superior de la cama, precisamente donde se encuentran las ruedas afectadas, faltan dos patas/puntos de apoyo. Por tanto, la estructura no parece disponer de un apoyo suficiente y correctamente distribuido para soportar el peso de la cama, del colchón y de las personas que la utilizan de manera normal. El peso aproximado de dos personas es de unos 160 kg, al que hay que añadir el considerable peso del colchón, que puede estar alrededor de 80-90 kg, además del propio peso de la estructura. Considero totalmente razonable esperar que una cama de estas características, nueva y vendida por un establecimiento especializado, esté diseñada e instalada para soportar las cargas derivadas de su uso normal. Además, quiero dejar constancia de que el mismo día de la instalación del canapé, el tablero quedó dañado durante el montaje. Por lo que se puede observar, uno de los tornillos fue apretado o forzado en exceso, provocando que el tablero se rompiera/dañara alrededor del punto de fijación. Este desperfecto se produjo durante la propia instalación realizada por el personal encargado del montaje, y no como consecuencia de un uso posterior por mi parte. Por tanto, considero que no se puede atribuir a un mal uso por parte del cliente una serie de problemas que han aparecido desde prácticamente el inicio: por un lado, el daño del tablero producido durante la instalación y, posteriormente, la rotura o deformación de una rueda y la falta de suficientes puntos de apoyo en la estructura de la cama. Actualmente se me está indicando que debo asumir el coste de las patas necesarias para solucionar este problema, a pesar de que la cama tiene aproximadamente un mes de uso cuando apareció la avería y de que he pagado más de 1.500 euros por el conjunto adquirido. A resumir compro una cama de 1500 y dentro de un mes tengo que cambiar el tablero+ 80euros de la rueda y mai los hidráulicos.... Vaya garantía tenéis.
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