Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
A. S.
07/10/2026

Incumplimiento Contractual

Estimados/as señores/as:  Me pongo en contacto con ustedes con la finalidad de reclamar la totalidad de lo aportado a su empresa por incumplimiento contractual, ya que la empresa no realizó ninguna acción en referencia al servicio contratado generando así importantes daños y perjuicios hacia mi parte en referencia a los servicios contratados y los intereses por mora y posibles inscripciones en las centrales de riesgo agravando de forma significativa y cuantiosa el problema. Se solicitó vía correo, una descripción detallada de las gestiones realizadas y los costes de las mismas indicando como respuesta solo un archivo escrito de los valores de las comisiones sin justificación ninguna. Siendo nula toda acción como se comunicó por parte de los acreedores y teniendo que adelantar las acciones de negociación por cuenta propia. SOLICITO Reintegro de: 5.970,48€ aportados a la entidad en su totalidad. Siendo un proceso que afecta económica y socialmente mi estado de derecho. Siendo 4.204,96€ el saldo en disputa por las comisiones aplicadas, se debe ingresar 1.765,52€ el saldo disponible de la hucha a la mayor brevedad sin acuse de recibo donde se pierden los derechos a las comisiones siendo esta gestión arbitraria y de cobro abusivo. Sin otro particular, atentamente. Wilson Andrés Sarmiento Valverde

En curso
C. P.
07/10/2026
Natur Belle

Cumplimiento de contrato

buenos dias, el 30 de Junio de 2025 firmé un contrato en la franquicia de Granada, calle San Antón, por el cual recibiría tratamiento de fotodepilación en 12 sesiones mas 3 de recuerdo. Hace unas semanas intenté volver a mi tratamiento después de dejar pasar el verano para que no afectara el sol a las zonas depiladas y me he encontrado la oficina en alquiler. En el contrato se estipula que si hay finalización del contrato por parte de Natur Belle deben avisar con dos meses de antelación y yo no he recibido tal comunicación. He tratado de ponerme en contacto con la franquicia pero no responde y desde la página web de Natur Belle me dicen que lo pondrán en conocimiento de la franquiciada. De esto hace ya semanas y no he recibido notificación alguna. Cual es el siguiente paso, porque no se ha terminado mi tratamiento y tenia pendiente poner una reclamación por los malos resultados de tal depilación. Saludos

En curso
Z. J.
07/10/2026

Precio abusivo alquiler vehículo el 4 octubre 2026

Hola. Alquilé un vehículo el 4 de octubre de 2026 en estación de Saints de Barcelona. Se habían cancelado trenes y nos vimos obligados a trasladarnos desde Barcelona a Zaragoza ese mismo día. El precio de alquiler de Peugeot 2008 por ese sólo día fue de 467 euros, algo desproporcionado. A parte al devolver el vehículo en estación de tren de Zaragoza Delicias recibimos un trato muy desagradable por parte de su empleado. Solicito reembolso de cantidad de alquiler del vehículo por ese día que sea proporcional al abuso cometido en el precio por Europcar.

En curso
C. M.
06/10/2026
Atrium Vision Sarl

Cobros recurrentes de 29,95 € tras pagar 2,90 € por un informe

El 5 de mayo de 2026 accedí a CarJudge, servicio prestado por Atrium Vision Sarl, con la única intención de obtener un informe puntual sobre el vehículo de mi madre. Realicé un pago de 2,90 €, entendiendo que estaba adquiriendo dicho único informe. El informe recibido me resultó prácticamente inútil para la finalidad para la que lo había solicitado. Esperaba obtener información relevante sobre el vehículo, como conocer si tenía seguro en vigor, ITV o posibles cargas, entre otros datos de su historial, pero no obtuve la información que buscaba. Por este motivo, y teniendo además en cuenta que CarJudge anuncia expresamente la garantía “Satisfecho o te devolvemos el dinero”, reclamo también la devolución de los 2,90 € abonados inicialmente, al no haber quedado satisfecha con el servicio recibido. Casi seis meses después, al revisar mis movimientos, he descubierto que desde aquella operación se me han estado cobrando 29,95 € cada cuatro semanas, sin que hasta ese momento fuera consciente de haber contratado una suscripción. Precisamente a raíz de descubrir estos cargos he vuelto a acceder a CarJudge para averiguar qué había ocurrido, y es ahora cuando he comprobado que los 2,90 € se presentan en su página como una “prueba de 7 días” que posteriormente se renueva. Sin embargo, en la página de precios que he consultado actualmente aparece muy destacado el precio de 2,90 €, pero no aparece junto a dicha oferta el importe de 29,95 € que posteriormente se cobra cada cuatro semanas. Se muestra claramente cuánto se paga inicialmente, pero no veo mostrado con la misma claridad cuál será el importe concreto que se cobrará después. También considero especialmente relevante la forma en que CarJudge presenta el propio servicio. En su página principal se invita al usuario a introducir el VIN o la matrícula para “recibir el informe completo en menos de un minuto” y se utiliza expresamente la frase “Inicie su primer informe”, junto con los mensajes “Satisfecho o te devolvemos el dinero” y “Sin compromiso”. Esta presentación fue precisamente la que me llevó a entender que estaba adquiriendo un informe concreto sobre un vehículo. Tanto “Inicie su primer informe” como la referencia a recibir “el informe completo” centran la operación en la obtención de un informe. Como consumidora, entendí que estaba pagando por ese informe puntual, no que estuviera contratando una suscripción que daría lugar posteriormente a cargos automáticos de 29,95 € cada cuatro semanas. Esta impresión se veía además reforzada por la expresión “Sin compromiso”. Mi propia factura inicial del 5 de mayo de 2026, n.º 377923, refleja un pago de 2,90 € y un periodo de prueba de siete días, del 5 al 12 de mayo, pero no indica que al finalizar dicho periodo se vaya a efectuar un cargo de 29,95 €, ni que este importe vaya a continuar cobrándose automáticamente cada cuatro semanas. El primer cargo de 29,95 € se produjo el 12 de mayo, exactamente siete días después, correspondiente a la factura n.º 408399. Posteriormente se realizaron otros cinco cargos por el mismo importe: el 9 de junio, factura n.º 522082; el 7 de julio, factura n.º 630291; el 4 de agosto, factura n.º 737237; el 1 de septiembre, factura n.º 831764; y el 29 de septiembre, factura n.º 935605. A efectos de identificación de la reclamación, en el campo “Número de factura” del formulario he indicado únicamente la factura n.º 377923, correspondiente al pago inicial de 2,90 €, al permitir dicho campo introducir una única referencia. No obstante, la presente reclamación comprende igualmente las seis facturas posteriores correspondientes a los cargos derivados de la suscripción: n.º 408399, 522082, 630291, 737237, 831764 y 935605. En total, he abonado a CarJudge 182,60 €: 2,90 € por el informe inicial y 179,70 € correspondientes a seis renovaciones de 29,95 € cada una, reclamando la devolución íntegra de todas estas cantidades. En total, he abonado a CarJudge 182,60 €: 2,90 € por el informe inicial y 179,70 € correspondientes a seis renovaciones de 29,95 € cada una. De haber sido consciente de que tras ese pago inicial comenzarían a cobrarme 29,95 € cada cuatro semanas, jamás habría contratado el servicio en esas condiciones o lo habría cancelado inmediatamente. Mi intención era exclusivamente obtener un informe puntual de un vehículo. Existe además una circunstancia que considero especialmente significativa: durante todos estos meses no utilicé el servicio. El propio panel de mi cuenta de CarJudge muestra únicamente dos informes. El primero es el solicitado en mayo para el vehículo de mi madre. El segundo lo he generado ahora, después de descubrir los cargos, al volver a acceder a mi cuenta para averiguar qué estaba ocurriendo y comprobar qué información proporcionaba realmente el servicio de CarJudge. Por tanto, durante prácticamente seis meses se me cobraron 179,70 € en renovaciones sin que hiciera uso de la supuesta suscripción. El único uso posterior al informe inicial se ha producido precisamente después de descubrir estos cobros. La ausencia de utilización durante todo ese periodo resulta coherente con lo que manifiesto: creía haber realizado una compra puntual por 2,90 € y desconocía que existiera una suscripción activa. Asimismo, CarJudge anuncia expresamente “Satisfecho o te devolvemos el dinero”. Manifiesto mi insatisfacción con el servicio recibido, puesto que el informe inicial no me proporcionó la información para la que lo había solicitado. Por ello, reclamo también la devolución del importe inicial de 2,90 € y solicito la aplicación de la garantía de devolución anunciada por la propia empresa. Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. La devolución íntegra de todas las cantidades abonadas a CarJudge, correspondientes al pago inicial de 2,90 € y a los seis cargos posteriores de 29,95 €, por un importe total de 182,60 €. La devolución del importe inicial se reclama igualmente por mi insatisfacción con el servicio recibido y en aplicación de la garantía “Satisfecho o te devolvemos el dinero” anunciada por CarJudge. 2. La cancelación definitiva de cualquier suscripción asociada a mi cuenta, de manera que no se produzca ningún cargo adicional. 3. Que, dado que no fui consciente de estar contratando una suscripción de 29,95 € cada cuatro semanas, Atrium Vision Sarl aporte prueba de cómo se recabó mi consentimiento para dicha suscripción y de la información exacta que se me mostró inmediatamente antes de efectuar el pago de 2,90 € el 5 de mayo de 2026, indicando dónde y de qué forma se informaba, de manera clara y destacada, de que transcurridos siete días se cobrarían 29,95 € y que este importe se repetiría automáticamente cada cuatro semanas. 4. Que se aplique la garantía “Satisfecho o te devolvemos el dinero” anunciada por CarJudge, dada mi expresa insatisfacción con el servicio recibido. Si Atrium Vision Sarl considera que dicha garantía no resulta aplicable a mi caso, solicito que indique cuáles son exactamente sus condiciones y el motivo concreto por el que considera que no procede su aplicación. 5. Que, una vez resuelta la presente reclamación y efectuada la devolución de los 182,60 € reclamados, se proceda a la eliminación de mi cuenta de CarJudge y de los datos personales asociados a la misma, incluidos los datos de mi tarjeta bancaria o de cualquier otro medio de pago almacenado o vinculado, así como la información relativa a los vehículos consultados, salvo aquellos datos que deban conservarse por obligación legal. Solicito igualmente confirmación por escrito de dicha eliminación. En consecuencia, solicito la devolución íntegra de los 182,60 € abonados y una respuesta expresa a todos los puntos anteriores.

Resuelto
P. N.
06/10/2026
Sun & Sea Real Estate / RODRIGO SUNSEA, S.L.

Problemas en la intermediación y gestión del alquiler y solicitud de una solución acordada

A la atención de Sun & Sea Real Estate / RODRIGO SUNSEA, S.L.: Presento esta reclamación por la intermediación y la gestión posterior de nuestro alquiler en Torrevieja, por las incidencias comunicadas y por la falta de una solución global por escrito. Antes de trasladarnos desde Suecia a España, comunicamos a la agencia que buscábamos una vivienda para establecernos en España y que la posibilidad de empadronarnos era un requisito. El planteamiento inicial contemplaba doce meses de alquiler y ayuda con el empadronamiento. Cuando ya estábamos de viaje hacia España, Andrea nos comunicó por teléfono que la primera vivienda no estaba disponible y buscó una alternativa. Según mi recuerdo de esa conversación, no se nos informó de que el cambio de vivienda supondría modificar nuestras necesidades previamente comunicadas ni convertir el alojamiento en una estancia vacacional. Finalmente, entramos en la vivienda el 22 de junio de 2026. El contrato firmado establece once meses, hasta el 21 de mayo de 2027, y describe el alquiler como temporal y destinado a vacaciones. Consideramos que existe una discrepancia entre esa descripción y el propósito de vivienda y establecimiento que habíamos comunicado a la agencia. Solicitamos una explicación y una solución, sin afirmar que la clasificación jurídica del contrato haya sido resuelta. Tras la entrada se produjeron varias incidencias: - Horno: comunicamos que su puerta no se podía abrir. En la correspondencia posterior, la arrendadora manifestó que no tenía previsto comprar un horno de sustitución ni consideraba justificada una revisión por un especialista. Andrea confirmó que había trasladado los problemas a la arrendadora y que seguía sin disponer de una respuesta o solución. - Incidente eléctrico: un enchufe de la cocina produjo humo o sobrecalentamiento. Fue sustituido el 27 de agosto de 2026. También comunicamos el problema de seguridad de la tetera tras el incidente y solicitamos su sustitución. No presentamos el enchufe como una reparación todavía pendiente, pero solicitamos una respuesta sobre las consecuencias del incidente y la documentación técnica disponible. - Encimera: la arrendadora nos ha atribuido una grieta que, según nuestra documentación de entrada del 22 de junio, ya era visible al recibir la vivienda. Hemos comunicado que la grieta continúa desarrollándose. Solicitamos que se examine el vídeo original y que no se nos responsabilice económicamente de daños preexistentes. - Agua: se nos reclamó una factura correspondiente al período del 20 de mayo al 20 de agosto, aunque nuestra ocupación comenzó el 22 de junio. Solicitamos una liquidación clara que explique la parte correspondiente a nuestra estancia. Sun & Sea conocía las incidencias mediante nuestras comunicaciones. Sin embargo, no hemos recibido una solución global que resuelva los problemas pendientes, aclare las responsabilidades y evite futuras controversias sobre la fianza. Durante septiembre solicité reiteradamente la Hoja de Reclamaciones oficial, por escrito y verbalmente. El 29 de septiembre reiteré la petición, fijando como plazo el 30 de septiembre a las 12:00. No se me facilitó dentro de ese plazo y acudí a los canales de consumo correspondientes. La fianza asciende a 1.600 euros. Hemos realizado una consulta y una comunicación a la Generalitat Valenciana sobre su depósito. Este asunto relativo a la arrendadora se tramita separadamente y no presentamos su resultado como una resolución sancionadora. Posteriormente, Rodrigo se puso en contacto conmigo y ofreció una reunión para buscar una solución. Propusimos reunirnos el 6 de octubre de 2026 a las 14:00 en Villamartín Golf Club. Al no recibir confirmación, no acudimos y no se alcanzó ningún acuerdo. La acumulación de incidencias y la gestión recibida han deteriorado nuestra confianza. Nuestro objetivo principal es alcanzar una solución amistosa, clara y documentada. Solución solicitada Solicitamos que Sun & Sea: 1. Responda por escrito a las cuestiones planteadas y facilite una propuesta concreta. 2. Coordine con la arrendadora un acuerdo de finalización del alquiler, firmado por la arrendadora y los arrendatarios, que permita entregar la vivienda y las llaves a más tardar el 1 de enero de 2027. Esta fecha es una propuesta de negociación. 3. Establezca expresamente la última fecha de devengo de renta y todos los importes finales, de modo que, una vez cumplido el acuerdo, no existan nuevas reclamaciones por rentas posteriores o penalizaciones. 4. Incluya la devolución de la fianza de 1.600 euros, con un plazo concreto, sin descuentos por daños preexistentes documentados. Cualquier deducción propuesta deberá justificarse documentalmente. 5. Establezca una revisión conjunta y un documento de entrega de llaves que refleje el estado de la vivienda y el cierre de las obligaciones acordadas. 6. Facilite la Hoja de Reclamaciones oficial solicitada y responda a esta reclamación en un plazo de 15 días naturales. Disponemos de documentación contractual, justificantes de pago, correos electrónicos, fotografías y vídeos originales, y podemos aportar los documentos pertinentes por un canal privado. Estamos dispuestos a valorar una propuesta razonable. Esta reclamación no implica aceptar cargos o penalizaciones ni renunciar a nuestros derechos o a las reclamaciones ya presentadas.

En curso
C. M.
06/10/2026

Penalización en el periodo de desistimiento

Con la fecha del 2 de septiembre se hizo el contrato 1-50000544427/02.09.2026 entre el titular DCM y Prosegur Alarmas Espana SLU. En el 11 de septiembre se instaló la alarma, pero, insatisfecho con la calidad del equipamiento y con la diferencia entre lo que me fue presentado y la realidad de la alarma, me desistí con la baja núm. 34192324/18.09.2026, dentro de los 14 días de acuerdo con el artículo 102.1 del TRLGDCU. De acuerdo con la oferta hecha, la instalación del equipamiento y la primera cuota eran 0 euros (gratuitos), pero, aun así, se mencionaba en el contrato que tengo que pagar una penalización que es el importe a pagar en caso de baja en periodo de desistimiento: costes de instalación del kit no abonados en la contratación. De hecho, se ha emitido por Prosegur Alarma la factura (ni se que representa) por 300 euros supongo como penalización por el ejercicio de mí derecho de desistimiento, que en mí opinión es contrario al artículo 102.1 y 2 del TRLGDCU, además, utilizando la cuenta IBAN de una tercera persona que no había acordado ningún orden SEPA (en incumplimiento del art. 6 AEPD). Además, se ha domiciliado un IBAN que no era del titular, utilizando la cuenta IBAN de una tercera persona que no había acordado ningún orden SEPA para este contrato. El art. 102 TRLGCU reconoce al consumidor que celebra en su domicilio un contrato con un empresario (art. 92 TRLGCU) el derecho a desistir del contrato durante un período de catorce días naturales sin indicar motivo alguno y sin incurrir en ningún coste distinto de los previstos en los arts. 107.2 y 108 (STS 167/2021). De acuerdo con el artículo 102.1 del TRLGDCU serán nulas de pleno derecho las cláusulas que impongan al consumidor y usuario una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo. La instalación no puede considerarse servicio completamente ejecutado y no hay prueba que yo había renunciado expresamente al desistimiento legal. El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor en los contratos celebrados fuera de establecimiento mercantil. En estos casos, se considera lugar de cumplimiento aquel en el que el consumidor haya recibido la prestación. Serán nulas de pleno las cláusulas que impongan al consumidor una penalización por ejercer su derecho de desistimiento. Esto significa, por ejemplo, que un consumidor siempre podrá cancelar un contrato dentro del plazo legal de 14 días sin pagar multas o recargos, sin importar el motivo de la cancelación. Si, por ejemplo, el consumidor solicita que el servicio comience durante los 14 días de desistimiento, puede abonar la parte proporcional al servicio efectivamente prestado hasta el momento en que comunica su desistimiento, pero en mí caso es 0 euros, porque la primera cuota pactada era 0.

En curso
F. C.
06/10/2026

Resolución del contrato

A la atención del Servicio de Atención al Cliente de Flexicar / OCU: Por la presente, me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación formal contra la empresa Flexicar, en relación con la compra y entrega del vehículo con matrícula 6948MBR. Mi nombre es Francisca Caballero Rodríguez. A continuación, expongo los hechos e irregularidades acontecidos durante el proceso de compra y entrega del vehículo: 1. Gestión y atención al cliente deficientes Durante todo el trámite previo a la recepción del vehículo sufrí un retraso injustificado. Lo que debió ser un proceso rápido y sencillo se demoró durante más de un mes. A lo largo de este periodo, la atención prestada por parte de la empresa fue muy deficiente, caracterizada por constantes evasivas, informaciones contradictorias y una acusada falta de respuestas a mis consultas. 2. Estado real del vehículo frente a lo prometido Se me aseguró expresamente que el vehículo entregado contaba con la correspondiente revisión realizada y en perfecto estado. Sin embargo, en el momento de la recepción pude verificar las siguientes deficiencias e incumplimientos: Inspección Técnica de Vehículos (ITV): El vehículo se entregó sin haber pasado la ITV. Limpieza e higiene: El interior del coche se entregó sucio. Mantenimiento mecánico (Caja de cambios): No consta ni se ha acreditado la revisión correspondiente a los 60.000 km de la caja de cambios, fundamental para garantizar el correcto funcionamiento del vehículo. Desgaste y daños estéticos interiores: El pomo de la palanca de cambios se encuentra notablemente desgastado y dañado. La zona del suelo en la parte del conductor presenta un desgaste excesivo. Petición Por todo lo expuesto, solicito: La subsanación inmediata de la ITV y la aportación del justificante oficial de la misma a cargo de Flexicar. La acreditación o realización del mantenimiento completo de la caja de cambios correspondiente a los 60.000 km. La reparación o sustitución de los elementos dañados/desgastados (pomo de la palanca de cambios y revestimiento del suelo del conductor). La limpieza integral del interior del vehículo. Quedo a la espera de una respuesta formal y de una solución satisfactoria a este problema. Atentamente, Francisca Caballero Rodríguez Vehículo afectado: 6948MBR

Cerrado
M. E.
05/10/2026
novaluz

desestimiento del contrato

DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA QUE MOTIVA LA RECLAMACIÓN: el dia 25 de septiembre se hizo un preacuerdo de contrato de luz en el cual por teléfono no se nos comunica ninguna permanencia ya que en todas las compañías nunca las he tenido y el máximo legalmente son 12 meses cuando leo el contrato a los días de haberlo recibido el dia 5 de octubre y veo que me han puesto una permanencia de 36 meses cosa que es ilegal les envio un correo electrónico con el desestimiento del contrato el cual la respuesta de esta empresa es que no van a desistir el contrato poque al ser autonomi no tengo ese derecho dicen ellos otra cosa que es ilegal que tenemos 14 dias para el desestimiento de un contrato ante la negativa de la empresa en varios correos me veo obligado a su denuncia a la ocu se le ha remitido varios correos a la empresa novaluz y se niegan al desestimiento del contrato

En curso

Solicitud de cancelación por información engañosa y presión comercial

Tuve conocimiento de la formación de Hacking Sales, de Retsinnal Group SLU, a través de un anuncio en Instagram. La información que vi en dicho anuncio hacía referencia a un pago de 185 €, y en ese momento no entendí que la formación implicara posteriormente cuotas mensuales de 185 € ni un compromiso económico total de 1.900 €. De haber sabido desde el primer momento que existía esta obligación de pagos mensuales, no habría continuado con el proceso ni habría aceptado realizar la llamada comercial. Después de mostrar interés a través del anuncio, realicé una llamada comercial con Hacking Sales. Durante esta llamada sentí una presión considerable para tomar la decisión y formalizar la contratación en ese mismo momento. Se me indicó que quedaban pocas plazas disponibles y que existían unos criterios de selección estrictos, lo que me generó la impresión de que se trataba de una oportunidad limitada y que podía perder mi plaza si no aceptaba. Durante la llamada manifesté expresamente que quería leer el contrato tranquilamente por mi cuenta antes de firmarlo. Sin embargo, el comercial quiso permanecer conmigo al teléfono mientras lo revisaba y realizaba el proceso de contratación, en lugar de darme el tiempo que había solicitado para estudiarlo con calma. Este punto era especialmente importante para mí porque el español no es mi lengua materna. Aunque hablo español, necesitaba poder leer y comprender detenidamente un contrato de este importe y todas las obligaciones económicas que suponía antes de aceptarlo. Además, durante el proceso comercial entendí que, tras el pago inicial de 185 €, los pagos restantes comenzarían cuando empezara a trabajar y generar ingresos como setter. Esta información fue determinante para mi decisión de contratar. De haber entendido que estaba asumiendo desde ese momento cuotas mensuales obligatorias, independientemente de que hubiera empezado a trabajar o estuviera generando ingresos, no habría contratado la formación. Precisamente por este motivo no tuve prisa en avanzar con el curso, ya que entendía que los pagos posteriores comenzarían cuando empezara a trabajar. Cuando descubrí que se estaban intentando cobrar cuotas mensuales independientemente de ello, dejé de avanzar con la formación y traté de ponerme en contacto con la empresa para aclarar la situación y solicitar la cancelación. El 20 de agosto la empresa intentó cobrar una nueva cuota de 185 €, pero el cobro no pudo realizarse porque en ese momento no había fondos suficientes en mi cuenta corriente. Fue a raíz de este intento de cobro cuando me di cuenta de que se estaban intentando cargar cuotas mensuales, algo que no coincidía con lo que yo había entendido durante el proceso de contratación. Desde ese momento manifesté mi preocupación e intenté aclarar y resolver la situación. Intenté contactar con la empresa utilizando las direcciones de correo electrónico que figuraban en la documentación contractual que me habían proporcionado. Sin embargo, los correos enviados a dichas direcciones fueron devueltos y no pude contactar con la empresa por esas vías. Esto dificultó considerablemente que pudiera ejercer mi reclamación y solicitar una solución directamente con la empresa. Ante la imposibilidad de contactar correctamente a través de los datos facilitados, mi banco me proporcionó una dirección de correo electrónico de Whop para poder comunicar el problema. Posteriormente, a través de la propia página web de Whop, accedí a su centro de resolución y abrí formalmente un caso para impugnar el cobro y explicar las circunstancias de la contratación. Aporté la información y documentación correspondiente, pero finalmente Whop rechazó mi reclamación y cerró el caso sin que se solucionara el problema contractual con Hacking Sales/Retsinnal Group SLU. Posteriormente, el 3 de septiembre, había dejado dinero en esa cuenta de forma accidental y se realizó con éxito el cobro de 185 €. Para entonces, yo ya había detectado el problema con las cuotas, estaba intentando resolver la situación y había dejado de avanzar con la formación. Además, posteriormente descubrí una discrepancia económica que considero especialmente relevante. Mi contrato firmado establece un precio total de 1.900 €, mientras que en Whop la compra aparecía configurada como 12 pagos de 185 €, lo que supone un total de 2.220 €. Existe, por tanto, una diferencia de 320 € entre el precio total que figura en el contrato y el importe total que aparecía asociado al plan de pagos. He intentado resolver esta situación por diferentes vías y he presentado también una reclamación ante Consum del Govern d'Andorra. Posteriormente, desde Hacking Sales se me ha comunicado que no existe posibilidad de gestionar la baja, argumentando que, al haber comenzado la formación, ya no existe derecho de desistimiento por tratarse de contenido digital. Sin embargo, quiero dejar claro que mi reclamación no se basa simplemente en haber cambiado de opinión después de comenzar el curso. Mi reclamación se refiere principalmente a las circunstancias en las que se produjo la contratación: la información inicial que recibí sobre el precio, la presión durante la llamada comercial, mi petición de disponer de tiempo para leer el contrato por mi cuenta, la información que entendí respecto al momento en que comenzarían los pagos, las dificultades posteriores para contactar mediante los datos facilitados y la discrepancia entre el precio total establecido en mi contrato y el importe total mostrado en el plan de pagos. Si desde el principio hubiera entendido claramente que estaba contratando una formación por 1.900 € con cuotas mensuales obligatorias independientemente de que hubiera empezado a trabajar o generar ingresos, no habría contratado este servicio. Me preocupa además que, mientras estas cantidades se encuentran formalmente discutidas y reclamadas, puedan producirse consecuencias adicionales por las cuotas que no estoy abonando, incluida una posible comunicación de mis datos a ASNEF u otros sistemas de información crediticia o ficheros de morosidad, o que posteriormente se me reclamen cantidades adicionales. Por todo ello, solicito la cancelación definitiva del contrato y de todas las cuotas pendientes; la devolución de los 185 € cobrados el 3 de septiembre; y confirmación por escrito de que no existe ninguna cantidad adicional pendiente de pago derivada de este contrato y de que no se comunicarán mis datos a ASNEF ni a ningún otro fichero de morosidad por las cantidades objeto de esta reclamación. Asimismo, en caso de que ya se hubiera realizado alguna comunicación de este tipo, solicito que se me informe de ello y que se adopten las medidas correspondientes para su rectificación o supresión.

En curso
D. L.
03/10/2026

Reclamación contra DAZN por penalización abusiva por baja anticipada (ID de referencia: #18812945)

Primero. Que con fecha 3 de octubre de 2026, tras gestionar la baja de mi suscripción anual "DAZN Premium" a través de su servicio de atención al cliente (agente Khalid), se me comunicó la aplicación de un cargo único en concepto de penalización por salida anticipada por importe de 104 EUR, con fecha prevista de cobro para el próximo 16 de octubre de 2026. Segundo. Que muestro mi absoluta disconformidad con dicha penalización, ya que considero que la imposición de este importe por la cancelación anticipada del servicio vulnera los derechos del consumidor, aplicándose condiciones de permanencia u oblicuas que no fueron debidamente explicitadas de forma transparente y destacada en el momento de la contratación inicial. TERCERO. Que ante la negativa de la compañía a tramitar la baja sin este tipo de penalizaciones económicas desproporcionadas, acudo a esta organización para solicitar su mediación, revisión del caso y amparo en defensa de los derechos que me asisten como consumidor.

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