Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
A. M.
20/12/2024

Cobro abusivo de maletas

En vuelo Barcelona-Paris de fecha 18/10/24 incorporamos maletas de 25Kg y por error no pasamos por el mostrador de facturación, con lo cual al llegar a la puerta de embarque nos cobraron de nuevo las tres maletas para bajarlas a la bodega: 60€ por maleta, en total 180€. Hemos reclamado a Vueling en varias ocasiones porque la duplicidad en el pago del equipaje (cobrar dos veces por el mismo equipaje) nos parece una práctica abusiva sobre los derechos del consumidor.

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P. P.
20/12/2024

Plus por la maleta

Buenos días, la semana pasada hice un viaje a Madrid desde Alicante, lo hice con la empresa ferroviaria AVLO, mi sorpresa llego cuando a la hora de presentar el billete me dicen que mi maleta (de cabina) supera las medidas estándares y tengo que pagar un plus de 15 euros para poder llevarla en el tren. Esta practica me parece muy abusiva debido a que llevaba una maleta de cabina y en nigua momento a la hora de comprar el billete ponía nada de que tendría que pagar un pus para la maleta. Al final me toco pagar el plus para poder viajar, en definitiva, lo que te ahorras del billete te lo sacan por otro lado.

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A. T.
19/12/2024

Cobro de equipaje de mano

Buenos días, En mi viaje con número de reserva C63MXS, desde Málaga a Burdeos del día 23-11-2024 (ida, dos billetes) y Burdeos a Málaga del día 26-11-2024 (vuelta, dos billetes), me han cobrado en cada trayecto (4 trayectos) 19€ por el equipaje de mano, en total 76€. También incluían el embarque prioritario que no se respetó en ninguno de los dos aeropuertos. Tal y como tiene establecida la jurisprudencia en aplicación de la leyes de transporte de viajeros por avión, la adquisición de un título de viaje incluye la obligación para la compañía de transportar al pasajero y su equipaje de mano. En virtud de lo anterior, solicito la devolución de los 76€ cobrados por transportar el equipaje de mano. Atentamente

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N. A.
19/12/2024

Equipaje mano Ryanair

El domingo 15 de diciembre, en el vuelo FR6356 de Ryanair (Alicante-Cracovia) embarqué con mi mochila incluida en la tarifa seleccionada, permitida según las medidas de la compañía sin ningún tipo de problema. Mi sorpresa fue, que en el vuelo FR6355 de Ryanair, del 17 de diciembre (Cracovia-Alicante), con la misma mochila, yo y mi acompañante, nos hicieron pagar 576.00 PLN (al cambio, unos 138,00€) porque un trabajador de la aerolínea decía que no cumplía con las medidas de la compañía. ¿En España cumple y en Polonia, no? Ambas mochilas cabían perfectamente en el espacio habilitado para comprobar las medidas, pero por mucho que le explicaras el solo te respondía con un ¿Visa o MasterCard? Este hecho, nos pasó a unos 4 pasajeros que estábamos de los primeros de la cola y al resto nada. De hecho, como adjunto en las imágenes, una pasajera con la misma mochila que la mía y la de mi acompañante, mismo modelo e incluso color, no le cobraron nada, y a nosotras sí. Por la cual cosa exigo, que ya que nuestra mochila cumplía perfectamente con las medidas establecidas, como así se demostró con otros pasajeros que no se les cobró y a nosotras mismas en el viaje de ida a Cracovia, nos devuelvan el importe abonado en el aeropuerto. Ya que según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12, Sentencia del Juzgado Mercantil de Madrid N.º 13 de fecha 24 de octubre de 2019 N.º 373/2019, y Sentencia Juzgado Mercantil N.º 3 de Alicante N.º 3/2020 del 31 de enero de 2020, la ley establece que el transportista está obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, siempre que estos enseres cumplan los estándares de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave. El suplemento que pagamos en el aeropuerto es abusivo y vulnera los derechos de los consumidores.

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E. C.
18/12/2024

Maletas rotas

Después del cuarto crucero que hacemos con esta compañía, en el desembarco del MSC Orquesta, en Tenerife, el día 24 de Noviembre, recogemos nuestras 2 maletas y cuál es la sorpresa que están rotas, rayadas, sin una rueda la mas grande y con un pequeño boquete en la otra. Además, hay dos maletas más, seguidas de las mías, las cuales pertenecen a otros pasajeros y también están destrozadas. Avisamos al personal de desembarco, y nos hacen rellenar un papel y con prisas, que firmemos una hoja, y que ya nos llamaría la Naviera. No nos dan justificante, pero si nos hacen firmar una hoja para la notificación. Todo ello acompañado de unas prisas de la guía para montarnos en el bus con una excursión de camino al aeropuerto, lleno de más clientes del crucero, y no querían que estuviéramos más tiempo a la espera. Hacemos la reclamación por la agencia de viajes, y nos comunican, que efectivamente tiene constancia de nuestra incidencia, pero que no es GRAVE, y que por ello no van a abonar ningún importe. Esto es de vergüenza... Espero poder tener mis maletas, por cierto, segunda vez que las uso. Dejo como referencia mi número de cliente y así, ellos, tienen los datos para contactar conmigo.

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E. I.
18/12/2024

Cargo abusivo por equipaje de mano

El motivo de la reclamación es debida a que el pasado 16 de diciembre de 2024 en nuestro vuelo de regreso a Sevilla desde Basilea con escala en Londres EZY8484 y EZY8007 con mi mujer y mis dos hijos (3 y 6 años) Easyjet me hizo pagar la maleta de mano de mi hija dos veces, una en el aeropuerto de Basilea 72,00CHF (79,55€) y otra vez en el aeropuerto de Gatwick 48,00 libras (59,94€) , haciéndoles saber que desde Sevilla a Basilea no se me había cobrado y me comentaron que eran políticas de empresa, mostrando desde el principio falta de empatía y máxime cuando es el equipaje de mano de una pequeña de 3 años, por lo que en el momento del pago les hice saber que iba a reclamar la cantidad de dinero que me estaban haciendo pagar, ya que según la sentencia Nº 787/2022 de Madrid, la maleta de mano pequeña forma parte de lo mínimo indispensable, que no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado, que no supone ningún coste añadido para la compañía. Siendo de esta forma el cobro por la maleta de mano una cláusula “abusiva” al ir contra los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley (art. 97 Ley navegación aérea al equipaje de mano del pasajero que nunca podría ser objeto de un cargo adicional,), generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82. 1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC. Además de la sentencia ya mencionada existen otras sentencias en contra del cobro del equipaje de mano, como son: - Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº 373/2019). - TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. - Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020 En mi caso particular, el equipaje de mano que llevaba mi hija cumplía con todas las normativas de seguridad y las dimensiones permitidas. No obstante, tuve que pagar 139,09EUR para poder llevarlo a bordo, lo cual considero una práctica abusiva y en contra de las disposiciones legales mencionadas. Acompaño a esta reclamación las pruebas pertinentes, que incluyen: • Los recibos del pago de la maleta facturada. • Confirmación del vuelo (número de vuelo, fecha y hora). • Fotografía de la maleta de mano que demuestra que cumple con las medidas permitidas. Confío en que sabrán gestionar esta reclamación con diligencia y procederán a la devolución del importe cobrado de manera indebida. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo razonable, me veré obligada a acudir a las autoridades competentes y a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para presentar una reclamación formal. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente,

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E. I.
18/12/2024

Cargo abusivo por equipaje de mano

El motivo de la reclamación es debida a que el pasado 16 de diciembre de 2024 en nuestro vuelo de regreso a Sevilla desde Basilea con escala en Londres EZY8484 y EZY8007 con mi mujer y mis dos hijos (3 y 6 años) Easyjet me hizo pagar la maleta de mano de mi hija dos veces, una en el aeropuerto de Basilea 72,00CHF (79,55€) y otra vez en el aeropuerto de Gatwick 48,00 libras (59,94€) , haciéndoles saber que desde Sevilla a Basilea no se me había cobrado y me comentaron que eran políticas de empresa, mostrando desde el principio falta de empatía y máxime cuando es el equipaje de mano de una pequeña de 3 años, por lo que en el momento del pago les hice saber que iba a reclamar la cantidad de dinero que me estaban haciendo pagar, ya que según la sentencia Nº 787/2022 de Madrid, la maleta de mano pequeña forma parte de lo mínimo indispensable, que no deben custodiarla como ocurre con el equipaje facturado, que no supone ningún coste añadido para la compañía. Siendo de esta forma el cobro por la maleta de mano una cláusula “abusiva” al ir contra los derechos que el pasajero tiene reconocidos por ley (art. 97 Ley navegación aérea al equipaje de mano del pasajero que nunca podría ser objeto de un cargo adicional,), generando un grave desequilibrio de prestaciones entre las partes contratantes en perjuicio del consumidor, de ahí que deba ser declarada nula y desterrada del contrato, conforme a lo dispuesto en los arts. 82. 1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la LCGC. Además de la sentencia ya mencionada existen otras sentencias en contra del cobro del equipaje de mano, como son: - Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº 373/2019). - TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. - Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020 En mi caso particular, el equipaje de mano que llevaba mi hija cumplía con todas las normativas de seguridad y las dimensiones permitidas. No obstante, tuve que pagar 139,09EUR para poder llevarlo a bordo, lo cual considero una práctica abusiva y en contra de las disposiciones legales mencionadas. Acompaño a esta reclamación las pruebas pertinentes, que incluyen: • Los recibos del pago de la maleta facturada. • Confirmación del vuelo (número de vuelo, fecha y hora). • Fotografía de la maleta de mano que demuestra que cumple con las medidas permitidas. Confío en que sabrán gestionar esta reclamación con diligencia y procederán a la devolución del importe cobrado de manera indebida. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo razonable, me veré obligada a acudir a las autoridades competentes y a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para presentar una reclamación formal. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente,

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R. G.
17/12/2024

Reclamación por cobro indebido de equipaje de mano en el vuelo FR6395

Estimados señores de Ryanair, Por medio de la presente, me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación respecto al cobro inapropiado de 60 € por una maleta de equipaje de mano en mi reciente vuelo con su aerolínea. Detalles del vuelo: Número de vuelo: FR6395 Fecha del vuelo: 15/12/2024 Origen: Dublín Destino: Barcelona Detalles de la reclamación:
Durante el proceso de embarque en el vuelo de regreso, mi pareja y yo fuimos apartados en la puerta de embarque por una empleada de su compañía, quien nos indicó que nuestras maletas de equipaje de mano no cumplían con las medidas permitidas, a pesar de haberlas verificado previamente y de cumplir con las especificaciones indicadas por Ryanair. Es importante señalar que, en el vuelo de ida (número FR3976, Barcelona - Dublín, 13/12/2024), no tuvimos ningún problema para embarcar con exactamente las mismas maletas. Este hecho demuestra que dichas maletas cumplían con las normas establecidas por su aerolínea. En el vuelo de regreso, procedimos a verificar las medidas utilizando el dispositivo correspondiente, y ambas maletas encajaron perfectamente en el espacio habilitado. Sin embargo, mientras una de las empleadas afirmaba que ambas maletas cumplían con las normas, otra, de manera contradictoria, insistió en que una de ellas no era válida. Finalmente, esta última empleada adoptó un tono intimidatorio y amenazante, afirmando que si no abonábamos un cargo adicional de 60 €, no se nos permitiría embarcar y perderíamos el vuelo. Ante esta presión y con las puertas del avión a punto de cerrarse, nos vimos obligados a ceder y realizar el pago. Quisiera también destacar que no fuimos los únicos pasajeros que recibimos este trato. Otros viajeros en la misma situación fueron sometidos a un comportamiento similar, con amenazas, intimidaciones y abuso de poder por parte del personal de la puerta de embarque. La actitud del personal fue especialmente desagradable, caracterizada por una falta de profesionalismo, un trato irrespetuoso e incluso una negativa a mirarnos a la cara mientras nos hablaban. Esta experiencia no solo generó una situación injusta, sino que además dejó una impresión muy negativa sobre los estándares de atención al cliente de su aerolínea. Adjunto a esta carta copias de la confirmación de mi reserva, del recibo del pago realizado por el equipaje y de cualquier otra documentación relevante. Solicito lo siguiente: El reembolso inmediato del cargo indebido de 60 € correspondiente a la maleta de equipaje de mano. Una revisión interna de este incidente y de las prácticas del personal en la puerta de embarque para garantizar que situaciones como esta no vuelvan a ocurrir. Quedo a la espera de su pronta respuesta y resolución a esta reclamación. No duden en ponerse en contacto conmigo si necesitan información adicional o documentación complementaria. Atentamente, Raquel Gómez Adjuntos: Confirmación de reserva Recibo de pago del cargo adicional

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N. M.
16/12/2024

Cobro maleta de mano

Estimados/as responsables de atención al cliente de Vueling, Por la presente, me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación debido a un cobro indebido en mi reciente vuelo con su compañía. Durante el embarque, se me exigió el pago de una maleta de mano que cumplía con las medidas establecidas en sus políticas, a pesar de haber pagado previamente una maleta facturada. Este cobro me parece totalmente injustificado y contrario a lo estipulado por la normativa vigente. En particular, deseo recordar que el Juzgado de lo Mercantil número 13 de Madrid, en una resolución del 24 de octubre de 2019, condenó a Ryanair basándose en el artículo 97 de la Ley Nacional de Transporte, en el que se establece que las compañías aéreas no pueden cobrar por el equipaje de mano que se ajusta a las medidas permitidas y el artículo 82 del Real Decreto Legislativo 1/2007 en el que La Ley de Navegación Aérea establece que el transportista está obligado a transportar de forma gratuita y en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo Mi maleta de mano cumplía estrictamente con las dimensiones y condiciones requeridas para su transporte en cabina. Sin embargo, se me impuso un cargo adicional de forma arbitraria en el momento de embarcar, generándome no solo un perjuicio económico, sino también una situación de incomodidad y frustración. Por tanto, solicito: 1. La devolución inmediata del importe cobrado por el transporte de la maleta de mano. 2. Una explicación por escrito sobre las razones de este cobro, que contraviene la normativa mencionada y sus propias políticas establecidas. 3. Una confirmación de que tomarán medidas para evitar que situaciones similares se repitan con otros pasajeros. Acompaño a esta reclamación las pruebas pertinentes, que incluyen: • El recibo del pago de la maleta facturada. • Detalles del vuelo (número de vuelo, fecha y hora). • Fotografía de mi maleta de mano que demuestra que cumple con las medidas permitidas. Confío en que sabrán gestionar esta reclamación con diligencia y procederán a la devolución del importe cobrado de manera indebida. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo razonable, me veré obligada a acudir a las autoridades competentes y a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para presentar una reclamación formal. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente,

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L. B.
16/12/2024

Equipaje Perdido

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Quito, Ecuador al de El Prat, Barcelona, con fecha de salida 4/11/2024 a las 1900 horas, con escala en Madrid En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en 2 maletas de 23kg cada uno, y una de mano. 1 maleta negra, que contenía un teléfono Samsung, ropa, carteras, joyas, no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Ante la pérdida del equipaje facturado, solicito el abono de €1000 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en pérdida de artículos personales, tiempo y de un desplazamiento que tenía programado a Valencia. Adjunto los siguientes documentos: comprobante de reclamación que hice en la oficina de Iberia en El Prat Aeropuerto, y mí billete de vuelo de la escala en Madrid a Barcelona. SOLICITO la cantidad de 1000 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente.

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