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Incumplimiento contractual, cobro indebido y perjuicio económico relacionado con el Pack Hogar y la
Expediente: 20202604352 Fecha de contratación: 16/06/2026 EXPONGO Que desde la contratación del Pack Hogar de Iberdrola, el cual incluye la póliza de Protección de Pagos gestionada por Metlife, se han producido graves irregularidades que afectan directamente a mis derechos como consumidor y asegurado. A pesar de haber cumplido con todas mis obligaciones contractuales, Iberdrola: Continúa cobrando el Pack Hogar, Me obliga a mantenerlo activo, Mientras Metlife rechaza el siniestro alegando que la póliza está de BAJA, Y no se ha emitido resolución dentro de los plazos legales. Esta situación genera un perjuicio económico directo, un incumplimiento de la Ley de Contrato de Seguro, y una mala praxis administrativa por parte de Iberdrola como entidad comercializadora y responsable del Pack Hogar. FUNDAMENTO LEGAL 1.Responsabilidad de Iberdrola como comercializadora del Pack Hogar Iberdrola es responsable de: Garantizar la vigencia real de la póliza que comercializa. Asegurar la coherencia contractual entre lo que cobra y lo que está activo. Informar de forma veraz y diligente sobre el estado de la póliza. Si Metlife afirma que la póliza está de baja, Iberdrola no puede legalmente seguir cobrando el Pack Hogar. Esto constituye cobro indebido y vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. 2. Plazos legales de resolución del siniestro (Ley 50/1980 – LCS) Artículo 18 LCS – 40 días para abonar el importe mínimo La aseguradora debe: Determinar el importe mínimo de lo que pueda deber Y abonarlo en máximo 40 días desde la comunicación del siniestro La falta de coordinación entre Iberdrola y Metlife impide cumplir este plazo. Artículo 18 LCS – 3 meses para la resolución completa La aseguradora debe: Indemnizar o reparar completamente En un máximo de 3 meses El retraso acumulado supera este límite legal. Artículo 20 LCS – Intereses de demora automáticos El incumplimiento de los plazos anteriores genera: Intereses de demora automáticos Que pueden alcanzar hasta un 20% anual 3. Plazo de respuesta a reclamaciones internas: 1 mes La normativa de la DGSFP obliga a: Responder reclamaciones en máximo 1 mes Iberdrola no ha cumplido este plazo. IRREGULARIDADES IMPUTABLES A IBERDROLA Cobro del Pack Hogar mientras la póliza figura como de baja según Metlife. Falta de coordinación con la aseguradora. Información contradictoria y no veraz. Obligación de mantener un servicio que no está operativo. Perjuicio económico continuado. Incumplimiento de los plazos legales de respuesta y resolución. SOLICITO A OCU Que requiera a Iberdrola a justificar documentalmente la vigencia real de la póliza 398208318. Que se investigue el cobro indebido del Pack Hogar desde el inicio del siniestro. Que se exija la devolución inmediata de las cuotas cobradas indebidamente. Que se determine la responsabilidad de Iberdrola en el bloqueo del expediente y en la falta de resolución. Que se valore la aplicación de intereses de demora conforme al artículo 20 LCS. Que se garantice una resolución diligente y conforme a ley del siniestro. CONCLUSIÓN La actuación de Iberdrola en relación con el Pack Hogar y la póliza de Protección de Pagos constituye un incumplimiento contractual, un cobro indebido, y una vulneración de los plazos legales de respuesta y resolución establecidos en la Ley de Contrato de Seguro. Solicito la intervención de OCU para la defensa de mis derechos como consumidor y asegurado.
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Incumplimiento de pago acuerdo extrajudicial
Hola , llegue a un acuerdo extrajudicial el dia 14 de Julio para la devolucion por usura de 407.07 , el dia 14 de Julio me manadan la propuesta de pago que les devuelvo firmada en la que se especifica que el pago se hara el mes siguiente a la recepcion de ese acuerdo , estamos a 10 de Septiembre y no me han devuelto mi dinero y ademas sistematicamente ignoran mis mensajes pidiendo explicaciones . Llamo a atencion al cliente y me dicen que ellos no pueden hacer nada pero que escalan mi peticion . Sigo sin respuesta y sin mi dinero . La fecha del acuerdo es del 1 de Julio
Cargo indebido
Buenas tardes Con fecha 4 de septiembre he recibido un cargo no consentido por mí de betway Ceuta por importe de 20€ sin mi autorización y con fecha 7 he recibido un abono de 10€. He bloqueado la tarjeta de ING y solicito la devolución del importe cargado de forma indebida sin mi autorización.
Solicitud de reembolso íntegro – Reserva DoYouItaly DYI-182401122 – 448,17 €
La cuestión se refiere a una reserva de alquiler de vehículo realizada a través de DoYouItaly, que opera como sucursal de DoYouSpain, sociedad con domicilio social en España, con la empresa de alquiler Different Car de Catania (Italia). De conformidad con las condiciones contractuales, tras la cancelación de mi vuelo, el 8 de agosto me puse directamente en contacto con Different Car para informar de la situación y solicitar instrucciones respecto a la reserva. En dicha ocasión expliqué expresamente que, debido a la incertidumbre relacionada con el vuelo, podría recoger el vehículo el lunes 10 de agosto o el martes 11 de agosto. El empleado Marco me confirmó que era posible mantener la reserva hasta dichas fechas. En ningún momento se me informó de un plazo máximo de 48 horas ni de ninguna otra limitación temporal. Posteriormente, el lunes 10 de agosto a las 19:55, después de comunicar que mi vuelo había sido desviado a otro aeropuerto, se me informó de que el vehículo ya no estaba disponible y que no tenía sentido acudir al mostrador de alquiler. Sin embargo, posteriormente DoYouItaly/DoYouSpain sostuvo que la reserva se había mantenido activa durante 48 horas y que el vehículo había estado disponible hasta las 22:30 del mismo día. Esta versión resulta objetivamente contradictoria con la información que se me había comunicado a las 19:55. Además, Different Car me comunicó que no había recibido ningún pago correspondiente a esta reserva, indicándome que debía dirigirme directamente al bróker. Ya he solicitado a DoYouItaly, también a través de la asociación italiana Altroconsumo, que aporte documentación que acredite la comunicación del supuesto límite de 48 horas, que aclare la discrepancia relativa a los horarios y que verifique la grabación de la llamada del 8 de agosto con el empleado Marco. Dicha documentación no me ha sido facilitada y la empresa ha mantenido su negativa a efectuar el reembolso, declarando el expediente definitivamente cerrado. Asimismo, adjunto la reclamación presentada a través de Altroconsumo, asociación italiana de consumidores, que es el único canal a través del cual he recibido una respuesta por parte de la empresa, ya que todas las solicitudes y reclamaciones que presenté directamente ante DoYouItaly/DoYouSpain han quedado sin respuesta sustancial. Por todo ello, solicito la intervención de este organismo para que examine la actuación de las empresas implicadas, solicite una respuesta documentada sobre las circunstancias descritas y valore mi derecho al reembolso íntegro de 448,17 €, importe abonado por la reserva.
Entrega de mi paquete
El dia 18 de agosto envie un paquete, con # de seguimiento 04083187979660 desde el dia 21 de agosto el paquete NO se ha movido de malaga! Me urge saber que pasa con mi envio! Voy a perder ni venta, y mi dinero . Seur en conjunto con CHRONOPOST estan a cargo de mi envio! Me urge una solución.
No me quieren dar de baja la suscripción del curso
Contraté los servicios formativos de Nubika, pero debido a una situación personal de insolvencia económica sobrevenida y a la total falta de uso de la plataforma (no he accedido ni utilizado los materiales didácticos), solicité la baja definitiva del servicio y la anulación de las cuotas pendientes. La empresa se niega a tramitar la baja de forma efectiva, exigiéndome el pago total de un curso que no disfruto y amenazándome de manera intimidatoria con la intervención de bufetes de abogados y acciones legales por impago. Considero abusivo que se pretenda cobrar por un servicio educativo online no prestado ni consumido, aprovechándose de una situación de vulnerabilidad económica. Solicito la cancelación inmediata del contrato/suscripción, el cese de los cargos económicos y la paralización de cualquier táctica intimidatoria de cobro.
RECLAMACIÓN CONTRA EL REHÚSE DEL SINIESTRO
A la atención del Departamento de Reclamaciones de Línea Directa Aseguradora, S.A. Asunto: Disconformidad con el rehúse del siniestro por supuesta inexistencia de sobretensión D. Fernando Javier Carrasco Díaz, en relación con el siniestro correspondiente a la avería de mi frigorífico Samsung, manifiesto formalmente mi disconformidad con la decisión de rehúse comunicada por esa entidad, en la que se indica: \"Presenta avería en compresor, placa electrónica y placa inverter, averías propias. No podemos achacar sobretensión al encontrarse compresor dañado también. Proponemos rehúse por falta de sobretensión.\" No considero suficientemente justificada dicha decisión, por los siguientes motivos: PRIMERO.- EXISTE UN INFORME DEL SERVICIO TÉCNICO OFICIAL QUE RELACIONA LA AVERÍA CON EL EPISODIO DE TENSIÓN El Servicio Técnico Oficial Samsung SAT Jerez S.L., mediante informe técnico de fecha 02/09/2026, hace constar que el frigorífico sufrió una avería después de un episodio de tensión ocurrido el 28/08/2026. El informe identifica daños en: * compresor; * placa electrónica principal; * sistema de control/inverter. Asimismo, el técnico concluye expresamente que los daños son compatibles con una sobretensión/anomalía de tensión en el suministro eléctrico, estableciendo una relación directa entre dicho episodio y la avería del equipo. Por tanto, existe un informe técnico aportado al expediente que atribuye el conjunto de los daños constatados a un origen compatible con el episodio eléctrico. SEGUNDO.- EL HECHO DE QUE EL COMPRESOR ESTÉ DAÑADO NO ACREDITA, POR SÍ SOLO, QUE SE TRATE DE UNA AVERÍA PROPIA AJENA AL EPISODIO ELÉCTRICO La motivación del rehúse parece fundamentarse en que, al encontrarse también afectado el compresor, no puede atribuirse la avería a una sobretensión. Sin embargo, la mera existencia de daños en el compresor no demuestra por sí misma que dichos daños sean independientes del episodio de tensión. Precisamente el informe del Servicio Técnico Oficial Samsung contempla conjuntamente los daños del compresor, de la placa electrónica principal y del sistema de control/inverter y concluye que son compatibles con una sobretensión/anomalía de tensión. Por ello, si esa entidad sostiene que el daño del compresor constituye necesariamente una avería propia, independiente y ajena al episodio eléctrico, solicito que se indique qué prueba o informe técnico objetivo permite llegar a dicha conclusión. TERCERO.- LA PÓLIZA CONTRATADA CONTEMPLA EXPRESAMENTE LOS DAÑOS POR SUBIDAS Y BAJADAS DE TENSIÓN Las condiciones generales de la póliza establecen expresamente que se consideran daños eléctricos los daños materiales causados por subidas o bajadas de tensión, entre otros supuestos. Documento PDF.pdf Asimismo, la cobertura contempla los daños eléctricos directos producidos en aparatos electrónicos y electrodomésticos para uso particular en la vivienda, cuando se encuentra contratado el Contenido. Documento PDF.pdf La propia documentación contractual utiliza además como ejemplo de siniestro cubierto el supuesto de que una subida de tensión estropee un aparato eléctrico. Documento PDF.pdf Por tanto, el riesgo cuya existencia se discute en este expediente está expresamente contemplado dentro de la garantía de Daños Eléctricos. CUARTO.- LA COBERTURA DE DAÑOS ELÉCTRICOS SE ENCONTRABA VIGENTE CUANDO OCURRIÓ EL EPISODIO Las condiciones particulares de la póliza reflejan que la cobertura de Daños eléctricos tiene fecha de inicio 21/08/2026. Po?liza hogar.pdf El episodio de tensión señalado por el Servicio Técnico Oficial Samsung tuvo lugar el 28/08/2026, es decir, después del inicio de dicha cobertura. Por otra parte, el frigorífico fue adquirido el 08/10/2021, por lo que tampoco se encuentra próximo al límite de antigüedad de 12 años establecido en la cobertura. Po?liza hogar.pdf QUINTO.- SOLICITO QUE SE JUSTIFIQUE TÉCNICAMENTE EL REHÚSE Ante la existencia de un informe técnico del Servicio Técnico Oficial Samsung que considera los daños compatibles con una sobretensión/anomalía de tensión, considero insuficiente la mera afirmación de que se trata de \"averías propias\". Por ello, si se mantiene el rehúse, solicito que se me facilite por escrito: 1. El informe técnico concreto en el que se determina que los daños del frigorífico constituyen exclusivamente una avería propia y que no tienen relación con el episodio de tensión del 28/08/2026. 2. La explicación técnica concreta por la que se descarta la relación entre dicho episodio y los daños constatados. 3. La cláusula concreta de las condiciones de la póliza que se considera aplicable para rechazar este siniestro. 4. La explicación técnica de por qué el hecho de encontrarse afectado el compresor impide o descarta que dicho daño pueda haber sido consecuencia del episodio eléctrico. 5. La explicación de por qué se considera insuficiente o incorrecta la conclusión del Servicio Técnico Oficial Samsung, que establece que los daños son compatibles con una sobretensión/anomalía de tensión. SEXTO.- SOLICITO LA REVISIÓN DEL SINIESTRO En virtud de todo lo anterior, SOLICITO LA REAPERTURA Y REVISIÓN DEL SINIESTRO, teniendo en consideración: * el informe emitido por el Servicio Técnico Oficial Samsung; * los daños constatados en el compresor, placa electrónica y sistema inverter; * la relación temporal entre el episodio de tensión del 28/08/2026 y la aparición de la avería; * y la cobertura de Daños Eléctricos contratada y vigente en la fecha del episodio. Documento PDF.pdf Solicito que, tras la revisión, se reconozca la cobertura correspondiente y se proceda a asumir el coste de reparación acreditado, por importe de: 1.010,35 EUR IVA incluido. En caso de mantenerse la decisión de rehúse, solicito que se me remita resolución motivada por escrito, indicando de forma concreta las pruebas técnicas y las cláusulas contractuales en las que se fundamenta la decisión. Asimismo, solicito que se incorpore esta reclamación y toda la documentación técnica aportada al expediente del siniestro. Sin otro particular, quedo a la espera de una respuesta motivada. Atentamente, Fernando Javier Carrasco Díaz
Problemas con el curso 8 Belts
Hola, buenas. Desde diciembre de 2025, el servicio de 8 Belts, (web para aprender inglés) ha ido cesando en sus servicios. Al principio fallaban los trainings con los profesores para hablar en inglés, después no se actualizaba y el vocabulario siempre era el mismo y luego no funcionaba intenté comunicarme con ellos y no recibí respuesta, he aplazado mi pago con una aplicación sequra pero he seguido pagando hasta este momento . Exigimos una denuncia en común y que se nos devuelva parte de nuestros dinero. Un saludo
Quiero un reembolso íntegro del curso ya que no ha habido curso
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque [Por favor, detalla aquí el contenido de tu reclamación] Escuela de formación carval me prometió un curso con prácticas, examen. Los cuales no han habido porque ni siquiera hay un mínimo de feedback con la tutora la cual me dicen que tengo asignada SOLICITO […]. Que se me devuelva el dinero del curso íntegramente, ya que el curso ha sido inexistente Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
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