Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. R.
22/05/2026

Reclamación por retraso

Estimados/as señores/as: En fecha 6 de mayo del 2026 adquirí un billete de barco para viajar el día 22 de mayo del 2026, desde valencia , hasta Palma de Mallorca , con un coste de [23,08€]. Nº de pasajeros: 1 El barco llego al destino a las 8:45 horas, sufriendo un retraso de 2 horas y 10 min con el horario previsto originariamente de llegada. El retraso ha motivado que tuviera que hacer los siguientes gastos [indicar gastos que se tuvieron que realizar: p.ej. asistencia en forma de comida y bebida, en función del tiempo de espera, si el retraso es superior a una hora. Alojamiento, si la espera se prolonga hasta el día siguiente] Adjunto los siguientes documentos : SOLICITO la compensación que me corresponde conformé, así como la devolución del importe de los gastos justificados que tuve que afrontar por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
J. R.
22/05/2026

Reclamación por retraso

Estimados/as señores/as: En fecha 6 de mayo del 2026 adquirí un billete de barco para viajar el día 22 de mayo del 2026, desde valencia , hasta Palma de Mallorca , con un coste de [69,33€]. Nº de pasajeros: 1 El barco llego al destino a las 8:40 horas, sufriendo un retraso de 2 horas y 10 min con el horario previsto originariamente de llegada. El retraso ha motivado que tuviera que hacer los siguientes gastos [indicar gastos que se tuvieron que realizar: p.ej. asistencia en forma de comida y bebida, en función del tiempo de espera, si el retraso es superior a una hora. Alojamiento, si la espera se prolonga hasta el día siguiente] Adjunto los siguientes documentos : SOLICITO la compensación que me corresponde conformé, así como la devolución del importe de los gastos justificados que tuve que afrontar por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
J. R.
15/05/2026

Retraso

Estimados/as señores/as: En fecha 6 de mayo del 2026 adquirí un billete de barco para viajar el día 15 de mayo del 2026 , desde Palma , hasta valencia , con un coste de [69,33€]. Nº de pasajeros: 1 El barco llego al destino a las 21:30 horas, sufriendo un retraso de 2 horas y 30 min, con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos:billetes SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*]. Sin otro particular, atentamente. J. Miguel . * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.

Resuelto
J. A.
02/05/2026

Problema de entrega con Just Eat

Buenas noches, he realizado un pedido mediante Just Eat a un restaurante McDonald's, hasta aquí todo muy bien. Me pone en la app que mi pedido llega a mi domicilio a las 20.25h de la tarde. Abro un chat porque son las 20.30h y mi pedido no ha llegado ni han pasado a recoger por el restaurante. Me dice el agente del chat que se puede demorar 30 minutos más. Total que son las 21h, y no sabía nada de mi pedido aun. Bueno, me llaman al timbre a las 21.15 de la noche habiendo realizado el pedido a las 20h. Por última, todo el pedido estaba mojado por la bebida y tieso, estaba incomible. Contacto con el agente del chat y me ofrece la devolución de la bebida, cuando no se puede comer nada de lo que había pedido. Me comenta que no puede darme ninguna solución más, osea que ni he cenado y tampoco me realizaba la devolución. QUE VERGUENZA. Adjunto capturas del chat con el agente de Just Eat. Ruego que me DEVUELVAN MI DINERO, ya que estaba tieso e incomible.

Resuelto
I. C.
21/04/2026

Cambio en la salida del barco sin notificación previa

El pasado 4/03 tenía billete de Arrecife a Las Palmas, con salida a las 11am. Cuando llegué a puerto, sobre las 10am, una hora antes de la salida para entrar con el coche, me indican que la salida se ha suspendido y han dividido al pasaje en 2 nuevas salidas y que, en principio, habían notificado por sms. En la misma oficina de puerto corroboraron que a mí no se me había enviado dicha notificación, comprobando que el teléfono que figura a era correcto pues me enviaron en ese instante dicho mensaje, por lo que este consta que se envió a las 11 de esa mañana, conmigo presente en la oficina. Me indican que el nuevo trayecto es a las 23:59 de ese día y, tras preguntar, que es mejor que haga la reclamación online, lo cual hice ese mismo día. Durante el día, recibo un correo con la emisión de un nuevo billete, con el mismo localizador, que indica que las salidas es a las 23:59 de esa noche. Aún así, antes de acudir al puerto, llamo a la oficina para confirmar que la salida se mantiene, como así me indican, e, incluso, cuando llego a puerto, sobre las 23pm, vuelvo a preguntar y me dicen que esperan salir, en lugar de a las 23:59, a la 1am. Finalmente, embarcamos a las 3 am, estando esperando en el puerto desde las 23h y terminamos saliendo a las 4am. En respuesta a mi reclamación, solo consideran un retraso de 3h, porque con el trayecto finalmente realizado se estimaba llegada a las 7 am y llegamos a las 10am, pero no se ha tenido en cuenta que el sábado 4 yo dejé mi alojamiento por la mañana porque no me avisaron del cambio y tuve que hacer tiempo hasta las 3am que embarcamos, lo cual fue exasperante Todas esas horas no se han tenido en cuenta, tan solo el retraso del último trayecto. Por ello, reitero en reclamar el perjuicio sufrido.

Cerrado
J. A.
15/04/2026

Compensación y Reembolso

Estimados/as señores/as: En fecha 1 DE ABRIL DE 2026 adquirí un billete de barco PARA 6 PERSONAS0 para viajar el día1 DE ABRIL DE 2026 , desde TARIFA, hasta TANGER con un coste de 692,75€. Nº de pasajeros: 6 El barco llego al destino a las 23.30horas, sufriendo un retraso de 12 HORAS con el horario previsto originariamente de llegada. El retraso ha motivado que tuviera que hacer los siguientes gastos: - CENA - ALOJAMIENTO Adjunto los siguientes documentos: - Reserva - Factura Hotel SOLICITO la compensación que me corresponde conforme el daño realizado, así como la devolución del importe de los gastos justificados que tuve que afrontar por el retraso. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
J. M.
18/02/2026

Compesación Retraso 15.02.2026 Huelva - Gran Canaria REF: 7027950

Estimados/as señores/as: En fecha 23/11/2025 adquirí un billete de barco para viajar en camarote doble el día 13/02/2026, desde HUELVA, hasta GRAN CANARIA, con un coste de 590,26 €. El barco llego al destino el 15 de Febrero de 2026 a las 16:16 horas, sufriendo un retraso de más de siete horas con el horario previsto originariamente de llegada (09.00 horas). Sin mencionar que salió de Huelva ya con 4 horas de retraso sin justificación razonable. Adjunto los siguientes documentos: Resumen Reserva, Billetes, Emails de Reclamación a FredOlsen REF: 7027950 SOLICITO la compensación que me corresponde por el retraso efectivo en la llegada fue de 7 horas y 16 minutos. Tratándose de un trayecto programado de duración superior a 24 horas, conforme el artículo 19 del Reglamento (UE) nº 1177/2010 establece el derecho a una indemnización mínima del 25 % del precio del billete cuando el retraso en la llegada supera las 6 horas, circunstancia que concurre de forma objetiva en este caso. En el Email respuesta de mi reclamación, deniegan el abono alegando genéricamente “condiciones meteorológicas” y “condicionantes externos”. A este respecto, recuerdar que el artículo 20.4 del citado Reglamento establece que el transportista únicamente quedará exento de la obligación de indemnizar si demuestra que el retraso se debió a condiciones meteorológicas que hacían peligrosa la navegación o a circunstancias extraordinarias inevitables incluso adoptando todas las medidas razonables. En la respuesta de FredOlsen no se aporta en ningun caso: * Parte meteorológico oficial aplicable a la ruta y franja horaria concreta. * Resolución o restricción de Capitanía Marítima. * Aviso de cierre o limitación operativa del puerto. * Justificación técnica de que la navegación fuera peligrosa. * Explicación de las medidas razonables adoptadas para evitar o minimizar el retraso. Una mera referencia genérica a condiciones meteorológicas no cumple con la exigencia probatoria del Reglamento europeo, cuya interpretación debe realizarse de forma restrictiva al tratarse de una excepción a un derecho del pasajero. Por tanto, les requiero formalmente para que: * Procedan al abono de la compensación prevista en el artículo 19 del Reglamento. La cantidad que deben abonarme asciende a 147,50 €. O bien, * Aporten documentación objetiva que acredite de manera fehaciente que concurrían las circunstancias eximentes previstas en el artículo 20.4. Quedo a la espera de su respuesta en el plazo legalmente previsto. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
R. B.
17/09/2025

Rembolso billete por retraso de 3 horas

Dia 09/09/2025 trayecto Tanger Med a Algeciras con buque Juan J Sister salida programada para las 16:00 , llegamos 3 horas tarde sin ninguna explicación número ticket 19541323965

Cerrado
A. E.
03/09/2025

Indemnización por retraso de mas de 17h

El pasado día 14 de Enero, compré un billete con destino a Gran Canaria desde Huelva para un viaje que estaba programado para el día 25 de Julio de 2025 a las 23:59. Mi domicilio es en Pamplona, por lo que tenía que recorrerme toda la península para llegar hasta Huelva y poder coger dicho barco, el cual tiene una duración de 34h aproximadamente. El día 25, encontrándome en Salamanca realizando una parada para comer, a las 13:25 recibo un correo electrónico notificando que el viaje había sufrido un cambio de fecha y horario. La salida, programada para el día 25 a las 23:59 se retrasaba hasta el día 26 a las 19:30. (adjuntaré el correo electrónico en los archivos adjuntos) Me puse en contacto con Fred Olsen para explicarles que me encontraba de camino hacia Huelva, y que no podía dar marcha atrás debido a que llevaba casi 5h de viaje, y además, en el correo especificaban que el Muelle se abriría solo de 13:00 a 15:00, por lo que si el trayecto de Pamplona a Huelva eran cerca de 10h y media, no podía volver y salir al dia siguiente a las 3:00 am. No tenían mucha mas información que la que indicaba en el correo electrónico, y aun no sabían si la empresa iba a ofrecer un hotel para las personas afectadas por este cambio. Les pedí una solución y, después de estar insistiendo que necesitaba una solución inmediata para continuar mi viaje sin imprevistos, me ofrecieron la posibilidad de buscarme un alojamiento por mi cuenta, e intentar realizar la reclamación de los gastos del mismo posteriormente. Eso hice, encontrando una habitación de hotel después de buscar durante mas de media hora (las fechas y la localización son muy complicadas, además de encontrar un hotel el mismo día, que solo permitan una noche, y que no se vaya de precio...). He conseguido que me acepten el reembolso de dicho gasto de hotel, aunque en un principio me lo habían denegado también. Revisando las condiciones y derechos del pasajero que Fred Olsen tiene en su página web, me encuentro que tengo derecho a una indemnización estipulado en el Reglamento (UE) 1177/2010, que para viajes de mas de 24 horas, un retraso superior a 12 horas da derecho a una indemnización del 50% del precio del billete, salvo circunstancias excepcionales ajenas a la naviera (mal estado del mar que imposibilite realizar el viaje). Al realizar la reclamación de este hecho, ellos deniegan la indemnización escudándose en que al haber habido un cambio en el billete, y haber usado el nuevo billete, la fecha de salida se considera la nueva, y no la original, negando que el retraso real del viaje fueron algo mas de 17h, sino de 3h. Yo en ningún momento di confirmación a aceptar el cambio de billete, mas bien no tuve otra opción que viajar el nuevo día. Además, perdí 1 día de mis vacaciones por culpa de este cambio a menos de 12h de la salida del barco. Por lo cual, no estoy conforme con la solución que me ofrece la Naviera Fred Olsen y solicito la indemnización del 50% del precio del billete, tal y como estipulan ellos en su página web en la sección de Derechos del pasajero. Aún no he firmado el documento para recibir los gastos asociados al hotel, ya que en dicho documento aparece el siguiente texto, por el cual no podría reclamarles la indemnización antes mencionada: "En virtud de dicho pago (salvo buen fin de la transferencia), el firmante declara sin reserva alguna a Fred. Olsen S.A. y sus aseguradoras, libre de todas sus obligaciones como consecuencia de los daños anteriormente mencionados, renunciando expresamente a toda nueva reclamación judicial como extrajudicial contra dicha compañía y sus aseguradoras". Adjunto a esta reclamación los siguientes documentos: Billete de compra, correo electrónico con la información del retraso y cambio de horario, documento de reembolso de gastos del hotel (aún no lo he firmado, hasta no aclarar esta indemnización), hilo de correos sobre esta reclamación y derechos del pasajero de la propia página de Fred Olsen.

Cerrado
J. M.
01/09/2025

Compensacion barco por retraso

Estimados/as señores/as: En fecha 5 de julio 2025, adquirí un billete de barco para viajar el día 15 de julio 2025 desde Tenerife, hasta Gomera, con un coste de 276,98€. Nº de pasajeros: cuatro + coche El barco llego al destino a las 18:30 horas, sufriendo un retraso de 2 horas y media con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: billetes y reclamación realizada a la compañía SOLICITO la compensación del 50 % del precio del billete que me corresponde conforme lo que indica la legislación europea*. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.

Cerrado

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