Estimados/as señores/as:
En fecha 6 de mayo del 2026 adquirí un billete de barco para viajar el día 15 de mayo del 2026 , desde Palma , hasta valencia , con un coste de [69,33€].
Nº de pasajeros: 1
El barco llego al destino a las 21:30 horas, sufriendo un retraso de 2 horas y 30 min, con el horario previsto originariamente de llegada.
Adjunto los siguientes documentos:billetes
SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*].
Sin otro particular, atentamente.
J. Miguel .
* Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a:
o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas;
o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas;
o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o
o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas.
Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a:
o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas;
o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas;
o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas,
o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas.
Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.