Últimas reclamaciones

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J. M.
28/06/2026
FINANCIERA EL CORTE INGLÉS

FINANCIERA EL CORTE INGLÉS COBROS INDEBIDOS 28/06/2026

En 2018, contraté un seguro de coche y un seguro de vida con la aseguradora de El Corte Inglés. En 2019, dos meses antes de la renovación de ambas pólizas, acudí presencialmente a una sucursal de Seguros El Corte Inglés en Málaga para cancelar los dos seguros. No pusieron ninguna pega. Tampoco me entregaron justificante alguno ni enviaron confirmación por email. La empleada simplemente dijo: “listo, ya está”... error mío de no pedir confirmación por confiar en una marca de las de toda la vida. El problema es que solo cancelaron una de las pólizas. La otra siguió cobrándose durante años sin mi conocimiento y, lógicamente, sin mi consentimiento. Además, los recibos aparecían mezclados entre múltiples cargos de compras aplazadas de Financiera El Corte Inglés, utilizando referencias numéricas prácticamente indistinguibles y usando fechas de cobro que seguían un patrón irregular para un seguro. Es decir: el cobro del seguro quedaba camuflado entre otros pagos financieros. Ejemplos reales: RECIBO FINANCIERA EL CORTE INGLES E.F.C., S.A. Nº 33,94 D 3.419,10 H RECIBO 0049 6065 755 BBDDMPS REF. MANDATO TC011136291931102009 RECIBO FINANCIERA EL CORTE INGLES E.F.C., S.A. Nº 8,15 D 1.406,84 H RECIBO 0049 6065 755 BBDFJCD REF. MANDATO TC011136291931102009 RECIBO FINANCIERA EL CORTE INGLES E.F.C., S.A. Nº 36,15 D 2.019,00 H RECIBO 0049 6065 755 BBDGGRP REF. MANDATO TC011136291931102009 Ni siquiera El Corte Inglés es capaz de distinguir claramente qué recibo es un seguro y qué recibo es una financiación. En 2024, cuando ya no tenía compras aplazadas activas, apareció un recibo que no reconocí. Lo devolví. La respuesta de Financiera El Corte Inglés fue derivar mis datos a ISGF, empresa de recobros que trabaja para ellos y cuya forma de actuar, sinceramente, deja bastante mal a quien la contrata. Al principio ni siquiera aclaraban el origen exacto de la supuesta deuda. Mientras tanto: — amenazaban con incluirme en ficheros de morosos, — añadían intereses diarios, y todo ello pese a que manifesté mi intención de pagar inmediatamente si se me explicaba qué se me estaba cobrando. Aquello no era una deuda reconocida. También en 2024 mantuve conversaciones telefónicas con la aseguradora. Una empleada volvió a asegurarme que había tramitado la baja y que enviaría confirmación por email. No ocurrió ninguna de las dos cosas. Posteriormente, la aseguradora me confirmó no tener constancia de aquella conversación. Otra vez lo mismo que en 2019 (empleada que no comunica las cancelaciones a la aseguradora). Tras varios emails en los que se negaban a devolver las primas, llegamos a 2025. Tras tener que acudir a la DGSFP, el organismo regulador dictamina que la póliza ni siquiera estaba correctamente formalizada. Mi firma solo aparecía en el boletín de adhesión, pero no en la documentación donde debían aceptarse las cláusulas y condiciones del contrato. La respuesta de la aseguradora fue enviar un escrito comunicando el cese unilateral de cualquier comunicación conmigo. Con dos pelotas. En el mismo dictamen, la DGSFP desestima la devolución del dinero. Pero eso tiene explicación jurídica: La DGSFP no tiene potestad para obligar a devolver importes. La aseguradora no aportó confirmación de mi cancelación (porque nunca me la entregaron) y el órgano regulador evita entrar en cuestiones probatorias. Pero eso NO significa que legalmente no corresponda la devolución. El artículo 3 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro exige que determinadas condiciones estén aceptadas expresamente por escrito. Y el artículo 1261 del Código Civil establece que sin consentimiento válido no existe contrato válido. Si la propia DGSFP concluye que faltan firmas esenciales en la póliza, el consentimiento contractual, es nulo. En 2026 sigo reclamando por distintas vías: publicaciones en OCU, correos electrónicos y solicitudes formales. Solicité entonces a la aseguradora mi Derecho de Acceso para obtener toda la información y grabaciones relativas a mi caso. La respuesta fue que ya no conservaban las llamadas de 2024. Precisamente aquellas donde podría escucharse a otra empleada cometiendo el mismo error —o siguiendo el mismo protocolo— que la chica que me atendió presencialmente en 2019. Este hecho ya ha sido denunciado ante la AEPD. También ejercí mi Derecho de Acceso ante la financiera para obtener un historial claro de todos los importes cobrados por ese seguro, ya que con los extractos bancarios era imposible aclararse por la opacidad en el asunto de los mismos. Primero intentaron cobrarme 5 euros por página. Después, cuando les recordé la normativa RGPD sobre la obligación de entregar la documentación de manera gratuita, respondieron por escrito que ya no conservaban esos datos. Curioso, porque esos mismos datos sí los utilizaban para reclamarme pagos en 2024, pero supuestamente habían desaparecido en 2026. Misma excusa que la aseguradora. También denunciado ante la AEPD. Lo más llamativo vino después. Dos meses más tarde de negar que tuvieran los datos, la propia financiera me envía los extractos por email acompañados de un texto donde afirman: “Según su solicitud de Derecho de Acceso recibida hace 8 días…” ¿8 días? Mi solicitud original se había enviado dos meses antes. Es decir: — primero dijeron que no tenían la información, — después la enviaron fuera de plazo, — y además intentaron encajar artificialmente la fecha dentro de los límites legales de respuesta del RGPD. El RGPD concede a cualquier empresa un mes para responder, ampliable a dos ó tres, únicamente si se comunica la necesidad de prórroga dentro del primer mes. Cosa que jamás ocurrió. Esto también ha sido denunciado ante la AEPD. Por si fuera poco, solicité igualmente a ISGF las grabaciones de las llamadas realizadas durante 2024. Su respuesta escrita fue que ya no conservaban nada porque “su cliente retiró el expediente”. Aclaro: ISGF tiene obligaciones propias de conservación y protección de datos independientemente de lo que haga “su cliente”. Sí, también denunciado ante la AEPD. La propia financiera me informa por escrito de que ISGF actúa bajo la responsabilidad de la misma. Por tanto, si yo solicito grabaciones a ISGF, su obligación era trasladarlo a la financiera (cosa que no hicieron). Y sospecho que si la financiera hubiese enviado ciertas grabaciones de ISGF, más de uno habría quedado en una posición bastante comprometida. Recientemente, tras recriminar a la financiera el intento de manipular fechas en sus respuestas, me enviaron otro correo bastante surrealista: Alegan que el envío de los extractos respondía realmente a una publicación posterior que puse en OCU y no a mi solicitud inicial de Derecho de Acceso. Pero jurídicamente el plazo cuenta desde la primera solicitud formal, no desde una publicación pública posterior donde simplemente denunciaba que la financiera decía no tener los datos. También afirman que ya no tienen relación con la estructura de El Corte Inglés desde 2014. Curioso argumento para quien estuvo cobrando recibos asociados a la marca entre 2018 y 2024 y derivando expedientes a ISGF bajo la misma identidad comercial. Ese nuevo correo también ha sido denunciado ante la AEPD y ante el Banco de España. ACTUALIZACIÓN 12/06/2026: Solicité a la aseguradora que me enviase el boletín de adhesión a la póliza, y lo recibí en esa fecha. He podido comprobar: 1º. El boletín se compone de 2 páginas. Mi firma únicamente consta en la primera hoja. La segunda página, que es la que contiene las condiciones generales del contrato, no fue suscrita por mí en ningún momento. 2º. Una de las cláusulas del boletín, dice que las primas se pagarían de forma trimestral, y revisando los extractos he podido comprobar que las fechas de los recibos no tienen ni esa periodicidad ni ningún ciclo habitual reconocible. Este hecho ha sido denunciado de nuevo a la DGSFP para su revisión conforme a la parte compentente por el órgano regulador. Se seguirá actualizando. Ref. 14192914

Cerrado
C. C.
27/06/2026

Contrato engañoso con financiación oculta y denegación de desistimiento

Estimados señores de OCU, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal contra Retsinnal Group SL (Tradeando.net) por prácticas comerciales engañosas y abusivas. HECHOS: Fui captado a través de videos publicitarios en YouTube donde Tradeando ofrecía aprender a hacer trading con un único pago de €169.88, prometiendo ganancias de hasta €250 al día compartiendo sus propias operaciones. En ningún momento se mencionó que existían 12 pagos mensuales de €169.88, con un total de €2,038.56 procesado a través de la plataforma de pagos Hotmart. El 28 de enero de 2026 a las 18:02 UTC, bajo presión comercial durante una llamada telefónica, firmé digitalmente el contrato desde Voorburg, Países Bajos (ref: ZP4KZ-7YWYH-DVXN8-7VGZJ), firmado mediante PandaDoc, representado por Sr. Enrique Moris Vega de Retsinnal Group SL, con domicilio en Avenida Tarragona n1, Principado de Andorra. Sobre el derecho de desistimiento: Resido en Países Bajos, donde la legislación europea garantizan un plazo de 14 días naturales para desistir de cualquier contrato celebrado a distancia, conforme a la Directiva Europea 2011/83/UE. El 5 de febrero de 2026, tan solo 8 días después de la firma — dentro del plazo legal — solicité formalmente la cancelación. Tradeando denegó mi solicitud sin justificación legal válida, vulnerando mis derechos como consumidor europeo. Hasta la fecha he realizado 3 pagos de €169.88 = €509.64 a través de Hotmart y me encuentro en dificultad económica causada por este gasto oculto que nunca fue informado durante la contratación. Importante: La propia Cláusula 6 del contrato establece que cualquier controversia se someterá a los tribunales del lugar de residencia del alumno — es decir, Países Bajos — lo que refuerza mi posición legal. Al publicar una reseña negativa honesta en Trustpilot recibí una carta amenazante del abogado Guillermo García González (ICAM 124500) exigiendo la eliminación de mi reseña. Posteriormente también recibí amenazas de una oficina de cobros por los pagos pendientes de un contrato obtenido mediante engaño. Adicionalmente, investigando Trustpilot descubrí que su puntuación de 4.7 estrellas parece ser artificialmente inflada — encontré usuarios con hasta 19 reseñas de 5 estrellas todas para Tradeando y múltiples cuentas sin historial dejando valoraciones positivas. Presenté un informe al Equipo de Integridad de Contenido de Trustpilot documentando estos patrones sospechosos. Este caso no es aislado. OCU ya ha recibido más de 400 reclamaciones idénticas contra Tradeando con el mismo patrón sistemático de engaño. Tengo activo el caso ECCNL-57321 ante el Centro Europeo del Consumidor de Países Bajos, trasladado al ECC de España en junio de 2026. SOLICITO: Cancelación total del contrato con Retsinnal Group SL y del acuerdo de pago con Hotmart Devolución de €509.64 ya pagados Cese inmediato de todas las amenazas legales y de cobro Investigación de las prácticas sistemáticamente engañosas de Tradeando Quedo a su disposición para aportar toda la documentación necesaria incluyendo el contrato firmado digitalmente. Atentamente, Cruz Contreras con71crz@gmail.com Países Bajos

Cerrado
J. F.
27/06/2026

Solicité 300 y tengo que pagar 976

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, Isabel Rodríguez Rodríguez, 4188202175128097 préstamo de300 euros Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con KVIKU Y ello por: [relato breve de los hechos, no especificar nada personal] Adjunto los siguientes documentos: [contrato y justificante de primera paga SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para poder tener un interés justo y lógico así como no abusivo Sin otro particular, atentamente. Isabel Rodríguez Rodríguez

Cerrado
A. R.
25/06/2026

Problema con una financiación

Reclamación formal y solicitud de nulidad de crédito vinculado por vicio en el consentimiento - Contrato ID del contrato de Crédito al consumo: 701b84f4-7ca0-499f-a39a-c9ed3aac4311 Por la presente, me dirijo a ustedes para solicitar la nulidad inmediata del contrato de financiación referenciado, el cual se encuentra vinculado a la adquisición de la formación de la empresa Tradeando (Retsinnal Group S.L.U.). Motivo mi solicitud en la existencia de vicios en el consentimiento y falta absoluta de transparencia en la venta del servicio. Durante la comercialización telefónica, la empresa vendedora me ocultó deliberadamente las condiciones reales del contrato, las normas de permanencia y el coste total de la deuda, haciéndome creer que se trataba de un pago puntual y no de la firma de un crédito al consumo de larga duración. Esta práctica ha sido denunciada públicamente por organizaciones como la OCU. [1] En virtud del artículo 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo, la ineficacia del contrato de servicios de consumo conlleva la ineficacia del crédito vinculado. Por tanto, les solicito: La paralización inmediata de cualquier cargo posterior en mi tarjeta o cuenta bancaria. La resolución y nulidad de este contrato de financiación por comercialización engañosa. La devolución de la primera cuota ya cobrada por importe de 169,83€. Les informo de que, en caso de recibir respuestas automatizadas o de que se intente proceder con el cobro de la siguiente mensualidad, daré traslado de esta reclamación a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y a la plataforma pública de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para iniciar la vía administrativa correspondiente. Atentamente, Abel Ruiz Velardo Teléfono de contacto 617882617

Resuelto
S. M.
24/06/2026
Casagu.sl

reembolso

buenas tardes usando una empresa legal con nie y con licencia en firme y actividad legal solicito un prestamo. comenzarona pedirme pagos que al principio yo hice hasta que me negue, si bien llego a mas de 2300 euros. ahi pedi mi cancelacion pese a lo cual dicen habermelo cancelado pero siguen pidiendeme haga pagos y parte han sido po r error de ellos al solcitarme mas dinero de lo requerido. nunca me han negado el reembolso ni ihan desaparecido pero no me rembolsan el dinero. Creditos casagu S.L cif B87861753 direcccion Calle juan alvarez mendizabal 1 28008 info@casagu.e tlf: 691389011 si necesitais junto todos los docuemntos y os los envio. en ningun momnto dice debo pagar yo debloqueos de dinero para la devolucion que es lo queme piden ahora y ya me he negado pese a decirme que ni un pago mas

Cerrado
G. N.
24/06/2026

mala conducta bancaria

reclamacion contro abanca por mala conducta

Cerrado
J. J.
24/06/2026

Anular financiación

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, [titular de un préstamo, 950017790 Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con y ante la negativa del desistimiento que realice por escrito SOLICITO la anulación de la financiación Sin otro particular, atentamente.

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
O. A.
23/06/2026

Nulidad de contrato por usura (TAE 6680%) y liquidación de principal

El 7 de junio de 2026 suscribí un préstamo con la entidad Kviku por un importe principal de 300,00 €. Al revisar detalladamente las condiciones, el contrato establece una Tasa Anual Equivalente (TAE) del 6680,56%. De acuerdo con la Ley de 23 de julio de 1908 (Ley Azcárate) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo, este interés es manifiestamente desproporcionado y se considera usurario, lo que conlleva la nulidad del contrato. Hasta la fecha, el préstamo se ha ido amortizando mediante tarjeta bancaria en dos pagos quincenales de 122,05 € cada uno, sumando un total devuelto de 244,10 €. Según el Artículo 3 de la citada Ley, al declararse la usura, el prestatario solo está obligado a entregar la suma recibida. Por tanto, para restituir el capital principal prestado (300,00 €), únicamente restan por abonar 55,90 €. He contactado formalmente con el soporte de Kviku (support@kviku.es) solicitando la nulidad por usura y ofreciendo el abono inmediato de los 55,90 € restantes para saldar y cancelar definitivamente la deuda, sin haber obtenido una respuesta satisfactoria tras expirar el plazo amistoso concedido. A través de esta reclamación SOLICITO: Que Kviku reconozca la nulidad del contrato por intereses usurarios. Que acepten el pago de 55,90 € como liquidación final del préstamo. Que paralicen cualquier cobro automático, penalización por mora o inclusión en ficheros de solvencia patrimonial (ASNEF/BADEXCUG) al encontrarse la deuda en disputa.

Cerrado
I. T.
19/06/2026

Cancelar crédito

Presento reclamación contra HAY CRÉDITO (Contrato nº 160533) por considerar que la operación carece de transparencia y que la deuda reclamada es incorrecta. Solicité un préstamo de 1.200 €, pero la entidad únicamente aprobó 281 €. Sin embargo, en mi cuenta bancaria solo recibí 225 €, es decir, una cantidad inferior al importe del préstamo reflejado en el contrato. A pesar de ello, los intereses y comisiones fueron calculados sobre 281 € y no sobre la cantidad efectivamente recibida. Ante la insuficiencia del importe recibido para la finalidad solicitada, devolví voluntariamente 250 € (los 225 € recibidos más 25 € adicionales) aproximadamente 6 horas después de recibir el ingreso. Pese a ello, transcurrido aproximadamente un mes, la entidad me reclama nuevamente 281 €!! Además, el contrato refleja un TIN del 693,5 % anual y una TAE del 729.433.742,95 %, cifras que considero desproporcionadas y que refuerzan mis dudas sobre la transparencia de la operación y la corrección de los cálculos realizados. Solicito que se investigue si la entidad ha cumplido la normativa de transparencia, información precontractual y correcta liquidación de la deuda, así como que se verifique la legalidad y justificación de las cantidades reclamadas.

Cerrado
E. L.
18/06/2026

Reclamación BBVA – Préstamo nº 0182 5332 0083 000000110278 – Seguro asociado

En relación con el préstamo personal nº 0182 5332 0083 000000110278, formalizado el 1 de febrero de 2025 por importe de 3.000 euros, presento la siguiente reclamación frente a BBVA. PRIMERO.- CONTRATACIÓN DEL SEGURO ASOCIADO AL PRÉSTAMO Durante el proceso de contratación del préstamo pregunté expresamente si la contratación del seguro asociado era opcional, indicándome personal de la entidad que dicho seguro era necesario para la concesión de la financiación solicitada. Como consecuencia de la información recibida, acepté la contratación del seguro al entender que constituía un requisito indispensable para obtener el préstamo. De haber sido informado de forma clara e inequívoca de que se trataba de un producto completamente voluntario, no habría procedido a su contratación. El seguro fue contratado única y exclusivamente porque se me indicó que resultaba necesario para la aprobación de la operación financiera. En ningún momento tuve interés en contratar dicho producto de forma independiente ni fue una contratación realizada por iniciativa propia. Además, llevo abonando las cuotas correspondientes a dicho seguro desde su contratación, por un importe aproximado de 10,58 euros mensuales durante más de un año, lo que ha supuesto un coste económico significativo. Posteriormente he comprobado que la propia documentación precontractual facilitada por BBVA establece expresamente que la formalización del préstamo no implica obligación alguna de contratar productos o servicios adicionales. Esta circunstancia resulta incompatible con la información que me fue facilitada durante la contratación y plantea serias dudas sobre la transparencia con la que fue comercializado el seguro. Considero que mi consentimiento para la contratación del citado producto quedó condicionado por una información que no reflejaba adecuadamente su carácter voluntario, afectando de forma directa a mi libertad de elección como consumidor. SEGUNDO.- REVISIÓN DE COMISIONES Y GASTOS APLICADOS He recibido una comunicación de BBVA correspondiente a junio de 2026 en la que se reclama un importe total de 247,95 euros, compuesto por 186,45 euros de principal, 1,50 euros de intereses de demora y 60,00 euros bajo el concepto genérico de "gastos". Dicha comunicación no identifica ni detalla de forma suficiente el origen de esos 60 euros de gastos, limitándose a indicar de forma genérica que existen gastos asociados al impago. Por ello, solicito que BBVA identifique de manera individualizada: Cada comisión aplicada. Fecha de devengo. Importe exacto. Gestión concreta realizada. Base contractual que ampara su cobro. Justificación documental de la actuación efectivamente realizada. Asimismo, solicito la devolución de todas aquellas cantidades cobradas en concepto de gastos, comisiones o reclamaciones de posiciones deudoras que no respondan a actuaciones efectivas, individualizadas, proporcionadas y debidamente acreditadas. TERCERO.- SOLICITUD DE GRABACIONES Y DOCUMENTACIÓN A fin de esclarecer las circunstancias concretas de la contratación, solicito que BBVA conserve y facilite copia de toda la documentación y registros relacionados con la comercialización y contratación del préstamo y del seguro asociado, incluyendo: Grabaciones telefónicas. Registros internos de contratación. Notas o anotaciones realizadas por el gestor comercial. Documentación contractual y precontractual relacionada con el seguro. Historial de comisiones y gastos aplicados. Cualquier otro soporte que permita acreditar la información facilitada durante el proceso de contratación. DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA Documento de Información Normalizada Europea (INE) facilitado por BBVA. Documentación identificativa del préstamo. Documentación relativa al seguro contratado. Justificantes de cuotas abonadas del seguro. Comunicación de BBVA de junio de 2026 reclamando 247,95 euros e incluyendo 60 euros en concepto de gastos. Resto de documentación relacionada con la contratación y gestión del préstamo. SOLICITO Primero. La cancelación inmediata del seguro asociado al préstamo. Segundo. La devolución íntegra de todas las primas abonadas desde la contratación del seguro, incluyendo todas las cuotas satisfechas durante más de un año de vigencia del producto. Tercero. La entrega de las grabaciones, registros y documentación relativa a la comercialización y contratación del seguro. Cuarto. La revisión íntegra de todas las comisiones y gastos aplicados durante la vida del préstamo. Quinto. La devolución de todas las cantidades cobradas en concepto de gastos, comisiones por reclamación de posiciones deudoras u otros cargos que no resulten debidamente justificados o acreditados. Sexto. Que las cantidades resultantes de la devolución de primas de seguro y/o cargos improcedentes sean abonadas al reclamante o, subsidiariamente, imputadas directamente a la amortización del capital pendiente del préstamo. Séptimo. Que BBVA emita una respuesta motivada y por escrito a la presente reclamación. Mi intención es alcanzar una solución amistosa y evitar trámites adicionales, confiando en que la entidad revisará los hechos expuestos y adoptará una solución justa y proporcionada. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, me reservo el derecho de acudir a los organismos de supervisión y protección de consumidores competentes, así como de ejercitar las acciones legales que procedan en defensa de mis derechos e intereses legítimos.

Resuelto

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