Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
S. R.
24/08/2026

Revolución factura

Hola con fecha 21 agosto sufrí una avería critica en carretera encendiendose la luz fallo motor y fallo anticontaminante con cuenta atrás.Tras diagnosis en taller concluyeron que el inyector del adblue quedó bloqueado abierto inundando todo y destruyendo catalizador y filtro se partículas Esto es un defecto de fábrica y un vicio oculto documentado y reconocido en los vehículos del grupo Stellantis ,no es un desgaste natural del coche.Por los compromisos públicos respecto a la compensación por fallos de depósito y sistemas adblue la marca debe responder por los defectos de fábrica Solicito coste de la reparación 100% de la factura G92600504 QUE ASCIENDE A 2314.67€

Cerrado

Denegación de asistencia en carretera y aplicación no acreditada de la prestación B002

RECLAMACIÓN CONTRA A.M.A. SEGUROS POR DENEGACIÓN DE ASISTENCIA EN CARRETERA Y APLICACIÓN NO ACREDITADA DE LA PRESTACIÓN B002 El día 18 de agosto de 2026 solicité asistencia en carretera a A.M.A. debido a una avería interna en la caja de cambios de mi vehículo. Durante junio de 2026 comencé a percibir un ligero ruido en el vehículo, que durante julio aumentó considerablemente. El 14 de julio llevé el vehículo al taller oficial BMW Ceres Motor de Plasencia, donde se diagnosticó una avería interna en la caja de cambios. El taller manifestó que no realizaba la reparación interna de la caja y me ofreció como solución la sustitución completa de la misma, facilitándome un presupuesto de 6.153,39 €. Ante esta situación, consulté diferentes talleres de Plasencia para localizar un establecimiento que pudiera reparar la caja de cambios. Los talleres consultados manifestaron que no realizaban este tipo de reparación y que era necesario acudir a un taller especializado en transmisiones. El 17 de agosto acudí con el vehículo a un taller de El Torno (Cáceres), donde tampoco pudieron realizar la reparación, pero me recomendaron Automecánica Sánchez S.L., C/ Panaderos, 6, 45600 Talavera de la Reina (Toledo), establecimiento especializado en cajas de cambios. Contacté con dicho taller y, atendiendo a los síntomas descritos, me indicaron que una posible causa de la avería podían ser los rodamientos de la caja de cambios, estimando inicialmente una reparación de aproximadamente 1.500 €, sin perjuicio del diagnóstico definitivo una vez abierta la caja. Asimismo, se me indicó que no era recomendable circular con el vehículo y que solicitase al seguro su traslado mediante grúa. El 18 de agosto de 2026, a las 10:22 horas, contacté con el servicio de asistencia en carretera de A.M.A. para solicitar el traslado del vehículo desde El Torno hasta el citado taller especializado de Talavera de la Reina, aproximadamente 143 km. La conversación tuvo una duración aproximada de 28 minutos. A.M.A. denegó el traslado solicitado, indicándome que no podían llevar el vehículo hasta Talavera de la Reina porque existía un taller oficial BMW en Plasencia. Expliqué reiteradamente que dicho taller oficial ya había diagnosticado la avería, pero que no reparaba internamente la caja de cambios y que la solución que me había ofrecido consistía en sustituirla completamente por 6.153,39 €. También expliqué que había localizado un taller especializado que sí podía hacerse cargo de la reparación. La operadora se remitió reiteradamente a una denominada “prestación B002”, indicando que el vehículo debía ser trasladado al taller más cercano que pudiera hacerse cargo de la avería. Posteriormente revisé la documentación contractual que obra en mi poder. En el apartado B) del artículo 6 del documento adicional a las condiciones generales se establece literalmente: “Las coberturas de remolque, rescate y reparación de urgencia al vehículo, serán exigibles desde el km. cero, siendo las restantes válidas únicamente a partir de veinticinco km. del domicilio del Asegurado (diez km. en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla). En cualquier caso, todas ellas se otorgarán únicamente en España, Europa y países ribereños del Mediterráneo.” En la documentación contractual que obra en mi poder no he podido identificar de forma clara la limitación que se me aplicó telefónicamente ni la denominada prestación B002. Durante la llamada advertí expresamente que, si A.M.A. no facilitaba el traslado, me vería obligado a desplazar el vehículo por mis propios medios, pese a haber sido advertido previamente de que no era recomendable circular con él en esas condiciones. La negativa se mantuvo. Finalmente, ante la imposibilidad de obtener la asistencia solicitada, tuve que trasladar el vehículo por mis propios medios desde El Torno hasta Talavera de la Reina. Afortunadamente, el desplazamiento se realizó sin una incidencia adicional y el vehículo fue posteriormente recepcionado por el taller especializado. Como consecuencia de esta situación se han generado gastos de desplazamiento y kilometraje, así como el importe del billete de tren utilizado para regresar a Plasencia. Además, será necesario efectuar otro desplazamiento para recoger el vehículo una vez finalizada su reparación. El 20 de agosto de 2026, a las 12:38 horas, presenté reclamación formal ante A.M.A. mediante correo electrónico, solicitando, entre otras cuestiones, la apertura de un expediente, la identificación y justificación contractual de la prestación B002, la conservación y acceso a la grabación de la llamada del 18 de agosto, la investigación de la actuación del personal que gestionó la asistencia, el reembolso de los gastos ocasionados, transporte para recoger el vehículo, la valoración de los daños y perjuicios y una respuesta formal y motivada por escrito. SOLICITO LA INTERVENCIÓN DE OCU para que valore los hechos y, en su caso, medie frente a A.M.A., especialmente respecto de: 1. Si la denegación del traslado solicitado fue conforme con las condiciones de la póliza. 2. Si la denominada prestación B002 forma realmente parte de mi contrato y, en caso afirmativo, cuál es su redacción, dónde se encuentra incorporada y cuál es su alcance. 3. Si una limitación de este tipo debía figurar de forma clara, destacada y comprensible en la documentación contractual. 4. Si resulta procedente considerar suficiente la existencia de un taller oficial BMW en Plasencia cuando dicho establecimiento había manifestado que no reparaba la avería concreta y la solución ofrecida consistía en sustituir íntegramente la caja de cambios por 6.153,39 €. 5. Si procede el reembolso de los gastos y perjuicios ocasionados como consecuencia de la negativa de asistencia. 6. Que se garantice la conservación de la grabación de la llamada de asistencia del 18 de agosto de 2026, por resultar relevante para acreditar las manifestaciones realizadas durante la gestión. Mi pretensión no es obtener una prestación que no corresponda conforme al contrato, sino que A.M.A. acredite de forma clara y documental la base contractual de la limitación aplicada y responda, en su caso, por los gastos y perjuicios derivados de la gestión de la asistencia. Aporto como documentación la reclamación presentada ante A.M.A., las condiciones contractuales disponibles, el presupuesto de BMW Ceres Motor por importe de 6.153,39 €, la documentación relativa a la recepción del vehículo por el taller especializado, el billete de tren y demás justificantes disponibles. En caso de no obtener una solución satisfactoria, me reservo expresamente el ejercicio de las acciones administrativas y judiciales que correspondan.

En curso
a. c.
21/08/2026

Averia vehiculo y falta de atención

Es el tercer citroen que tengo, ya que un amigo era comercial de ustedes que ya no esta. En 5 años y con 50.000 km. es la segunda vez que se rompre el add blou. Acudo a mi concesionario quien me vendió el vehículo "Marcos automacion de Elche (Alicante)" y pese a que le indique que me indica que no arancaria en 1.000 km., me indicaron que hasta mitad de septiembre no tendrían cita, que no atendían urgencias. Tome la decisión de ir a otro concesionario "J. Agullo de Elche". Es penoso que esta firma les represente, puedo mandar fotos, instalaciones penosas, no me sente en recepción porque el mobiliario daba verdadero asco. Tome cita y la Sra./Srta. me indico que lo llevase que comprobarian el problema y me dirían, MENTIRA. El encargado es un mal educado y me indicó que lo verían cuando pudiesen. he comprobado que el sistema add blou que instalan es defectuoso, esta en internet, lo pueden comprobar. Servicio penoso en Elche. He tenido ya 3 citroen, pero me planteo que no tendre mas. Gracias y saludos.

Cerrado
S. S.
20/08/2026

PELIGROS DE SEGURIDAD Y COBRO INDEBIDO DE DESPERFECTOS YA EXISTENTES

La pasada semana alquilé una camper con Roadsurfer y quiero comentar varios puntos. Lo primero es su horario de cogida/devolución de la camper, que empieza a las 09:00 de la mañana, de la que además no dan opción NINGUNA de devolver la camper antes de esas horas lo cual es un servicio lamentable. Por correo nos dieron la esperanza de poder devolverle antes y dejar las llaves en algún buzón, aunque de manera no vinculante, eso es verdad, pero la realidad es que alquilamos 5 noches la camper y la devolvimos con 4, es decir, perdimos una noche solo por el horario, además de tener que alquilar un coche a otra empresa para poder ir hasta el aeropuerto con el sobrecoste que ello conlleva. A parte de esto, nos dan un vehículo lleno de rasguños muchos de ellos sin apuntar. Se lo comento a la persona encargada de la entrega y dice que si, que no pasa nada, que ellos tienen más apuntados aunque no lo vemos en nuestra pantalla de comprobación. Realizamos las comprobaciones de gas, agua, etc y todo parecía estar más o menos bien. Pues bien, la primera noche ya nos damos cuenta de que el grifo de agua del fregadero NO funciona (menos mal que el de la ducha si), los frenos NO frenan como deben, es más, se enciende el piloto de avería en los frenos al segundo día una vez y ya el último día casi siempre encendido, con el peligro que ello conlleva en carretera, y además vemos el rasguño en la ventana lateral del cual nos quieren hacer pagar 150 €. Por supuesto, notificamos todas estos desperfectos (antes de las primeras 24h de la recogida) en dos comunicaciones (que es del modo en que ellos te piden que lo hagas), el día 11 para el grifo y la ventana y el 14 para los frenos (simplemente para informar antes de la recogida, aquí obviamente no es antes de las primeras 24h), cuando vimos que ya era casi contínuo al conducir. A parte de esto, la nevera no paraba de pitar cuando bajaba un poco la batería de la camper, hasta el punto de que por la noche (desde la primera noche) teníamos que apagarla porque no paraba de pitar aunque estuviera llena o casi llena la batería. Pero, parece ser que ni siquiera han leído estas comunicaciones que les hicimos, porque la factura de 150 € la han pasado bien rápido. Me siento no solo engañado, sino también que he puesto las vidas de mi pareja y mía en peligro, conduciendo una semana con semejante vehículo al que al parecer le miran mucho los rasguños, pero nada los frenos y quien sabe si otros sistemas de seguridad. Los hechos expuestos de manera formal y la solicitud: Hechos Cobro indebido de daños preexistentes: A la entrega del vehículo se detectaron rasguños no inventariados, indicándome el personal que ya constaban en su sistema. Siguiendo el protocolo exigido por la empresa, notifiqué dentro de las primeras 24 horas (el día 11/03/2026) los desperfectos detectados, incluido el rasguño en la ventana lateral. Pese a esta comunicación en tiempo y forma, se me han cobrado 150 € de manera unilateral y sin justificación. Grave fallo de seguridad y averías: Durante el viaje, el grifo del fregadero no funcionó en ningún momento. De mayor gravedad aún, se encendió de forma reiterada el testigo de fallo en el sistema de frenos (notificado el día 14/08/2026), llegando a quedar encendido de forma casi continua el último día, lo que generó una situación de riesgo vial inaceptable para los ocupantes. La nevera tampoco funcionaba en óptimas condiciones, teniendo que apagarse durante las noches para poder descansar. Inflexibilidad horaria y pérdida de noche contratada: El servicio no ofreció ninguna opción para realizar la devolución antes de las 09:00 h, pese a haberse indicado por correo la posibilidad de depósito en buzón. Debido a la necesidad de acudir al aeropuerto para tomar un vuelo, nos vimos forzados a entregar la furgoneta un día antes (disfrutando 4 noches de las 5 abonadas) y a asumir el sobrecoste de alquilar otro vehículo. Solicitud Reembolso inmediato de los 150 € cargados indebidamente por el desperfecto de la ventana, previamente comunicado en plazo. Reembolso proporcional de la noche no disfrutada y compensación por los gastos de transporte derivados de la falta de un sistema de entrega temprana. Indemnización / compensación económica por el incumplimiento de las condiciones de habitabilidad y, fundamentalmente, por haber entregado un vehículo con deficiencias críticas de seguridad (frenos). Adjunta a esta reclamación en el formulario de la OCU copias de los correos enviados los días 11 y 14, fotografías del desperfecto en el momento de la recogida y foto del cuadro con el testigo de freno encendido, la factura del cobro de 150 € y el tique del alquiler de coche adicional.

En curso
R. C.
20/08/2026

Cargo por daños en el vehículo que existían previamente

Buenos días, Me pongo en contacto con ustedes en relación a la factura que ha sido remitida en relación al alquiler del vehículo matricula 7576NHD, número de reserva CR 2900914GC, por importe de 1000 €, para mostrar nuestra absoluta disconformidad con la misma. En primer lugar debemos poner de manifiesto que dicho vehículo no se corresponde con el que inicialmente nos fue entregado, tal y como les consta en la documentación, dado que el primer vehículo,kia matrícula 7261MVJ, se nos entregó con una avería en la palanca de intermitencia, lo que fue detectado por ésta parte dados los constantes tirones que daba el vehículo en carretera al cambiar de carril, lo que supuso, no solamente un riesgo claro en la circulación con el mismo durante 2 días, sino que tuviéramos que hacer mas de 60 kilómetros y perder una mañana de vacaciones, para ir a cambiarlo (nos alojábamos en maspalomas), circunstancia que no fue compensada por ustedes pese al claro incumplimiento de contrato y daños causados a ésta parte, a parte del gasto de gasolina. Tras dicho contratiempo, se nos entregó otro vehículo (el supuestamente siniestrado) sin que se nos diera peritación previa (como si se nos entregó con el primer coche) ni se nos exigiera nuevo depósito, tal y como aparece en el contrato, Cual no es nuestra sorpresa que al entregar el vehículo a la finalización del contrato, el mismo no es recepcionado por personal de Clickrent, sino por personal del aparcamiento donde se nos dio instrucciones previas para dejarlo, persona que nos dijo que lo estacionáramos en cualquier hueco y que luego ella lo llevaría a Click rent, sin que se hiciera ningún tipo de revisión del mismo en el momento de la entrega a efectos de poder realizar un mínimo cotejo del estado anterior con visualización en nuestra presencia de ello y con cotejo de peritación previa a la entrega (la entrega fue el día 13 de agosto a las 13:00 horas y devolución el dia 18 de agosto a las 6:15 am). Cuando se nos hizo el cambio de vehículo, se manifestó por nuestra parte al personal de clickrent que estaba lleno de golpes, (hicimos vídeo) y se nos dijo que no nos preocupáramos que se nos iba a mandar un informe de su estado al igual que con el primer vehículo, el cual NUNCA NOS MANDARON. Esta circunstancia nos causa una total y absoluta indefensión antes cualquier reclamación que ustedes quieran hacernos, como ha sido el caso. Nosotros no hemos dado ningún golpe a vehículo, si había esas pequeñas marcas en el parachoques trasero estaban cuando nos lo dieron, al igual que el resto de golpes que presentaba éste vehículo. Consideramos una absoluta mala praxis por parte de vuestra compañia que se imputen daños (que en todo caso son ridículos y no está acreditado documentalmente la comisión por nuestra parte, al no haber remitido previamente informe de estado del vehículo ni cotejado el mismo en el momento de la entrega, así como haber sido manipulado posteriormente por terceros y en modo alguno el coste que se nos repercute es el real de reparación, debiendo destacar la "casualidad" de que el importe de la factura sea "redondo y cuadrado" a 1000 €). Solo hay que ver las fotos enviadas cuyo daño se nos imputa para comprobar a simple vista que son desconchones ANTIGUOS, ruego revisen éste asunto, y espero y confío que valoren todo lo ocurrido y rectifiquen su postura, dado que en caso contrario nos veremos obligados a iniciar acciones judiciales en reclamación de las cantidades apropiadas por ustedes de manera indebida, asi como los daños y perjuicios causados por el manifiesto incumplimiento contractual.

Cerrado
N. N.
19/08/2026

Reclamación contra Indie Campers

Alquilamos una camper con Indie Campers Milán del 08/08/2026 al 16/08/2026, abonando el importe correspondiente al alquiler, una fianza de 500 € y una cobertura Premium. Desde el momento de la recogida observamos que el vehículo presentaba numerosas deficiencias y signos de un mantenimiento muy deficiente: elementos sueltos, armarios con una sujeción muy deficiente que, al conducir, se descolgaban pudiendo incluso producir daños a los pasajeros, piezas fijadas con cinta aislante y otros elementos reparados de forma provisional. Disponemos de fotografías que acreditan el estado del vehículo en el momento de la entrega. La impresión que tuvimos fue que el vehículo no había pasado una revisión adecuada antes de ser entregado. INCIDENCIA CON LOS FRENOS La incidencia más grave durante nuestro alquiler fue un problema relacionado con los frenos. Lo especialmente preocupante es que la propia documentación de check-in ya recogía una anomalía en el sistema de frenado, concretamente: “Dashboard Light - Brake System - Cannot diagnose further”. El segundo día del viaje apareció el aviso de los frenos y percibimos olor a quemado, por lo que contactamos con Indie Campers en reiteradas ocasiones para comunicarlo y solicitar instrucciones. A pesar de tratarse de un problema relacionado con un elemento esencial de seguridad y de haber comunicado expresamente el olor a quemado, desde Indie Campers se nos indicó que continuáramos conduciendo y que debíamos llevar la camper a un taller que ellos nos indicaron, situado a unos 150 km de nuestra ubicación. Siguiendo sus instrucciones, realizamos numerosos desplazamientos y nos dirigimos al taller indicado. Una vez allí, se nos comunicó que dicho taller no reparaba este tipo de vehículos, por lo que tuvimos que realizar nuevos desplazamientos y acudir finalmente a Indie Campers Milán para conseguir una solución efectiva. Como consecuencia de esta incidencia, que no provocamos nosotros, perdimos aproximadamente dos días completos de nuestro viaje, tuvimos que modificar sustancialmente nuestro itinerario, realizamos cientos de kilómetros adicionales y asumimos gastos de combustible y desplazamiento que no estaban previstos. Consideramos especialmente grave la gestión realizada por Indie Campers, tanto por la existencia de una advertencia de frenos ya registrada antes de nuestro alquiler como por habernos indicado que continuáramos conduciendo pese al olor a quemado y habernos enviado posteriormente a un taller que no podía solucionar el problema. ACCIDENTE CON UN TERCERO Durante el alquiler tuvimos un accidente con un tercero perteneciente además a la propia compañía, que provocó daños en el retrovisor. Comunicamos el incidente a Indie Campers y seguimos el procedimiento indicado por la empresa, realizando el correspondiente parte de accidente. A pesar de ello, en la liquidación final se nos reclama 511,74 € por el retrovisor, cargo que impugnamos al no considerar que dicho daño sea responsabilidad nuestra, al haber sido causado por un tercero. CARGOS Y FIANZA Al devolver la camper se nos indicó que el vehículo estaba en buen estado y que los 500 € de fianza serían devueltos íntegramente. Asimismo, durante la gestión de la incidencia de los frenos se nos comunicó que nos compensarían los gastos adicionales de combustible, los desplazamientos y el tiempo perdido. Estas comunicaciones quedaron reflejadas también por escrito. Sin embargo, posteriormente hemos recibido la liquidación final, en la que Indie Campers carga un total de 1.064,66 €, correspondientes a: Retrovisor lateral: 511,74 € Abolladura lateral: 473,93 € Tapa de entrada de agua: 78,99 € El documento indica además que se han utilizado 500 € de nuestra fianza y que se han cargado 564,66 € adicionales en la tarjeta, figurando un reembolso de 0 €. Impugnamos estos cargos. En particular, la abolladura del lateral resulta cuestionable porque esa zona ya presentaba daños y abolladuras documentados en el check-in y en el contrato. No se nos ha acreditado que se trate de un daño nuevo causado durante nuestro alquiler. Tampoco se nos ha justificado adecuadamente el cargo de la tapa de entrada de agua. Asimismo, pese a haber contratado y pagado la cobertura Premium, no se nos ha explicado de forma clara cómo se aplica dicha cobertura a los daños reclamados. RECLAMAMOS Solicitamos: - La devolución íntegra de los 500 € de fianza, tal y como se nos comunicó en el momento del check-out. - La retirada o revisión de los 1.064,66 € reclamados, al no estar suficientemente acreditada nuestra responsabilidad. - La revisión del cargo del retrovisor, causado por un tercero perteneciente a la propia compañía. - La justificación documental de los daños reclamados y de su relación con nuestro alquiler. - Una explicación sobre la cobertura Premium contratada y su aplicación. - La compensación por los dos días de viaje perdidos, así como por los gastos adicionales de combustible y desplazamiento derivados de la avería y de las instrucciones recibidas de Indie Campers. - Que se tenga en cuenta el deficiente estado de conservación y mantenimiento del vehículo entregado y las numerosas reparaciones provisionales que presentaba. Disponemos de fotografías del estado de la camper al recogerla, documentación de check-in y check-out, comunicaciones con Indie Campers, documentación del accidente, conversaciones relativas a la avería, justificantes de combustible y desplazamientos y demás pruebas que podemos aportar. Consideramos especialmente grave que, después de recibir un vehículo con numerosas deficiencias, con una advertencia de frenos ya registrada, comunicar posteriormente olor a quemado dentro del vehículo y recibir instrucciones de seguir conduciendo y desplazarnos aproximadamente 150 km hasta un taller indicado por la propia empresa, se nos pretenda finalizar el alquiler utilizando nuestra fianza y cargándonos otros 564,66 €, sin aplicar las compensaciones que se nos habían comunicado. Solicitamos la intervención de la OCU para que Indie Campers revise la liquidación y proceda a una solución justa, incluyendo la devolución de la fianza, la revisión de los cargos y la compensación por los perjuicios y gastos ocasionados durante el alquiler.

Cerrado
D. C.
18/08/2026

FALLOS EN VEHÍCULO DE FÁBRICA

DATOS DEL RECLAMANTE: Nombre y Apellidos: Francisco Javier Conejero Lorenzo DNI: 76114538V Dirección: Calle Obispo Dona Dan, 41, Plasencia Teléfono: +34 642 85 99 74 Correo Electrónico: coellotriminio23@gmail.com DATOS DEL VEHÍCULO: Marca y Modelo: Citroën Grand C4 SpaceTourer Matrícula: 9631 LMB Kilometraje Actual: ~80.000 km Fecha de Compra: Diciembre de 2022 DESTINATARIOS: 1. MOTOR PLASENCIA, S.A. (Extrecar) Avda. Martín Palomino, 47, 10600 Plasencia (Cáceres) 2. Atención al Cliente de Citroën España (Stellantis Spain, S.L.) ASUNTO: Reclamación por averías prematuras por defecto de fabricación (COM2000 y Centralita) y solicitud de vehículo de sustitución y cobertura comercial. En Plasencia, a 18 de agosto de 2026. Estimados Sres. de Atención al Cliente de Motor Plasencia y Citroën España: Por la presente, me dirijo a ustedes para interponer una RECLAMACIÓN FORMAL en relación con el vehículo de mi propiedad, un Citroën Grand C4 SpaceTourer con matrícula 9631 LMB , adquirido en el concesionario oficial Motor Plasencia, S.A. en diciembre de 2022. Desde la adquisición del vehículo, nuestra confianza en la marca ha sido absoluta, realizando la totalidad de los mantenimientos e intervenciones periódicas en el taller oficial del propio concesionario y respetando escrupulosamente los plazos indicados por el fabricante. Asimismo, el vehículo duerme en garaje y se destina a un uso familiar habitual (mayororitariamente carretera y trayectos urbanos normales). A pesar del cuidado riguroso del vehículo, en este periodo de tiempo hemos sufrido una sucesión de averías graves e impropias de un coche de estas características y antigüedad: 1. Avería del módulo COM2000 (Año 2025): Con apenas 3 años de uso, el vehículo sufrió el fallo de este componente electrónico. Tras hablar sobre este tema con personas de nuestro entorno, a absolutamente nadie le había ocurrido un fallo en esta pieza, ni en coches con 20 años de antigüedad ni mucho menos en un vehículo con tan solo 3 años. Aun así, entendimos que nadie está exento de sufrir una avería fortuita, por lo que asumimos el coste y procedimos a arreglarlo en el taller oficial. 2. Fallo eléctrico en alumbrado trasero (Micro-fallo de iluminación): De manera esporádica, hemos observado que, al cerrar el coche estando totalmente apagado, la luz trasera izquierda se quedaba encendida cuando quería, constituyendo otro micro-fallo eléctrico anómalo. 3. Fallo de la Centralita / Unidad de Control (8 de agosto de 2026): Este último hecho nos ha llevado a una situación límite e inaceptable. Tras estacionar el coche en perfecto funcionamiento, al ir a salir de nuevo el vehículo ya no arrancaba. Tras descartar que fuera un problema de batería con un mecánico, el lunes 10 de agosto la grúa trasladó el coche al taller. Hoy, 18 de agosto de 2026, el Jefe de Taller, D. Víctor, nos comunica que la avería proviene de la centralita del vehículo. Resulta inasumible e inadmisible que un vehículo con 4 años y 80.000 kilómetros, guardado en cochera y con todo el historial de mantenimiento al día en el taller oficial de la marca, presente un fallo catastrófico en la centralita electrónica, sumado al antecedente del COM2000. Consideramos que estamos ante defectos intrínsecos de fabricación / vicios ocultos del sistema electrónico y no ante piezas de desgaste por uso. Adicionalmente, deseamos manifestar nuestro profundo malestar por la atención al cliente prestada por el taller. Al ser una familia numerosa, el coche es indispensable para nuestra rutina diaria. Desde hace cuatro años, siempre que he solicitado un coche de sustitución, la respuesta por parte del concesionario nunca ha sido afirmativa; jamás han tenido vehículos disponibles para dar respuesta a nuestras necesidades. Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. La cobertura total o gesto comercial extraordinario (100% de piezas y mano de obra) para la sustitución de la centralita defectuosa, al tratarse de un fallo prematuro de un componente estructural y electrónico que no está sujeto a desgaste habitual. 2. La cesión inmediata de un vehículo de sustitución acorde a las necesidades de nuestra unidad familiar durante el tiempo que transcurra la reparación. 3. La revisión exhaustiva del sistema eléctrico (incluido el fallo del piloto trasero izquierdo) para garantizar la seguridad total del vehículo. Acompaño a esta carta copia de la documentación del vehículo e historial de facturas y mantenimientos realizados en sus instalaciones. A la espera de una respuesta satisfactoria y de una solución acorde a la reputación de la marca Citroën, reciban un cordial saludo. Firma: Francisco Javier Conejero Lorenzo Email: coellotriminio23@gmail.com

Cerrado
A. B.
18/08/2026

Cobro de 793,59 € por supuestos daños no acreditados en vehículo de alquiler

Estimados/as señores/as: El 25 de julio de 2026 recogimos en Lisboa una camper de Indie Campers correspondiente a la reserva nº 3765208. El alquiler finalizaba el 31 de julio de 2026. El vehículo fue devuelto presencialmente en las instalaciones de Indie Campers en Lisboa y revisado en ese momento por un miembro de su equipo. Tras la revisión se realizó el check-out con normalidad y no se nos comunicó la existencia de ningún daño ni incidencia. Durante nuestra reclamación posterior facilitamos a Indie Campers el nombre de la persona que realizó dicha revisión, por lo que la empresa dispone de esa información para verificar internamente las circunstancias de la devolución. Posteriormente, Indie Campers nos atribuyó diferentes daños en el vehículo y nos reclamó un importe total de 793,59 €, utilizando 500 € del depósito y efectuando un cargo adicional de 293,59 €. Impugnamos la totalidad de estos cargos por varios motivos. En primer lugar, las fotografías aportadas por Indie Campers no permiten acreditar de forma clara que los daños reclamados se produjeran durante nuestro período de alquiler. Las fotografías de check-in y check-out son principalmente imágenes generales y no permiten establecer de forma objetiva el estado anterior y posterior de las piezas concretas reclamadas. Además, durante la gestión de nuestra reclamación, el servicio de soporte nos envió fotografías que posteriormente reconoció que correspondían a otro vehículo, solicitándonos que las ignoráramos. Este hecho genera dudas razonables sobre la correcta atribución y gestión de la documentación utilizada en nuestro expediente. Asimismo, nuestra reserva incluía el Plan de Protección Premium, por el que abonamos 209,40 €. El contrato establece una responsabilidad de 0 € para los daños cubiertos, sujeto a determinadas exclusiones. Tras revisar las exclusiones enumeradas en el contrato, no encontramos que los deflectores ni la persiana/estor de una ventana, que son precisamente algunos de los elementos que se nos reclaman, aparezcan expresamente entre dichas exclusiones. Hemos reclamado previamente por escrito a Indie Campers y solicitado la revisión individualizada del expediente, la justificación de la atribución de los daños y la cláusula contractual concreta en la que fundamentan la exclusión de estos elementos del Plan Premium. Por todo ello, solicitamos la anulación íntegra de los cargos de 793,59 €, incluyendo la devolución de los 500 € retenidos del depósito y de los 293,59 € cobrados adicionalmente, al considerar que no se ha acreditado suficientemente nuestra responsabilidad por los daños reclamados. Adjuntamos contrato de alquiler, informe de daños y comunicaciones mantenidas con Indie Campers como documentación justificativa. Atentamente.

Cerrado
J. Z.
18/08/2026

RECLAMACIÓN CONTRA FLEXICAR – VEHÍCULO INMOVILIZADO Y FALTA DE GESTIÓN DE LA GARANTÍA

Empresa reclamada: FLEXICAR Motivo: Problemas en la gestión de la garantía, demora excesiva en la reparación, falta de información y retención del vehículo una vez finalizada la reparación. Presento esta reclamación contra FLEXICAR debido a la gestión de una avería de mi vehículo y, especialmente, a la falta de una solución y de información clara por parte de la empresa. El vehículo fue entregado el 12/06/2026 para la reparación de un problema relacionado con el sistema de aire acondicionado. Desde entonces, el vehículo ha permanecido fuera de mi disposición. A fecha de hoy, 18/08/2026, han transcurrido 67 días desde que entregué el vehículo. Durante todo este periodo he intentado obtener información de FLEXICAR en numerosas ocasiones. Sin embargo, las respuestas recibidas han sido poco claras, contradictorias y, en algunos casos, no se correspondían con la situación real del vehículo. Ante la falta de información fiable por parte de FLEXICAR, me vi obligado a contactar directamente con el taller oficial Peugeot donde se encontraba el vehículo. El taller me confirmó que la reparación había finalizado el 12/08/2026 y que el vehículo se encontraba reparado. Sin embargo, a fecha de hoy, 18/08/2026, sigo sin poder disponer de mi vehículo. Según la información facilitada directamente por el taller, el motivo por el que el vehículo todavía no ha sido entregado es que FLEXICAR no ha realizado todavía el pago correspondiente al taller. Por tanto, existe una diferencia importante entre el tiempo necesario para reparar la avería y la situación actual: la reparación ya ha finalizado, pero el vehículo continúa sin ser entregado por una cuestión administrativa entre FLEXICAR y el taller. Considero que esta situación me está ocasionando un perjuicio que no debería recaer sobre mí como consumidor. No considero razonable que, una vez finalizada la reparación, se me mantenga privado de mi vehículo debido a una cuestión de pago o gestión interna entre FLEXICAR y el taller. Además, considero especialmente preocupante la falta de transparencia durante todo el proceso. En una de las comunicaciones recibidas de FLEXICAR se me facilitó información sobre el estado del vehículo que posteriormente pude comprobar que no se correspondía con la información facilitada directamente por el taller oficial Peugeot. Esto me ha obligado a realizar personalmente gestiones con el taller para poder conocer el estado real de mi propio vehículo. Solicito Por todo lo anterior, solicito la intervención de OCU para intentar conseguir una solución efectiva y, en particular: Que FLEXICAR proceda de forma inmediata a finalizar cualquier gestión pendiente con el taller y permita la entrega de mi vehículo. Que FLEXICAR me facilite por escrito una explicación clara sobre el motivo por el cual el vehículo continúa retenido pese a que la reparación finalizó el 12/08/2026. Que se reconozca que el periodo durante el cual el vehículo ha permanecido fuera de mi disposición no se debe únicamente al tiempo necesario para realizar la reparación, sino también a la falta de gestión posterior por parte de FLEXICAR. Que FLEXICAR facilite una explicación sobre las informaciones contradictorias que he recibido durante el proceso y sobre por qué tuve que contactar directamente con el taller oficial para conocer el estado real del vehículo. Que se valore la compensación que pueda corresponder por el tiempo durante el cual he permanecido privado del uso del vehículo y por los perjuicios ocasionados, especialmente teniendo en cuenta que el vehículo lleva 67 días fuera de mi disposición y que, al menos desde el 12/08/2026, se encuentra reparado. Dispongo de documentación y comunicaciones que puedo aportar para acreditar las fechas y los hechos descritos, incluyendo las comunicaciones mantenidas con FLEXICAR y la información obtenida directamente del taller oficial Peugeot. Mi intención es resolver esta situación de manera amistosa, pero considero que el tiempo transcurrido y la falta de una respuesta concreta por parte de FLEXICAR justifican la presentación de esta reclamación ante OCU. Documentación que puedo aportar: Justificante de entrega del vehículo al taller. Comunicaciones mantenidas con FLEXICAR. Comunicaciones o información facilitada por el taller oficial Peugeot. Documentación relativa a la compra y garantía del vehículo. Cualquier otra prueba relacionada con la incidencia y las fechas indicadas.

Resuelto
E. C.
18/08/2026

Daño en el motor a 2 días de la entrega del vehículo

Con fecha de hace tres días (15 agosto de 2026) procedí a la retirada del vehículo Ford Tourneo Courier con motor 1.5 TDCi de las instalaciones de Automóviles Flexicar S.L. en su delegación de Estepona (Málaga) [Flexicar Estepona]. Transcurridas únicamente 48 horas desde la entrega, el vehículo presenta un defecto mecánico grave de falta de conformidad que compromete de forma directa la seguridad vial: sufre una pérdida total de potencia en pendientes y subidas de autovía, siendo totalmente incapaz de mantener la velocidad mínima legal y cayendo drásticamente hasta los 80 km/h. El vehículo fue trasladado previamente por carretera por personal de Flexicar entre delegaciones (de Estepona a Málaga), por lo que el defecto era plenamente conocido por la empresa antes de la entrega formal. Habiendo comunicado la situación por escrito de forma inmediata a la empresa a través de su correo oficial (estepona@flexicar.es), no he recibido propuesta de solución alguna por su parte.

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