Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. C.
30/07/2026
TALLER JUAN GONZALEZ E HIJOS,S.L

HAN CAMBIADO TODO LAS PIEZAS DEL COCHE

Fecha del Hecho: 04/05/2026 Nº factura: FT126 582 Lugar: TALLER JUAN GONZALEZ E HIJOS, S.L. Qué ha ocurrido: Lleve el coche al concesionario Opel de Chiclana de la frontera (Cádiz),el día 4/5/2026 y me lo entregan el día 25/5/2026 . Cuando me entregan el coche los asientos del conductor ROTO POR EL LATERAL Y LA JUNTA DE LA PUERTA y acompañante cambiado no son los míos. El cerrojo reten del cierre de la puerta del conductor cambiado. Apoyabrazos central cambiado. Espejo retrovisor interior cambiado. Las 4 llantas de aleación cambiada. La puerta del deposito de combustible era centralizada también cambiada. Y las puertas delanteras y traseras del coche cambiada. Las pastilla de freno trasera estaban nueva y me la han cambiado y me cobran el liquido de freno en la factura,cambiado los discos delantero y amortiguadores del capo trasero.También cuando salí del concesionario el coche me temblaba el volante y me dijo el dueño ,que cogiera el coche ya que si no vas a tener que busca un abogado para sacar el coche de aquí.Con lo cual tuve que sacar el coche pero el coche esta con el temblor en el volante .Habiendo pagado 2462,56€ y que no se sabe si han hecho correcto el trabajo. Pretensión: PONERME TODO LO QUE ME HAN QUITADO

En curso
E. V.
29/07/2026

Cobros por daños ya existentes en vehículo

Estimados señores/as: Me pongo en contacto con ustedes para reclamar formalmente la anulación y devolución de un cargo que he recibido en mi tarjeta por importe de 216 € en concepto de "daños en el vehículo", más 50 € adicionales de "gastos de tramitación", correspondientes al alquiler con contrato nº L60929238E1, recogido el 24-Junio-2026 y devuelto el 27-Junio-2026 en Hertz Menorca. Dicho cargo es incorrecto y no corresponde a ningún daño causado por mí durante el periodo de alquiler. Dispongo de fotografías y vídeos del estado del vehículo tanto en el momento de la recogida como en el momento de la devolución, en los que no se aprecia ningún desperfecto adicional a los ya existentes (o inexistente, si no había ninguno) en el vehículo. Les llevo reclamando esto semanas, y me están mareando, o no responden, o dicen que tengo que hacer la reclamación con la cuenta de correo con la que hice la reserva (NO HAY NINGUN REQUISITO LEGAL). Dado que les he aportado innumerables veces la imágenes, así como mi DNI para quedar identificado, les exijo que me devuelvan todo el importe cargado extra! O presentaré una reclamación a la policía. Solicito también a OCU que me pueda ayudar con esto por favor, es desesperante que te mareen asi como consumidor Quedo a la espera de su respuesta. Un saludo, Elías Valle Rodríguez

En curso
D. P.
28/07/2026
ITV COLLADO VILLALBA TUV SUD

ITV "DESFAVORABLE" DEL DIA 28/07 MATRICULA 4251BYS

Buenas noches, Soy David Palacios, un chico que vino a pasar la ITV de un vehículo a vuestras instalaciones del P29 de Collado Villalba. Quiero una solución como comente en el taller... pero el chico que salió del taller en fin.. no tenía ni idea de mecánica al parecer y es muy mal hablado. Comienzo a comentar lo ocurrido, son las 15:20 tenía cita a esa hora, el coche entró genial sin ninguna anomalía, ya previamente realizamos una pre -itv en mi taller con prueba de frenado y todo. Con lo que yo ya iba convencido de que iba a pasar sin problemas, La chica de recepción muy amable la verdad. Empieza el chico a hacer la prueba, hacemos prueba luces, cinturones, todo perfecto, Prueba de frenado sale todo perfecto, aqui la prueba: Los parámetros de frenado están perfectos hasta ahí todo bien. Fd: 2.40 1.68 Fi: 2,19 1,54 A la que el chico me dice ahora me subo yo, va a meter el coche en el foso, lo coloca mal dándole un golpe, lo vuelve a colocar, ya cuando luego me voy a subir yo, voy a tocar el freno y noto que no frena.. raro verdad? Después del golpe además... entonces el chico se va al foso corriendo, porque a ver como me decía que se había cargado el latiguillo al poner el coche mal en los rodillos. Pero como no lo reconocen.. pues no se puede hacer nada. Me dice que ha explotado.. soy mecánico y un latiguillo de hace 2 años no se rompe así. Entonces me entregan el informe de la ITV, me dice que tengo 15 días para pasarla de nuevo. Voy a la oficina a por una explicación.. Aquí comienza el show, sale el chico del taller sería el encargado y dice que ya venía yo con el problema que ya traía el coche sin latiguillo, que el hace 200 coches al día y que solo le ha pasado al mio, que es un problema de fabrica, o que la he montado mal. Que es mi culpa vamos.. a la que estoy hablando con él y me dice que quieres que te la pague yo?? Le digo que quiero una solución y una explicación y no me la da , entonces tuve que pedir la hoja de reclamaciones. La pieza cuesta 20 euros y es lo de menos, cosa que a veces hay que asumir nuestros errores y todos la liamos. Y no ponernos a la defensiva. Tengo un compañero que fue jefe del taller además de esta ITV hace ya tiempo y de hecho me lo ha dicho, son cosas que pasan y la ITV para eso tiene el seguro. solicito que me abonen la pieza, sin mas palabras, Un saludo. -- David Palacios Yonte

En curso
J. A.
28/07/2026

Daño bomba de agua potable

La experiencia con el alquiler de una camper ha sido pésima, desastrosa, penosa y lo peor es el trato recibido por la empresa ( no por los operarios directos, los cuales tratas en la recogida), sino por el servicio de atención de la misma. Recogimos dicho vehículo y detectamos un fallo ( bomba de agua limpia) no funcionaba, dicho fallo fue comunicado y creíamos que se solventó en el instante( fallo mío) ,no volver a comprobarlo antes de partir al destino que tenía previsto. El mismo día 3 horas más tarde, intenté contactar por varias vías con la empresa, no tuve respuesta por vía telefónica con una operador, solo por IA ( el cual poco soluciona porque es lo mismo que te envían previo a la recogida de la camper, es decir “ un temario” que te lo tienes que aprender para ver cómo funciona todo al completo. Resumen: no tenemos respuesta, 7 días de viaje sin agua para ducharnos, no tiene personal suficiente “ in situ” para explicar las cosas con detalle y no tirar únicamente de un pdf y no hay ningún encargado cuando dejamos la furgoneta para que nos diera una explicación. Por otra parte, el hombre encargado de entregar y recoger la furgoneta, nos confirmó la rotura de la bomba y nos atendió perfectamente. La furgoneta debe revisarla con la persona "in situ" y no a posterior. En nuestro caso, la furgoneta se entregó en perfecto estado y así lo comprobo el técnico allí presente, sin embargo, al día siguiente recibimos una factura de 21,90€ y al devolverme la fianza depositada de 1.100€ ( cantidad abusiva), los 21,90€, me los descontaron justificando dos daños que en ningún caso fueron causados por nosotros. Ese mismo recibimos un correo de dicha empresa pidiendo disculpas de no atender nuestra petición debido al gran volumen de solicitud en temporada estival, problema que no es el nuestro, lo que demuestra que es una empresa deficitaria. Se adjunta todos los tickets costeados por nosotros de camping y áreas habilitadas para camper para disponer de agua, así como capturas de los correos recibidos de la empresa en dicho periodo, además de el cargo negativo en la fianza. Añadimos que se evalúe nuestra experiencia con dicha empresa y que se nos abone lo costeados y una indemnización por darnos un vehículo careciendo de un bien principal ( agua)

En curso
M. H.
28/07/2026

Reclamación por falta de conformidad

Estimados señores, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal relacionada con el vehículo Citroën C3 PureTech 2022, matrícula 6141MCB, que adquirí a través de Flexicar Málaga. El contrato de compraventa junto con la financiación la firmé el 18 de junio de 2026, aunque la entrega del vehículo se retrasó hasta el 21 de julio de 2026 bajo la justificación de que el coche necesitaba pasar por el taller para quedar en perfecto estado antes de la entrega. Cuando acudí a recoger el vehículo el 21 de julio, me hicieron firmar un documento de conformidad antes de entregar las llaves, práctica que considero cuestionable pues no me permitió verificar el funcionamiento del vehículo previamente. Apenas 30 minutos después de salir del concesionario, al aparcar e intentar cerrar el coche, constaté que la puerta del conductor no cerraba ni con el mando a distancia ni con la llave manual. Inmediatamente contacté con Flexicar Málaga, donde me indicaron que los mecánicos ya se habían marchado y que debía llamar al día siguiente. El 22 de julio volví a contactar y me derivaron al departamento de garantía. La cita más cercana fue el 23 de julio a las 10:00 horas en Flexicar Coín, bastante lejos de mi domicilio, donde tuve que pedir a alguien que fuese en su coche para poder dejar el mío ahí y volverme. Allí me indicaron que debía dejar el vehículo y esperar a que recibieran el diagnóstico y presupuesto del taller, el cual tendría que ser aprobado por la central de Madrid. El 24 de julio recibí un correo de Carmen del Departamento de Garantías confirmando que el vehículo estaba siendo revisado y que me contactarían con el diagnóstico y plazo de reparación. Sin embargo, tras dos emails de seguimiento los días 25 y 27 de julio, sigo sin recibir respuesta del Departamento de Garantías. Ayer 27 de julio, Flexicar Coín me comunica vía WhatsApp que el diagnóstico es "cambiar la cerradura y el bombín de la puerta". Y me ofrecen que en lugar de esperar, puedo ir personalmente a recoger el vehículo y, cuando el taller pueda repararlo, volver a llevárselo. Esta propuesta carece de lógica: un coche cuya puerta no cierra no es seguro, no garantiza la protección de los ocupantes y puede ser robado con extrema facilidad. No puedo ir a ningún sitio con el coche en estas condiciones. Considero evidente que el defecto existía desde la entrega. Como vendedor profesional, Flexicar tenía obligación de realizar una inspección técnica completa antes de la entrega. Verificar que las puertas cierran correctamente es una comprobación elemental e inmediata. La negligencia en esta verificación es grave, especialmente cuando además se hizo firmar conformidad antes de que se realizase cualquier prueba funcional del vehículo. Adicionalmente, el 19 de julio me han cobrado la primera cuota del vehículo mediante su financiera, cuando aún no había recibido el coche. Este cobro anticipado sin disponibilidad del producto constituye un enriquecimiento injustificado que debería ser recompensado. En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007 sobre garantías en la venta de bienes de consumo, me amparo en los siguientes derechos: (1) el artículo 114 establece la falta de conformidad cuando el bien no sirve para el uso ordinario, como es el caso de un vehículo con puerta que no cierra; (2) el artículo 125 presume que los defectos que se manifiestan en los seis primeros meses ya existían en la entrega, invirtiéndose la carga de la prueba; (3) el artículo 121 reconoce el derecho a reparación gratuita en plazo razonable, y cuando la privación del bien sea prolongada, a facilitar un bien sustitutivo; (4) el Código Civil en su artículo 1484 obliga al vendedor al saneamiento por vicios ocultos. Exijo que se realice la reparación en un plazo máximo de 48 horas tratándose de una pieza estándar de fácil acceso, y que se me emita documentación escrita con el diagnóstico técnico detallado. Asimismo, solicito el reembolso o compensación por la cuota cobrada sin disponibilidad del vehículo y la indemnización correspondiente por pérdida de uso. Transcurridas 48 horas laborables desde la recepción de esta reclamación sin respuesta satisfactoria, procederé a presentar denuncia ante la Oficina Municipal de Asuntos del Consumidor de Málaga, solicitar arbitraje de consumo vinculante, y plantear acciones judiciales civiles por incumplimiento contractual y daños y perjuicios. Quedo a la espera de su respuesta formal por escrito. Atentamente, María Hirschfeld Málaga, 28 de julio de 2026

En curso
A. G.
28/07/2026

Reclamación de daños inexistentes

El 25 de julio por la noche, alquilé un coche en Drivalia en el aeropuerto de Málaga. Este coche tenía multiples arañazos, el más importante en la puerta delantera izquierda y otros pequeños por el resto del Coche . También tenía alguno pequeño en llantas. La verdad que no leímos con atención los daños descritos, pero si grabamos un vídeo de baja calidad porque estaba en la calle y era de noche Al devolverlo el día 27, Cristina, una trabajadora de la empresa me dice que en la llanta delantera izquierda, el daño ahora es un poco mayor del que había cuando recogí el coche. Con la seguridad de que yo no he dañado el coche, revisamos fotos y vídeos y se pone de evidencia que si había algún daño previo, pero es difícil precisar el tamaño. A pesar de eso se empeñó en que pagase el daño de la llanta que obviamente ya se lo habían cobrado a algún otro cliente La mayor parte de los coches los tienen dañados, y veo que hacen negocio con la reparación porque lo cobran varias veces a los clientes

En curso
J. V.
28/07/2026

Reclamación formal – Daño preexistente documentado con evidencia fotográfica y metadatos

Asunto: Reclamación formal – Daño preexistente documentado con evidencia fotográfica y metadatos, Contrato nº 797841951. Factura: 004766262388 Reserva: L6210578723 Estimados señores de Hertz, Me dirijo a ustedes en relación con el contrato de alquiler nº 797841951, correspondiente al vehículo Ford Focus SW, matrícula 8174NCS, unidad 8600439, recogido el 26 de junio de 2026 en las condiciones que constan en la documentación oficial emitida por ustedes. Quiero exponer mi reclamación de forma clara y objetiva, aportando evidencia que considero concluyente. 1. Cronología de los hechos Según su propio contrato de alquiler, la firma del cliente y, por tanto, la hora oficial de recogida, quedó registrada a las 22:15. Adjunto la fotografía original en formato HEIC, tal como fue generada por mi teléfono, sin editar ni comprimir. Sus metadatos EXIF, verificables por cualquier herramienta técnica, registran los siguientes datos: dispositivo iPhone 17, fecha y hora de captura 26/06/2026 22:20:24. Es decir, la fotografía fue tomada cinco minutos y veinticuatro segundos después de la firma del contrato. Ese breve intervalo corresponde exclusivamente al tiempo necesario para desplazarme desde el mostrador hasta la plaza de aparcamiento, localizar el vehículo entre el resto de coches, y comenzar la inspección visual del mismo, tal como ustedes mismos recomiendan en el documento de condiciones del vehículo. No es, en ningún caso, un margen de tiempo suficiente para que se produzca, y mucho menos se repare o disimule, un daño de esta naturaleza. Por tanto, el daño reflejado en la fotografía tenía que estar necesariamente presente en el momento de la entrega del vehículo. 2. Sobre la validez de los metadatos como prueba El campo de fecha y hora de captura incluido en los metadatos EXIF de una fotografía tomada directamente con la cámara de un iPhone no puede modificarse mediante el uso normal del dispositivo. Alterar este dato de forma manual requiere software forense especializado, y cualquier manipulación de ese tipo deja rastros técnicos identificables y verificables por un perito. No es, por tanto, un dato que dependa de mi declaración, sino un registro técnico objetivo, generado automáticamente por el propio dispositivo en el instante de la captura, y en consecuencia debe considerarse una prueba fehaciente e independiente de mi versión de los hechos. 3. Sobre la ausencia de una inspección válida en el momento de la entrega Quiero destacar como argumento central de esta reclamación que la última inspección documentada del vehículo por parte de Hertz, según su propio informe de condiciones, se realizó el 12 de junio de 2026 (las fotografías del daño preexistente en dicho informe están fechadas entre las 03:52 y las 03:53 de ese mismo día), es decir, catorce días antes de mi recogida el 26 de junio. No existe, por tanto, ningún registro de Hertz que documente el estado real del vehículo en el momento exacto en que me fue entregado. Esta circunstancia es determinante: si un daño es identificado únicamente en el momento de la devolución del vehículo, y la última inspección de referencia data de dos semanas antes de mi recogida, Hertz no dispone de base documental alguna para atribuirme dicho daño a mí de forma específica. Durante ese intervalo de catorce días el vehículo pudo haber sido alquilado por otros clientes, movido, o haber sufrido daños no registrados, sin que exista ninguna inspección intermedia que establezca con certeza en qué momento se produjo el daño. La carga de la prueba para vincular cualquier daño detectado en la devolución con mi periodo concreto de alquiler corresponde a Hertz, y un informe con catorce días de antigüedad respecto a la fecha de recogida no puede considerarse prueba suficiente de que el vehículo se encontraba libre de dicho daño en el momento en que me fue entregado. Frente a esta ausencia de inspección válida en el momento de la entrega, mi fotografía sí constituye una prueba contemporánea y fiable, tomada apenas cinco minutos después de la firma del contrato. 4. Solicitud En base a lo anterior, solicito formalmente que: a) El daño reflejado en la fotografía adjunta sea considerado preexistente a la entrega del vehículo, dado el margen de apenas cinco minutos entre la firma del contrato y la captura de la imagen. b) No se me impute ningún daño identificado en la devolución del vehículo que no cuente con una inspección válida y próxima al momento exacto de mi recogida, dado que la última inspección de Hertz data de catorce días antes y no puede considerarse representativa del estado del vehículo en el momento en que me fue entregado. c) Se retire, en consecuencia, cualquier cargo asociado a estos conceptos. Quedo a su disposición para aportar el archivo original en formato HEIC con sus metadatos íntegros, sin comprimir ni modificar, si su departamento técnico desea verificarlos directamente. Confío en que valorarán esta reclamación con la objetividad que los hechos y la evidencia aportada merecen, y quedo a la espera de su respuesta en un plazo razonable. Atentamente, Contrato nº 797841951 / Matrícula 8174NCS

En curso
R. E.
26/07/2026

Nos cobraron daños INEXISTENTES

Hemos sufrido por parte de Roadsurfer, un cobro y persecución por unos daños que tras aportar mil pruebas de que los daños eran existentes . Tras 2 meses, hemos demostrado con vídeos, fotos, metadatos… y una serie de exigencias y han aceptado que los daños existían . NO ALQUILAREMOS NUNCA MÁS ROADSURFER.

En curso
A. A.
25/07/2026

Retención dé importe 385 euros

Estimados/as señores/as: El día 12/04/2026 procedí a hacer efectiva una reserva , realizada a través de la página web […….]. del coche SSANGYONG TIVOLI 1.2 G12T MADRID CHAMARTIN RAILWAY El alquiler del coche finalizaba el día 18/04/2026 por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega de llaves en […] al estar sus oficinas cerradas. El coche se devolvió en perfecto estado. Posteriormente, he recibido una comunicación en la que se me informa de unos daños que presenta el vehículo y se me reclaman 385 euros El coche cuando le dejé estacionado no tenía esos daños. Adjunto fotocopia de los siguientes documentos: Contrato de alquiler, parte de siniestro ocurrido el día de la devolución, fotos del vehículo que coalición contra el vehículo de alquiler y fotos de los daños ocurridos. Solicito, se anule dicha reclamación la devolución de los cargos realizados en mi tarjeta por importe de 385 euros Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

En curso
E. M.
25/07/2026

Cargo final incorrecto

I am writing to formally dispute the charge of €1.044,58 applied to my deposit for the bodywork dent and for the replacement of a tyre and rim. Regarding bodywork rent, you are attempting to double-charge me by adding €199.00 for a "bodywork dent" that was already present on the vehicle before my rental. You have already provided the check-in photographic evidence proving this damage is pre-existing. Charging a customer for prior vehicle wear is illegal and constitutes fraud. In regard to the rim and tyre, the market price in Spain for a 16” Continental VanContact Camper tyre, along with its official matching rim and labor costs, does not exceed €420.00. I consider the invoiced amount (Rim €462,04 / Flat €383,55 = €845,59) to be abusive, disproportionate, and completely disconnected from the actual cost of repair. I filled out the unilateral accident report, which proves my total transparency and cooperation from the very beginning. The damage occurred during an evasive maneuver due to force majeure to avoid a head-on collision with a coach that invaded my lane, thereby safeguarding the integrity of the passengers and the vehicle. While I acknowledge my responsibility for the damage under my franchise terms as a non-third-party incident, I will not accept an unfair enrichment from Indie Campers through a tariff that doubles market rates. Therefore, I urgently request: 1. An official breakdown of the costs or the actual invoice from the external workshop that performed the replacement, detailing materials and labor for the rim and tyre including material and labour costs. 2. A formal copy of Indie Campers’ Damage Rate Matrix applied to this specific case. 3. In case you are applying a stoppage fee / Loss of use amount I request evidence demonstrating the actual loss incurred, together with a detailed calculation and supporting documentation for such charges. Sincerely, Elisa Martinez

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