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reclamacion vuelo retrasado 6 horas
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Berlin, que tenía su salida a las 6:30 horas del día 21 del mes de diciembre 2024 por lo que la llegada normal a las debería haber tenido lugar a las 8:30 horas del día 21. Adjunto los siguientes datos del nº de vuelo EJU7173 , reserva K8229QK documentos:Nº de pasajeros: 4 .El vuelo sufrió un retraso de más de 5 horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura, Desde hace semanas estoy reclamando a la compañía a traves de su hoja de reclamación desde su pagina Web y solo me indican que les falta información, cuando ya se la he indicado en 4 ocasiones.Solicito la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
reclamacion vuelo retrasado 6 horas
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Berlin, que tenía su salida a las 6:30 horas del día 21 del mes de diciembre 2024 por lo que la llegada normal a las debería haber tenido lugar a las 8:30 horas del día 21. Adjunto los siguientes datos del nº de vuelo EJU7173 , reserva K8229QK documentos:Nº de pasajeros: 4 .El vuelo sufrió un retraso de más de 5 horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura, Desde hace semanas estoy reclamando a la compañía a traves de su hoja de reclamación desde su pagina Web y solo me indican que les falta información, cuando ya se la he indicado en 4 ocasiones.Solicito la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Retraso de 9 horas
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Schipol, Amsterdam al de Madrid, barajas , que tenía su salida a las 11:00 a.m horas del día 8/10/2025 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 13:40 horas del día 8/10/2025. Sin embargo la salida tuvo lugar a las 20: 42 horas del 8/10/2025 y la llegada a las 23:11 horas del día 8/10/2025 por una avería en avión. Adjunto los siguientes documentos: billetes, justificante de retraso, tarjeta de embarque, captura de pantalla del retraso. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura de los tickets de comida y de un jersey que tuve que comprar en el aeropuerto, puesto que fui al aeropuerto con lo que llevaba puesto de casa, y tuve que estar en el aeropuerto 12 horas desde que llegué hasta que el avión despegó, pasando frío y hambre. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Álvaro Santos Rodríguez Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Negación a reclamación
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Tenerife Norte, que tenía su salida a las 15:30 horas del día 18 del mes de Octubre de 2025 por lo que la llegada normal a Tenerife norte debería haber tenido lugar a las 17:50 horas del día 18. Adjunto los siguientes documentos: tarjeta de embarque Nº de pasajeros: 1 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
PROBLEMA CON COMPENSACIÓN POR RETRASO VUELO
Hola, el vuelo AF822 del 26 de febrero de 2025 con salida desde el aeropuerto de N´Djamena (República del Chad) y llegada al aeropuerto de Charles de Gaulle sufrió un retraso de más de tres horas. Perdí el enlace con Barcelona, la compañía Air FRance me colocó en otro vuelo con llegada a Barcelona con más de tres horas de retraso. Por este motivo perdí otro enlace con la compañía Vueling, teniendo que comprar otro billete desde Barcelona a Málaga . Air FRance me ha compensado con 400 euros. Les he reclamado que tengo derecho a 600 euros, ya que el retraso es más de tres horas y el vuelo entre N´Djamena y París es de más de 3.500 KM. Por lo cual solicito la compensación de 200 euros que me debe Air FRance más el costo del billete de avión que tuve que comprar de Barcelona a Málaga.
retraso de 5 horas en un vuelo de Alicante a Turín
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Alicante al de Turin, que tenía su salida a las 18:20 horas del día 9 del mes de Octubre de 2025 por lo que la llegada normal a Turin debería haber tenido lugar a las 20:20 horas del día 9/10/25. Adjunto los siguientes documentos: 4 tarjetas de embarque de 4 pasajeros. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Se dio la asistencia gratuita de 4 € por pasajero y tuve que pagar los gastos de la cena ya que el vuelo salió a las 23:00 (adjunto pago de la comida) y del transporte del aeropuerto hasta el lugar de alojamiento en Turin (adjunto pago del taxi). SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso, según El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea. Un cordial saludo
Indemnización conforme al Reglamento (CE) n.º 261/2004
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión (Vuelo FR9944) desde el aeropuerto de Tenerife Sur (TFS) al de Budapest (BUD), que tenía su salida a las 17:50 horas del día 14 del mes de Julio de 2025. Dicho vuelo sufrió numerosos retrasos hasta el punto de que habían pasado más de 10 horas desde su salida y no había llegado el avión que nos llevaría a Budapest. Ante ese panorama decidimos no volar y cancelar las vacaciones que teníamos contratadas. Adjunto los siguientes documentos: Correos con los comunicados de Ryanair y Reclamaciones SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Retraso vuelo malaga seul, con escala en abudabi
Escrito en nombre de José Alfonso Cárdenas de la Flor y Paulina Sadowska- Cárdenas (mi esposa). Vuelo: booking reference: 7TW92J (Málaga – Seúl) Fecha del vuelo: 25 de septiembre de 2025 Compañía aérea: Etihad Airways Asunto: Reclamación formal contra Etihad Airways por incumplimiento del Reglamento (CE) 261/2004 y denegación indebida de compensación por retraso superior a 3 horas. Estimados señores, Nos dirigimos a ustedes para solicitar su asistencia legal y mediación en nuestra reclamación contra Etihad Airways, en relación con el vuelo EY822 con salida desde Málaga (España) hacia Seúl, operado el 25 de septiembre de 2025, bajo la referencia de reserva 7TW92J. El vuelo sufrió un retraso superior a tres horas, por lo que, conforme al Reglamento (CE) 261/2004, nos corresponde una compensación económica de 600 euros por pasajero, es decir, un total de 1.200 euros (dos pasajeros en la misma reserva). El vuelo tenia una escala en Abu Dabi, este segundo vuelo fue el que sufrio el retraso. La aerolínea ha rechazado nuestra solicitud alegando que el retraso se debió a “Airport Facilities Restrictions”, circunstancia que supuestamente estaría fuera de su control. Sin embargo, tras verificar los datos públicos de FlightRadar24, hemos comprobado que el verdadero motivo del retraso fue la llegada tardía del avión asignado al vuelo (modelo Boeing 787, matrícula A6-BMJ), procedente de Bélgica. Este tipo de incidencia no constituye una circunstancia extraordinaria, ya que forma parte de la operativa interna de la aerolínea y puede prevenirse mediante una adecuada gestión de flota o disponibilidad de aviones de reserva. Pese a nuestras reiteradas solicitudes, Etihad Airways no ha aportado ningún documento oficial ni prueba verificable que justifique su versión. Además, han cerrado el caso unilateralmente, incumpliendo así su obligación de justificar por escrito las causas alegadas, tal como exige el Reglamento europeo. Por todo lo anterior, solicitamos: La mediación y apoyo jurídico de la OCU para reclamar formalmente ante Etihad Airways la compensación económica establecida en el Reglamento (CE) 261/2004. En caso de negativa por parte de la aerolínea, iniciar las acciones legales oportunas para obtener la indemnización correspondiente de 1.200 € (600 € x 2 pasajeros). Documentación que adjuntamos: Archivo PDF con todas las respuestas oficiales de Etihad Airways. Capturas de pantalla de FlightRadar24 que demuestran el retraso del avión Boeing 787 matrícula A6-BMJ procedente de Bélgica.
Reclamación reembolso
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid Adolfo Suárez Barajas al de Doha que tenía su salida a las 3,40 PM (GMT+1) horas del día 1 de del mes de agosto de 2025 por lo que la llegada normal debería haber tenido lugar a las 11,25 PM horas del día 1 DE AGOSTO. Adjunto los siguientes documentos: Tarjetas de embarque y reserva así como tarjeta de embarque del siguiente vuelo que perdimos como consecuencia del retraso. Nº de pasajeros: 5 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Por dicho motivo se perdió el vuelo en conexión y llegamos tarde 24 horas a nuestro destino, lo que provocó la perdida de los importes pagados en concepto de alojamiento y excursiones contratados en Beijing. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Retraso en el vuelo que produjo pérdida de enlace
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de San Francisco al de Barcelona IB2622, que tenía su salida a las 20:10 horas del día 28 del mes de septiembre de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 16:45 horas del día 29. El vuelo sufrió un retraso de más de 2 horas en la hora de llegada lo que produjo la pérdida de conexión con el vuelo IB420 de las 1:55 horas de ese mismo día con destino a Madrid que era nuestro destino final. Tuvimos que pernoctar en Barcelona en un hotel a una hora del aeropuerto que no disponía de cena caliente y donde tampoco pudimos desayunar al día siguiente puesto que el trasporte al aeropuerto nos recogió antes de que abriera la cafetería. Por todo ello solicito una indemnización de 600 € en concepto de daños y perjuicios. Sin otro particular, atentamente.
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