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Problema con el reembolso
Compré el Hosting Advanced con Hostalia teniendo en cuenta la garantía de 30 días que ofrecían, su servicio de soporte es muy limitado y la solución que ofrecían a mi problema era contratar a una persona externa que cobraba 300€, con lo cual no quedé satisfecha con su servicio. Además de esto, el chat que utilizan para comunicarte con el soporte es muy precario y es muy complicado gestionar cualquier cosa con el, haciendo que mi satisfacción bajara aun mas. Les comenté que queria cancelar con ellos y que me devolvieran el dinero y me dijeron que mi factura estaba bien y que no me lo iban a devolver, sin dar explicaciones. Les pedí explicaciones y ya no contestan ningun email, su horario de att al cliente finaliza a las 20:00h pero el ultimo mensaje fue a las 16:00. Cabe destacar que no pasaron ni 24h desde que compré su servicio hasta que les pedí la devolución.
OMISIÓN DEL DEBER DE INFORMACIÓN SOBRE LA BAJA DEL SERVICIO DE FIBRA
HECHOS 1. Con fecha de noviembre de 2025, inicié el proceso de portabilidad de mis servicios de telefonía e internet (móvil y fibra) desde la compañía LOWI hacia el operador DIGI. 2. Durante dicho proceso, un comercial/asesor de LOWI contactó conmigo telefónicamente para realizar una contraoferta. En el transcurso de dicha conversación: o Rechacé expresamente la contraoferta presentada. o Informé de manera explícita y clara al operador de que el nuevo operador (DIGI) ya me había realizado la instalación de la fibra en el domicilio y que la portabilidad estaba en curso. 3. El representante de su compañía en ningún momento informó de la necesidad de realizar un trámite adicional o independiente para formalizar la baja del servicio de fibra, generando la legítima confianza de que la tramitación de resolución contractual quedaba gestionada tras el rechazo de la contraoferta y la portabilidad del servicio. 4. Pese a que la portabilidad se ejecutó y a que el servicio de fibra con LOWI dejó de ser utilizado por completo, la compañía ha continuado emitiendo y cobrando facturas mensuales desde el mes de diciembre de 2025 hasta el mes de julio de 2026 (ambos incluidos) (Se ha procedido a la devolución desde el banco de los dos últimos: julio y junio). 5. La empresa a través de un correo electrónico del 24 de julio rechaza la devolución del importe reclamado aduciendo que la baja del servicio de fibra debe solicitarse de forma específica, ya que no queda cancelada automáticamente por la portabilidad realizada con otra compañía. II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS PRIMERO.- Violación del deber de información, transparencia y práctica comercial desleal por omisión engañosa. Conforme a los artículos 60 y 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLCU), el empresario está obligado a facilitar de forma clara, comprensible y adaptada a las circunstancias toda la información relevante sobre las condiciones de resolución del contrato. Al silenciar deliberadamente la necesidad de un trámite adicional para la fibra durante la llamada de contraoferta —a sabiendas de que la instalación con el nuevo operador ya se había ejecutado—, la compañía incurrió en una omisión engañosa en los términos del artículo 7 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal. Esta ocultación de información vulnera el principio de buena fe contractual (Art. 1258 del Código Civil) y crea un desequilibrio abusivo en perjuicio del consumidor, de forma análoga a la falta de transparencia impuesta históricamente en el sector financiero por asimetría informativa. SEGUNDO.- Ausencia de prestación de servicio y cobro de lo indebido. De acuerdo con el artículo 1.895 del Código Civil, surge la obligación de restituir aquello que se ha cobrado indebidamente. Sus registros de red pueden verificar objetivamente que el tráfico y consumo de la línea de fibra ha sido estrictamente NULO desde diciembre de 2025. Cobrar por un servicio no prestado, sabiendo que el cliente se había cambiado de compañía y omitiendo los pasos para la baja, constituye un enriquecimiento sin causa por parte de LOWI. TERCERO.- Derecho a la resolución del contrato y cese de facturación. El artículo 62 del TRLCU garantiza el derecho del consumidor a poner fin al contrato en cualquier momento, prohibiendo cláusulas o prácticas que obstaculicen el ejercicio de este derecho mediante la omisión de cauces de tramitación. III. SOLICITA 1. La devolución íntegra de los importes cobrados indebidamente desde el mes de diciembre de 2025 hasta el mes de mayo de 2026, correspondientes a las mensualidades abonadas mediante transferencia a la cuenta bancaria arriba indicada , todo lo cual suma 155.22 euros. 2. El envío de la factura de rectificación / abono correspondiente a dicho periodo.
Problema devolucion equipos Orange
Fallecido el cliente de Orange JMFA con el DNi indicado el dia 02/07 fue necesrio el envio en dos ocasiones de la docuemntacion de la defuncion por parte de la familia para conseguir que se procediera a la baja de las dos lineas de dicho cliente, y a dia de hoy (3 semanas despues de la primera llamada para anular dichas lineas) seguimos sin indicaciones explicitas por parte de Orange sobre que hacer con el modulo de voz de Orange que tenia el difunto cliente en su domicilio asociado a una de sus lineas. Telefonicamente indican que no es necesaria la devolucion de dicho modulo de voz, pero se niegan a enviar dicha informacion por escrito por ningun medio por lo que no tenemos constancia escrita alguna de la "no necesidad" de devolucion por lo que no exponemos a recibir un cobro en el futuro por dicho dispositivo. Se contacta tambien con la compañia al supueto mail de atencion al cliente (clientes.particulares@orange.es) y los correos son devueltos sin entregar.
No he contratado sus servicios
Buenas,no he contratado ni firmado nada y me están cobrando 38e al mes La app no me deja hacer captura de pantalla pero guardo los recibos.
Cobro indebido
Me estàn cobrando 38e al mes sin haber contratado sus servicios.
Reclamación contra DIGI por cobros posteriores a la portabilidad y reclamación indebida de deuda
El 13 de abril de 2026 realicé la portabilidad de mis servicios de DIGI a Orange. Desde esa fecha, el router de DIGI quedó desconectado y mi línea pasó a estar operativa y facturada por Orange. Sin embargo, DIGI continuó cargándome recibos después de haberse completado la portabilidad, a pesar de que ya no utilizaba sus servicios y podía acreditar tanto la activación de mi línea con Orange como las facturas emitidas por esta nueva compañía. Tras contactar telefónicamente con DIGI, me indicaron que la portabilidad no había supuesto la baja de todos mis servicios y que debía acudir personalmente a una tienda. El 3 de junio de 2026 me personé en una oficina de DIGI, donde tramitaron finalmente la baja. No obstante, me informaron de que debía abonar las mensualidades anteriores porque, según ellos, no había solicitado expresamente la cancelación del servicio. Manifesté mi desacuerdo, ya que considero injustificado que se me cobre por un servicio que no disfruté y que, de hecho, dejó de estar operativo desde el momento de la portabilidad. Además, puedo demostrar que desde el 13 de abril figuraba como cliente de Orange y que ya estaba siendo facturado por esta compañía. Ante la negativa de DIGI a corregir los cargos, procedí a devolver los recibos cobrados indebidamente. Posteriormente, el 12 de junio de 2026 devolví todos los equipos siguiendo sus indicaciones. Dispongo de correos electrónicos que confirman tanto la baja del servicio como la correcta devolución de los equipos. Desde entonces, estoy recibiendo llamadas prácticamente diarias desde distintos números que se identifican como DIGI, reclamándome una supuesta deuda. También recibo de forma constante correos electrónicos en los que se exige el pago de 78 euros, correspondientes, según DIGI, a los meses durante los cuales no solicité expresamente la baja. Considero que esta deuda no me corresponde, pues se refiere a un periodo posterior a la portabilidad durante el cual no utilicé ni tuve operativo el servicio de DIGI. Además, en ningún momento se me facilitó una copia íntegra del contrato, ni durante la contratación ni cuando solicité la baja, por lo que desconozco las condiciones contractuales concretas que DIGI pretende aplicar para justificar estos cargos. También quiero dejar constancia de que, durante el último año como cliente, sufrí numerosos problemas de cobertura y funcionamiento del servicio. Presenté varias reclamaciones, tanto telefónicas como presenciales, sin que DIGI solucionara las incidencias. Esta falta continuada de calidad fue precisamente el motivo por el que decidí realizar la portabilidad a otro operador. Por todo lo expuesto, solicito: 1. La anulación inmediata de la deuda reclamada de 78 euros y de cualquier cargo generado después del 13 de abril de 2026, fecha en la que se hizo efectiva la portabilidad. 2. Subsidiariamente, si DIGI considera que existe algún importe legítimamente devengado, solicito una factura completa, detallada y desglosada, limitada exclusivamente al consumo o servicio efectivamente prestado hasta la fecha de la portabilidad. 3. La devolución de cualquier cantidad cobrada por servicios no prestados o no disfrutados con posterioridad al 13 de abril de 2026. 4. La confirmación por escrito de la cancelación de cualquier penalización, compromiso de permanencia o importe asociado a la baja. 5. Una copia íntegra del contrato, las condiciones generales y particulares aplicables, así como de las grabaciones o documentos mediante los cuales DIGI considere que acepté dichas condiciones en el momento de la contratación. 6. El cese inmediato de las llamadas y comunicaciones reiteradas de reclamación mientras la existencia y legitimidad de la deuda se encuentren formalmente impugnadas. 7. La confirmación por escrito de que mis datos no serán comunicados a ningún fichero de solvencia patrimonial o morosidad por esta deuda controvertida. En caso de que ya hubieran sido comunicados, solicito su retirada inmediata. 8. Una respuesta formal y motivada por escrito, acompañada de toda la documentación que justifique la cantidad reclamada. En caso de no recibir una solución favorable, procederé a presentar la correspondiente reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, los organismos de consumo competentes y, en su caso, la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente si se produjera una inclusión indebida en algún fichero de morosidad o continuaran las comunicaciones de cobro de forma reiterada. Solicito a DIGI que revise el expediente, anule los cargos indebidos y confirme por escrito el cierre definitivo del contrato sin deuda pendiente.
CONDONACION DE LA DEUDA MIGUEL ANGEL GARCIA GOMEZ 48471317J
EXPONGO Soy Miguel Ángel García Gómez con DNI 48471317J. Les expongo la situación. El día 1 julio de 2026 a las 20:15 , realicé una llamada telefónica a su compañía me atendió un operador del cual no me acuerdo su nombre pero si era latinoamericano. El motivo de la llamada fue para comunicar que se diera de baja el servicio de Internet y de telefonía móvil ya que se había realizado correctamente la portabilidad con mi compañía actual que es Vodafone. Es la llamada de teléfono que fue grabada por ustedes se realizó el proceso y mi consentimiento de dar de baja los servicios que tenía con ustedes a fecha día 1 de Junio de 2026, en el domicilio calle Blasco de Alagón número 46. Su operador me dijo que todo estaba correcto y que en un plazo de quince días recibiría un sms para la evolución del router de ustedes por correos. Pasados esos quince días no recibí ningún SMS por parte de la compañía. Volví a llamar el día 22 de Junio de 2026, para informar a la compañía de que no había recibido ningún SMS para la evolución del router. En la llamada del día 22 de Julio de 2026 , uno de sus operadores me dijo que mis servicios seguían estando dados de alta. Y en consecuencia se ha emitido una factura, la cual no voy a pagar, y ustedes no me van a meter en asnef, YA QUE ES UN FALLO DE SU COMPAÑÍA. SOLICITO: Solicito la grabación telefónica por parte de su compañía del día 1 de junio de 2026 a las 20:15. Para que ustedes puedan verificar que la primera llamada se efectuó la solicitud de baja de los servicios de Internet y de telefonía móvil con la compañía MásMóvil. Les aporto capturas de pantalla de la primera llamada, y la segunda llamada. Exijo que se revise la conversación del día 1 de junio, para verificar que yo como cliente hice todo el proceso correcto, todo sea debido a un fallo de su operario o de su sistema. Del cual yo no me voy a hacer responsable de esa factura que ustedes pretenden cobrarme o amenazarme de meterme en ASNEF .Exijo la condonación inmediata de ese importe el cual no me corresponde por fallo de su compañía. Cualquier cosa pónganse en contacto con la OCU, que es el departamento jurídico el que actualmente lleva este tema.
No me dejan devolver el router y después me cobran la penalización
Solicito la intervención de la OCU ante una situación que considero injusta y derivada de un error reconocido por la propia compañía Lowi, el cual finalmente ha recaído económicamente sobre mí como consumidora. Tras solicitar la baja de mi servicio de fibra, me dispuse a devolver el router, tal y como correspondía. Sin embargo, al contactar con el servicio de atención al cliente para obtener el código necesario para realizar la devolución, uno de sus operadores me indicó expresamente que no podía generarlo y que depositara el router en un punto limpio. Siguiendo las instrucciones facilitadas por la propia empresa, procedí de esa forma. Conservo una captura de pantalla que acredita dicha conversación (adjunto). Posteriormente, Lowi emitió una factura de 70,75 € alegando la no devolución del router. Desde ese momento inicié numerosas reclamaciones por teléfono y por correo electrónico, aportando toda la información disponible y explicando que había actuado exactamente conforme a las indicaciones de su personal. Durante estas reclamaciones, distintos agentes de Lowi reconocieron en varias ocasiones, incluso por escrito mediante correo electrónico, que la factura había sido emitida por error. A pesar de ello, la compañía nunca rectificó la situación ni anuló el cargo. Tras meses intentando resolver el problema, en mi última llamada al servicio de atención al cliente una operadora me comunicó con total claridad que nadie iba a ofrecerme una solución ni se procedería a la anulación de la factura, a pesar de los reconocimientos previos del error. Ante el riesgo de ser incluida en un fichero de morosos, me vi obligada a abonar los 70,75 €, dejando constancia de que dicho pago no supone en ningún caso mi conformidad con el cobro, sino que fue realizado únicamente para evitar un perjuicio mayor. Considero que he actuado en todo momento de buena fe, siguiendo las instrucciones proporcionadas por la propia empresa y agotando todas las vías de reclamación internas antes de acudir a la OCU. Entiendo que resulta contrario a los principios de buena fe contractual que un consumidor soporte las consecuencias económicas de un error cometido por la propia compañía y reconocido por ella misma. Por todo ello, solicito que Lowi revise nuevamente el expediente, reconozca el error producido y proceda a la devolución del importe de 70,75 € cobrado indebidamente, así como a dejar constancia de que la incidencia fue consecuencia de una información incorrecta facilitada por su propio servicio de atención al cliente. Documentación que acompaño a esta reclamación: 1. Captura de pantalla donde un operador de Lowi me indica que deposite el router en un punto limpio. 2. Captura de pantalla donde otro operador admite que no aplica cobrar el cargo por no devolver el router. 3. Factura emitida en concepto de penalización por no devolver el router. 4. Justificante del pago realizado por la factura. También adjunto más comunicaciones por email sobre la reclamación. IMPORTANTE: quiero hacer hincapié en que el pago de la factura se realizó exclusivamente para evitar las consecuencias de un posible registro en un fichero de morosos, no porque acepte la procedencia del cargo.
Problema con la devolución del equipo y código para envío
Estimado/a equipo de Simple Telco, Me pongo en contacto con ustedes para expresar mi preocupación y solicitar asistencia respecto al proceso de devolución de un equipo que adquirí a través de su empresa. Recibí por SMS un número para realizar la devolución del equipo mediante Correos Express. Sin embargo, cuando intenté utilizar este número, la empresa de mensajería me informó que no lo aceptan, ya que para poder hacer la devolución correctamente se requiere un código de barras o código QR, no un simple número. Este inconveniente me ha generado una situación de incertidumbre, ya que, de no poder devolver el equipo correctamente dentro del plazo estipulado, entiendo que se me aplicará un cargo adicional por no haber realizado la devolución a tiempo. Por lo tanto, solicito con urgencia que me proporcionen el código de barras o el código QR necesario para proceder con la devolución del equipo sin contratiempos. Agradecería una pronta respuesta para evitar cualquier cargo adicional. Quedo a la espera de su respuesta y resolución del asunto.
No me dan la baja
Nada , no hay manera después de dos semanas ahora dicen que soy autónoma y que solicita la bajas en otro email o teléfono y mientras corre el tiempo y yo sigo pagando
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