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Me prohibieron entrar en el cine con unas palomitas
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque [Por favor, detalla aquí el contenido de tu reclamación] SOLICITO […]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Problema con acceso alimentos del exterior
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación contra el cine CINESA Parquesur, ubicado en Avenida de Gran Bretaña, s/n, Centro Comercial Parquesur, 28916 Leganés, Madrid, debido a que el día 4 de abril de 2025, se me impidió acceder a la sala de proyección con comida adquirida fuera del establecimiento. Se me indicó que, si quería ver la película, debía dejar mi comida fuera, sin ofrecerme alternativa alguna. Considero que esta actuación vulnera mis derechos como consumidor (Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Articulo 82.1), ya que la normativa vigente no permite impedir el acceso a los cines por portar alimentos del exterior, siempre que no supongan una molestia ni un riesgo para el resto de usuarios. Además, esta medida me forzó indirectamente a tener que adquirir productos en el interior del cine a precios mucho más elevados. SOLICITO que se revisen los protocolos de acceso de este establecimiento y que se me proporcione una compensación por los perjuicios sufridos, ya sea mediante una entrada gratuita como medida de disculpa o cualquier otra compensación que se estime adecuada. Sin otro particular, atentamente.
Práctica abusiva e ilegal
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque la empresa Cinesa está denegando la entrada a usuarios que porten comida o bebida adquirida en el exterior del establecimiento. Resguardándose en el derecho de admisión de 1997, el cual especifica que pueden denegar la entrada a personas cuyo comportamiento infrinja las leyes de comportamiento e impida la proyección de la película. No hay ningún caso especifica que tengan el derecho a no admitir a alguien con alimentos del exterior. De hecho su actividad principal es la proyección de películas no la hostelería. Y no tienen ningún derecho a obligar al consumidor adquirir productos alimenticios en su servicio de bar. Está prohibición que han impuesto a partir del uno de abril de este año es completamente ilegal. Y cuando el usuario les reclama y les dice que no pueden hacer eso se respaldan en falacias para salir del paso. SOLICITO que obliguen a Cinesa a retirar esta normativa. Y vuelvan a aceptar a cualquier usuario que porte bebida o comida adquirida fuera del establecimiento. Pudiendo adquirir comida en el bar del establecimiento de manera opcional. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Practica abusiva e ilegal
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque la cadena de cines CINESA a implementado de el 1/04/25 la prohibicion de comida externa a las instalaciones, siendo una práctica ilegal respaldada por el derecho de admisión del 1997, la cual no es legal aplicar, puesto que la entrada de comida ajena al cine no infringe ninguna normativa como para poder aplicar el mismo. Por otra parte la empresa está divulgando información falsa a los consumidores sobre la aplicación del derecho de admisión, alegando suciedad en las salas o leyes inexistentes de la comunidad de Madrid. SOLICITO que la empresa CINESA no pueda aplicar está practica abusiva y represora a los clientes de una sala de proyecciónes, donde la actividad principal no es la hostelería. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Prohibición injustificada de entrada con alimentos a sala de cine – CINESA
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque se me ha prohibido el acceso con comida del exterior al local. El día 4 de abril de 2025 acudí al cine CINESA ubicado en el CC. Príncipe pio para asistir a la sesión de las 20:00h de la película "Minecraft". Portaba unas palomitas compradas en otro establecimiento, con un precio considerablemente más asequible. El personal de acceso me obligó a tirarlas en la entrada, impidiéndome no solo consumirlas sino también guardarlas entre mis objetos personales. Considero que esta actuación fue abusiva e innecesaria. Consultado su servicio de atención al cliente, justifican esta práctica en base al artículo 24 de la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, alegando el derecho de admisión. Sin embargo, considero que la aplicación de dicho derecho no está siendo proporcional ni ajustada a derecho por los siguientes motivos: No se me informó previamente de esta limitación en un cartel visible antes de acceder a la zona de compra ni de forma clara y destacada en la entrada del cine.; No se me permitió conservar el alimento, aun no teniendo intención de consumirlo, lo cual vulnera mi derecho a la propiedad; La oferta alternativa de productos propios tiene precios muy elevados y no cubre necesidades razonables de todas las personas consumidoras, pudiendo considerarse un abuso económico. Además, limitar el acceso por portar alimentos de otro establecimiento que no alteran el orden, la higiene ni la seguridad en el recinto, carece de proporcionalidad, especialmente si lo que se impide es incluso guardar el producto en el bolso personal, tal como ocurrió. Esta actuación puede ser considerada una restricción desproporcionada de derechos básicos como la libre elección del consumidor, más aún cuando no existe ninguna acreditación objetiva de riesgo sanitario, aforo o seguridad. La justificación económica que argumenta la empresa no puede prevalecer sobre los derechos de los usuarios y el principio de libre elección del consumidor. Otra justificación de los argumentos que exponen sobre alérgenos o residuos, si bien son comprensibles, no justifican el registro o inspección del contenido de los objetos personales de los clientes ni la confiscación o destrucción de productos. Tampoco son argumentos suficientes para prohibir cualquier alimento externo cuando se trata de productos cerrados, sencillos y fácilmente gestionables, como unas palomitas. Adjunto email donde me dieron respuesta a la consulta con los argumentos pertinentes. Soy clienta habitual de CINESA y miembro del programa Unlimited Card desde hace más de un año, y no considero que esta sea una manera justa de tratar a sus socios, especialmente cuando en muchas ocasiones consumo productos del bar sin problema alguno. Finalmente, la actividad principal de estas salas de exhibición es la proyección de películas, no la hostelería o la restauración, por lo que dicha prohibición es abusiva. SOLICITO Por todo ello, solicito a través de esta reclamación que se analice la legalidad de esta práctica, así como la proporcionalidad del uso del derecho de admisión en este contexto. Considero que se está produciendo un perjuicio al consumidor y que podría existir una cláusula abusiva encubierta en la política interna de la empresa. Agradezco su atención y quedo a la espera de respuesta o mediación con la empresa. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
no permitir el acceso al cine con palomitas compradas en el exterio
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el sabado dia 5 de abril no me permitieron la entrada de palomitas a la sala de cine por haber sido compradas en el exterior, considerando que es una clausula abusiva por su parte. SOLICITO sea retirada dicha clausula Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
No dejan entrar comida de fuera
Al ir a entrar en Cinesa la salera en Castellón con comida externa me han prohibido la entrada. La única solución es que deje mi comida y devuelva la entrada. A pesar de recordarles que su actividad principal no es la hostelería sino la proyección de contenido audiovisual se han negado a dejarme entrar con la comida repitiendo que está prohibido sin decirme bajo que ley siguen esta norma. Esta acción es completamente abusiva y deja indefenso indefenso al consumidor obligándolo a comprar en el establecimiento. He redactado hoja de reclamación y la voy a entregar a consumo. Pero visto que ya tienen varias reclamaciones y no hacen nada he decidido escribir a la ocu. Pido a la administración que proceda a adoptar las medidas y actuaciones pertinentes contra la empresa con el propósito de que actúe conforme a la normativa vigente.
Elegir mi consumición
Me parece bien que se suba la entrada y que nos deleiten con 15 minutos de anuncios pero me parece de una falta de respeto hacia los clientes habituales que se nos niegue elegir nuestros snacks viendo las películas, ya que los que ustedes venden y promocionan tanto son carísimos para la calidad que dan, me responderá el empleado de turno con que es el derecho de admisión jajaja como si fuéramos violentos y tratáramos mal al personal se que esto no servirá de nada pero la próxima vez pondré una hoja de reclamaciones y pediré que se me devuelva el dinero de la entrada en vez de irme tristemente a dejar mis palomitas en mi vehículo
No permitir el acceso con bebida del exterios
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque ayer, día 08/03/2025 se me fue negada la entrada a un establecimiento de cinesa del centro Comercial moraleja Green de Madrid por llevar bebida de fuera del cine, esto es una violación de los derechos del consumidor y es ilegal. Por no mencionar que no hay ningún cartel que lo avise SOLICITO que se cambie esta política abusiva ya que hasta hace poco se podía pasar con comida o bebida del exterior sin ningún problema. Sin otro particular, atentamente.
Cesen de cometer infracciones o procederé legalmente
He reservado una entrada para uno de sus cines y al hacerlo ha emergido un pop-up que escudándose bajo el Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, indica que esta terminalmente prohibida la intrusión de alimentos externo a vuestro negocio. Dicha práctica ha sido considerada como abusiva en distintos casos y comunidades provocando la sanción en distintos cines como el caso de Yelmo en el País Vasco (https://facua.org/noticias/yelmo-cines-multada-con-30-000-euros-tras-la-denuncia-de-facua-euskadi-por-impedir-entrar-con-alimentos/) dicho artículo, aparte de hacer un buen resumen de dicho decreto muestra otro ejemplo dónde se cita que dicha práctica es abusiva y denunciable. Hecho que realizaré si no cesan en practicarla y si observo que esta se práctica.
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