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Jordi (CINESA)
11 jun 2025, 8:17 CEST
Buenos días, Santiago
En la Comunidad de Madrid, la prohibición de consumir en las salas de cine alimentos o bebidas adquiridos fuera del propio escimiento (salvo acreditación de alergia o intolerancia alimentaria no cubierta por la oferta de restauración del cine) se encuentra debidamente anunciada mediante cartel colocado en la entrada del cine, así como mediante el correspondiente texto informativo en la web y la app de CINESA, y se corresponde con el ejercicio del derecho de admisión, de acuerdo con lo escido en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (Artículo 24).
Tanto en el cine como en web, se pueden encontrar el listado de alérgenos en los productos de comida/bebida.
Ante cualquier otra duda, estaremos a tu disposición para ayudarte.
Reclamar
10 jun 2025, 9:00 CEST
Prohibición de entrada alimentos con intolerancias:
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