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Jordi (CINESA)
4 jun 2025, 8:50 CEST
Buenos días, Jhon
En la Comunidad de Madrid, la prohibición de consumir en las salas de cine alimentos o bebidas adquiridos fuera del propio escimiento (salvo acreditación de alergia o intolerancia alimentaria no cubierta por la oferta de restauración del cine) se encuentra debidamente anunciada mediante cartel colocado en la entrada del cine, así como mediante el correspondiente texto informativo en la web y la app de CINESA, y se corresponde con el ejercicio del derecho de admisión, de acuerdo con lo escido en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid (Artículo 24).
Un saludo,
Jordi
Equipo de Atención al Cliente
CINESA
Reclamar
3 jun 2025, 19:00 CEST
Prohíben la entrada con comida de fuera:
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