Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. B.
04/07/2025

acceso con comida

Cada vez que he acudido ultimamente a sus cines, concretamente en xanadu, me han impedido acceder con comida del exterior al cine, cuando ya se sabe y es publico que esta totalmente permitido y ellso tienen prohibido limitar el acceso. los cines tienen una actividad principal que es el pase de material audiovisual, por lo que no pueden imponer otra actividad asesoría como la venta de productos alimenticios, siendo ésta una práctica abusiva. Se podría prohibir el consumo de alimentos en las salas, pero no exclusivamente de los que son comprados fuera del establecimiento. ya hay jurisdicciones sobre esto, 30.000 euros es la cantidad que la cadena de cines Yelmo tendrá que abonar por no dejar meter palomitas ni bebidas, compradas fuera, en sus salas Megapark y Atea. Así lo ha dictado Kontsumobide (Instituto Vasco de Consumo). La denuncia fue interpuesta por FACUA y EKA-Acuv el pasado mes de enero, después de que la empresa cinematográfica prohibiese desde primeros de año la entrada en sus establecimientos de productos comprados en el exterior. la proxima vez que se me impida el acceso con comida del exterior, denunciare, igual que si me encuentro en la cola de entrada a alguien a quien se lo prohiban, tambien lo denunciare directamente, ante la ocu, con hoja de reclamaciones y judicialmente.

Cerrado
A. P.
03/07/2025

Reclamación por opacidad y dificultades en el proceso de cancelación de CINESA UNLIMITED

A la atención CINESA COMPAÑIA DE INICIATIVAS Y ESPECTACULOS SA Estimados: Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal por la deficiente accesibilidad, transparencia y usabilidad de los canales de cancelación del programa de suscripción CINESA UNLIMITED, así como por la mala praxis sistemática que demuestra su compañía para obstaculizar la baja de la suscripción. Hechos 1. En su página web y en las condiciones del servicio no existe ningún enlace o sección clara dedicada a la cancelación de la suscripción. Para encontrar el formulario específico, se requiere una búsqueda compleja mediante Google o la navegación profunda por su web de ayuda cinesa.es+7ayuda.cinesa.es+7ocu.org+7. 2. El formulario aparece oculto dentro de la sección de “Atención al cliente”, sin accesos directos ni avisos visibles desde el menú principal o desde la sección de gestión de cuenta. 3. El teléfono de atención al cliente informa de que las oficinas están cerradas, sin posibilidad de solicitar la cancelación vía telefónica, lo que fuerza a los usuarios a usar medios online no accesibles o mal ubicados. Derecho aplicable • Según la Ley de Servicios Digitales (Reglamento UE 2022/2065), todas las plataformas online con usuarios en la UE deben garantizar mecanismos de acceso y cancelación accesibles, transparentes y eficaces, incluyendo vías claras de atención al usuario y resolución de disputas programaticaly.com+8vatabout.com+8es.wikipedia.org+8. • Además, el Ministerio de Consumo español está tramitando una normativa para prohibir las renovaciones automáticas de suscripciones sin aviso de 15 días (ley en tramitación de junio de 2025) domesticatueconomia.es+1elperiodico.com+1. Hasta que entre en vigor, CINESA ya debería cumplir con los principios de buena fe, lealtad y transparencia en las relaciones de consumo recogidos en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Reclamación Solicito: 1. El acceso inmediato y claro al mecanismo de cancelación de la suscripción CINESA UNLIMITED mediante un enlace visible desde la web y/o la app, sin requerir búsquedas externas. 3. Un canal accesible de atención al cliente (teléfono o chat) disponible al público para tramitar cancelaciones, y no un mensaje de "oficinas cerradas". Sin otro particular, quedo a la espera de su pronta respuesta. Atentamente, A.P.

Resuelto
N. D.
22/06/2025

Comida del exterior

Cada vez peor y más decepcionada. Desde hace unos años atrás, Cinesa ha permitido que se llevase comida del exterior sin ningún problema, pero en el día de ayer fui a ver una película al Cinesa del Xanadú y me dijo el chico de la entrada que no se podía meter comida porque se ha establecido una ley el 1 de abril que prohíbe el acceso de comida del exterior. Me parece vergonzoso y de ser una panda de ladro***. No quedándose agusto con el precio abusivo de la entrada, la cual suben y suben y me siguen ofreciendo exactamente lo mismo, encima se vuelven cada vez más exigentes con el tema de la comida cuando es algo ilegal hacer eso ya que su propósito es mostrarme una película, no un servicio de restauración (artículo 82.1 de consumidores y usuarios). Pueden inventarse las leyes que quieran, pero deberían saber que es ilegal hacer eso y espero que se sancionen duramente estas prácticas que llevan a cabo ya que lo único que hacen es que a la gente se les quiten las ganas de ir al cine. Y no solo entra Cinesa aquí, también hablo por Yelmo cines, que a pesar de tener miles de denuncias, siguen haciendo lo que les da la gana. No obstante, si lo que quieren es que se compre la comida que venden ellos, igual se deberían replantear porque la gente lleva cosas de fuera y menos poner "leyes" de mier** y más bajar los precios de sus productos para que la gente los compre. Se dice que el cine tradicional está muriendo, pero más bien lo están matando con tanta tontería y normas abusivas.

Resuelto
S. C.
15/06/2025

Reembolso comida exterior o en su defecto las entradas

El viernes día 13 acudimos con unas entradas ya compradas y la comida preparada para ir al cine cuando nos dicen que no podemos entrar con ella a lo cual nos perdimos la película y nos quedamos sin comida. Somos del club de cinesa, lo cual fue decepcionante por la NO COMUNICACIÓN DEL CAMBIO DE NORMATIVA. Exigo la devolución de las entradas, comida o una copia de la legislación explicando como haciéndote socio no te informan del cambio de normativa vigente en sus cines. Llevare esto por vía legal en caso de ser necesario.

Cerrado
A. M.
12/06/2025

Práctica abusiva

Me dirigía al cine con mi hermana pequeña, antes de entrar nos dicen que no se puede pasar comida de fuera. Llevábamos una bolsa con dos bolsas de patatas, de haberlas comprado en el mismo super mercado de la Salera. Les dije por lo menos si podrían guardármelo porque vinimos en autobús y no podía dejarla en el coche ni en otro lado. Se negaron a guardarlo también y tuve que dejar la comida en una esquina del centro comercial porque tampoco llegábamos a la película. Tuve que comprar algo de comida en el cine porque era la ilusión de ver una película con mi hermana, compramos una botella de agua POR TRES EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS, una tercera parte de lo que me costaron dos entradas de cine. Me parece una práctica abusiva (TRLGDCU), cuesta más la comida (actividad que no es la que principalmente realiza un cine) que dos entradas para una película. Es algo que no está respaldado por la ley, solo tienen derecho de admisión, pero me parece que es totalmente lícito que una persona que quiere disfrutar de una película se traiga algo de comer, y no tenga que gastarse más de 3 euros en una botella de agua (no quiero pensar en un refresco cuánto sería), y unas palomitas frías y blandas por más de 6 euros. Ruego que revisen estos casos,

Resuelto
S. C.
10/06/2025

Prohibición de entrada alimentos con intolerancias

Buenos tardes El día 08/06/2025, estaban prohibiendo la entrada al cine con comida o bebida de fuera, diciendo (que el artículo 24 de la ley 17/1997 de 4 de julio, de Madrid), prohíbe la entrada. Alegamos tener un hijo con intolerancias alimentarias, pero al Señor Sergio que estaba en la entrada, le dió absolutamente igual y de muy malas formas, delante de ellos, nos insistió que teníamos que tirar todo si queríamos acceder (teníamos 4 entradas para ver la película de como entrenar a tu dragón)

Resuelto
J. D.
03/06/2025

Prohíben la entrada con comida de fuera

Buenos tardes El día de ayer 03/06/2025, estaban prohibiendo la entrada al cine con comida o bebida de fuera, diciendo (que el artículo 24 de la ley 17/1997 de 4 de julio, de Madrid), prohíbe la entrada. Antes ya había pasado esto y los cines fueron demandados y obligados a quitar ese cartel. Puede prohibirme la entrada con comida o bebida que no haya comprado en el cine, si no fuera ? Adjunto foto del cartel que tenían en la entrada. Gracias

Cerrado
J. N.
02/06/2025

reembolso

Estimados/as señores/as: El día 2 de Junio del 2025 a las 22:44 compre cinco entradas para la película de Lilo y Stich sesión de 19:30 para el día 3 de Junio del 2025 Inmediatamente después de recibir el correo de confirmación me di cuenta del error ya que las quería para el día 4 de Junio del 2025. SOLICITO: la devolución del importe de las entradas.

Resuelto
F. M.
02/06/2025

Prohibir acceso con artículos de comida no adquiridos en su establecimiento

El día 2 de junio de 2025 a las 20:15h intenté acceder al Cine, establecimiento gestionado por la empresa CINESA - COMPAÑÍA DE INICIATIVAS Y ESPECTÁCULOS, S.A, localizado en Calle de Fuencarral, 136, Chamberí, 28010 Madrid. Habiendo adquirido la entrada por vía online el mismo día, al acceder al cine, el empleado me negó el acceso al llevar una bolsa en la que supuso llevaba comida y/o bebidas compradas fuera de su establecimiento. Efectivamente reconocí llevar una bolsa de palomitas y una bebida (coca-cola de botella 33cl). El empleado reiteró que no podía acceder con esos artículos adquiridos fuera de su establecimiento. Reclamado hablar con un responsable superior, este me indica que los empleados tienen orden expresa de la empresa de prohibir el acceso con bebidas y comidas adquiridas en otro sitio que no sea el bar de su propio establecimiento. El responsable me daba la opción de tirar la comida y pasar o reclamar una devolución de la entrada. Por la presente, formulo reclamación contra CINESA - COMPAÑÍA DE INICIATIVAS Y ESPECTÁCULOS, S.A por incurrir en una práctica abusiva, al impedir el acceso a la sala con alimentos adquiridos fuera del establecimiento, pese a que en el interior se permite el consumo de comida y bebida. Considero que esta prohibición vulnera lo dispuesto en el artículo 82.1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, que establece que se considerarán abusivas las cláusulas que causen un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes en perjuicio del consumidor. Asimismo, esta actuación podría contravenir lo previsto en el Decreto 10/2003 de la Comunidad de Madrid, que regula las condiciones de admisión en espectáculos públicos, al imponer una condición injustificada sin haber sido aprobada por la administración competente. Solicito que se declare la práctica como abusiva, se impongan las sanciones pertinentes si procede y se inste al establecimiento a cesar en dicha conducta, permitiendo el acceso a los consumidores con alimentos del exterior mientras se siga permitiendo el consumo de productos en el interior.

Resuelto
P. V.
29/05/2025

Prohibición de entrada con comida externa y mala gestión de la hoja de reclamaciones

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes para presentar una reclamación contra el cine CINESA Xanadú, ubicado en el centro comercial Madrid-Xanadú (Arroyomolinos, Madrid). El pasado 28 de mayo de 2025 se me impidió el acceso a la sala con comida adquirida en el exterior, sin que existiera justificación en motivos de seguridad, higiene o respeto al resto de usuarios. Esta medida fue aplicada con el único fin de condicionar el acceso a la prestación principal del servicio (ver la película) a la compra de productos en su establecimiento, lo cual considero abusivo e ilegal según la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Además, al solicitar la hoja de reclamaciones, se me facilitó un documento impreso no oficial (sin copias autocopiativas ni la etiqueta de registro obligatoria). Al regresar al cine el mismo día para pedir la etiqueta, el personal me indicó que “no disponen de etiquetas de registro”, lo cual infringe el Decreto 1/2010 de la Comunidad de Madrid sobre hojas de reclamación. Adjuntaré copia de la hoja entregada, así como el ticket de consumo interno del propio cine para demostrar el sobreprecio que supone obligar a adquirir productos dentro. SOLICITO que se investigue esta práctica restrictiva y se sancione al establecimiento si procede, tanto por el impedimento abusivo de acceso como por la incorrecta gestión de la reclamación oficial. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado

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