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No quieren aceptar mi baja
RECLAMACIÓN FORMAL CONTRA WHAT’S UP! LIVING ENGLISH D.ª Kelly Andreina Baron Rincon, presenta la siguiente reclamación frente a What’s Up! Living English, centro ubicado en Calle Alcalde 378, Madrid, en relación con la contratación de un curso de inglés suscrito el 1 de julio de 2026, financiado mediante SeQura, con base en los siguientes: HECHOS Primero. Contratación del curso e información facilitada antes de la contratación. El día 1 de julio de 2026 acudí al centro de What’s Up! Living English, ubicado en Calle Alcalde 378, Madrid, con la finalidad de contratar un curso de inglés. La contratación se formalizó mediante una financiación gestionada por SeQura, correspondiente a un curso con una duración de 18 meses. Durante todo el proceso de contratación confié en la información facilitada por el personal comercial del centro. Sin embargo, en ningún momento se me entregó copia del contrato, ni se me facilitó documentación que recogiera de forma clara las condiciones relativas a la permanencia, la resolución anticipada del contrato, las posibles penalizaciones por cancelación o las condiciones específicas de la financiación. A día de hoy, no dispongo de ningún contrato firmado por mí que recoja las obligaciones que ahora la empresa pretende imponerme. ⸻ Segundo. Comunicación de mi voluntad de cancelar el servicio. El día 13 de julio de 2026, apenas doce días después de la contratación y sin haber asistido a una sola clase, comuniqué expresamente al centro mi decisión de darme de baja por motivos personales que me impedían continuar con el curso. Desde ese momento manifesté de forma clara e inequívoca que no tenía intención de utilizar el servicio contratado y que deseaba cancelar tanto el curso como la financiación asociada. Lejos de tramitar mi solicitud, el comercial responsable de mi expediente me indicó que debía acudir obligatoriamente al centro para mantener una reunión presencial en la que tendría que explicar personalmente los motivos por los que quería cancelar el curso. Acepté dicha reunión con el único objetivo de resolver la situación de forma amistosa y lo antes posible. ⸻ Tercero. Retrasos injustificados en la tramitación de mi baja. Tras comunicar mi voluntad de cancelar el curso, las reuniones exigidas por la propia empresa fueron aplazadas en dos ocasiones por decisión exclusiva de sus trabajadores. Dispongo de las conversaciones y pruebas que acreditan dichas cancelaciones. Como consecuencia directa de estos continuos retrasos, mi solicitud no fue atendida hasta el 20 de julio de 2026, fecha en la que el propio personal del centro me indicó que ya había finalizado el plazo de desistimiento y que, por ese motivo, no era posible cancelar ni el curso ni la financiación. Considero especialmente grave que fuera la propia empresa quien retrasara reiteradamente la gestión de mi solicitud y utilizara posteriormente ese retraso como argumento para impedir el ejercicio efectivo de mis derechos como consumidora. ⸻ Cuarto. Exigencia de información personal completamente ajena al contrato. Durante la reunión mantenida el 20 de julio de 2026, me vi obligada a explicar circunstancias estrictamente personales para justificar mi solicitud de baja. Manifesté que debía abandonar España por motivos personales, información que proporcioné únicamente debido a la insistencia del personal del centro. No obstante, lejos de limitarse a valorar mi solicitud, se me exigió aportar documentación que acreditara mi futura salida del país como condición para aceptar la cancelación del curso. Considero absolutamente improcedente que una empresa privada pretenda condicionar la resolución de un contrato de prestación de servicios a la entrega de documentación relativa a mi vida privada. No existe obligación alguna de justificar circunstancias personales ni de facilitar información sensible para poder solicitar la cancelación de un servicio que, además, jamás he llegado a utilizar. ⸻ Quinto. Negativa absoluta a resolver el contrato. Durante esa misma reunión se me comunicó que: * ya no podía cancelar la financiación con SeQura porque había transcurrido el plazo de desistimiento; * estaba obligada a mantener el contrato durante los 18 meses; * si abandonaba España debía continuar realizando el curso desde el país al que me trasladara; * o, alternativamente, debía encontrar otra persona que aceptara hacerse cargo tanto del curso como de la deuda pendiente. En ningún momento se me ofreció una solución razonable ni una alternativa proporcionada a una situación en la que ni siquiera he llegado a recibir el servicio contratado. La única respuesta recibida fue la obligación de continuar vinculada a un contrato de larga duración o asumir íntegramente su coste. ⸻ Sexto. Ausencia total de prestación del servicio. Desde la fecha de contratación hasta el día de hoy: * No he asistido a ninguna clase. * No he utilizado ninguna plataforma educativa. * No he recibido formación alguna. * No he disfrutado de ninguno de los servicios contratados. * Manifesté mi voluntad de cancelar el curso apenas doce días después de la contratación. Resulta manifiestamente desproporcionado que se pretenda exigir el pago íntegro de un curso de dieciocho meses respecto del cual no he recibido prestación efectiva alguna. ⸻ Séptimo. Falta de transparencia e información contractual. Durante todo este procedimiento he solicitado conocer las condiciones contractuales que, según la empresa, me obligan a mantener el curso y la financiación. Sin embargo, no se me ha facilitado copia del contrato ni de las condiciones generales supuestamente aceptadas. La falta de entrega de dicha documentación, unida a la ausencia de información clara en el momento de la contratación y a la gestión realizada para impedir la tramitación efectiva de mi baja, me ha colocado en una situación de absoluta indefensión como consumidora. No considero admisible que una empresa pretenda exigir el cumplimiento de obligaciones económicas de larga duración sin haber facilitado previamente al consumidor el documento contractual que las contiene. ⸻ FUNDAMENTOS Considero que la actuación de What’s Up! Living English ha vulnerado los principios de transparencia, buena fe e información al consumidor, al no facilitarme copia del contrato, retrasar injustificadamente la gestión de mi solicitud de baja y condicionar dicha gestión a la revelación de información estrictamente personal ajena a la relación contractual. Asimismo, resulta especialmente preocupante que la empresa aplazara reiteradamente las reuniones que ella misma exigía para tramitar mi solicitud y que posteriormente utilizara el transcurso del tiempo como argumento para negar cualquier posibilidad de cancelación. Igualmente, la financiación suscrita mediante SeQura constituye un contrato vinculado al servicio principal, por lo que la negativa a resolver el contrato principal afecta directamente a la financiación asociada. ⸻ SOLICITO 1. La resolución inmediata del contrato del curso de inglés suscrito con What’s Up! Living English. 2. La cancelación íntegra de la financiación formalizada mediante SeQura. 3. El reembolso completo de todas las cantidades abonadas hasta la fecha, incluida la primera cuota cargada. 4. El cese inmediato de cualquier cobro futuro relacionado con este contrato. 5. La entrega de una copia íntegra del supuesto contrato firmado y de todas las condiciones generales que la empresa afirma que acepté. 6. Que, en caso de no atender íntegramente esta reclamación, se me facilite la correspondiente hoja oficial de reclamaciones, reservándome expresamente el derecho de presentar reclamación ante las autoridades de consumo competentes y de ejercitar cuantas acciones legales resulten necesarias para la defensa de mis derechos e intereses.
Solicitud de baja información y cancelación de cuotas sequra
Motivo de la reclamación: Prácticas comerciales engañosas, falta de transparencia en la contratación y solicitud de resolución de crédito vinculado.Descripción de los hechos:Contraté la formación de la academia Tradeando.net (RETSINNAL GROUP, S.L.U.) hace 3 meses bajo una publicidad totalmente engañosa que prometía ingresos rápidos y aseguraba que el curso se pagaría solo con los beneficios de la actividad. Durante el proceso de venta telefónica, se me ofreció el servicio bajo la apariencia de una suscripción mensual flexible que podría cancelar en cualquier momento si no estaba satisfecho. En ningún momento se me informó de forma transparente y clara de que estaba suscribiendo un contrato de préstamo a largo plazo con una entidad financiera externa (SeQura Worldwide, S.A.).Tras comprobar que la formación no cumple con las expectativas prometidas, he solicitado la baja del servicio. Sin embargo, la empresa se niega a tramitarla y me exige el pago de la totalidad de las cuotas restantes del crédito.Al tratarse de un crédito al consumo vinculado a un servicio formativo que considero una mentira y una contratación engañosa, solicito: La resolución y nulidad del contrato de formación con Tradeando.net por vicio en el consentimiento y falta de transparencia.La cancelación inmediata y definitiva de las cuotas pendientes de cobro por parte de la financiera Sequra, procediendo a la paralización cautelar de los recibos mientras se tramita este expediente.Que se prohíba de forma expresa la inclusión de mis datos en cualquier fichero de solvencia patrimonial o morosidad (como ASNEF) derivado de este conflicto. Intenté resolver esto pero se niegan Gracias
Reclamanción de Desestimiento
Estimados/as señores/as: Sequra - RETSINNAL GROUP, S.L.U. (Tradeando) Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad comunicándoles, Por segunda vez y corrigiendo la presentación de pruebas a los 12 días de la adquición del producto estando en el plazo correspondiente, mi decisión de desistir de la deuda de $2037 Euros, dado que se han generado incumplimientos con la cuenta de fondeo, donde se han presentado varios inconvenientes y la empresa Tradeando no ha dado soluciones asertivas, más bien se ha decantado por hacer un poco de caso omiso y solo querer solucionar al momento de presentar una queja formal, motivo por el cual he decido desistir del curso de que soy titular. Y ello por: he enviado un correo a Sequra y RETSINNAL GROUP, S.L.U. (Tradeando) explicando que no estaba conforme con el proceso llevado y quería hacer uso del desistimiento del curso. Sequra me ha contestado con correos generados a través de su IA donde aseguran que para poder desistir de manera correcta tengo que hacer el pago total de la deuda. Con RETSINNAL GROUP, S.L.U. (Tradeando) me han realizado una llamada solo para intentar "solucionar" el problema. Cuando decido explicar que ya no tengo intención de continuar con el curso dado a los fallos cometidos por parte de ellos y alegar por mi derecho a desistir del mismo, exigiendo el pago inicial y la cancelación del préstamo, me expresan que yo ahora estoy obligado a pagar, que ya he consentido que no puedo desistir del mismo y que ninguna ley española me anpara ni proteje frente a mis reclamos, que Sequra hará los cobros pertinentes y que de no hacerlo tendría mas problemas. Además me envían correos posteriores a la llamada expresando que ya se me ha dicho todo y que tendré que seguir de manera OBLIGADA a pagar así no haga uso del mismo. Adjunto los siguientes documentos: Correos electrónicos, mensajes por Whatsapp SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique la cancelación del contrato de Sequra - RETSINNAL GROUP, S.L.U. (Tradeando)], y en este caso la devolución del primer pago realizado, además de excluirme de la deuda por desistimiento del curso que erro en su praxis. Sin otro particular, atentamente. Juan Nicolás Riaño Valdés
Problema con reembolso
Hola,realice una tvl dia 8 de mayo en Sihogar Pureauto ,recibi la tv el 22 de mayo completamente rota,sihogar abrio incidencia y me dijeron que logistica contactaria conmigo para la recogida y hasta dia de hoy sigo con la tv rota en mi domicilio,despues de dos meses desde la compra he reclamado a sihogar la devolucion del dinero pero me siguen diciendo que hasta que no recojan la tv no me hacen la devolucion incluso les envio la reclamacion que puse en la Omic.Llevo un mes intentando contactar con sequra via correo,wassap,mensajes y telefono solicitando la congelacion de los pagos pero no recibo contestacion alguna,el caso esque el dia 8 de este mes pagare la tercera cuota por una tv rota y aguantando como sihogar me da largas.Me vere obligada a proceder a la ampliacion de la denuncia en la Omic de el Ejido para incluir a seQura en el expediente por cobros indebidos de un credito vinculado extinguido
Amplío mi reclamación
Amplío mi reclamación con un hecho relevante. Con fecha 2 de julio de 2026, Tradeando me ha comunicado por escrito que "al estar con seQura no pueden hacer nada" y me remite a seQura para "regularizar los impagos o liquidar la totalidad", tras más de tres semanas de promesas verbales de resolución que nunca se materializaron. Por su parte, seQura me confirma por escrito que mantiene una "paralización cautelar de la gestión de cobro mientras mi reclamación ante el organismo de consumo esté en curso", pero me remite a Tradeando para cualquier solución. Ambas entidades se remiten mutuamente la responsabilidad, dejándome sin resolución en un crédito vinculado (art. 29 Ley 16/2011). Solicito que se tenga por agotada la vía amistosa, que mi caso se mantenga activo y se integre en la denuncia colectiva de la OCU ante el Ministerio de Consumo, y hago constar que mantengo mis reservas de acción ante el Banco de España, la AEPD y la vía judicial de nulidad por usura (TAE 40,98 %).
Bloqueo de cuenta
Buenas yo tuve un retraso con el tema de los pagos y ya lo e pagado todo y me puse en contacto con ellos y me dijeron q a partir de los 10 intentara pedir cualquier cosa y ya han pasado 25 días y e intentado hacer cualquier tipo de comprar y no me deja de ningun tipo de monto
Financiación
Asunto: Reclamación contra SeQura por actuaciones de recobro mientras existe una reclamación activa Presento esta reclamación contra SeQura por la forma en la que está gestionando una financiación vinculada a un servicio contratado con EDIBS Business School (1337 Corp). Desde el inicio del conflicto informé a SeQura de que el servicio recibido no se correspondía con lo ofrecido durante la contratación y de que había solicitado la baja del programa. Asimismo, remití a SeQura en dos ocasiones la documentación explicando los motivos por los que impugnaba los pagos y les comuniqué que existía una reclamación formal contra el comercio. Posteriormente presenté una reclamación ante la OCU contra EDIBS Business School . A pesar de que SeQura conoce la existencia de este conflicto y de que la reclamación continúa en tramitación, sigo recibiendo de forma continuada llamadas telefónicas, correos electrónicos y mensajes SMS reclamando el pago. El día 29 de junio de 2026 incluso recibí un mensaje indicándome que se había iniciado el proceso de inclusión en ficheros de morosidad (ASNEF) por un supuesto impago de 49 días. Considero que esta actuación resulta desproporcionada mientras existe una controversia real y documentada sobre el contrato financiado, habiendo comunicado reiteradamente que el servicio no fue prestado conforme a lo ofrecido y que la reclamación sigue abierta. Solicito que se revise mi expediente teniendo en cuenta toda la documentación ya remitida y las reclamaciones presentadas. Adjunto como prueba: - Comunicaciones enviadas a SeQura. - Reclamación presentada contra EDIBS Business School. - Capturas de los mensajes, llamadas y correos recibidos por SeQura. - Mensaje recibido advirtiendo de la posible inclusión en ASNEF.
Solicitud de rectificación de comunicación emitida por SeQura
Esta es la segunda vez que solicito a SeQura la rectificación de una comunicación emitida por la propia entidad, sin obtener respuesta sobre el fondo del asunto. En el correo que me enviaron para comunicar la cesión del crédito a Tradeando afirmaron literalmente: "Como no hemos recibido los pagos correspondientes a la compra...". Esa afirmación es rotundamente falsa y extremadamente perjudicial. Durante la tramitación de mi reclamación ante Kontsumobide fue SeQura quien decidió suspender los cargos automáticos de las cuotas. Desde ese momento nunca volvieron a intentar cobrarlas, nunca me requirieron el pago por otro medio y nunca me facilitaron una cuenta donde ingresar cantidad alguna. Por ello, exijo que justifiquen documentalmente en qué se basan para afirmar que "no han recibido los pagos", cuando fue la propia SeQura quien paralizó el mecanismo de cobro. Y que en caso contrario lo desmientan. No es aceptable que ahora respondan que este asunto corresponde a Tradeando. El correo fue emitido por SeQura cuando la deuda todavía era suya y son ustedes quienes realizaron esa afirmación. Por tanto, la responsabilidad sobre la veracidad de dicha comunicación les corresponde exclusivamente a ustedes. Solicito nuevamente que rectifiquen por escrito esa afirmación y reconozcan que la suspensión de los cobros fue una decisión de SeQura, sin que existiera requerimiento posterior de pago por otra vía. Mantener una comunicación con hechos inexactos puede ocasionar graves perjuicios al consumidor, especialmente cuando posteriormente se produce una inclusión en un fichero de morosidad.
Incumplimiento esencial de servicio formativo vinculado a crédito al consumo y amenaza de inclusión
Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, titular de un crédito al consumo vinculado a la adquisición de un servicio formativo denominado "Doble Éxito", comercializado a través de Hotmart por la empresa TUDROSHIPPER FZCO. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles mi disconformidad con la gestión del crédito vinculado y con la amenaza de inclusión en ficheros de solvencia patrimonial, pese a existir una reclamación formal abierta y documentada por incumplimiento esencial del servicio financiado. Y ello por los siguientes hechos: El servicio formativo contratado prometía contractualmente, en su cláusula Primera, la generación de un mínimo de 2.000€ en ingresos durante los primeros 90 días, con garantía de reembolso total del 100% en caso de no alcanzarse dicho resultado cumpliendo las condiciones del programa. La consumidora cumplió todas y cada una de las obligaciones exigidas en las cláusulas 4.7 y 5.2 del contrato: asistió al mínimo de sesiones requerido, realizó la prospección mínima exigida superándola, siguió las instrucciones específicas proporcionadas por los responsables del programa y documentó el proceso con pruebas. Pese a ello, no se obtuvo ningún ingreso y la empresa no activó la garantía de reembolso prometida contractualmente. Adicionalmente, existen pruebas documentadas de que la propia empresa incumplió sus obligaciones de soporte recogidas en la cláusula 5.1 del contrato, que la obliga expresamente a brindar soporte y respuesta oportuna a las preguntas y dudas de la consumidora: ante una consulta concreta planteada por la consumidora, un mentor de la empresa le indicó expresamente que podía resolver su duda utilizando ChatGPT, derivándola a una herramienta de inteligencia artificial en lugar de prestarle el apoyo personalizado comprometido contractualmente. Esta conducta acredita de forma objetiva que el servicio de mentoría no se prestó conforme a lo contratado. La empresa proveedora dejó de responder a las comunicaciones enviadas durante más de un mes, tanto por correo electrónico como por WhatsApp, pese a haber dado instrucciones precisas sobre los pasos a seguir. Con fecha 29 de octubre de 2025 la consumidora fue expulsada sin previo aviso ni explicación de todos los grupos y canales de soporte del programa, perdiéndose el acceso completo al servicio financiado. Dicha expulsión no estuvo motivada por ninguna de las causas previstas en la cláusula 2.8 del contrato, que únicamente permite la expulsión por conducta disruptiva o incumplimiento de directrices, circunstancias que no concurrieron en ningún momento. Con fecha 1 de noviembre de 2025 se notificó formalmente al proveedor la solicitud de reembolso, aportando el 2 de noviembre de 2025 la documentación completa acreditativa del cumplimiento de todas las obligaciones del programa. Desde esa fecha la reclamación permanece sin respuesta ni resolución. Como consecuencia directa del incumplimiento del servicio y de la falta de reembolso prometido, la consumidora se vio obligada a cancelar la suscripción a la plataforma de almacenamiento donde se guardaban parte de las pruebas documentales, perdiéndose algunas de ellas, aunque se conservan pruebas suficientes y relevantes que acreditan los hechos descritos. Adicionalmente, la consumidora realizó inversiones económicas adicionales propias para cumplir con los requisitos del programa, lo que acredita su total implicación y buena fe. Adjunto los siguientes documentos: contrato de crédito al consumo vinculado, contrato del servicio formativo "Doble Éxito" con garantía de resultados, documento de reclamación con cronología completa, capturas y vídeos acreditativos de la expulsión de los grupos el 29 de octubre de 2025, comunicaciones sin respuesta mantenidas durante más de un mes con los responsables del programa, y captura acreditativa de que un mentor derivó a la consumidora a ChatGPT en lugar de prestarle el soporte contratado. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para: paralizar de forma inmediata cualquier acción de recobro e inclusión en ficheros de solvencia patrimonial mientras la reclamación sigue abierta, e investigar si la gestión del crédito vinculado cumple con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo, que faculta a la consumidora a oponer frente a la entidad financiera las mismas excepciones que le corresponden frente al proveedor del servicio incumplidor. Sin otro particular, atentamente.
Problema con una financiación
Reclamación formal y solicitud de nulidad de crédito vinculado por vicio en el consentimiento - Contrato ID del contrato de Crédito al consumo: 701b84f4-7ca0-499f-a39a-c9ed3aac4311 Por la presente, me dirijo a ustedes para solicitar la nulidad inmediata del contrato de financiación referenciado, el cual se encuentra vinculado a la adquisición de la formación de la empresa Tradeando (Retsinnal Group S.L.U.). Motivo mi solicitud en la existencia de vicios en el consentimiento y falta absoluta de transparencia en la venta del servicio. Durante la comercialización telefónica, la empresa vendedora me ocultó deliberadamente las condiciones reales del contrato, las normas de permanencia y el coste total de la deuda, haciéndome creer que se trataba de un pago puntual y no de la firma de un crédito al consumo de larga duración. Esta práctica ha sido denunciada públicamente por organizaciones como la OCU. [1] En virtud del artículo 29 de la Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo, la ineficacia del contrato de servicios de consumo conlleva la ineficacia del crédito vinculado. Por tanto, les solicito: La paralización inmediata de cualquier cargo posterior en mi tarjeta o cuenta bancaria. La resolución y nulidad de este contrato de financiación por comercialización engañosa. La devolución de la primera cuota ya cobrada por importe de 169,83€. Les informo de que, en caso de recibir respuestas automatizadas o de que se intente proceder con el cobro de la siguiente mensualidad, daré traslado de esta reclamación a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) y a la plataforma pública de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) para iniciar la vía administrativa correspondiente. Atentamente, Abel Ruiz Velardo Teléfono de contacto 617882617
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