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Retraso en el vuelo VLC- SCQ el 5/07/25
Hola, el pasado día 5 de julio de 2025, el vuelo FR706 València_ Santiago de Compostela, con salida a las 21;25 h y llegada a las 23:05 h llegó a su destino con 3 h y 7 minutos de retraso. Por este motivo reclamo la indemnización correspondiente por dicho retraso, por exceder las 3 horas en un vuelo, referido en la Sentencia del TJUE, de 23.10.2012 (asuntos C-581-10 y C 629-10) donde se referie al derecho del pasajero a indemnización, en aquellos retrasos que suponen una pérdida de tiempo igual o superior a 3 h en su llegada al destino final. Quedo a la espera de su respuesta, Atentamente, S.S
reclamación porretraso en el vuelo
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona-El Prat al de Gatwick - London, que tenía su salida a las 7:50 horas del día 23 del mes de junio de 2025 por lo que la llegada normal a Gatwick -Londres debería haber tenido lugar a las 9:15 horas del día 23/6/2025. Adjunto los siguientes documentos: tarjetas de embarque, pantalla de retraso del mismo aeropuerto de Barcelona, app de EasyJet. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
reclamación porretraso en el vuelo
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona-El Prat al de Gatwick - London, que tenía su salida a las 7:50 horas del día 23 del mes de junio de 2025 por lo que la llegada normal a Gatwick -Londres debería haber tenido lugar a las 9:15 horas del día 23/6/2025. Adjunto los siguientes documentos: tarjetas de embarque, pantalla de retraso del mismo aeropuerto de Barcelona, app de EasyJet. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Retraso de más de 3 horas en el vuelo
Les remitimos la presente como consecuencia de ser viajeros perjudicados por el retraso del vuelo número UX7232 fletado por su compañía aérea el pasado día 7 de junio de 2025 a las 08:35h, siendo el aeropuerto de salida A Coruña LCG y el de destino Madrid MAD, con hora prevista inicialmente de llegada 09:45h. Por razones ajenas a nosotros, y desde luego no concurriendo circunstancias extraordinarias, fuimos informados en la terminal que el referido vuelo sufriría un retraso con derecho a indemnización y compensación. En total, el vuelo se retrasó un total de 4:59h horas lo que motivó que incurriesemos en los siguientes gastos: Gastos de restauración por el retraso, por importe de 70,90€. Adjuntamos los tickets. Ampliación del parking del Aeropuerto, por importe de 15,84 €. Adjuntamos el ticket. Al existir un retraso de más de 3 horas, les reclamamos igualmente la compensación económica de 250 € por persona. En consecuencia y siendo ustedes los responsables de dichos perjuicios conforme al Reglamento (CE) no 261-2004 de 11 de febrero de 2004. Por medio de la presente reclamación de vuelo les requerimos para que se pongan en contacto con nosotros a fin de abonar la cantidad reclamada de 586,74 €.
Air Europa se niega a reembolsar lo que debe
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Santiago de los Caballeros, que tenía su salida a las 16:55 horas del día 1 del mes de marzo de 2025 por lo que la llegada normal a Santiago de los Caballeros debería haber tenido lugar a las 20:35 horas del día 01/03/2025. Adjunto los siguientes documentos: mail con el boarding pass, mail de aviso por parte de Air Europa sobre el retraso (2 horas después de ya estar retrasados) y pdf con los derechos del pasajero que Air Europa adjuntó en el mail de retraso, entre los cuales se especifica claramente que tengo derecho a compensación por retraso de más de tres horas en la llegada del vuelo. El vuelo sufrió un retraso de cuatro horas en la hora de llegada. He pedido la devolución por su página web, siendo denegada en dos ocasiones sin ninguna razonamiento válido por su parte. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Reembolso retraso vuelo
Estimados señores: Teníamos contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Copenhagen Kastrup Airport (CPH) al de Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat (BCN), que tenía su salida a las 16:05 horas del día 8 del mes de julio de 2025 por lo que la llegada normal a Barcelona debería haber tenido lugar a las 19:10 horas del día 8. Adjunto los siguientes documentos: (1) Mail con itinerario del vuelo y precio del mismo. (2) Tarjetas de embarque de los 2 pasajeros (Javier Maria Miro Torres – Nuria Omella Puig). (3) Fotos de la información del retraso por parte de Ryanair y de los tableros del aeropuerto. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura: (4) Tickets comida. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Javier M. Miro
RECLAMACION RETRASO VUELO
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Londres Stansted al de Madrid Barajas, que tenía su salida a las 18:50 horas del día 6 del mes de julio de 2025 por lo que la llegada normal debería haber tenido lugar a las 22:20 horas del día 6 del mes de julio de 2025. Adjunto los siguientes documentos: Recibo de la reserva "2026 06 recibo Ryanair.pdf" tarjeta de embarque "2026 06 06 tarjeta de mebarque con horario retrasado.jpg" El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Retraso 18horas de vuelo
Estimados/as señores/as: Mi familia y yo teniamos contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barajas, Madrid, a Bangkok, que tenía su salida a las 21.45 horas del día 26 del mes de junio de 2025 por lo que la llegada normal a Bangkok debería haber tenido lugar a las 15.05 horas del día 27 de junio. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas, concretamento 18horas, en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho hasta 4 horas después de la cancelación del vuelo, estando a más de 400km de mi domicilio tuve que buscar y pagar los gastos de los cuales adjunto factura. Hotel con media pensión más trayectos del aeropuerto hotel y hotel aeropuerto. También solicito el reembolso de la noche con desayuno perdida en Bangkok y una excursión a los mercados y Ayutthaya la cual también adjunto factura. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Yolanda Borillo Valero Carlos Borillo Valero Enrique López Núñez
Reclamo Saudia SV228
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona El Prat al de Kuala Lumpur que tenía su salida a las 16:25 horas del día martes 1 del mes de Julio de 2025 por lo que la llegada normal a Kuala Lumpur debería haber tenido lugar a las 15:55 horas del día Adjunto los siguientes documentos: Tarjeta de embarque Nº de pasajeros: 2 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Vuelo retrasado casi 24 horas
Estimados señores Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid Barajas al de Tirana (Albania) que tenía su salida a las 22:00 horas del día 03/07/2025] por lo que la llegada normal a Tirana debería haber tenido lugar a las 01:10 horas del día 04/07/2025. Adjunto los siguientes documentos: 1º Tarjetas de embarque del día 3 de Julio a las 22:00 2º Tarjetas de embarque del día 4 de Julio a las 23:00 3º Factura noche de hotel que tuvimos que pagar por el retraso 4º Factura del vuelo mío como de mi marido y mi hija 5º captura de pantalla del aterrizaje el dia 4 de Julio casi 24 horas después de la primera salida El primer día estuvimos desde las 22:30 hasta las 03:30 dentro del avión esperando a que saliera. El día 4 el avión tenía previsto salir a las 11:00 de la mañana y a las 17:00 todavía no había salido. El vuelo sufrió un retraso brutal en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea y el pago del hotel que tuvimos que coger por el retraso de dicho vuelo. El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea. Sin otro particular. Atentamente Eva Stepancikova
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