Presento reclamación contra Air Europa Líneas Aéreas S.A.U. por los graves perjuicios sufridos en el viaje realizado el 1 de diciembre de 2025, con los siguientes vuelos contratados:
UX4042 Alicante – Madrid
UX83 Madrid – Salvador de Bahía
1. Pérdida de conexión y retraso en destino final
El vuelo UX4042 (ALC–MAD) sufrió un retraso importante debido a una incidencia técnica, circunstancia que la propia compañía reconoció posteriormente por escrito.
Como consecuencia directa de este retraso, perdí la conexión Madrid–Salvador (UX83) y fui reubicada en una ruta alternativa Madrid – São Paulo – Salvador, llegando al destino final con más de 14 horas de retraso respecto al horario inicialmente previsto.
Todo este trayecto se realizó viajando con un bebé de 3 meses, lo que agravó de forma notable las molestias, el cansancio y el impacto del retraso, especialmente tratándose de un viaje intercontinental.
De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 261/2004, solicito la compensación económica correspondiente por retraso superior a 4 horas en un vuelo de larga distancia, dado que la causa alegada no constituye una circunstancia extraordinaria exenta de responsabilidad.
2. Retraso en la entrega del equipaje
A la llegada al destino final, el equipaje facturado no fue entregado, siendo recibido con posterioridad.
Esta situación nos obligó a permanecer sin nuestras pertenencias personales durante un periodo significativo.
Debido a la falta de equipaje y a la llegada con gran retraso, fue necesario adquirir artículos de primera necesidad, incluyendo pañales y productos básicos para el bebé, así como otros bienes esenciales.
De conformidad con el Convenio de Montreal, solicito:
La indemnización por el retraso en la entrega del equipaje, y
El reembolso de los gastos razonables y justificados derivados de no disponer del equipaje en destino, incluidos los productos necesarios para un bebé de corta edad.
3. Solicitud
Por todo lo expuesto, solicito:
La compensación económica por retraso superior a 14 horas en la llegada al destino final, conforme al Reglamento (CE) 261/2004.
El reembolso de los gastos en bienes de primera necesidad, incluidos pañales y productos esenciales para un bebé, conforme al Convenio de Montreal.
Respuesta por escrito en un plazo razonable.
En caso de no obtener una resolución favorable, me reservo el derecho a continuar la reclamación por las vías legales oportunas.