Clasificación
- Reclamaciones totales
- 56
- Numero de reclamaciones*
- 25
- Reclamaciones cerradas *
- 72%
- Tiempo medio de respuesta*
- 91 Días
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Últimas reclamaciones
Cancelación vuelo con aviso menos 48 horas
Estimados/as señores/as: Teníamos contratado un viaje (4 pasajeros, actúo en nombre y representación de todos ellos) en avión desde el aeropuerto de Edimburgo al de Amsterdam, y de Amsterdam a Bilbao, que tenía su salida a las 17:00 horas del día 15 del mes de febrero de 2026 (Edimburgo - Amsterdam), siendo el segundo vuelo con salida a las 20:40 horas del día 15 del mes de febrero de 2026 (Amsterdam - Bilbao) por lo que la llegada normal a Bilbao debería haber tenido lugar a las 22:45 horas del día 15 de febrero de 2026, con un coste de 1.166,84€. Adjunto los siguientes documentos: 1 - Reserva 2 - Billetes 3 - Notificación de cancelación 4 - Billete alternativo 5 - Resumen cancelación y alternativa 6 - Reclamación a la aerolínea 7 - Denegación compensación de la reclamación. Nº de pasajeros: 4 En fecha 14 de febrero de 2026, se me ha comunicado, esto es con menos de 48 horas de antelación, la cancelación del vuelo contratado. Adjunto también la comunicación de cancelación. No se me ha reembolsado el importe de billete, ofreciéndose una salida alternativa que tenía más de 5 horas de diferencia con la contratada. Solicito la indemnización correspondiente por la cancelación según el Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, o la que resultase de aplicación más favorable. Sin otro particular, atentamente.
COMPENSACIÓN POR CANCELACIÓN
A la atención del Departamento de Atención al Cliente de Air France: Me dirijo a ustedes para reiterar y ampliar la reclamación ya iniciada el día 14 de febrero de 2026, relativa a la cancelación del vuelo AF174, correspondiente al trayecto París–Málaga, previsto para el viernes 13 de febrero de 2026 a las 21:05 horas. Los hechos sucedieron del siguiente modo: • Al llegar a la puerta de embarque, el vuelo apareció como retrasado una hora, sin que se ofreciera explicación alguna a los pasajeros. • Transcurrida esa hora, embarcamos en el avión y permanecimos aproximadamente otra hora sentados en el interior, sin información clara por parte de la tripulación sobre lo que estaba ocurriendo. • Finalmente, el avión despegó, pero tras aproximadamente una hora de vuelo, se nos comunicó por megafonía que debíamos regresar a París debido a problemas técnicos, indicando que dichos problemas no podían solucionarse en España. Además de la falta total de información y asistencia, considero especialmente grave y temerario que se procediera al despegue cuando era evidente que existía una incidencia técnica en la aeronave, poniendo en riesgo innecesario a los pasajeros. Viajaba junto con siete personas más, todas ellas afectadas por la misma situación. El vuelo fue finalmente cancelado, ocasionándonos importantes perjuicios personales y logísticos. De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 261/2004, y dado que la cancelación se debió a problemas técnicos, circunstancia que no se considera extraordinaria, exijo la compensación económica que legalmente nos corresponde, así como una respuesta formal a la reclamación ya presentada, de la cual no he recibido contestación hasta la fecha. El trayecto París (CDG) → Málaga (AGP) tiene una distancia aproximada de 1.450 km. Según el Reglamento (CE) nº 261/2004, para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km o cercanos a ese umbral (como este), la compensación es de: 400€ por pasajero. Por todo lo anterior, exijo la compensación de 400 € por pasajero, correspondiente a vuelos intracomunitarios de esta distancia, lo que asciende a un total de 3.200 €, dado que viajaba junto a siete personas más, todas ellas afectadas por la misma cancelación. Ante la ausencia de respuesta hasta la fecha, solicito una contestación inmediata por escrito. En caso contrario, procederé a elevar la reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) y otros organismos competentes. Atentamente, María Trinidad Godoy Gómez ninigodoy87@gmail.com Referencia de reclamación en Air France: C-1096664
me envian una contestacion a mi peticion de moratoria
adjunto contestacion de Air France a un tema judicial
Compensación por retraso en conexión
Buenos dias. Recientemente sufrí un inconveniente en mi reserva de vuelo en la que volaba desde Alta (ALF) a Málaga (AGP), en el vuelo de conexión que tenia de Oslo a Paris para posteriormente volar a Málaga, se produjo un retraso que me hizo no alcanzar la conexión que menciono. Tras perder esta conexión, la llegada a mi destino se produce al dia siguiente, unas 14-15 horas más tarde de lo previsto inicialmente. Cabe destacar que al llegar a dicha conexión, la puerta de embarque estaba cerrada, sin embargo, un grupo de aproximadamente 20 personas seguian en el tunel que conecta el avion con la puerta de embarque, aun asi, se me negó la ayuda para embarcar al vuelo que tenia inicialmente contratado. Es por ello que solicito la compensación correspondiente derivada de los problemas que acontecieron con fecha 04/02/2026. Un saludo. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Retraso de más de tres horas en el vuelo
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Dubái al de Madrid, con escala en París, que tenía su salida a las 11:00 horas del día 18 del mes de diciembre de 2025 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 19:10 horas del día 18. Debido a un retraso en el aeropuerto de Dubái, perdimos la conexión en París, también contratada con Air France, y llegamos a Madrid a las 23:05 del día 18. Adjunto los siguientes documentos: Tarjetas de embarque originales y las expedidas tras el retraso de ambos pasajeros. Nº de pasajeros: 2. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente, Alejandro Bru García. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
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