Últimas reclamaciones
1. Envía tu reclamación a la empresa
Usa nuestra plataforma y sigue las instrucciones
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
Podrás ver la respuesta completa en el apartado "Mis reclamaciones" de tu área personal.
3. ¿La empresa no responde o su respuesta no te satisface?
Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
Compramos un aparato que al mes y medio quisimos devolver y nos han denegado la posilibdad
El 03/10 se compró un aparato para unas dolencias que tenía mi madre, y era lo mejor de lo mejor.- Que se pondrían en contacto con nosotros Maria Laguna para ver cómo iba la cosa y al cabo del mes y medio nadie nos hizo caso. Les mande un escrito el 24 de noviembre, dado que el teléfono nunca lo cogen y no me contestaron. Simplemente, mandaron una carta a casa diciendo (en resumen) unas indicaciones de cómo usar el aparato.-El 08 de febrero les volví a enviar un e-mail y ya me contestaron diciendo como todo tratamiento, necesita un tiempo para hacer efecto. De hecho, se les envió por correo unas indicaciones extras para para su mejor manejo. No obstante, le informamos que su mail con pidiendo la baja, se recibió fuera de plazo..El 14 de febrero les envié un email diciendo: En referencia a la anulación del pedido, nos agarramos a dicha Ley del consumidor, por lo que, devolvemos el producto por incumplimiento a las condiciones que fueron vendidas el aparato.Si detectas un defecto de fábrica o una tara en el producto que has comprado, puedes hacer valer la garantía: exigir que te entreguen uno en perfecto estado o que te reparen el que tiene el problema. Si no llegáis a un acuerdo, podrías pedir que te rebajen el precio si te lo quedas así o, incluso, que te devuelvan el dinero (alegando la resolución del contrato, en tanto que el vendedor ha incumplido parte de su acuerdo comercial).. Y nada, el 01 de marzo, una abogada de ellos, se puso en contacto conmigo para pedirme una hoja de representación firmada, dado que el aparato lo compró mi madre, el 12 de marzo se lo envié, y el 27 de marzo les volví a escribir y nadie nos ha dicho nada.- Consecuencia, cómo fue financiado, no paran de llamar los de la financiera a mi madre (que actualmente bastante mal está para tener que estar soportando dichas llamadas) y aquí seguimos, 4 meses despues, sin poder hacer dicha devolución.-
Devolución de parte de mensualidad
El pasado 16 de mayo de 2017 mi padre, Asterio Antón Aparicio con DNI n.º 75870370V, tuvo que ingresar en la residencia para mayores “Seniors” sita en la calle Vega de Arteaga, s/n de la pedanía de Facinas en el municipio de Tarifa (Cádiz) que gestiona la compañía “Residencias familiares para mayores, S.L.” con CIF B29842283. En su caso, hicimos un contrato por el que mi padre recibía, aparte de todos los cuidados para el resto de las personas allí ingresadas, un dormitorio individual, a razón de 1836 € más IVA mensuales como se puede comprobar en el documento adjunto.Desgraciadamente, mi padre falleció el pasado día 5 de agosto en las dependencias de dicha residencia. También adjunto certificado de defunción.Tras el luto y al cabo de un mes, comprobé en la cuenta de mi padre en la que yo estaba autorizado que el día 1 de agosto se le había hecho el cargo de ese mes por un total de 2039,40 € después el 4 de septiembre había otro cargo de 92,98 € en concepto de otros servicios no contemplados en el contrato, como el servicio de podología sin embargo, no se había producido el abono de la parte de la mensualidad de agosto que mi padre no había podido disfrutar, sobre unos mil setecientos euros según mis cuentas.Me puse en contacto con la administración de la residencia para advertirles del asunto, asegurándome la dirección de la misma que en breve procederían al abono del importe que no les correspondía.A causa de los trámites testamentarios, no he podido volver a acceder a la cuenta de mi padre hasta el día 1 de febrero de 2018. Entonces he podido comprobar que, pese a lo prometido, el dinero no se ha reembolsado. He vuelto a contactar con la residencia y, ofreciéndome excusas sobre cambios en la dirección financiera de la compañía que no recuerdo bien y que no me incumben, me reiteraron la promesa de efectuar el reembolso en breve. Aproveché para advertirles que la cuenta corriente de mi padre sería cancelada en breve, precisamente por los trámites citados y por los meses transcurridos desde su fallecimiento, y les ofrecí la mía para el reembolso.Obviamente no ha ocurrido así, no he recibido ese importe que tenía que haberse devuelto hace medio año, y he vuelto a contactar en otras dos ocasiones con la residencia, también incluso con la administración central de dicha compañía en Marbella que me derivó a la administración en Facinas, recibiendo las disculpas de los encargados y sus garantías de que el abono se produciría en breve. En el último contacto telefónico que tuve con el director del centro de Facinas le informé de que esa sería la última ocasión en la que yo iba a contactar con ellos para recordarles este asunto, pues después de tantos intentos de que atendieran a mis requerimientos y por todas las promesas incumplidas que recibí, me vería obligado a tomar otras medidas de mayor calado donde no se ningunearan mis reclamaciones ni me sintiera vejado por el trato recibido.No sólo estoy sufriendo el descontento e incertidumbre provocados por la falta de abono de ese dinero que debería haber recobrado y que la residencia no devuelve, sino que por desgracia estoy asociando el óbito de mi padre no sólo a sentimientos y recuerdos sino a asuntos monetarios, efectivamente de modo negativo, por lo que toda la buena impresión que tuvimos de la residencia “Seniors” y, en concreto, de sus trabajadores en cuanto al cuidado que ofrecieron a mi padre, se diluye por culpa de la impresión de que lo único que les ha interesado de mi padre y de mi es el dinero, incluso el que no les corresponde.
QUEMADURAS POR DEPILACIÓN LASER
En la octava sesión de depilación láser en Abril 2017 en el centro Único de La Gavia, la persona responsable notó que al hacerme la depilación láser una zona se estaba poniendo roja. A pesar de ello, continuó aplicando láser en la zona, realizando más de 30 pequeñas quemaduras. No sólo no se aplicó la potencia adecuada sino que ni siquiera debería haberse aplicado láser en esa zona, cercana a la ingle, pero donde no había absolutamente nada de vello y por tanto tampoco necesidad de aplicar láser. Desde entonces, el centro ha estado aplicando un peeling químico para tratar de eliminar las cicatrices consecuencia de las quemaduras, lo que conlleva unos gastos de transporte hasta el centro, tiempo y por supuesto, que el tratamiento de depilación ha tenido que pararse durante ya 10 meses, con las consecuencias que esto tienen para la eliminación definitiva del vello. Además, en estos 10 meses, las doctoras responsables de hacer el seguimiento han cambiado ya cuatro veces, sin aparentemente llevar un control del progreso, contradiciendo en algunos casos el procedimiento que la anterior doctora estaba realizando. He tenido que explicar ya en cuatro ocasiones la situación, y esta falta de acuerdo entre las profesionales obviamente genera una gran desconfianza.
Cargo por Asistencia de Urgencias
El 16/12/2010, El Director del IES Arzebispo Xelmirez II, ordena a una profesora que lleve a mi hijo de 15 años a Urgencias, ya que en el recreo había recibido un puñetazo en el pecho.El Director del IES toma esta decisión en contra de la voluntad de menor (según me confesó después), y con mi desconocimiento (y sin autorización), siendo informada de los hechos a través de teléfono cuando ya mi hijo se encontraba en el Hospital Clínico Universitario de Santiago de Compostela (CHUS).En el Informe de Urgencias (se adjunta), se puede leer: “paciente de 15 años, es traído a Urgencias por presentar dolor torácico… La profesora que lo acompaña nos cuenta posteriormente que el paciente recibió un puñetazo en el tórax la semana pasada”.El 29/12/11, el Hospital remite al domicilio del menor y a su nombre factura por los servicios de Urgencia prestados, que asciende a 340,46 €. El 7/01/11, se comparece como madre y tutora del menor, en escrito dirigido al Servicio Gallego de Salud (Sergas).- CHUS, en el que se alega:1.- Que el Servicio de Urgencia ha sido requerido por el IES ARCEBISPO XELMIREZ II, en contra de la voluntad del menor y con desconocimiento ni autorización de su madre.2.- Que el menor no se encuentra protegido por ningún régimen de Seguridad Social, al estar gestionándose por entonces su inclusión como beneficiario, pero en todo caso al suceder los hechos que motivan la asistencia de Urgencia (a juicio de los responsables del IES Arcebispo Xelmirez II), suceden durante el recreo en sus instalaciones se aporta al CHUS copia del seguro escolar, que expresamente prevé como prestaciones sanitarias las derivadas de accidente escolar, hospitalización, ambulatorio, etc…3.- Otras cuestiones relacionadas con el derecho a la salud y a la asistencia sanitaria Universal en los casos de Urgencia médica.El 25/01/11, la Gerente del CHUS, desestima las alegaciones con incongruencia omisiva (sin motivar sobre lo alegado), emitiendo la factura correspondiente ahora a nombre de su madre al considerar única y exclusivamente que “la asistencia fue efectivamente realizada” (algo que no se cuestiona), y que el Decreto 160/2010 de la Consellería de Sanidad sobre precios públicos, prevé dicha tasa en Asistencia de Urgencia.El 12/02/11, se interpone Reclamación Económico – Administrativa, ante la Junta Superior de la Consellería de Economía e Facenda, solicitando asimismo la suspensión de la ejecución.Tres años y medio mas tarde, el 15/07/14, se emite providencia de apremio 14/79O71445-5. por valor de 374,51 €, y todo ello sin haberse finalizado el procedimiento administrativo al no constar Resolución de la Reclamación Económico-Administrativa (Obligación de Resolver.- art. 42 LRJPAC), o cuando menos esta no ha sido notificada ni de forma personal, ni tan siquiera por edictos (Obligación de Notificar (art. 58 LRJPAC).La Providencia de apremio de 374,51 € a nombre de la madre (pero con NIF del menor), es notificada a través de edicto en DOGA el 20/11/14, al no residir ya en la Comunidad de Galicia desde 2011.El 18/12/14, se interpone Recurso de Reposición contra la Providencia de Apremio. Se reproducen las cuestiones alegadas anteriormente (que el menor fue llevado a Urgencias por personal del IES en contra de su voluntad y con desconocimiento de la madre y, que en todo caso ya se ha aportado copia del seguro escolar al ocurrir los hechos que motivan la asistencia en las instalaciones del IES). Adicionalmente se alega (Hecho 6º) que la Providencia de Apremio se emite sin haberse finalizado el procedimiento administrativo (reclamación económico administrativa), vulnerando los arts. 42 y 58 de la Ley 30/1992 y creando Indefensión al no conocer la motivación de la Administración.Pese a ello, de plano, sin resolver el Recurso de Reposición, incumpliendo nuevamente su obligación (art. 42 LRJPAC), ni notificarla (art. 58 LRJPAC), el 23/04/15 se procede al EMBARGO de 408,55 €. Es decir, en mas de 4 años la Administración no sido capaz de emitir y notificar la Reclamaciones Económico Administrativa interpuesta contra el Acto Administrativo, ni tampoco el Recurso de Reposición interpuesto contra la Providencia de Apremio. Posiblemente la Administración con la omisión de tan fundamentales trámites quisiera evitar la Prescripción de los hechos, pero tal finalidad no justifica la indefensión creada en el administrado y si una falta de respeto por el procedimiento administrativo, concretado principalmente en los arts. 42 y 58 de la Ley 30/1992.El 17/12/15, se solicita devolución de ingresos indebidos. Además de las referidas cuestiones de fondo se alegan cuestiones de forma o procedimiento al no constar Resolución tanto de la Reclamación EA, ni del Recurso de Reposición a la Providencia de Apremio. La Administración califica el escrito como Recurso de Reposición contra la providencia de embargo y lo desestima mediante Resolución de 3/10/16 notificada el 29/10/16 (esta vez si cumple con su obligación de resolver una solicitud y notificarla).La desestimación se produce pese a los fundamentos jurídicos expuestos que incluían una selección de disposiciones legales y jurisprudencia al efecto. Así entre otras mucha se cita la Sentencia 132/14 del TSJ de Castilla y León, concluye que “la providencia de apremio aquí impugnada deviene nula por contraria a derecho…, por cuanto que la Administración no resolvió en cualquier caso la solicitud de suspensión ni procedió al archivo de la misma, notificando en su caso tal circunstancia a la recurrente”. También se cita la Sentencia 274 del TSJ de Madrid: “la deuda impugnada se encontraba suspendida preventivamente por estarse a la espera de una resolución expresa del órgano encargado de resolver el recurso de reposición”, o la Sentencias de la AN de 24/09/12 y 12/11/12: “en tanto no se resuelva sobre la petición de suspensión, la Administración, no puede dictar la providencia de apremio”.El 22/11/16, se interpone Reclamación económico administrativa, contra la desestimación del Recurso de Reposición interpuesto contra la diligencia de embargo. Esta Reclamación, al igual que la anterior de 12/02/11, así como al igual que el Recurso de Reposición de 18/12/14, tampoco ha sido resuelta ni notificada con infracción por tanto ahora del nuevo art. 21.1 Ley 39/2015, que al igual que los anteriores de la Ley 30/1992 dice que: “La Administración está obligada a dictar resolución expresa y a notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación.”El 30/7/15, o Valedor do Pobo, admite una queja en relación con esta situación y requiere a la Consellería de Sanidad para que en el plazo de 15 días informe sobre el problema que motivó la queja. No se conocen actuaciones posteriores.
Exigencia de abono
El 3/8/2016 contratamos sus servicios para la conservación del cordón umbilical de nuestra hija, tras un periodo de más de 6 meses (un periodo muy superior al pactado) nos informan de que la muestra no se encuentra en las condiciones adecuadas. Debido a su tardanza nos dieron la opción de rescindir el servicio reembolsándonos la totalidad del mismo o seguir con el mismo. Descontentos con lo que había pasado optamos por la segunda opción. Rescindiendo el servicio en mayo de 2017.Desde entonces estamos esperando por el abono que hemos solicitado en repetidas ocasiones.
DARSE DE BAJA DE MUTUA GENERAL DE CATALUNYA
Hola buenos días,Me dirijo a ustedes para poder gestionar y dar fin a este problema. Me hice socia de mutua general en Enero del año pasado, la comercial que nos trato , nos realizo una oferta especial por ser trabajador de Hospital Delfos y me informo que debia de estar al menos un año inscrita en la mutua , que posteriormente me podría dar de baja. Durante este año he utilizado sus servicios, no obstante mi situacion economica a cambiado, ahora tengo otro empleo del cual parece que van a despedirme con lo cual me pongo en contacto con ellos para darme de baja. Me comentan que no puedo, y que debo estar todo el 2018 pagando obligatoriamente, porque segun ellos el seguro es anual y no me dan otras opciones para poder gestionar este tema. Me dicen que si en algun momento no pago, me denunciaran y que ellos ganaran puesto que en la letra pequeña de el contrato queda especificado. No se que hacer puesto que no puedo pagarlo. Quisiera que me aconsejaran a este respecto. Quedo a su disposición y gracias por su ayuda
Abuso en coste de cancelación / engaño en las condiciones de prestación del servicio
Mi nombre es Mar Díaz Serrano, y soy socia del gimnasio BROOKLYN FITZONE CAMPO DE LAS NACIONES desde el día 6 de noviembre. Cuando me di de alta tuve que hacerlo en horario de mediodía (martes y jueves a las 14:30 horas) porque no había disponibilidad para apuntarme en las sesiones que me interesaban (19:30 horas). En el gimnasio me dijeron que no me preocupase, porque siempre habría disponibilidad para ese horario de tarde. Si bien no podían inscribirme en dicho horario y tenía que configurarlo así, siempre podría cancelar mi sesión de las 14:30 y darme de alta en la de las 19:30. Sin embargo, a día de hoy – después de tres meses – únicamente he logrado ir a clases 2 días… Nunca hay huecos libres en la hora que podría ir, y por motivos laborales me resulta imposible acudir a mediodía… Quizá se deba a que el número de socios habrá crecido en estos meses o quizá simplemente me engañaron con la información facilitada con tal de captar otro socio, pero la realidad es que estoy pagando por un servicio que no estoy disfrutando, y no se han cumplido las expectativas indicadas el día que solicité el alta. Por este motivo, en el día de hoy he solicitado mi baja del gimnasio, y que no me pasen más cobros.Al hablar por teléfono para solicitar la baja me indican que debo pagar 70 euros de cancelación, correspondientes a:- 10 euros por cada mes disfrutado, en compensación por el descuento en las tarifas aplicadas durante estos tres meses (según indican, me apunté a un plan con un plazo de permanencia de 6 meses y con un coste más bajo que la tarifa sin permanencia). - 40 euros de la matrícula que tampoco se me cobraron en su momento por ese mismo plan de permanencia de 6 meses.El motivo de mi queja es que me siento totalmente engañada por la empresa, y lo que se me está cobrando (ya se me ha cobrado) es totalmente abusivo e injusto: - Me captaron para apuntarme al gimnasio diciéndome que siempre tendría hueco en el horario que me interesaba, cuando la realidad es que no ha sido así- No he firmado en ningún momento ningún contrato físico ni virtual donde se me indiquen estas condiciones (ellos me indican que sí, pero no lo hice ni tengo manera de buscar en ningún sitio dichas condiciones de penalización/cancelación)- Además, el gimnasio funciona con una especie de créditos (fitcoins): si no puedes asistir a una clase, la puedes anular con 2 horas de antelación y se te guardan los fitcoins para poder utilizar (apuntándote a otras clases) durante ese mes y el siguiente. A día de hoy tengo 10.000 fitcoins (10 clases) aún sin caducar, puesto que iba anulando las clases y luego nunca podía apuntarme a otro horario... He tratado de explicar por teléfono la situación (ayer fui en persona pero no había nadie que pudiera atenderme, y me indicaron que debía hacerlo por teléfono), pero la persona que me ha atendido (muy amable, por cierto) me ha indicado que no puede hacer nada al respecto... Que si le hubiera llamado antes podría haber tratado de buscar una solución de encaje en los horarios, o que si quería trataba de buscarme ahora hueco en otro horario, pero que si mi decisión era darme de baja la política de cancelación era esta y no podía hacer nada...Teniendo en cuenta que tengo 10.000 fitcoins sin caducar a día de hoy (equivalentes a 100 euros no disfrutados), me parece increíble que tenga que pagar adicionalmente 70 euros.De hecho, ya no tengo esos 10.000 fitcoins disponibles por haberme dado de baja hoy, cosa que tampoco entiendo muy justa puesto que no estaban caducados (pero al entrar a la página, la información de los fitcoins disponibles que adjunto a la presente reclamación ya no aparece). No obstante, ya claramente no quiero disfrutar de esos fitcoins, lo único que quiero es que encima no se me cobre más dinero porque me siento absolutamente engañada.
PROBLEMAS CON UN PRESUPUESTO
A primeros de 2016 acudimos al Hospital odontológico de Bellvitge, en L'Hospitalet de LLobregat, con mi hijo de 10 años porque observamos que se le habían caído unos dientes de leche de la dentadura de arriba y no tenía sitio para que le salieran los definitivos. En marzo (2016) nos dan un presupuesto de 1175,00€ para colocarle arriba y abajo unos brackets, ya que nos dicen que tiene la boca pequeña y no le pueden salir todos los dientes. Aceptamos seguir adelante con el tratamiento. Hacemos pagos mensuales y, en octubre de 2017 cuando tenemos la mitad del tratamiento pagado, con brackets puestos en la parte de abajo y, le van a colocar los de arriba, nos dicen que debemos 2853,00€, menos lo abonado hasta el momento.Al comentarles que la diferencia de presupuesto es de más de 1600,00€,nos responden que el primer presupuesto sólo era de una parte del tratamiento. Les indicamos que en ningún momento en todo este largo período, nadie nos ha informado que hubiera una segunda parte de tratamiento. Simplemente pedimos un presupuesto del coste de arreglar la boca a mi hijo y nos dieron el presupuesto.Ahora con un coste de casi 3000,00€ y con el tratamiento a medias, nos encontramos atados de pies y manos, con un presupuesto desmesurado y, aquí el perjudicado es mi hijo ya que tendríamos que empezar de nuevo en otro lugar y además con un tratamiento ya empezado por otro odontólogo y, nosotros mismos porque tendríamos que abonar un sobrecoste. Se escudan en que en los presupuestos ponen que son orientativos y sujetos a variaciones. Pero aquí no ha habido ninguna comunicación previa.
Se han olvidado de mí, durante 4 horas en urgencias
El motivo de mí queja, es él siguiente, he estado durante 4 horas, esperando, qué me hicieran una radiografía, en él servicio de urgencias.Una espera horrorosa..No he dado ningún, paso porqué, todo esto corresponde a la propia gestión de los médicos, qué tienen con los pacientes..incorporar alguna herramienta, para evitar la misma situación..una mejora en él control de los pacientes..No sé, dónde ubicar esta queja..para qué el hospital, permita controtar más personal, ó un proyecto más empático..ha sido tremendo.
Retraso en la elaboración y llegada de vacuna de alergia que solicité hace más de dos meses
El motivo de mi reclamación es el retraso de en la entrega de un tratamiento hiposensibilizante (vacuna de alergia) que solicité a través de la farmacia Alameda (Sevilla) Debido a mis principios de asma el médico especialista en alergología de la Seguridad Social planificó un tratamiento de 5 años de los que llevo 3 años. Este tratamiento mediante vacunas polloid se lleva a cabo mediante inyecciones en el brazo una vez al mes con este medicamento elaborado personalizado con dosis que se van aumentando en el transcurso del tiempo.Se tiene un control exhaustivo y siempre se inyecta el mismo día del mes en el centro de salud, en mi caso, entre día 30 y 3 de cada mes.Si se pierde el ciclo se tendría que comenzar otra vez con el tratamiento desde el principio porque pierde su efectividad.El día 3 de Mayo del 2017 solicité el tratamiento de continuación de esta vacuna con la que llevo 3 años.Suelen tardar entre 10-20 días en llevarlo a la Farmacia Alameda de Sevilla. La petición la hice con 2 meses de antelación y con una dosis aún pendiente de inyectar para el mes de Junio.A finales de Junio me llamó la farmacia Alameda diciéndome que le habían llamado desde el laboratorio excusándose por el retraso el cual se debía a la falta de uno de los aditivos, que ya lo tenían, pero que si yo lo quería aún me lo traían con urgencia.Evidentemente no me daba tiempo a optar por otra empresa y les dije que sí, comprometiéndose el laboratorio en cuestión a traerlo en 10 días.La llamada fue el 20 de Junio. Estamos a día 11 de Julio y aún no lo he recibido en la farmacia.La farmacia me comenta que la están reclamando continuamente, les dicen que ya está en camino y aún no les ha llegado a día 11 de Julio.Este tratamiento es muy caro. Con las recetas de la Seguridad Social cuesta alrededor de 100 Euros con dosis para 6 meses.Las primeras dosis variando los concentraros cuestan más caras.
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores