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TOYOTA: NO CUMPLEN CON LA LEY DE GARANTÍA
Reclamación a Toyota España Datos del vehículo: Marca: Toyota Modelo: Corolla TS Matrícula: _________ Fecha de compra: 15 de marzo de 2023 Motivo de la reclamación: En fecha 22 de diciembre de 2024, con menos de dos años de uso, el "cuadro de instrumentos" del vehículo dejó de funcionar correctamente. Esta pieza, al ser parte del sistema electrónico del vehículo, no está sujeta a desgaste normal, por lo que debería estar cubierta por la garantía del coche, que en principio debe ser de 3 años, como establece la legislación española. Hechos: Compré un vehículo Toyota Corolla TS con fecha de matriculación 15 de marzo de 2023, con la correspondiente garantía de 3 años. El 22 de diciembre de 2024, a menos de dos años de la compra, el "cuadro de instrumentos" del vehículo dejó de funcionar. Acudí al taller autorizado Toyota para que la pieza fuera cubierta por la garantía, pero me informaron que la cobertura de la garantía para dicha pieza estaba limitada a 3 años o 100.000 km, según lo indicado en la página web de Toyota España. No obstante, la Ley de Consumidores y Usuarios (Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, modificada por la Ley 3/2014) establece en su artículo 114 que los consumidores tienen derecho a una garantía mínima de 3 años para productos nuevos. La garantía cubre productos defectuosos sin límite de kilometraje ni excepciones para componentes como el "cuadro de instrumentos". Argumentos legales: Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Ley 3/2014, de 27 de marzo): Según el artículo 114 de la Ley de Consumidores y Usuarios, los consumidores tienen derecho a una garantía de al menos tres años para los productos adquiridos. Esta garantía cubre los defectos de conformidad que puedan aparecer en el producto, independientemente de su desgaste normal, siempre que el defecto se haya producido en un plazo razonable, que en este caso es de menos de dos años desde la compra. Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la venta y las garantías de los bienes de consumo: La directiva europea establece que los productos vendidos deben ser conformes con el contrato durante al menos dos años, y cualquier defecto que aparezca durante este periodo debe ser reparado sin coste adicional para el consumidor. Aunque la directiva establece un mínimo de dos años, la legislación española extiende este derecho a tres años, lo que beneficia al consumidor. Durabilidad razonable del vehículo: El "cuadro de instrumentos" es un componente esencial para el funcionamiento del vehículo, y dada su naturaleza electrónica, no debería fallar en menos de dos años. Por tanto, su fallo debería estar cubierto por la garantía, ya que no constituye un desgaste razonable de la pieza. Solicitud: Solicito que se revise la situación y que se cubra la reparación del "cuadro de instrumentos" de mi vehículo, dado que el fallo de esta pieza se produce antes de los tres años de la garantía, conforme a la normativa española.
Reembolso pieza defectuososa fallo de fábrica ( fuera de garantía )
Hace 2 meses se me fundió el panel de instrumentos del vehículo . Fuera de garantía según ellos por kilometraje. Amistosamente no quieren llegar a un acuerdo dado que es un fallo de fábrica . Les está pasando a muchos otros clientes y ellos mismos lo saben . Aún así no quieren hacerse responsables de tal avería de 1210€
Garantia
Estimados señores: En fecha 12/11/2021 adquirí en su Concesionario Toyota Labasa de Cartagena el vehiculo nuevo Toyota Rav4 2552-LTV. Adjunto los siguientes documentos: Factura de compra del vehiculo y reclamacion realizada a Totota España. El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha 07/11/2024. Concretamente un desperfecto en el volante del vehiculo, no siendo éste una pieza de desgaste. Puestos en contacto tanto con el vendedor, como con Toyota España se me deniega la garantía. El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a la reparación o sustitución del producto conforme al Real Decreto 1/2007, de 16 de noviembre, decreto por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias regula los niveles mínimos de protección que deben tener los consumidores a la hora de adquirir determinados bienes de consumo, como son los automóviles. Respecto de la adquisición de vehículos nuevos, la ley establece que los consumidores españoles disponemos de una garantía de tres años, entendida como una garantía legal, por lo que solicito que se me dé una solución a un desperfecto que ha sufrido mi vehículo dentro del plazo estipulado por dicho real decreto, siendo éste el paso previo a la via judicial. Sin otro particular, atentamente.
Reparacion
Estimados señores. Como continuación a mi reclamación interpuesta a TOYOTA ESPAÑA en la que solicitaba la reparación de mi vehículo Toyota CH-R con matrícula 5444LHW y teniendo en cuenta que han desestimado mi pretensión de reparación por los daños observados en el mismo y, todo ello, para el preceptivo informe de un mecánico perito y como paso previo a la reclamación en vía judicial, les solicito: 1 - Documentación gráfica de las reparaciones del siniestro que realizó KURUMA SPORT los días previos a la entrega de mi vehículo donde aparezcan las fotografías de los daños antes de la reparación y las fotografías de los daños una vez reparados con objeto de comprobar que los daños fueran efectivamente reparados y que no son vicios ocultos ya que éstos no son visibles en una inspección somera realizada por cualquier persona sin conocimientos de mecánica ni relacionados con el mundo de la automoción. 2- La documentación relativa al "Certificado de preparación del vehículo" donde debiera constar cada uno de los 150 puntos que según TOYOTA ESPAÑA han sido revisados y que entre otros, se comprueban los exteriores del vehículo, transmisión, suspensiones, dirección etc. Documento que, intuyo debe ser muy extenso, según la contestación a mi primera reclamación, no pueden facilitar por ser un documento interno lo que a todas luces pudiera tratarse de una publicidad engañosa con el que atraer a futuros clientes con alguna duda sobre el estado de sus coches. 3- Documentación acreditativa respecto a la tramitación del permiso de circulación y su retraso injustificado al gestionarlo, que me impidió hacer uso de mi vehículo desde el día 5 de octubre hasta el 25 de octubre. Hecho por el que se solicitará una extensión de garantía por el mismo período de tiempo. Entiendo que ya tienen en su poder documentación sobre ésta reclamación pero si precisan datos adicionales, no duden en solicitármelo Atentamente, Patricia Vega Benito 5444LHW
problema de facturas y atencion
hola,compre un coche en el concesionario toyota labasa de murcia,asegurandome que el coche se encontraba en perfectas condiciones tanto de funcionamiento como de estado,al ir a por el la chapa tiene un fallo,me dicen que me lo lleve y lo pinte por mi cuenta y que despues ellos me lo pagan,les he presentado un presupuesto antes de pintarlo de una casa toyota y me dicen que eso no vale lo que me han presupuestado si no mucho menos,he tenido que camiarle un manguito en el motor que se ve a simple vista,y me han cobrado 150 euros y se los he reclamado ya que en su pagina oficial aseguran que el coce se revisa en 150 puntos,le te tenido que rellenar 4,5 litros de aceite,y me han cobrado 70 euros que se los he recamado tambien,ya que no se cuanto aceite le han echado en la revision que me aseguraron que le hicieron antes de recogerlo,pues les he llamado un monton de veces y el chico que me vendio el coche solo sabe decirme que le ha pasado mi telefono a su jefe y que no puede hacer otra cosa,y claro,el sinverguenza del jefe ni me llama ni nada,me contesta las reseñas de gougle pero no me llama para darme una explicacion o una solucion y he llamado a toyota españa y lo unico que saben hacer es avisar con caracter urgente al taller del concesionario para que me llamen,pero nada,entre uno y otro se lavan las manos,dispongo de las facturas y del presupuesto para pintar las defensa que tiene el fallo
Reembolso factura reparación
Estimados/as señores/as: En fecha 12/08/2024] llevé a reparar un Toyota Yaris 5p del 2024 al Taller Airesa de Pira. Me pongo en contacto con ustedes porque en fecha 12/08/2024 se solicita original de la pieza de recambio a fábrica Toyota. Pasados 2 meses, y recibiendo respuesta que no había ya stock de la pieza en cuestión, contacto con el centro de Toyota en Reus (27/10/2024). Un día después, recibo correo diciendo que no están obligados a disponer de stock pasados 5 años. Consultamos a Toyota Valls y nos confirmó la misma versión y confirmando que no existía ya esta pieza. Cumplimento encuesta de forma negativa y comunicando que iba a denunciar (28/10/2024). Dos días más tarde, contactan con el taller solicitando que pasaba con el vehículo ya que habían recibido reclamación. En 24 horas se recibió la pieza. Adjunto fotocopia Factura de reparación SOLICITO que me sea reembolsada la factura de reparación por el daño ocasionado durante estos meses ya que he tenido que alquilar un vehículo de substitución (2.100€) no siendo necesario ya que si que había disponibilidad de la piza.. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
GARANTIA AIRBAG TOYOTA
Estimados/as señores/as: Soy propietaria del vehículo TOYOTA COROLLA 1.4 5P TERRA modelo Z45TJT1 con núm. de Matrícula/Bastidor E7654CSJ/ JTDKM28E000035002, EXPONGO: Que tras dos campañas de Toyota del Airbag: - En la que en el 2017 me sustituyeron el inflator assy kit in y el inflador una etapa (5ket-039), el inflator kit, steeri del pasajero 5KET-039, así como el inflador conductor mejorado 17SMD-023, dentro de la CAMPAÑA AIRBAG PASAJERO 5KET-039 y CAMPAÑA AIRBAG CONDUCTOR 17SMD-023. - En la del 2020 CAMPAÑA INFLAD AIRBAG 18SMD-104-Agrupación preparación cita (INFLATOR KIT, STEERI PASAJERO) cambiaron el inflator Kit, Steeri Pasajero y sustituyeron inflator airbarg YARIS & COROLLA 185MD-104. Resulta que en el 2024 se me enciende la luz del AIRBAG y me dirijo al taller de Toyota (Medimotors Gestión, S.L. de Gran Via Asima, 7 07009 PALMA para revisar el motivo del encendido de dicha luz. Me dijeron que esta avería no entra en garantía y que las anteriores campañas eran voluntarias y no tenían nada que ver con que el vehículo tuviera ninguna deficiencia en los AIRBAGS, extraña coincidencia de campañas puesto que no he recibido ninguna otra campaña relacionada con otros componentes del vehículo (ejemplos: ruedas, aire acondicionado….). Medimotors Gestión S.L. tras realizar el día 17/09/2024 una diagnosis, me comentan que hay que sustituir el carrete según información DTC: B0101 – Círculo abierto en el detonador D (con un precio aproximado de 545,35€), esperando la disponibilidad de la pieza aproximadamente el 22/10/2024. Finalmente me cambian la pieza el 31/10/2024 con un coste de 692,51€. Medimotors Gestión S.L. dicen que no se hacen cargo del importe al no entrar en garantía y considerando que esta anomalía viene derivada de un defecto de los AIRBAGS del vehículo. SOLICITO que TOYOTA se haga cargo de la reparación de dichos AIRBAGS. Evidentemente, espero su contestación y les comunico que si es negativa procederemos a las reclamaciones legales disponibles y necesarias para que TOYOTA se responsabilice de esta deficiencia, además de añadir en dicha reclamación y lo que proceda que no comunicaron al cliente el peligro de circular con dicha anomalía. Recordando que si se hace público que la empresa TOYOTA ha tenido deficiencias en AIRBAGS y no ha asumido el riesgo que conlleva y que además no ha informado al cliente de la peligrosidad de conducir el vehículo a la espera de la pieza, seria un perjuicio para la empresa TOYOTA bastante importante. Quedando notificado TOYOTA España de todo lo expuesto y a la espera de su contestación. Atentamente, Palma, 6 de noviembre de 2024
Problema con la compra de un coche toyota
Estimados/as señores/as: El pasado día 4 de octubre reserve en su web online el artículo Toyota Toyota C-HR con matrícula "4048 MFV", el cual incluía su oferta promocional a un precio de 29 euros. Me pongo en contacto con ustedes porque tras ponerse en contacto conmigo me han enviado un precio incorrecto en el contrato, una vez comunique el error en el documento no he obtenido respuesta. Adjunto reserva, contratos manifestados por el vendedor y caracteristicas del vehiculo. SOLICITO, el cumplimento de la oferta de la reserva. Sin otro particular, quedo a la espera de sus noticias, atentamente.
Problema con etiqueta de clasificación energética
El pasado 03 de septiembre de 2024, realicé la compra del vehículo Lexus NX con matrícula 9035KYN en el concesionario de Toyota Ocasión Motor Arjona de Torrejón de Ardoz - Madrid, y se me informó que la entrega de la etiqueta de clasificación energética se realizaría de manera inmediata. Sin embargo, han transcurrido más de un mes desde esa fecha, y aún no he recibido la etiqueta. Esta situación no solo es incómoda, ya que la policía me llamó la atención, sino que también infringe la normativa vigente. Según el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, que regula la clasificación energética de los vehículos, en su artículo 1 se establece la obligatoriedad de proporcionar la etiqueta de clasificación energética al adquirir un vehículo nuevo. Además, el artículo 3 de la misma normativa especifica que la etiqueta debe ser entregada y visible en el vehículo en todo momento. Espero que esta queja sea atendida con la urgencia que merece, y que se tomen las medidas necesarias para evitar que situaciones como esta se repitan en el futuro.
Demora desde Julio de 2024 para sustituir un alternador en un Toyota Yaris
Buenas tardes, Miguel Angel Pont Ferreira administrador de Pont & Rosselló S.L. con CIF B57059230, domicilio fiscal en C/ Gerrers 6B de Marratxí (Baleares) y teléfono 656406642 / 650345768 EXPONGO que: PRIMERO: En fecha 12/07/24 dejamos el vehículo Toyota Yaris con matrícula 1301HYT y número de bastidor VNKKJ3D370A228154 en el taller del concesionario Medimotors Palma ubicado en C/ Gran Via Asima, 7 Polígono Son Castello (Palma) Se acompaña como documento de la OR de reparación TCU-24 2726 de 12/07/24. Según explicación del taller el vehículo tuvo un fallo en el suministro eléctrico por rotura del alternador. SEGUNDO: En la OR de reparación TCU-24 2726 de 12/07/24 se indica que la fecha prevista de entrega del vehículo reparado será el 15/07/24. El martes 16 de Julio de 2024 nos informan vía WhatsApp desde el concesionario que no tienen repuesto de alternador siendo la próxima fecha prevista 01/08/2024 quedando en "Back Order” (nos explican que eso significa que es una fecha estimativa). Solicitamos un coche de cortesía y desde gerencia contestan que no tienen stock. En relación a nuestra petición de coche de cortesía el 31 de Julio contestan desde Toyota@europ-assistance.es, que este vehículo no está en garantía, ni en extensión por lo que no le corresponde vehículo de sustitución y nos informan que hay nueva fecha B.O. (Back Order) para día 02/09/2024 y en fecha 03/09/24 nos comunican otra fecha B.O. (Back Order) para el 17/09/2024. Se acompaña documentación que acredita todos estos datos. TERCERO: Dicho vehículo ha realizado todas las reparaciones y revisiones en el concesionario Medimotors Palma y está incluido en la Garantía Toyota Relax, por este motivo y a partir de la respuesta obtenida por parte de Toyota@europ-assistance.es entendemos que deberíamos haber tenido coche de sustitución desde el primer día. SOLICITO: Mediante la presente, teniendo en cuenta todo lo expuesto y que el motivo de que no podamos disponer de nuestro vehículo es por un problema de stock de piezas de Toyota, hecho que nos genera un grave perjuicio, solicito que sea reparado nuestro vehículo a la mayor brevedad posible, así como que se nos facilite un vehículo de cortesía para minimizar de alguna manera el perjuicio generado hasta el momento. Sin más reciban un cordial saludo, Miguel Ángel Pont Ferreira
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