Últimas reclamaciones

M. V.
14/03/2026

Ccobro indebido de cambio de bateria Híbrida

Quisiera compartir los correos recibidos y enviados a Toyota Atencion al Cliente y solicito una direccion de correo para exponer la reclamación desde la entrada a taller de mi vehículo averiado. y los documentos oficiales de garantía y cobros indebidos.

Cerrado
M. M.
11/03/2026

PROBLEMA CON REPUESTO

Hola, tengo un problema con Toyota. Llevo esperando desde octubre un faro donde a día de hoy aún no ha llegado. Por parte de atención al cliente de Toyota no me aportan ninguna solución, solo mencionan que ha habido retrasos en los repuestos y así llevan desde octubre. Es mucho tiempo circulando así y yo requiero mudarme antes de este mes y necesito el vehículo listo antes de la mudanza.

En curso
R. C.
25/02/2026

Problema con una pieza

Reclamación a Toyota España Datos del vehículo: Marca: Toyota Modelo: Corolla TS Matrícula: 6078MPL Fecha de compra: 2 de abril de 2024 Motivo de la reclamación: En fecha noviembre de 2025, con menos de dos años de uso, la caja de relés del vehículo dejó de funcionar correctamente. Esta pieza, al ser parte del sistema electrónico del vehículo, no está sujeta a desgaste normal, por lo que debería estar cubierta por la garantía del coche, que en principio debe ser de 3 años, como establece la legislación española. Hechos: Compré un vehículo Toyota Corolla TS con fecha de matriculación 2 de abril de 2024, con la correspondiente garantía de 3 años . En enero de 2025, a menos de un año de la compra, la caja de relés del vehículo dejó de funcionar. Acudí al taller autorizado Toyota para que la pieza fuera cubierta por la garantía, y así fue, en noviembre de 2025 volvió a fallar, en enero de 2026 me la cambiaron pero me informaron que la cobertura de la garantía para dicha pieza estaba limitada a 3 años o 100.000 km, según lo indicado en la página web de Toyota España. Por lo cual tuve que abonarla. No obstante, la Ley de Consumidores y Usuarios (Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, modificada por la Ley 3/2014) establece en su artículo 114 que los consumidores tienen derecho a una garantía mínima de 3 años para productos nuevos. La garantía cubre productos defectuosos sin límite de kilometraje ni excepciones para componentes como la caja de relés. Argumentos legales: Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Ley 3/2014, de 27 de marzo): Según el artículo 114 de la Ley de Consumidores y Usuarios, los consumidores tienen derecho a una garantía de al menos tres años para los productos adquiridos. Esta garantía cubre los defectos de conformidad que puedan aparecer en el producto, independientemente de su desgaste normal, siempre que el defecto se haya producido en un plazo razonable, que en este caso es de menos de dos años desde la compra. Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la venta y las garantías de los bienes de consumo: La directiva europea establece que los productos vendidos deben ser conformes con el contrato durante al menos dos años, y cualquier defecto que aparezca durante este periodo debe ser reparado sin coste adicional para el consumidor. Aunque la directiva establece un mínimo de dos años, la legislación española extiende este derecho a tres años, lo que beneficia al consumidor. Durabilidad razonable del vehículo: La caja de relés es un componente esencial para el funcionamiento del vehículo, y dada su naturaleza electrónica, no debería fallar en menos de dos años. Por tanto, su fallo debería estar cubierto por la garantía, ya que no constituye un desgaste razonable de la pieza. Solicitud: Solicito que se revise la situación y que se cubra la reparación de la caja de relés de mi vehículo, dado que el fallo de esta pieza se produce antes de los tres años de la garantía, conforme a la normativa española.

En curso
J. G.
07/02/2026

Problema post venta

Estimados/as señores/as: El pasado día 22/05/2025 compre un vehiculo toyota corolla matricula 5253 NBW Me pongo en contacto con ustedes porque e detectado una discrepancia en la tonalidad del color del vehículo Adjunto Nº contrato:1306250300014 SOLICITO, [Elegir una opción: el cumplimiento de la oferta / la resolución del contrato]. Sin otro particular, quedo a la espera de sus noticias, atentamente.

Cerrado
E. M.
27/11/2025

Problema con el coche

Muy señores míos: Por la presente solicito su mediación urgente para resolver el conflicto con Toyota España por un defecto grave y recurrente en mi vehículo nuevo, que impide su uso normal y seguro. Datos del vehículo Marca y modelo: TOYOTA C-HR NG24 e-CVT Híbrido Fecha primera matriculación/compra: 3 de septiembre de 2024 Kilómetros actuales: Aproximadamente 5.000 km Descripción del problema El vehículo, adquirido el 3 de deptiembre del 2024, presenta un fallo recurrente en el sistema híbrido, con aviso de "mal funcionamiento en el sistema híbrido". Los síntomas incluyen: salida de aire por el climatizador pero sin capacidad de enfriar o calentar (ni frío ni caliente), lo que afecta la visibilidad (ventanas empañadas) y la comodidad. 3 de noviembre de 2024: Primer aviso de error. 15 de noviembre de 2024: Llevado al taller oficial; "arreglado" ese día. 22 de noviembre de 2024: Error reaparece. Y se lleva al taller el 4 de diciembre de 2024 y me lo regresan "arreglado" hasta el 13 de agosto del 2025 (poco más de 8 meses en taller) 19 de noviembre de 2025: Reaparece el error en el sistema hibrido, cita programada para 5 de diciembre de 2025. Pero el 27 de noviembre de 2025: al arrancar el coche empieza a salir humo blanco del motor durante conducción; llamada a grúa y remolque inmediato al taller oficial, ahora mismo se encuentra en taller, esperando diagnóstico. Este fallo persiste pese a múltiples reparaciones, lo que indica un defecto de fabricación en el sistema híbrido (posiblemente compresor A/C, inversor o refrigeración), reconocido en modelos Toyota híbridos similares (ej. campañas en Prius/C-HR por sobrecalentamiento o fallos eléctricos). El humo blanco agrava el riesgo de seguridad (posible fuga de refrigerante o fallo térmico). El vehículo ha estado inmovilizado casi 9 meses en total, con solo 5.000 km. Pretensión Dado que se trata de un defecto de conformidad (artículos 114-118 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), solicito a Toyota España la resolución inmediata del contrato: entrega de un vehículo nuevo equivalente (Toyota C-HR híbrido NG24, mismo equipamiento y color) o reembolso íntegro del precio pagado (incluyendo extras, financiación e IVA), más compensación por daños. En subsidio, reparación definitiva con vehículo de sustitución durante todo el proceso.

Resuelto

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