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Modificación de horarios
He comprado dos viajes con Balearía de Denia a FORMENTERA y de FORMENTERA a Denia para dos personas y los dos viajes has sido retrasado varias horas después de haber efectuado la compra … lo que significa que llegaré a mi destino 9 horas más tarde y volveré 6 horas antes lo cual me ha causado problemas con el alquiler del coche que ya tenia pagado con booking, y el alojamiento también con booking, sin contar el tiempo que resto de mis vacaciones. Me gustaría que se pusiera una solución lo antes posible o se me devolviera el dinero La salida es el 24/09 desde Denia a la 17h y la vuelta es el 27/09 a las 8.30h desde FORMENTERA. Quedo a disposición de noticias suyas
retraso superior a 2 horas
Estimados/as señores/as: En fecha [….] adquirí un billete de barco para viajar el día [...], desde [...], hasta [...], con un coste de [ ….€]. Nº de pasajeros: […] El barco llego al destino a las […] horas, sufriendo un retraso de [indicar tiempo de retraso] con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. los billetes, …] SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
RETRASO DE FERRY
Estimados/as señores/as: En fecha 2 de abril de 2024 adquirí un billete de barco para viajar el día 2 de agosto, desde Porto Torres, hasta Barcelona, con un coste de 435€. Nº de pasajeros: 4. El barco llego al destino a las 22:00 horas, sufriendo un retraso de 2:45 horas con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: Billete. SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente. . Sin otro particular, atentamente * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
Reclamacion compesacionpor retraso
Estimados/as señores/as: En fecha 11/04/2024 adquirí un billete de barco para viajar el día 26/06/2024, desde Valencia , hasta Palama de Mallorca, con un coste de 713,47€. Nº de pasajeros:4 + coche El barco llego al destino a las 8:30 horas, sufriendo un retraso de2 horas y media con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: las tarjetas de embarque modificadas con los billetes cambiados de los 4 pasajeros y del coche y la confirmacion con el billete original SOLICITO la compensación que me corresponde conforme al retraso de mas de dos horas que aparece en vuestra politica. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
MODIFICACION TRAYECTO SIN COMPENSACION
Estimados/as señores/as: En fecha 10 de febrero de 2024 adquirí un billete de barco para viajar el día 30 de Julio de 2024, desde Ciutadella de Menorca, hasta Barcelona, con un coste de 205,80€, más cargos de emisión de 55€. Nº de pasajeros: 4 El barco llego al destino a las 13:30 horas, sufriendo un retraso de 2 horas con el horario previsto originariamente de llegada, ya que el trayecto fue reprogramado a otra hora y haciendo una escala en Alcúdia. Adjunto los siguientes documentos: 1 BILLETES ORIGINALES 2 BILLETES REPROGRAMADOS 3 HORARIOS ORIGINALES 4 HORARIOS REPROGRAMADOS SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea, es decir un reemborso del 50% del precio del billete. Sin otro particular, atentamente. * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
RETRASO FERRY
Estimados/as señores/as: Adquirí un billete de barco para viajar el día 4 de agosto, desde Tánger Med, hasta Algeciras, c Nº de pasajeros: 2 + 1 vehículo. El barco llego al destino a las 13:45 horas, sufriendo un retraso de más de dos horas con el horario previsto originariamente de llegada. SOLICITO la compensación que me corresponde en la tarjeta con la que se efectuó el pago y no quiero un bono descuento, quiero mi dinero que me corresponde. Dicho retraso supuso la pérdida del desayuno de mi hotel, el madrugón pertinente, una espera innecesaria desprovista de atención por parte de su compañía sin atención ni informar ni dar agua a pleno sol; igualmente supuso conducir en las horas de mas calor de cara regresar a casa. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Espero una pronta respuesta. Gracias.
Solicitar una indemnizacion
Adquirí un billete de barco para viajar el día [14/07/24], desde Porto Torres, Cerdeña, hasta Barcelona, con un coste de [ 165€]. Nº de pasajeros: 2 personas, y un coche pequeño. El barco llego al destino a las 3:15 de la madrugada, sufriendo un retraso de 3 horas y 45 minutos con el horario previsto originariamente de llegada (que era a las 23:30h) Quería solicitar un reembolso del importe de los billetes debido al retraso del barco. El barco zarpaba a las 10 y cuarto de la mañana y finalmente zarpo a las dos y media del mediodía. Hicimos una compra con productos para comer durante ese día y se nos hecho la mayoría a perder dado el calor que hizo durante toda la mañana esperando. Ya tuvimos que soportar otro retraso en la ida el día 5 de Julio cuando la salida estaba programada para las 23:30h y zarpamos a la 1 y pico de la madrugada. Un retraso en la llegada de casi dos horas y todo esto unido a una continua desinformación y vaga gestión del personal. SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*]. El reembolso correspondiente ya que el ferry se retrasó más de 3 horas. Los números de billete son: 2000305263870 , 2000405263879 y 30006005263876 Las condiciones meteorológicas eran excelentes. Sin otro particular, atentamente. * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
Retraso Ferry
Estimados/as señores/as: En fecha 28 de enero de 2024 adquirí un billete de barco para viajar los días 2 de Junio con llegada el 3 de Junio y salida 13 de Junio con llegada el 13 de Junio, desde Valencia hasta Ibiza y retorno el día 13 , con un coste total de 280,99 euros . Nº de pasajeros: 2 Número de reserva Transmed : 6401647,6401648,6401649. El barco de ida llego al destino a las 04:30, sufriendo un retraso de 2 horas 15 minutos con el horario previsto originariamente de llegada. El barco de vuelta desde Ibiza llego al destino a las 22:30 sufriendo un retraso de 3 horas con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto la factura de compra de la empresa Direct Ferries donde se compraron los billetes. SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la legislación europea que consiste en el 25% del billete de ida y 25% de vuelta . Sin otro particular, atentamente.
incidencias en viaje de Mallorca Valencia
Hola, quisiera poner una reclamación por varias causas en el viaje a Valencia de vuelta de Mallorca del día 13 de junio. De un grupo grande de estudiantes que habían contratado el viaje a través de Rekrea Travel services. El ferri ya salió de Mallorca con un retraso mínimo de dos horas, supuestamente por limpieza, eso es imposible que fuese el motivo ya que al subir se pudo comprobar la ausencia de dicha limpieza, los aseos estaban sin servicio, todos excepto uno por lo que las colas eran inmensas y el viaje tiene una duración considerable de horas como para prescindir de ellos. Pero además fue increíble el método de descarga y recogida de maletas, sin luz, fuera en la calle, sin organización ninguna, dejando las maletas y ahí se apañen las personas clientes, que aunque sean adolescentes no dejan de ser clientes a los que se debe un respeto como tal. Por todo ello, considero que se debe tener una respuesta por su parte y poner solución a este incidente y mal servicio dado por su empresa. Quedo a la espera de contestación. Un saludo
Retraso del ferry
Estimados/as señores/as: En fecha [08/02/2024….] adquirí un billete de barco para viajar el día [...29/6/2024], desde [Porto Torres...], hasta [.Barcelona..], con un coste de [159.56 ….€]. Nº de pasajeros: […2] El barco llego al destino a las […1.30] horas, sufriendo un retraso de [3] con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: [localizador] SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
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