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Reclamación por retraso del ferry y vulneración de derechos según el Reglamento (UE) nº 1177/2010

Resuelta Pública

Trasmediterránea

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Naturaleza del problema:

Retraso del ferry

Tu reclamación

E. M.

A: Trasmediterránea

29/01/2025

Localizador:  91035110 Estimados/as señores/as, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal debido al considerable retraso sufrido en el servicio de ferry en la ruta Cadiz Fuerteventura el día 21 de Enero de 2024. La salida sufrió un retraso de 5 horas y la llegada acumuló un total de 9 horas de demora. Además del perjuicio por el retraso, se han vulnerado mis derechos como pasajero recogidos en el Reglamento (UE) nº 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y vías navegables. En particular: 1. Derecho de información (Artículo 16): En ningún momento fui informado del retraso ni de mis derechos a reembolso o a la continuación del viaje en condiciones comparables. 2. Derecho de asistencia (Artículo 17): No se informó ni se proporcionó asistencia durante la espera, como comidas, bebidas o alojamiento en caso necesario. Dado que la normativa establece compensaciones y asistencia en casos como este, solicito: - El reembolso del billete. - Una indemnización del 25%. - Una explicación formal de las razones por las que no se cumplió con el derecho de información ni con el derecho de asistencia.

Mensajes (1)

Trasmediterránea

A: E. M.

30/01/2025

Estimados Sres. Acusamos recibo de la reclamación del pasajero Eric Mateu y sentimos que, por las razones expuestas en su escrito, en esta ocasión su experiencia con nuestra Compañía no fuera satisfactoria. Todas las quejas de nuestros pasajeros son analizadas y sobre ellas se toman las medidas correctivas necesarias en un afán de mejorar nuestros servicios. A veces es solo a través de los comentarios de nuestros clientes como podemos conocer cuando algo no ha funcionado como debiera, permitiéndonos tomar acciones oportunas para la mejor satisfacción de los mismos. En lo que se refiere al problema ocurrido, nos gustaría comunicarles que la respuesta dada al pasajero fue basada en la normativa Derechos generales de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Se le ha ofrecido una indemnización en el trayecto cad-fue, del 25% por trayecto afectado de su billete con localizador 91035110, según normativa vigente por el retraso acaecido. Lamentamos profundamente cualquier malentendido o molestia que le hayamos podido ocasionar y confiamos en que, si decide viajar con Naviera Armas, todo se desarrolle de manera satisfactoria. Sin otro particular, reciba un cordial saludo Departamento de Atención al Cliente Naviera Armas Trasmediterránea Canarias - Huelva - Cádiz 91 010 98 82 Sur Península, Ceuta, Melilla, Marruecos y Argelia 91 010 98 89 PAntes de imprimir este email,piensa en tu responsabilidad y compromiso con elMEDIO AMBIENTE AVISO LEGAL:Información a representantes de clientes y proveedores: Artra Servicios Corporativos S.L.., sociedad domiciliada en C/ Doctor Juan Domínguez Pérez, nº 2, 35008, Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas, con CIF: B76327519 y teléfono 928 32 73 83 (en adelante, la “Sociedad”), tratará sus datos personales sobre la base del interés legítimo de la Sociedad, con la única finalidad de garantizar el mantenimiento de la relación con la entidad a la que usted representa o en la que trabaja y por el período que dure dicha relación. Podrá ejercitar en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación al tratamiento y oposición dirigiéndose a la Sociedad a través del siguiente e-mail dpo@artra.es.Asimismo, podrá formular reclamaciones ante la autoridad competente. Le informamos que sus datos no serán cedidos a ningún tercero, salvo que exista obligación legal o expresamente se lo indiquemos, pudiendo acceder a ellos prestadores de servicios de sistemas o herramientas de tecnología. La información contenida tanto en este e-mail, como en los documentos adjuntos, es información confidencial para uso exclusivo de la persona o personas a las que va dirigido. No está permitido el acceso a este mensaje a cualquier otra persona distinta a los indicados. Si no es uno de los destinatarios, cualquier duplicación, reproducción, distribución, así como cualquier uso de la información contenida o cualquiera otra acción u omisión tomada en relación con el mismo, está prohibida y puede ser ilegal.

Asistencia solicitada 30 enero 2025

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