Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
S. D.
16/10/2026

Sending - Dos intentos de entrega falsos y un paquete que va para tres días "en reparto"

SENDING: DOS INTENTOS DE ENTREGA FALSOS Y UN PAQUETE QUE VA PARA TRES DÍAS "EN REPARTO" Envío nº 782002857007, entrega prevista el 14/10. Ese día el paquete ni había llegado a la delegación encargada de mi zona. Desde entonces lleva dos jornadas "en reparto" y hoy ha terminado la segunda, así que vuelven a falsificar otro intento de entrega, y a por la tercera. Lo mejor: el seguimiento registra dos intentos de entrega fallidos en mi domicilio. Nadie se ha presentado. Nadie ha llamado. Inventarse un intento de entrega no es un error, es falsear el estado del envío. Avisé por teléfono de que me corría prisa y de que, trabajando, probablemente tendría que desplazarme para recogerlo yo personalmente, y pedí que me llamaran para coordinarlo. Sigo esperando esa llamada. Atención al cliente, mientras tanto, repite como un loro que "el paquete está en reparto". Resultado: días pendiente de un paquete que no llega, reorganizando mi jornada de trabajo por un servicio que he pagado y que no funciona. Exijo investigación de los intentos falsos, entrega o punto de recogida confirmado por escrito, y compensación. Si no, reclamación a Consumo.

En curso
L. B.
16/10/2026

Reclamación por daños y perjuicios derivados de retraso

Por la presente, interpongo reclamación formal en relación al servicio de autobús con origen Algeciras y destino Málaga, programado para el día 09/10/26 a las 06:30 y con llegada prevista a las 08:45. El vehículo sufrió un retraso de 50 minutos sobre su horario oficial. Debido a este incumplimiento contractual, me fue materialmente imposible embarcar en el tren AVE con destino a Madrid programado para las 09:27, para el cual disponía de un margen de transbordo correcto de 45 minutos. Como consecuencia directa de este retraso, me vi en la obligación de adquirir un nuevo billete de tren para poder llegar a mi reunión de trabajo, lo cual supuso un coste extra de 93,68 €. Adjunto a este escrito el billete de autobús, la prueba del retraso, el billete del AVE original perdido y el justificante de compra del nuevo billete por valor de 93,68 €. Solicito el abono de dicha cantidad (93,68 €) en concepto de daños y perjuicios en el plazo máximo de 30 días. De lo contrario, les informo de que procederé a solicitar el arbitraje ante la Junta Arbitral de Transporte de Andalucía. Quedo a la espera de una solución.

En curso
P. V.
15/10/2026

Dos averías graves en seis meses y retrasos en la reparación

**Título: Dos averías graves en seis meses y retrasos en la reparación: solicito la devolución del importe del vehículo** El 26 de marzo de 2026 compré a AUTOHERO PLUS SPAIN, S.L. un Kia XCeed de segunda mano por 15.998 €. Apenas 15 días después, el vehículo comenzó a emitir un ruido estruendoso, por lo que abrí una incidencia el 10 de abril. Tras varias gestiones y desacuerdos entre Autohero y un servicio oficial de Kia sobre el pago de la diagnosis, la empresa decidió trasladar el coche a un taller de Madrid. El vehículo fue recogido el 30 de abril y no me lo devolvieron hasta el 16 de mayo, por lo que estuve 37 días sin poder disponer de él. Cuando me lo entregaron, observé que tenía 1.083 km más que cuando lo recogieron y que faltaban varios objetos personales. Reclamé ambas cuestiones por correo electrónico, pero Autohero rechazó asumir responsabilidades por los objetos desaparecidos y alegó que no existía un límite de kilómetros para comprobar una reparación. El 5 de septiembre de 2026, mientras circulaba por autopista, el coche sufrió una segunda avería grave y comenzó a perder potencia de forma drástica. El 11 de septiembre acudí al taller que me asignó Autohero. Allí me indicaron que el vehículo estaba sin aceite y que, por el ruido del motor, podía existir una avería interna. Además, el mecánico observó marcas en los inyectores que, según me explicó, podían ser compatibles con un desmontaje anterior. Tras comunicar estos hechos a Autohero, me informaron de que el vehículo debía trasladarse nuevamente a Madrid para su diagnóstico y posible reparación. El 9 de octubre me confirmaron que la recogida estaba programada para ese mismo día, pero a 15 de octubre el coche seguía estacionado frente al taller, sin haber sido trasladado y sin que me hubieran facilitado un plazo concreto para su reparación. Durante todo este proceso he tenido que realizar numerosas gestiones y enviar múltiples correos para obtener información, sin recibir una solución definitiva. Mientras tanto, continúo pagando la financiación de un vehículo que no puedo utilizar y he tenido que asumir gastos adicionales de transporte. Considero inaceptable que un vehículo adquirido por casi 16.000 € presente dos averías importantes en tan poco tiempo, que la primera reparación me dejara 37 días sin coche y que, ante la segunda avería, vuelva a encontrarme sin una solución ni un plazo claro llevando actualmente 41 días más sin vehículo. En seis meses el coche ha estado parado un total de 78 días hasta el día de hoy y ni si quiera me han respondido a la cuestión de que la garantía debería paralizar-se durante el tiempo en que no puedo hacer uso del vehículo a causa de la avería. La presente reclamación se formula al amparo del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, en su redacción vigente. En particular, invoco los artículos 118 y 119, relativos a las medidas correctoras ante las faltas de conformidad y a los supuestos en que procede solicitar la reducción del precio o la resolución del contrato, así como el artículo 119 ter, relativo al ejercicio expreso de dicha resolución. La normativa establece que las medidas correctoras deben llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor, atendiendo a las circunstancias del caso. También contempla la posibilidad de solicitar la resolución del contrato cuando concurran los supuestos legalmente previstos, entre ellos la gravedad de la falta de conformidad o la falta de reparación en un plazo razonable. Por todo lo expuesto Solicito a AUTOHERO PLUS SPAIN, S.L. la resolución de la compraventa y la devolución de los 15.998 € abonados, teniendo en cuenta la reiteración de las averías, los periodos de inmovilización y las demoras acumuladas. No considero aceptable seguir esperando indefinidamente mientras continúo asumiendo los costes de un vehículo del que no puedo disponer.

En curso
A. V.
15/10/2026

Retraso de mas de 1 mes en pedido on line

Hola realice un pedido de un movil motorola G56 el 18 de septiembre de 2026, tras innumerables llamadas a atención al cliente se comprometían a llamarme para informarme del pedido y no he recibido ni una se trataba de un motorola G56 8 Ram 512 HD y quiero un gesto comercial o una compensación por esta incidencia ya que se comprometieron a entregarlo 25 de septiembre y estamos a 15 de octubre y no se nada

En curso
C. C.
14/10/2026

Paquete no entregado

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque tras agotar las vías de reclamación propias, sigo sin obtener respuesta al servicio contratado y por el que he pagado. Solicito encarecidamente que se entregue el producto por el que ha abonado una cuantía precedentemente, y cuya entrega se debería haber realizado hace 8 días. Sin otro particular, atentamente.

En curso
J. C.
13/10/2026

No entrega de un paquete

Realicé un pedido a una empresa y el 28 de septiembre estaba en los almacenes de Seur Alicante Viendo que no recibía el paquete con la ayuda de un repartidor comprobamos que el paquete se encuentra en la playa San Juan Tras varios intentos de que el empleado de la playa san juan le entregué el paquete al de Alicante para él entregármelo a mí no le han hecho caso.... Y luego el coordinador de zona tampoco ha hecho caso a la reclamación de que el paquete iba con un código postal de erróneo y que la dirección era lo que valía Debido a que han transcurrido tantos días y la no querer dar solución a dicho problema puesto que el paquete continúa en las dependencias de la playa San Juan y no han sido entregadas a las de Alicante Mi paquete está localizado he puesto dos reclamaciones y no se me ha hecho caso se me ha ignorado ruego se solucione este problema entregándome el paquete en la dirección correcta Virgen del Socorro 81 03002

En curso
M. V.
08/10/2026

Retraso de equipaje

Hola desde el día 5 de octubre quedaron de recoger unas cajas en el domicilio de calle la cenia en zaragoza no fueron ese día fueron día 6 alegando que no había nadie y el dueño estaba en el apto . Ya las recogieron el doa 6 y hoy es día 9 y no llegan tengo mi ropa medicinas cosas que nesecito para uso personal y salud alegan que solo llegaron 2 y no me dan solución solo esperar que lleguen el resto esto viene a benidorm a la venida mediterraneo 31 cp 03503 piso 1 puerta a

En curso
L. S.
08/10/2026

Problema con el reembolso

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque ha pasado más de un mes en la liberación de la retención del alquiler . SOLICITO [que se me haga la devolución hoy mismo ya ue el día 8/09/2026 se me paso la factura la cuál tuve que reclamar kilómetros de más que no se demostraron y se devolvió el importe . Pero sigo esperando que entre la retención de 313€ que me tenéis que devolver ... El importe del alquiler de 113 se cobro de nuevo posteriormente en ese día como indico. He hablado muchas veces con atención al cliente ... Tengo los mails , las llamadas , he hablado con mi banco y es cosa de vuestro banco . La liberacion es de 313€ .... Y los plazos de hasta 28 dias ya se han cumplido . DEVOLVERME YA EL DINERO O TOMARE OTRAS MEDIDAS ANTE LA LEY . GRACIAS. …]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Cerrado
B. G.
07/10/2026

Pedido no entregado y perdido no saben dónde esta

Hola realice un pedido en vinted dos litros de texto que se supone que estaba en camino y había sido recogido de la taquilla donde lo depósito el vendedor resulta que el seguimiento no se actualizado desde el día 25 de septiembre que es cuando fue depositado el pedido no se a entregado,me pongo en contacto con ambas empresas vinted que no puede hacer nada hasta que pasen 25 días laborales y inpost me manda un correo que el paquete no estába en la taquilla que me ponga en contacto con vinted cosas que es lo primero que hice y según ellos no pueden hacer nada ni tienen acceso a ver el seguimiento.Solicito la búsqueda y entrega del paquete o la devolución de mi dinero.Os envío el correo que me mandaron.

En curso
J. M.
07/10/2026

Retraso significativo en transporte marítimo

Presento reclamación frente a Fred. Olsen Express por el retraso sufrido en el servicio marítimo Huelva–Gran Canaria contratado para el 25 de septiembre de 2026. Contraté un billete cuyo horario de salida estaba inicialmente previsto para el 25/09/2026 a las 23:59, con llegada prevista a Gran Canaria aproximadamente a las 09:00 del 27/09/2026. Posteriormente, Fred. Olsen me comunicó un cambio de programación y trasladó la salida al 26/09/2026 a las 14:00, es decir, aproximadamente 14 horas después de la hora inicialmente prevista. El buque finalmente llegó a destino aproximadamente a las 22:00 del 27/09/2026, unas 13 horas después de la hora de llegada originalmente prevista. La compañía comunicó estos cambios mediante correo electrónico y me solicitó aceptar expresamente el nuevo horario. Dicha aceptación no fue una modificación voluntaria de mi viaje: necesitaba realizar el trayecto Huelva–Canarias en esas fechas por motivos laborales y no existía una alternativa marítima equivalente que me permitiera efectuar el desplazamiento en la fecha originalmente contratada. Acepté el nuevo horario exclusivamente para poder completar el transporte hasta mi destino, después de que la propia compañía modificara unilateralmente la programación. Presenté reclamación directamente ante Fred. Olsen, expediente nº 7030314. En su respuesta, la compañía reconoce expresamente que se produjo un retraso en la llegada y que resulta aplicable el Reglamento (UE) 1177/2010, pero únicamente me reconoce el supuesto correspondiente a un retraso superior a 6 horas y no aplica el 50% previsto cuando el retraso supera las 12 horas. Considero que esta interpretación no es correcta. El artículo 19.1 del Reglamento (UE) 1177/2010 establece que, en viajes programados de duración superior a 24 horas, corresponde una indemnización mínima del 25% del precio del billete cuando el retraso en la llegada es de al menos 6 horas, y del 50% cuando el retraso supera el doble de dicho umbral, es decir, 12 horas. En mi caso, el retraso efectivo en la llegada fue aproximadamente de 14 horas. La compañía tampoco ha acreditado la existencia de una causa de exención conforme al artículo 20.4 del Reglamento. En su respuesta se limita a indicar que el cambio de programación se produjo por “motivos técnicos” y posteriormente hace referencia genérica a que las “numerosas operaciones realizadas diariamente pueden ocasionar retrasos” y a la existencia de “condicionantes externos”. Sin embargo, no identifica cuál fue la circunstancia extraordinaria concreta que provocó el retraso ni explica por qué dicha circunstancia no podía haberse evitado incluso adoptando todas las medidas oportunas, requisitos expresamente establecidos en el artículo 20.4. Considero especialmente relevante que la propia compañía no alegue condiciones meteorológicas ni una circunstancia concreta que hiciera peligrosa la navegación, sino motivos técnicos y una acumulación de retrasos derivados de su operativa. El considerando 19 del Reglamento 1177/2010 establece que las circunstancias extraordinarias deben referirse a acontecimientos que no sean inherentes al ejercicio normal de la actividad del transportista y que escapen a su control efectivo. Asimismo, Fred. Olsen fundamenta parte de su respuesta en su condición general quinta, según la cual los horarios no se garantizan y la compañía puede modificar horarios y fechas. No discuto que puedan existir circunstancias que permitan modificar una programación. Lo que discuto es que dicha cláusula pueda utilizarse para eliminar o reducir los derechos mínimos de compensación establecidos por el Reglamento (UE) 1177/2010 cuando se produce un retraso en la llegada. El hecho de que aceptase el nuevo horario tampoco supone una renuncia a la indemnización. El artículo 19.1 establece expresamente que la indemnización puede solicitarse “sin renunciar a su derecho al transporte”. En mi caso, utilizar el nuevo horario fue precisamente la forma de conservar mi derecho al transporte hasta mi destino después de que la compañía modificase la programación. La aceptación del nuevo horario no contenía ninguna renuncia expresa a los derechos de compensación derivados del retraso. Esta cuestión resulta especialmente relevante porque existe además jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la interpretación del Reglamento 1177/2010, entre otros el asunto C-570/19, en relación con los derechos de los pasajeros que optan por ser transportados posteriormente y la indemnización por retraso. Por todo lo anterior, solicito: 1. Que se reconozca mi derecho a la indemnización prevista en el artículo 19 del Reglamento (UE) 1177/2010, correspondiente al 50% del precio del trayecto afectado, al haber sufrido un retraso en la llegada superior a 12 horas en un viaje programado de más de 24 horas. 2. Subsidiariamente, si Fred. Olsen mantiene que concurre la exención del artículo 20.4, que identifique de forma concreta la circunstancia extraordinaria que provocó el retraso y aporte o ponga a disposición de la autoridad competente la documentación que permita acreditar que dicha circunstancia no podía evitarse incluso adoptando todas las medidas oportunas. 3. Que se tenga en cuenta que la aceptación del cambio de horario no fue voluntaria ni implicó renuncia alguna a mis derechos, sino la única opción razonable para poder realizar el desplazamiento contratado ante la modificación unilateral de la programación por parte de la compañía. Adjunto billete y documentación de la reserva, comunicaciones de Fred. Olsen relativas a los cambios de horario, así como la reclamación presentada directamente ante la compañía y su respuesta. Solicito la intervención de OCU y que se inste a Fred. Olsen Express a reconocer y abonar la compensación que legalmente corresponda.

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