Últimas reclamaciones
1. Envía tu reclamación a la empresa
Usa nuestra plataforma y sigue las instrucciones
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
Podrás ver la respuesta completa en el apartado "Mis reclamaciones" de tu área personal.
3. ¿La empresa no responde o su respuesta no te satisface?
Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
Problemas instalacion fotovoltaica
Hola, puse unas placas solares al objeto de contar con un sistema autónomo para poder teletrabajar incluso cuando se va la luz. Este sistema autónomo NO FUNCIONA por lo que ruego me devuelvan el importe y se lleven las placas solares y el sistema BACK up Y BATERIA VIRTUAL, no los quiero pues no cumplen con su función. Por otro lado, no han gestionado la subvención tal y como estaba previsto, no respondieron al correo que les mandó la junta de Andalucía para gestionar la subvención por lo que estoy completamente descontenta con el incumplimiento contractual. Así mismo, tampoco se ha reducido la factura de la luz en el importe que vendían por lo que pido que me retiren las placas , el sistema y que me liberen de la deuda pendiente ya que no me compensa ni interesa algo que no funciona tal y como se había prometido.
Cambio de titular
Buenas tardes, Me está resultando imposible realizar un cambio de titular. Por ley, la empresa no puede ir contra el nuevo propietario por deudas del anterior, pero sí te hacen el trámite imposible. Contacté con el anterior titular para pagar el recibo pendiente, llamó súper rápido para solucionarlo, lo vuelvo a intentar y me dicen que ahora debe otra factura de 2022, les digo que no es competencia mía esa gestión y que además ya había llamado y pagado la deuda que le dijeron tenía pendiente. Me dicen que si quiero, que de de baja, pague todos los costes y haga un nuevo alta. Ante tanta negativa y tras varios mensajes intentando solventar la situación y ante mi impotencia, vuelvo a contactar al anterior titular para que llame. Le dicen que la deuda de 2022 les saltó después de saldar la de 2025, cosa que me resulta rara, pero que no puede pagar porque no le funcionan los ordenadores.
Accidente a la salida de la oficina de Naturgy de Ferrol
Reclamación contra la Empresa Naturgy Mercedes García Carrasco, mayor de edad, con DNI 07525185E, y domicilio a efectos de notificaciones en calle Río Castro 55 4 15404 de Ferrol, ante el/los representantes/responsables de la empresa comparezco y, como mejor proceda, DIGO: Que por medio del presente escrito, vengo a formular reclamación: Por un delito grave de lesiones por imprudencia contra la empresa NATURGY INVERSIONES ENERGÉTICAS, S.A., como titular del establecimiento comercial sito en la Plaza de Callao nº 22, 15402 Ferrol, o contra la persona física o jurídica que resulte legalmente responsable del mantenimiento y seguridad de dichas instalaciones, en base a los siguientes: HECHOS PRIMERO.- Con fecha 8 de octubre de 2026, sobre las 13: 36 horas, la reclamante, Mercedes García Carrasco, salía de la oficina de atención comercial de Naturgy, ubicada en la Plaza de Callao nº 22 de Ferrol, tras haber realizado unas gestiones en su interior. Iba acompañada de mi hija, Olalla de las Mercedes García Sánchez con DNI 32929577V, quien presenció íntegramente los hechos. SEGUNDO.- Al intentar bajar por la rampa de salida exterior de la mencionada oficina, resbalé debido a las condiciones de la misma. Al perder el equilibrio e intentar asirme de forma instintiva para evitar una caída severa contra el suelo, agarré una estructura o perfil metálico situado en el lateral del acceso (el carril de la persiana metálica) TERCERO.- Dicho elemento metálico presentaba un borde interior extremadamente cortante, desprovisto de protección alguna y sin señalización de peligro. Al intentar agarrarme, la parte externa del dedo meñique derecho presionó contra la parte interior cortante del carril metálico, ya que al evitar resbalarme y caerme intenté sujetarme donde pude y la parte exterior del dedo meñique derecho se clavó en dicha parte el metal que causó un corte profundo de carácter longitudinal en dicho dedo, levantándose de forma inmediata la piel y la carne (colgajo cutáneo) y provocando una fuerte hemorragia inmediata (acto reflejo defensivo involuntario provocado por un peligro previo (el mal estado o la falta de adherencia de la rampa). CUARTO.- Ante la gravedad de la herida y la hemorragia, que intenté parar con pañuelos de papel, y que no remitió ni siquiera durante el tiempo que la enfermera del centro de salud me estaba atendiendo, tuve que acudir de urgencia al Centro de Salud de Fontenla de plaza de España donde tengo mi médico de cabecera. En la consulta de enfermería C302 tuve que esperar a que saliera otra paciente así que no entré inmediatamente, recibí asistencia médica sobre las 14:00, limpieza de la zona, con vendaje y pauta de vacunación antitetánica por riesgo biológico con elemento cortante público. Salí de la consulta sobre las 14:09 QUINTO.- Se señala como testigo directo de lo ocurrido a la acompañante referida en el hecho primero, aportando asimismo fotografías de las lesiones sufridas y del elemento metálico causante de las mismas. SEXTO.- Se aportan junto al presente escrito los siguientes documentos justificativos de los hechos y las lesiones: Documento Nº 1: Copia del parte de asistencia médica del Centro de Salud de Fontenla de fecha 8 de octubre de 2026. Documento Nº 2: Reporte fotográfico a color del estado del carril metálico y la rampa de la oficina comercial de Naturgy. Documento Nº 3: Reporte fotográfico a color de las lesiones sufridas (corte abierto con colgajo) e inmovilización posterior. Por todo lo expuesto, SOLICITO A LA EMPRESA NATURGY: Que tenga por presentado este escrito junto con los documentos que se acompañan, se sirva admitir a trámite esta reclamación, proceda a la apertura de las correspondientes diligencias para el esclarecimiento de los hechos y determine la responsabilidad penal y civil que corresponda a la entidad denunciada, interesando expresamente que la reclamante sea amparada en su derecho a recibir la correspondiente indemnización por los días de perjuicio personal (básico y moderado), perjuicio estético por cicatriz permanente y secuelas funcionales, a determinar mediante el oportuno informe de un médico forense si fuera necesario. Lo sucedido el día señalado no fue un descuido, ni cometí ninguna imprudencia. Yo soy la víctima de una reacción en cadena: El peligro inicial estaba en el suelo (la rampa deslizante de suelo de granito pulido). Al perder el equilibrio y ver que casi me caigo contra el suelo (lo que habría sido un golpe mucho más grave), mi cuerpo reaccionó de forma instintiva para salvarme, y el dedo se apoyó donde pudo para frenar el impacto. La culpa es de las instalaciones: Si el carril interior de la persiana metálica de Naturgy hubiera estado debidamente protegido, pulido o aislado del paso del público, mi dedo simplemente habría golpeado contra un metal romo y, como mucho, tendría un pequeño hematoma. Que me haya hecho ese corte tan serio, donde se me levantó la piel en forma de colgajo, es la prueba irrefutable de que esa persiana es una cuchilla urbana y un peligro público. El detonante: El resbalón en la rampa El hecho de haberme resbalado inicialmente en la rampa sugiere una posible falta de mantenimiento o de medidas antideslizantes en una zona de tránsito obligatorio para los clientes. En derecho civil, los establecimientos comerciales tienen un "deber de seguridad" hacia sus usuarios. La reacción defensiva y el elemento cortante Mi acción de apoyar la mano fue un acto reflejo y defensivo para evitar una caída que podría haber sido mucho peor (un golpe en la cabeza o la cadera). El problema legal radica en que el elemento en el que me apoyé para salvarme y evitar una grave caída —la parte interior del carril de la persiana metálica— no debería tener bordes con capacidad de producir un corte de esa magnitud. Esto demuestra que la instalación presenta un componente de peligrosidad latente o un remate defectuoso. El material de la rampa de salida es granito pulido o abrillantado, un material extremadamente deslizante, especialmente en una ciudad húmeda y lluviosa como Ferrol. Al tratarse de una consulta sobre una reclamación de responsabilidad civil por caídas, analizamos las implicaciones legales de la imagen aportada. Defectos normativos evidentes en la rampa: A efectos legales, el acceso presenta un riesgo objetivo y previsible para los peatones debido a dos factores técnicos principales: Ausencia total de tratamiento antideslizante: El granito pulido tiene un coeficiente de fricción bajísimo. El Código Técnico de la Edificación (CTE), en su Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB-SUA), obliga a que los accesos a edificios públicos desde el exterior cuenten con pavimentos de Clase 3 (el nivel más alto de resistencia al deslizamiento). Este granito, al no estar abujardado, flameado ni contar con bandas antideslizantes añadidas, es totalmente antirreglamentario para una zona de pendiente exterior. Falta de elementos de sujeción: Aunque la rampa o plano inclinado sea de poca altura o de un solo tramo corto, si el suelo es propenso a deslizamientos y colinda con elementos cortantes —como el carril metálico de la persiana que se ve a la izquierda—, la falta de un pasamanos o un punto de apoyo homologado deja al usuario desprotegido ante un resbalón. Conocimiento del peligro (Culpa acreditada): La propia empresa sabe perfectamente que ese granito pulido se transforma en una pista de patinaje en cuanto cae una gota de agua. Al poner la alfombra, admiten de forma implícita que el suelo de la rampa es peligroso y antirreglamentario por sí mismo.
ARREGLAR CONTADORES URGENTE
RUEGO URGENTEMENTE MANDEN A LOS TÉCNICOS DE INTERFENCIAS EN CONTADORES A CALLE CADARSO 15 - 28008 MADRID AL NO MANDAR LECTURA AUTOMÁTICA. LLEVO YA 4 MESES SIN QUE SE ME FACTURE POR PARTE DE MI COMERCIALIZADORA Y EL PROBLEMA ES POR LA INTERFERENCIA EN LOS CONTADORES, DICHO POR VUESTROS PROPIOS TÉCNICOS QUE VINIERON HACE UN PAR DE SEMANAS, LOS CONTADORES NO MANDAN LA SEÑAL AL ESTAR LA LUZ EN ROJO POR HABER ALGUNA INTERFERENCIA. NO SE PONE EN VERDE. LE PASA A TODOS LOS VECINOS DEL EDIFICO. LLEVO PUESTAS YA MILLONES DE INCIDENCIAS Y NADIE HACE NADA. ESTO NO SE ARREGLA. ES MUY URGENTE!! HAGAN EL FAVOR DE MANDAR A LOS TÉCNICOS YA DE UNA VEZ Y QUE LO ARREGLEN DE UNA VEZ.
pROBLEMA SUBVENCIÓN PANELES SOLARES
El 15/12/2023 presenté la documentación para solicitar la subvencion de placas solares. Mi expediente es: IN422K-12511 El 1/12/25 NATURGY dice que envió la documentación a INEGA El 22/12/25 haciendo una reclamación al INEGA me dicen que NATURGY sigue faltando la memoria técnica habiendosela reclamado varias veces. El 7/1/26 siguen faltando datos Finalmente presenta la documentación el 7/04/26 con nº de entrada 990427 Después de tres años de numerosas quejas a día de hoy el organismo de la xunta INEGA me contesta que no hay financiación . Por todo lo cual considero que la responsabilidad del problema es de NATURGYy reclamo que me abonen el importe de la subvención
Visalia - Cambio abusivo de condiciones contractuales
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque unilateralmente Visalia ha decidido modificar las condiciones contractuales y pasar de un modelo de 3 tarifas horarias a 1 fijo, lo cual implica un aumento estimado del 30% en mi factura. En mis condiciones contractuales se establece que la compañía puede ejercitar este cambio si avisa con 30 días naturales de antelación pero no es éste el caso. Mi contrato finaliza el 27 de octubre y se me comunicó el cambio el 29 de septiembre, sólo con 28 días de antelación. Pese a mis varios requerimientos por correo a Visalia, su respuesta ha sido que esto es lo que hay y que si no estoy de acuerdo, que puedo cancelar el contrato sin ningún tipo de penalización. SOLICITO que Visalia mantenga las condiciones actuales del contrato, las tarifas horarias y sus precios, dado que no ha cumplido las condiciones establecidas. Sin otro particular, atentamente.
Problema con el funcionamiento de baterías de acumulación de energía eléctrica
Hola, me instalaron dos baterías de acumulación eléctrica el 5 de Junio pasado y sobre el 20 del mismo mes le comuniqué del consumo nocturno que producían dichas baterías y que era completamente anormal. Desde entonces, no han hecho más que darme largas y decir que esos consumos son así. También les comuniqué que apagaba las baterías por que lo consumos nocturnos estaban descontrolados. El 14 de Septiembre les envié informe de IA, indicando el motivo por el que se producen estos consumos y que la instalación no estaba bien hecha. El 18 de Septiembre me contestaron que iban a enviar a un instalador para que revisara dicha instalación. A pesar de que les he pedido en varias ocasiones que viniera éste instalador, por que me habían informado que las baterías apagadas podrían sufrir daños, hasta la fecha de hoy 13 de Octubre, lo único que me han informado es que se lo pasan a su servicio técnico. Les ruego una vez más revisen la instalación lo antes posible a fin de que no se deterioren las baterías. Muchas gracias.
Exclusión lista de impago URGENTE
EJERCICIO DEL DERECHO DE SUPRESIÓN DATOS DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO Nombre/razón social: compañía escandinava de electricidad en españa (CHIPPIO) DATOS DEL AFECTADO D/ Tomás Hernández Nieto, mayor de edad, con domicilio en Calle Francesc Layret 72 2-1, localidad de Sabadell, C.P.: 08208, provincia de Barcelona, Catalunya, con DNI 44989181P y con correo electrónico tomashernaandeznieto@gmail.com, por medio del presente escrito ejerzco el derecho de supresión, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento UE 2016/679, General de Protección de Datos (RGPD). SOLICITO Que se proceda a la supresión de mis datos personales en el plazo de un mes a contar desde la recepción de esta solicitud y que se me comunique motivadamente a fin de, en su caso, reclamar ante la agencia española de protección de datos. Que en caso de que mis datos personales hayan sido comunicados por ese responsable a otros responsables del tratamiento, se comunique su supresión. Por ello expongo que por tercera vez en este año su empresa ha puesto mi nombre en lista de impago, según dicen ustedes por un impago generado con la empresa CHIPPIO (mi empresa energética doméstica) por importe de 90,04€, con fecha de comunicación de 15 de Septiembre de 2026, y de un recibo con fecha de 13 de septiembre de 2026. Que CHIPPIO certifica con fecha 29 de septiembre de 2026 que me encuentro al día de pago de todos los recibos que existen, y que no se ha generado tal deuda. (se adjunta certificado) De todas maneras también de adjunta certificado de la empresa del mismo grupo NORDY/NOVALUZ/CHIPPIO en la que se certifica de que no existe contratación por mi parte de ningún producto de NORDY y que no existe ninguna deuda ni impago con esta empresa. Es por eso que siendo esta situación reincidente, pienso tomar medidas legales si se vuelve a repetir solicitando daños y perjuicios que me han generado por tener que gestionar una deuda impagada que no existe con todo lo que conlleva. Sin más reciban un saludo.
FACTURACIÓN INDEBIDA
Buenas tardes, Me pongo en contacto con ustedes porque no reconozco las facturas que me están reclamando. Les expongo los motivos: - Yo era usuario de su servicio de mantenimiento de gas y en noviembre-25 les llamé para suspenderlo. Me dijeron que mi año finalizaba en enero-febrero-26 y que debía solicitarlo entonces para no ser penalizado - En diciembre-25 tuve un problema con una fuga en la caldera y les pedí que vinieran a repararlo (como tenía contrato de mantenimiento con ustedes pude hacerlo). Al técnico que vino le dije que me tocaba renovar el contrato en breve y que si era capaz de arreglarlo seguiría con ustedes - El técnico vino y me dijo que era irreparable y que se debía sustituir la caldera. Me hizo un presupuesto de 3500-4000 euros - Yo no lo vi claro y llamé al servicio técnico oficial de mi caldera (pagando obviamente porque no tenía contrato de mantenimiento con ellos). Revisaron la caldera y me lo arreglaron cambiando una pieza que costaba sólo 20 euros y toda la reparación con las visitas costó unos 100 euros. A día de hoy casi un año después la caldera sigue perfectamente y no se ha vuelto a averiar... - Yo entonces les llamé y les dije que era una vergüenza su servicio de mantenimiento y que por supuesto rescindía mi contrato de mantenimiento. Revisen por favor las grabaciones de las llamadas que tuve y de la reclamación que les puse. El operador estuvo de acuerdo y me dijo que estaba a tiempo de NO renovar el contrato de mantenimiento - Para mi sorpresa 2 meses después recibo una notificación de que tenía que pagar todo el año sin haberlo usado y con el agravante de la mala praxis de los técnicos que vinieron a "reparar" mi caldera - Desde entonces se han dedicado a perseguirme con la IA (Gemini), llamadas y mensajes constantes reclamándome un dinero que no les pienso pagar (no es mucho pero no es justo: 143,06 euros) - Si quieren hablamos de que ustedes me indemnicen a mi por un mal servicio y me abonen los 100 euros que pagué al servicio técnico oficial de mi caldera Si quieren llévenme a juicio y hacemos público su desempeño y actitud en toda esta situación. Iberdrola, una de las principales multinacionales españolas de energía, creo que debería revisar una situación como esta y me encantaría poder hablar con alguien de su departamento de calidad. Estoy plenamente a su disposición para ello. Reciban un cordial saludo, Antonio PD: pongo la reclamación en la OCU para que todo esto sea público y espero que alguien de su empresa (humano) se digne a ponerse en contacto conmigo sobre este asunto
Reclamacion por posible instalación defectuosa de equipo de aerotermia Panasonic aquarea
ASUNTO: Reclamación formal por posible instalación defectuosa de equipo de aerotermia Panasonic Aquarea y solicitud de reembolso A la atención de SUMAN Instalaciones Integrales, Por medio de la presente, queremos presentar una reclamación formal en relación con la instalación del sistema de aerotermia Panasonic Aquarea, realizada por su empresa el día 21 de mayo de 2025 en nuestro domicilio. El pasado 24 de septiembre de 2026 sufrimos una fuga de agua en nuestra vivienda procedente del equipo de aerotermia. El día 29 de septiembre de 2026, un técnico del servicio oficial de Panasonic acudió a nuestro domicilio para determinar el origen de la avería. Tras revisar el equipo, nos comunicó que la fuga se debía a la rotura del vaso de expansión correspondiente al circuito de instalación, el cual había sido colocado en el interior de la propia máquina. Según nos indicó el técnico( adjunto albarán de trabajo), dicha ubicación no era la correcta, motivo por el cual consideró que se trataba de un problema derivado de la instalación, circunstancia que dejó reflejada expresamente en el correspondiente albarán de intervención. Esta información fue corroborada posteriormente por el servicio de atención telefónica de Panasonic, que también nos confirmó que dicho vaso de expansión no debía haberse instalado en esa ubicación. Ante esta situación, nos pusimos en contacto con el Sr. Antonio Morales, responsable de la instalación, para solicitar que se hiciera cargo de la reparación. Sin embargo, el Sr. Morales rechazó que se tratara de un defecto de instalación y atribuyó la avería a una falta de mantenimiento del equipo. Queremos dejar constancia de que disponemos de un contrato de mantenimiento con Panasonic y que se han realizado las revisiones preventivas correspondientes, sin que en ninguna de ellas se nos haya comunicado la existencia de anomalías en la ubicación del vaso de expansión ni deficiencias de mantenimiento que pudieran provocar esta avería. Asimismo, el Sr. Morales nos manifestó que disponía de una autorización escrita de Panasonic que permitía instalar dicho vaso de expansión en el interior de la máquina, afirmación que contradice las indicaciones recibidas tanto del técnico oficial como del servicio telefónico de la propia marca. Tras varios días sin obtener una solución por parte de ninguna de las empresas implicadas, y ante la necesidad de solucionar la avería y evitar mayores daños en nuestra vivienda, nos vimos obligados a contratar por nuestra cuenta a otra empresa instaladora. Dicha intervención nos ha supuesto un gasto de 555,39 €, que consideramos que no deberíamos haber asumido si la instalación inicial se hubiera realizado correctamente. Además, el profesional que efectuó la reparación también cuestionó la ubicación del vaso de expansión, coincidiendo con las observaciones recibidas anteriormente. Consideramos especialmente preocupante que un equipo instalado hace apenas dieciséis meses, y sometido a las revisiones de mantenimiento contratadas, haya sufrido una avería de estas características sin que ninguna de las partes implicadas haya asumido responsabilidad alguna. Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS FORMALMENTE A SUMAN INSTALACIONES INTEGRALES: 1. La entrega de la factura original correspondiente al suministro e instalación del equipo de aerotermia Panasonic Aquarea, realizada el 21 de mayo de 2025. 2. Una copia de la autorización escrita de Panasonic que, según manifestó el Sr. Antonio Morales, permite expresamente instalar el vaso de expansión del circuito de instalación en el interior de la máquina. 3. El reembolso íntegro de los 555,39 € abonados a la empresa que finalmente realizó la reparación, al considerar que existen indicios técnicos de que la avería deriva de una instalación incorrecta. 4. Una respuesta por escrito en la que se justifique técnicamente su posición y, en caso de rechazar nuestra reclamación, se aporten los documentos que fundamenten dicha negativa. Nuestro único objetivo es obtener una solución justa ante una avería cuya causa ha sido identificada por varios profesionales y cuyo coste hemos tenido que asumir pese a disponer de un equipo relativamente nuevo y con mantenimiento contratado. Atentamente,
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores