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Reembolso tipo de interes TAE excesivo y devolucion de diferencia de lo sobrepagado
San Sebastian a 23/11/2021Reclamacion al concesionario Seat Lugariz y financiera VOLKSWAGEN BANK GMBH :El coche fue comprado y financiado en marzo del 2019 en Seat Lugaritz de San Sebastian. En su momento hice llegar por burofax si al concesionario y si a la financiera la reclamación referente a la venta fraudulenta que se me hizo, por un lado habiendo pactado un precio con la comercial del concesionario (existen whatsapps) y por el otro haciendome firmar sin que yo me diera cuenta otro precio (lo firme en una tablet y no se veian los numeros ni la cuantía ni los vencimientos). Posterior a la firma, me mintieron diciendo que los papeles del contrato tardarian en llegar unas semanas, diciendome en todo momento que los papeles del contrato me llegarian en fisico. Después de empezar a indagar, me dí cuenta de que me habian mentido, que la documentación suele llegar instantaneamente al correo electrónico y que queriendo habian introducido mal mi email en el sistema, para que no me llegara. Ellos sabian que se habia firmado una cosa diferente a la pactada.Exijo la devolucion de la cuantía sobrepagada más sus intereses. La financiera y el consecionario Seat se limpiaron las manos, diciendome que era lo que yo habia firmado y que no habia vuelta atras. Por otro lado, querria reclamar, el interes TAE excesivo, (nulidad por usura) que se me hizo firmar (10,61TAE) cuando el banco de España decia que para ese mes y para las financiaciones superiores a 5 años, el TAE tenia que ser de un 4,66%.En estas lineas describo los hechos acontecidos:El 18 de marzo M.A. acude al concesionario a firmar la financiación de 12.860€ con una cuota de 263,74€ y una duración de 72 meses. Previo a la firma, M.A. no recibe ningún documento en el que reflejara las clausulas del contrato, la información de la posibilidad de la contratación de ningún seguro ni de la tabla de amortización, requerida varias veces mediante whatsapp. La firma se realizo en una tablet donde no se reflejaban las condiciones del contrato y siempre siguiendo las instrucciones de la comercial La cormercial. Una vez firmado el contrato, La cormercial se compromete a enviarle lo antes posible los documentos de amortización y el contrato de la financiera, diciendo que en cuanto la financiera se lo enviara, se lo rebotaba a M.A..El 20 de marzo, tras la firma, M.A. realiza la transferencia de los 2000€ de entrada.El 26 de marzo M.A., tras reclamar varias veces la factura, la recibe por e-mail con un importe total de 16.185,05€, cuando lo pactado eran 15.360€. Al día siguiente M.A. se pone en contacto con La cormercial y le comunica que la factura no está acorde con lo pactado. Ese mismo día, mediante Whatsapp la comercial La cormercial le contesta a M.A. “esa factura es la que tienes que presentar para lo del renove. Nosotros te hemos cobrado 15.360€, pero eso es por descuentos internos” con lo que M.A. le contesta, “ Ok, perfecto”. M.A. sigue confiando en la buena fe del concesionario y continua con las instrucciones que le había dado la comercial La cormercial. Ese mismo día M.A. vuelve a pedir a La cormercial la documentación de la financiación y no le responde nada.Desde el 21 de marzo hasta el 6 de mayo M.A. reclama a una media de tres veces a la semana la documentación de la financiación debido a que no lo ha recibido. El 9 de mayo, M.A. descubre el nombre de la financiera y encuentra el numero de teléfono de la misma VOLKSWAGEN FINANCE S.A. E.F.C. en un buscador de internet y decide llamar por teléfono a la financiera. Cuando llama, la asesora que atiende a M.A., le comenta por teléfono que la documentación la puede sacar desde el perfil del usuario y M.A. le facilita su correo electrónico habitual para que le facilite las claves. La asesora le había comentado que el correo que aparecia era otro, un correo que no existía y que era incorrecto (cuando se envía un correo electronico a ese email, llega rebotado como Mail Delivery Subsystem debido a que no existe y no tiene usuario). Ese mismo día, tras descargarse el contrato y toda la documentación anexa, M.A. se da cuanta de que la cantidad financiada es de 15.928,41€ donde se le han incluido servicios y seguros no pactados, no informados y no obligatorios, cuando la cantidad pactada había sido de 12,860€. El periodo de devolución también se ha ampliado pasando de 72 meses pactados verbalmente y por whatsapp a 84 meses. M.A. se lo hace saber a La cormercial. La cormercial responde que efectivamente habia habido algún error y que lo solucionaran. El 15 de mayo debido a no tener respuesta por parte de la comercial ni del concesionario Lugaritz, M.A. se presenta en el concesionario y se reune con el director comercial. En ese mismo momento M.A. le comunica al director comercial lo sucedido y el director comercial le comenta a M.A. que lo aclarará con la cormercial cuando vuelva de vacaciones el 20 de mayo, por lo que se pondrán en contacto.Durante el 23 de mayo, tras varias reclamaciones de M.A. para tener respuesta, La cormercial insiste que está en contacto con la financiera para ver solución puedes ofrecer.Entre el viernes 24 hasta el 29 de mayo, cada vez que M.A. reclama una solución, La cormercial responde que le llamaran de la financiera. El 20 de mayo, M.A. recibe dos llamadas ocultas de alguien que habla supuestamente como asesora de Volksvagen Finacial Services donde le comunican a M.A. que la solución que iban a adoptar iba a ser la reducción de mensualidades de la financiación, acortando el periodo de devolución hasta llegar a la cuantía de los 12.860€. M.A. en las dos ocasiones sabia que le estaban engañando y se puso en contacto con el director comercial. El 30 de mayo M.A. quedo con el director comercial. En esa reunión el director comercial le explico a M.A. que se habían contratado seguros y servicios no obligatorios que a M.A. no le interesaban. Me cancelaron el seguro pero lo demás segun ellos, ya estaba firmado y no se podía hacer nada.
Error Importe Cuota Renting
Hola, tengo un coche Comprado en formato Renting. Audi A4 All Road.Los señores de Volkswagen Finance Service me estan cobrando una cuota más elevada de la firmada en el contrato. Incluso ellos reconocen es erronea, pero siguen cargandome el importe que ellos quieren.Les he mandado infinidad de correos, pero nunca contestan.Es increible. Llamas por telefono y segun quien te conteste te indican una cosa u otra. Pero nunca proceden.Si devuelves la cuota, te cobrab descubierto y te amenazan con quitarte el vehiculo.
Rembolso no recibido por finalización del Renting
Buenos días. El día 30/6/2021 finalizando mi contrato de Renting, realicé la entrega del vehículo Audi A1 5580KCD en su concesionario oficial Audi Center BCN Sud, sito en Calle A núm 61-Pol.Ind.ZOna Franca de Barcelona, donde se procedió a la revisión de su estado siendo este correcto. Por tal motivo procedía devolver la Fianza de 600€ que se había entregado al inicio del contrato, así como liquidar los Km no consumidos hasta los 60.000Km que habían sido contratados.En fecha 2/9 les reclamo por mail que no he recibido los abonos. VW me indica que se realizó la transferencia de los 600€ el 20/7 y que la devolución de los Km se ha realizado una CCAA (?), sin embargo a mi cuenta no ha llegado.El 7/9 les vuelvo a reclamar y solicito que revisen sus operaciones.El 15 de Setiembre me indica VW. que la transferencia de 600€ a mi favor a sido devuelta por el Banco por cuenta cancelada y me adjuntan copia de un pantallazo de la operación. En tal copia observo que el nº de cta. consignado tiene varios errores que no me son imputables puesto que la cuenta donde deben abonar el importe es la misma donde facturaron los recibos de renting durante 4 años y que sigue vigente. Les vuelvo a reclamar el importe de la Fianza, recordándoles el nº de cuenta correcto y también reclamo la liquidación de los Km no realizados.A día de hoy, dos meses y 22 días después de la entrega del vehículo, no he recibido ninguna respuesta más y en la cuenta sigue sin llegar ninguna transferencia de Volkswagen.
Problema reparación coche renting Volkswagen
Hace un par de semanas tuve una avería com mi T-Roc (6210xxx) de renting, al aparcar marcha atrás en una calle con pendiente muy moderada. La marcha atrás no entraba y salió un poco de humo del motor, por lo que desistí, pero las marchas no funcionaron más. Al parecer el coche tuvo un problema con el embrague. Volkswagen Financial Services no quieren asumir el coste de la reparación a pesar de que en el contrato de renting especifica: Están incluidas todas las reparaciones de averías consecuencia del uso normal del vehículo en el tiempo contratado. El contrato también menciona Quedan excluidos expresamente los siguientes servicios: Averías que, a juicio del personal técnico de los Servicios Oficiales de la Marca del vehículo, sean producidas por abandono, desidia o negligencia en el cuidado o uso normal del vehículo. Puesto que mi uso normal del vehículo no tiene nada que ver con abandono, desidia o negliguencia expongo que VW Financial debe asumir el coste, máxime teniendo en cuenta que es un coche con 16.000km y con un uso que nada tiene que ver con los casos expuestos anteriormente. Para mi es un claro incumplimiento del contrato.
Problema reembolso, me siguen pasando cuotas de renting
Finalicé mi renting el día 15 de Junio, previamente llamé a la financiera de Volkswagen para informarme sobre cuando se me efectuaría el pago de la fianza de 600€ y el kilometraje no utilizado. Me informaron que 30 días después de la finalización del contrato. Estamos a 2 de Agosto y lo que ha ocurrido es que me han cobrado una cuota de renting. Por otra parte, en Mayo un perito tasó el coche para adquirirlo y llevo desde ese momento con una aprobación financiera pero sin la expedición del contrato, mareos varios entre departamentos y una entrada pagada de 790€ (se descuentan los 50€ del peritaje) y nadie me da respuestas. Devolveré el recibo del renting, espero que me ingresen la fianza y el exceso de kilometraje no consumido y que en efecto, ya esté formalizado mi contrato y me pasen esas cuotas.
afectado por Volkswagen (Dieselgate)
Como afectada por la compra de un Volkswagen Golf afectado por la manipulación del motor diesel, agradecería me incluyeran en la demanda que OCU ha realizado para indemnizar a los afectados. AtentamenteOlga Garcia
Ajuste kilometraje Renting
Hace 3 años contraté un vehículo de renting de la marca SEAT modelo León, con un contrato por 4 años y 80.000km al finalizar el contrato.Resulta que llevo 3 años con mi vehículo y llevo 76.000km realizados, siendo consciente que debería abonar un importe por kilómetro excedido.La situación es que después de llevar al taller el coche para su revisión, me mandan una factura de 711,43€ para abonar un ajuste de kilometraje de 16.000km.He llamado más de 5 veces a diferentes números de la financiera de Volkswagen y siempre me han derivado a enviar un correo electrónico a terminaciones@vwfs.com dónde pido que se me explique detalladamente por qué se realiza esta regularicación ahora y no a final del contrato, y si ahora que ya he pagado una penalización, esos kilometros no cuentan para la regularización final del contrato. Es decir, si yo ahora he pagado 16.000km de penalización, ya que según ellos hay una regularización anual, me gustaría saber si al finalizar mi contrato del renting y si el coche termina con 96.000km totales, debería de pagar otra vez por 16.000km de penalización. Estaría pagando dos veces esa penalización por los mismos kilómetros.Cuando hago esa gestión no me saben contestar y me tramiten a esa dirección de correo y que no me han contestado aún...Mi reclamación es que se aclare lo antes posible mi duda para poder gestionar bien los kilometros que me quedan y saber como se regularizan estos kilometros de más, ya que con el ejemplo que he expuesto, resultaría que pagaría por 16.000km de exceso dos veces.Es un poco complejo, espero que se haya podido entender.
NULIDAD CONTRATO
Primero.- Esta parte, recibe llamadas de PLATAFORMA LEGAL, reclamando una deuda incierta y utilizando coacciones referenciando al ASNEF. Esta parte entiende que puede ser acoso telefónico, estipulado como un delito leve. Esta parte entiende que se ha producido una intromisión ilegítima en su honor, además de comprobar que tiene anotaciones en ASNEF EQUIFAX, tras haber solicitado el acceso. Esta parte entiende que la cesión de sus datos personales, se han realizado de forma ilegal ante una deuda discutida, y sin autorización del que suscribe. Y entiende que VW FINACE es responsable de dicha cesión y muestra complicidad con las acciones de PLATAFORMA LEGAL. Segundo.- Muchas de las llamadas fueron ya bloqueadas, otras fueron atendidas y esta parte tiene la grabación de las citadas llamadas en su poder. En muchas de ellas se llega a utilizar supuestas coacciones para requerir el pago de una deuda no vencida y discutida, tal y como se ha afirmado en el anterior punto. Tercero.- El intento de desvirtuar las cantidades pagadas, esta parte lo entiende como una jugada para conseguir el pago con otras denominaciones. Cuarto.- Comprobando el contrato, esta parte ha visto que los intereses moratorios se estipulan en el 24 %, claramente abusivos y usurarios. Quinto.- La aceptación de un contrato en el momento de la firma, entiende esta parte que no conlleva a la prohibición de reclamar sobre el mismo, a efectos de nulidad. Sexto.- Además existen varias clausulas abusivas, no solo los intereses de mora, el seguro de decesos, la comisión de apertura, la cláusula de incumplimiento con vencimiento anticipado de todos los intereses y comisiones.Además de contener una letra inelegible, ser un contrato farragoso, y que no cumple con los controles de transparencia. Lo anteriormente citado se estipula en los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El artículo 11 de la LOPD dice en su punto 1 “ Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado.” Segundo.- El artículo Artículo 17 de la LOPD, sobre, procedimiento de oposición, acceso, rectificación o cancelación. En su punto 1.dice “Los procedimientos para ejercitar el derecho de oposición, acceso, así como los de rectificación y cancelación serán establecidos reglamentariamente.” Tercero.- En el Artículo 27. de la LOPD sobre Comunicación de la cesión de datos. En su punto 1. dice “El responsable del fichero, en el momento en que se efectúe la primera cesión de datos, deberá informar de ello a los afectados, indicando, asimismo, la finalidad del fichero, la naturaleza de los datos que han sido cedidos y el nombre y dirección del cesionario.” Cuarto.- Con la entrada en vigor del nuevo RGPD, las sanciones por vulneraciones de derechos fundamentales llegan a los 20 millones de euros o al 4% de la facturación global del ejercicio anterior. Esta parte una vez finalizados los trámites extrajudiciales, como judiciales, interpondrá las denuncias administrativas ante la AGPD pertinentes. Quinto.- El artículo 172 ter del Código Penal tipifica el delito de acoso, también denominado ” delito de stalking“, dentro de los delitos contra la libertad , y en concreto en el Capitulo III del Código Penal, dedicado a “las coacciones“. “El que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana: •1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física. •2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas” Sexto.- El articulo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios dice “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales. Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.” En el momento de la contratación del préstamo el interés de demora se situaba en el 24%. Además por analogía legis se puede aplicar este articulo a los intereses de posiciones deudoras. Por lo que esta parte solo estaría obligada a devolver la cantidad del préstamo. Por todo ello entiende esta parte que el contrato es nulo en su totalidad.Habiendo abonado a fecha de hoy 4989,88 euros de intereses, 1045,40 de seguro de decesos y 465 de comisión de apertura, quedaría un saldo a favor de esta parte de 348,26 euros pagados de más, a devolver.Cabe mencionar que esta parte se reserva la interposición de la demanda judicial correspondiente, avisando que existe jurisprudencia contra todos los preceptos discutidos.
Penalizacion por cancelacion anticipada de contrato ABUSIVA
En Noviembre 2019 adquirí un Volkswagen Octavia en un contrato de renting por tres anos. Hice una aportación inicial de 4775,87€ + IVA y pague mensualmente cuotas de € 271.Hoy, por motivos personales, necesito cancelar anticipadamente dicho contrato y se me informa que tengo una penalización del 40% del importe de las cuotas pendientes hasta la finalización de dicho contrato...Cuando contacto con mi agente en el concesionario donde me entregaron el coche, esta es la cuenta que el me hace:La clienta, si hubiera realizado el contrato de alquiler sin entrada hubiera pagado 1.522,26 € de mas, por la diferencia de cuota, y una penalización (aprox) de 4.755,67 € = 6.277,93 € Pero ella realiza una aportación inicial de ( 4775,87€ + IVA) y acaba pagando 2.059,86 € mas (al cancelar), que si no hubiera dado aportación alguna (total de 8.337,79€)???? Entiendo que a la clienta no le salgan las cuentas y considere que no es correcta la penalización pendienteLa clienta entiende que debería ser del diferencial de 6.277,93 € (teóricos de penalización sin aportación) - 5.778,80 € de la aportación que realizó = 499,13 € (aprox).La empresa contesta:Buenos días, El tener una aportación inicial hace que la cuota no sea más alta de lo que pagaría sin la aportación. Yo no puedo calcular esta cuota, por que varía en función de muchos conceptos.El caso que no podemos hacer distinción , ni cálculos, y es que la penalización por la cancelación anticipada es el 40 % de las cuotas pendientes de pago. Esto es un cálculo que se realiza sobre la base imponible de la cuota y no lleva IVA al ser una penalización.Y el agente del concesionario le respondio:Entiendo que tengais este concepto de cancelacion anticipada estandar y comun para todo el mundo, pero deberiais contabilizar el supuesto de que el cliente haya realizado una entrada/aportación elevada (como es el caso). Entiendo que vosotros no podais calcuar la cuota sin entrada del mismo vehiculo y situación, pero nosotros si y en su momento se la dimos al cliente (es la diferencia comentada de 169€ en unas cuotas de 440€ en vez de 271€). El caso es que la clienta se ha dado cuenta de que si no hubiera hecho aportación, la penalización total (lo aportado de entrada + la penalización por cancelación anticipada, menos el diferencial de las cuotas) hubiera sido inferior (unos 2000€).Aun así, y a pesar de haber entregado tantísimo dinero y haber pagado puntualmente las cuotas cada mes, me penalizan de esta manera?!Estamos demostrando que vuestra penalización usurera es un abuso y solicito rectifiqueis a la mayor brevedad posible.
Reembolso revisión coche
A: Atención al cliente Long Drive Volkswagen.De: Marta García Mifsud DNI 29201142C. EXPONE: Soy Marta García Mifsud, tengo contratado el Servicio Volkswagen Long Drive Standard desde 23/07/2018 con el vehiculo bastidor: WVWZZZAUZGW001548. Con fecha 05/06/20 realicé la revisión de mantenimiento del vehículo en el concesionario Gandia Motors S. A, siguiendo las indicaciones del plan de asistencia técnica del vehículo tras ser avisada por parte del propio vehículo. Al terminar se me emitió una factura con importe de 220,24 euros que tuve que pagar. El día 11/06/20 me llegó un correo electrónico pidiendo el pago de 42,94 Euros que según ustedes se debe a un exceso de kilometraje de 3089 km. Sin embargo:- En la primera estipulación del contrato figura que el objeto del contrato comprende los servicios de inspección y mantenimiento reflejados en el Plan de Asistencia técnica de la marca del vehículo, pero no el momento exacto en el que tengo que pasar la revisión. - En las condiciones particulares del contrato se escribe:Vehículo: Volkswagen GolfBastidor Vehículo: WVWZZZAUZGW001548.Matricula del vehículo: 9658JHJFecha de matriculación del vehículo: 04/08/2015Kilometraje actual del vehículo: 89.939Fecha inicio del servicio: 23/07/18Kilometraje anual contratado: 30.000.Duración total contratada del servicio: 10 años/150000 km (Lo que antes suceda desde la fecha de matriculación del vehículo)Oferta promocional: 12 primeras cuotas gratis.Modalidad contratada: Volkswagen Long Drive Standard.Precio mensual del servicio: 26,60 eurosPrecio de cada kilómetro recorrido en exceso sobre kilometraje anual contratado: 0,0139 euros (impuestos indirectos incluidos). En fecha de la revisión del 19/07/19 tenía 122.103 km, y en la fecha de la revisión del 12/06/20 tenía 149.526, con 27.423 km de diferencia por lo que no se cumple el exceso de kilometraje en la fecha de la revisión del 12/06/20, y por ello no se me puede calcular un exceso de kilometraje porque no he sobrepasado los 30.000 km anuales en la fecha de la revisión. Con fecha 22/06/20 notifiqué que había llegado a 150.000 km, momento en el que se extingue el contrato según las condiciones particulares del contrato, mediante un correo electrónico a Atención al cliente según las indicaciones de la cuarta estipulación del contrato. Sin embargo, el 06/07/20 se me ha pasado el recibo domiciliado 0049C201872317290411814 por importe de 26,60 euros. SOLICITA:- Se me devuelva el importe de 220,24 euros que pagué por el servicio de mantenimiento, que según contrato está incluido hasta los 150.000km, al mismo número de cuenta que se me pasaban las domiciliaciones. - La retirada de la petición de pago de 42,94 euros por exceso de kilometraje. - No se me pasen más recibos domiciliados ya que ha terminado la duración del servicio contratado. Se acepte la devolución del recibo domiciliado con fecha 06/07/20. Saludos. Marta García Mifsud.Valencia, 27 de julio 2020.
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