Últimas reclamaciones
1. Envía tu reclamación a la empresa
Usa nuestra plataforma y sigue las instrucciones
2. Recibirás una notificación por email cuando la empresa responda
Podrás ver la respuesta completa en el apartado "Mis reclamaciones" de tu área personal.
3. ¿La empresa no responde o su respuesta no te satisface?
Llámanos y te informaremos sobre cómo te podemos ayudar
Problema reembolso, me siguen pasando cuotas de renting
Finalicé mi renting el día 15 de Junio, previamente llamé a la financiera de Volkswagen para informarme sobre cuando se me efectuaría el pago de la fianza de 600€ y el kilometraje no utilizado. Me informaron que 30 días después de la finalización del contrato. Estamos a 2 de Agosto y lo que ha ocurrido es que me han cobrado una cuota de renting. Por otra parte, en Mayo un perito tasó el coche para adquirirlo y llevo desde ese momento con una aprobación financiera pero sin la expedición del contrato, mareos varios entre departamentos y una entrada pagada de 790€ (se descuentan los 50€ del peritaje) y nadie me da respuestas. Devolveré el recibo del renting, espero que me ingresen la fianza y el exceso de kilometraje no consumido y que en efecto, ya esté formalizado mi contrato y me pasen esas cuotas.
afectado por Volkswagen (Dieselgate)
Como afectada por la compra de un Volkswagen Golf afectado por la manipulación del motor diesel, agradecería me incluyeran en la demanda que OCU ha realizado para indemnizar a los afectados. AtentamenteOlga Garcia
Ajuste kilometraje Renting
Hace 3 años contraté un vehículo de renting de la marca SEAT modelo León, con un contrato por 4 años y 80.000km al finalizar el contrato.Resulta que llevo 3 años con mi vehículo y llevo 76.000km realizados, siendo consciente que debería abonar un importe por kilómetro excedido.La situación es que después de llevar al taller el coche para su revisión, me mandan una factura de 711,43€ para abonar un ajuste de kilometraje de 16.000km.He llamado más de 5 veces a diferentes números de la financiera de Volkswagen y siempre me han derivado a enviar un correo electrónico a terminaciones@vwfs.com dónde pido que se me explique detalladamente por qué se realiza esta regularicación ahora y no a final del contrato, y si ahora que ya he pagado una penalización, esos kilometros no cuentan para la regularización final del contrato. Es decir, si yo ahora he pagado 16.000km de penalización, ya que según ellos hay una regularización anual, me gustaría saber si al finalizar mi contrato del renting y si el coche termina con 96.000km totales, debería de pagar otra vez por 16.000km de penalización. Estaría pagando dos veces esa penalización por los mismos kilómetros.Cuando hago esa gestión no me saben contestar y me tramiten a esa dirección de correo y que no me han contestado aún...Mi reclamación es que se aclare lo antes posible mi duda para poder gestionar bien los kilometros que me quedan y saber como se regularizan estos kilometros de más, ya que con el ejemplo que he expuesto, resultaría que pagaría por 16.000km de exceso dos veces.Es un poco complejo, espero que se haya podido entender.
NULIDAD CONTRATO
Primero.- Esta parte, recibe llamadas de PLATAFORMA LEGAL, reclamando una deuda incierta y utilizando coacciones referenciando al ASNEF. Esta parte entiende que puede ser acoso telefónico, estipulado como un delito leve. Esta parte entiende que se ha producido una intromisión ilegítima en su honor, además de comprobar que tiene anotaciones en ASNEF EQUIFAX, tras haber solicitado el acceso. Esta parte entiende que la cesión de sus datos personales, se han realizado de forma ilegal ante una deuda discutida, y sin autorización del que suscribe. Y entiende que VW FINACE es responsable de dicha cesión y muestra complicidad con las acciones de PLATAFORMA LEGAL. Segundo.- Muchas de las llamadas fueron ya bloqueadas, otras fueron atendidas y esta parte tiene la grabación de las citadas llamadas en su poder. En muchas de ellas se llega a utilizar supuestas coacciones para requerir el pago de una deuda no vencida y discutida, tal y como se ha afirmado en el anterior punto. Tercero.- El intento de desvirtuar las cantidades pagadas, esta parte lo entiende como una jugada para conseguir el pago con otras denominaciones. Cuarto.- Comprobando el contrato, esta parte ha visto que los intereses moratorios se estipulan en el 24 %, claramente abusivos y usurarios. Quinto.- La aceptación de un contrato en el momento de la firma, entiende esta parte que no conlleva a la prohibición de reclamar sobre el mismo, a efectos de nulidad. Sexto.- Además existen varias clausulas abusivas, no solo los intereses de mora, el seguro de decesos, la comisión de apertura, la cláusula de incumplimiento con vencimiento anticipado de todos los intereses y comisiones.Además de contener una letra inelegible, ser un contrato farragoso, y que no cumple con los controles de transparencia. Lo anteriormente citado se estipula en los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- El artículo 11 de la LOPD dice en su punto 1 “ Los datos de carácter personal objeto del tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento del interesado.” Segundo.- El artículo Artículo 17 de la LOPD, sobre, procedimiento de oposición, acceso, rectificación o cancelación. En su punto 1.dice “Los procedimientos para ejercitar el derecho de oposición, acceso, así como los de rectificación y cancelación serán establecidos reglamentariamente.” Tercero.- En el Artículo 27. de la LOPD sobre Comunicación de la cesión de datos. En su punto 1. dice “El responsable del fichero, en el momento en que se efectúe la primera cesión de datos, deberá informar de ello a los afectados, indicando, asimismo, la finalidad del fichero, la naturaleza de los datos que han sido cedidos y el nombre y dirección del cesionario.” Cuarto.- Con la entrada en vigor del nuevo RGPD, las sanciones por vulneraciones de derechos fundamentales llegan a los 20 millones de euros o al 4% de la facturación global del ejercicio anterior. Esta parte una vez finalizados los trámites extrajudiciales, como judiciales, interpondrá las denuncias administrativas ante la AGPD pertinentes. Quinto.- El artículo 172 ter del Código Penal tipifica el delito de acoso, también denominado ” delito de stalking“, dentro de los delitos contra la libertad , y en concreto en el Capitulo III del Código Penal, dedicado a “las coacciones“. “El que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana: •1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física. •2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas” Sexto.- El articulo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios dice “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales. Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.” En el momento de la contratación del préstamo el interés de demora se situaba en el 24%. Además por analogía legis se puede aplicar este articulo a los intereses de posiciones deudoras. Por lo que esta parte solo estaría obligada a devolver la cantidad del préstamo. Por todo ello entiende esta parte que el contrato es nulo en su totalidad.Habiendo abonado a fecha de hoy 4989,88 euros de intereses, 1045,40 de seguro de decesos y 465 de comisión de apertura, quedaría un saldo a favor de esta parte de 348,26 euros pagados de más, a devolver.Cabe mencionar que esta parte se reserva la interposición de la demanda judicial correspondiente, avisando que existe jurisprudencia contra todos los preceptos discutidos.
NO responde llamadas, consultas en la web, correos electronicos, ni envio de carta certificada.
Hola Tengo un prestamo con vw financial services como empleado de otra empresa (Europcar) por mas de 5 años, y ante la emergencia nacional, intento comunicarme con ellos, por telefono, formulario consulta de la web VW, correos electronicos, y por ulitmo una carta certificada, y no ha sido posible,.los teléfonos imposible, aparece q lineas ocupadas de 09:00 a 14:00, y cuando son las 14:00 que ya no es horario. en fin asi desde principios de septiembre.mi intencion es reducir la cuota a pagar de mi prestamo y no llegar a impago.
CARENCIA PRESTAMO COCHE
Buenas tardes,Me encuentro en situación de ERTE desde el pasado 1 de Abril. Solicite una moratoria de 3 meses y me la concedieron. Mi situación de ERTE no ha cambiado y mis ingresos no me hacen posible mantener a mi familia y los gastos tal y como documenté en la solicitud de moratoria.Llevo 3 meses reclamando una solución de otra moratoria o una carencia total o parcial mientras siga en estado de ERTE.No me han dado solución alguna, tan solo han pasado los recibos que no puedo atender y han sido devueltos.He solicitado la devolución del vehiculo y la cancelación de la deuda y en primer lugar me indican que solo se puede hacer 3 meses antes de la finalización del contrato. Al día siguiente me envían un documento de cancelación por el que debo pagar lo que queda del préstamo 18.500.-€. Les he enviado todo tipo de documentación y mi estado de ERTE mediante carta del Inem y no atienden a mi solicitud.La falta de ayuda en este momento de pandemia en el que nos encontramos millones de ciudadanos en esta situación e incluso con retrasos a la hora de cobrar del sepe, nos deja indefensos a la hora de solicitar ayudas como ampliación de moratorias o carencias de los prestamos personales al consumo. Otras entidades están dando a sus clientes carencias totales o parciales en situación de ERTE, hasta que la situación se normalice.Pretendo buscar una solución que la empresa no me da y está generando devoluciones bancarias que incurrirán en gastos y posiblemente responsabilidad jurídica.A la espera de sus comentarios reciban un saludo,
Penalizacion por cancelacion anticipada de contrato ABUSIVA
En Noviembre 2019 adquirí un Volkswagen Octavia en un contrato de renting por tres anos. Hice una aportación inicial de 4775,87€ + IVA y pague mensualmente cuotas de € 271.Hoy, por motivos personales, necesito cancelar anticipadamente dicho contrato y se me informa que tengo una penalización del 40% del importe de las cuotas pendientes hasta la finalización de dicho contrato...Cuando contacto con mi agente en el concesionario donde me entregaron el coche, esta es la cuenta que el me hace:La clienta, si hubiera realizado el contrato de alquiler sin entrada hubiera pagado 1.522,26 € de mas, por la diferencia de cuota, y una penalización (aprox) de 4.755,67 € = 6.277,93 € Pero ella realiza una aportación inicial de ( 4775,87€ + IVA) y acaba pagando 2.059,86 € mas (al cancelar), que si no hubiera dado aportación alguna (total de 8.337,79€)???? Entiendo que a la clienta no le salgan las cuentas y considere que no es correcta la penalización pendienteLa clienta entiende que debería ser del diferencial de 6.277,93 € (teóricos de penalización sin aportación) - 5.778,80 € de la aportación que realizó = 499,13 € (aprox).La empresa contesta:Buenos días, El tener una aportación inicial hace que la cuota no sea más alta de lo que pagaría sin la aportación. Yo no puedo calcular esta cuota, por que varía en función de muchos conceptos.El caso que no podemos hacer distinción , ni cálculos, y es que la penalización por la cancelación anticipada es el 40 % de las cuotas pendientes de pago. Esto es un cálculo que se realiza sobre la base imponible de la cuota y no lleva IVA al ser una penalización.Y el agente del concesionario le respondio:Entiendo que tengais este concepto de cancelacion anticipada estandar y comun para todo el mundo, pero deberiais contabilizar el supuesto de que el cliente haya realizado una entrada/aportación elevada (como es el caso). Entiendo que vosotros no podais calcuar la cuota sin entrada del mismo vehiculo y situación, pero nosotros si y en su momento se la dimos al cliente (es la diferencia comentada de 169€ en unas cuotas de 440€ en vez de 271€). El caso es que la clienta se ha dado cuenta de que si no hubiera hecho aportación, la penalización total (lo aportado de entrada + la penalización por cancelación anticipada, menos el diferencial de las cuotas) hubiera sido inferior (unos 2000€).Aun así, y a pesar de haber entregado tantísimo dinero y haber pagado puntualmente las cuotas cada mes, me penalizan de esta manera?!Estamos demostrando que vuestra penalización usurera es un abuso y solicito rectifiqueis a la mayor brevedad posible.
Reembolso revisión coche
A: Atención al cliente Long Drive Volkswagen.De: Marta García Mifsud DNI 29201142C. EXPONE: Soy Marta García Mifsud, tengo contratado el Servicio Volkswagen Long Drive Standard desde 23/07/2018 con el vehiculo bastidor: WVWZZZAUZGW001548. Con fecha 05/06/20 realicé la revisión de mantenimiento del vehículo en el concesionario Gandia Motors S. A, siguiendo las indicaciones del plan de asistencia técnica del vehículo tras ser avisada por parte del propio vehículo. Al terminar se me emitió una factura con importe de 220,24 euros que tuve que pagar. El día 11/06/20 me llegó un correo electrónico pidiendo el pago de 42,94 Euros que según ustedes se debe a un exceso de kilometraje de 3089 km. Sin embargo:- En la primera estipulación del contrato figura que el objeto del contrato comprende los servicios de inspección y mantenimiento reflejados en el Plan de Asistencia técnica de la marca del vehículo, pero no el momento exacto en el que tengo que pasar la revisión. - En las condiciones particulares del contrato se escribe:Vehículo: Volkswagen GolfBastidor Vehículo: WVWZZZAUZGW001548.Matricula del vehículo: 9658JHJFecha de matriculación del vehículo: 04/08/2015Kilometraje actual del vehículo: 89.939Fecha inicio del servicio: 23/07/18Kilometraje anual contratado: 30.000.Duración total contratada del servicio: 10 años/150000 km (Lo que antes suceda desde la fecha de matriculación del vehículo)Oferta promocional: 12 primeras cuotas gratis.Modalidad contratada: Volkswagen Long Drive Standard.Precio mensual del servicio: 26,60 eurosPrecio de cada kilómetro recorrido en exceso sobre kilometraje anual contratado: 0,0139 euros (impuestos indirectos incluidos). En fecha de la revisión del 19/07/19 tenía 122.103 km, y en la fecha de la revisión del 12/06/20 tenía 149.526, con 27.423 km de diferencia por lo que no se cumple el exceso de kilometraje en la fecha de la revisión del 12/06/20, y por ello no se me puede calcular un exceso de kilometraje porque no he sobrepasado los 30.000 km anuales en la fecha de la revisión. Con fecha 22/06/20 notifiqué que había llegado a 150.000 km, momento en el que se extingue el contrato según las condiciones particulares del contrato, mediante un correo electrónico a Atención al cliente según las indicaciones de la cuarta estipulación del contrato. Sin embargo, el 06/07/20 se me ha pasado el recibo domiciliado 0049C201872317290411814 por importe de 26,60 euros. SOLICITA:- Se me devuelva el importe de 220,24 euros que pagué por el servicio de mantenimiento, que según contrato está incluido hasta los 150.000km, al mismo número de cuenta que se me pasaban las domiciliaciones. - La retirada de la petición de pago de 42,94 euros por exceso de kilometraje. - No se me pasen más recibos domiciliados ya que ha terminado la duración del servicio contratado. Se acepte la devolución del recibo domiciliado con fecha 06/07/20. Saludos. Marta García Mifsud.Valencia, 27 de julio 2020.
Gastos de cancelación de contrato ABUSIVOS
La situación: Maria Paola Bauza (operación 01RN88005567) necesita cancelar por motivos personales. Me comenta lo que en resumen aparece en el contrato de alquiler (la penalización del 40% de las cuotas pendientes). El caso es que dio una entrada (aportación) de 4.775,87 + IVA = 5.778,80 € La penalización por cancelar que se le ha comunicado es de 2.558,99 €. Esto sumaría un total pagado (en el caso de cancelar) de 5.778,80 + 2.558,99 = 8.337,79 € (aparte de la fianza y las cuotas ya abonadas).Adjunto una propuesta de alquiler del mismo coche sin entrada y el resultado (aprox.) es el siguiente: 440,34 € (seria la cuota mensual a 36 meses. Mismas concidiciones) al mes por 27 cuotas pendientes = 11.889,18 € la penalización del 40% de las cuotas sería de 4.755,67 € (aparte de la fianza y las cuotas ya abonadas) Se entiende que la clienta ha pagado unas cuotas de 271,20 en vez de 440,34 = 169,14 € menos cada mes que durante 9 meses serían 1.522,26 € menos que ha pagado por haber dado una entrada tan alta. El resumen sería el siguiente: La clienta, si hubiera realizado el contrato de alquiler sin entrada hubiera pagado 1.522,26 € de mas, por la diferencia de cuota, y una penalización (aprox) de 4.755,67 € = 6.277,93 € La clienta realiza una aportación ( 4775,87€ + IVA) y paga 2.059,86 € mas (al cancelar), que si no hubiera dado aportación alguna (total de 8.337,79€)? Entiendo que la clienta no le salgan las cuentas y considere que no es correcta la penalización pendienteLa clienta entiende que debería ser del diferencial de 6.277,93 € (teóricos de penalización sin aportación) - 5.778,80 € de la aportación que realizó = 499,13 € (aprox).
Liquidación préstamo
Buenos días.Deseo concluir el préstamo que tengo con ustedes con el que financié la compra de mi Seat Ateca 0061 KRR abonando la totalidad del capital pendiente (8.276,77€) más los intereses pendientes de la totalidad del préstamo (1.025,63€), lo que supone un total según certificación emitida por ustedes de 9.302,40€.Sin embargo ustedes pretenden aplicarme una penalización de 3.525,29€.Al intentar descargar la documentación contractual de esta financiación desde mi perfil de usuario me aparece un mensaje que dice “No hay documentación contractual”.Creo que se me está aplicando una cláusula manifiestamente abusiva y se me está generando una clara situación de indefensión.Me he puesto en contacto con atención al cliente y, aunque me han manifestado que tengo razón, ya que no pretendo cancelar el préstamo ahorrándome intereses y generándoles pérdidas, sino todo lo contrario, pretendo hacer frente a la totalidad de las cuotas pendientes, intereses incluidos, de forma adelantada para así poder disponer libremente de un bien por el que asumo el pago completo del mismo incluida su financiación, no pueden hacer nada.Por todo lo anterior, les solicito encarecidamente que se me permita proceder al pago completo de la totalidad de la deuda pendiente según su certificación, incluidos intereses del total del préstamo, que asciende a 9.302,40€, sin más penalización, o si ustedes lo prefieren, que se me permita enajenar el bien financiado (Seat Ateca matrícula 0061KRR) y continuar pagando las cuotas pendientes hasta la finalización del préstamo. Entiendo que exigir por su parte una penalización que triplica los intereses pendientes y que además no me niego a pagar, sino todo lo contrario es del todo injusta.En caso de no atender a mi solicitud deseo que me aporten la documentación contractual actualizada y que está en vigor, según ustedes, a día de la fecha, donde aparezcan la totalidad de la financiación real realizada con ustedes, las cláusulas de la misma, los intereses totales del préstamo y las cuotas mensuales, que deben ajustarse a lo que estoy pagando actualmente, con el fin de iniciar las acciones legales que considere oportunas ante la situación de abuso de superioridad manifiesta que están ejerciendo sobre mí.Atentamente.Manuel Vicente Galdón Couto.
¿Necesitas ayuda?
El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.
Información para empresas
Información para consumidores
