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Reclamar pago de equipaje de mano ilegal
El dia 18 de abril de 2025 viaje con mi pareja a Polonia y a la vuelta me dijeron que las mochilas eran demasiado grandes y que tenia que pagar 576 zloty por las dos como sanción, envie una reclamación a ryanair con nº 62256479 y basicamente me respondieron lo siguiente: Estimado/a cliente/a: Gracias por ponerte en contacto con nosotros. Todas nuestras tarifas incluyen una bolsa personal pequeña para llevar a bordo, como un bolso de mano o una funda de portátil (40 x 20 x 25 cm). Puedes adquirir una pieza de equipaje de mano adicional de 10 kg, con unas dimensiones máximas de 55 x 40 x 20 cm, si tu tarifa elegida no incluye dicha pieza de equipaje. Si tu bolsa pequeña o tu pieza de equipaje de mano de 10 kg no caben en los medidores de equipaje situados en la puerta de embarque, etiquetaremos tu pieza de equipaje y la colocaremos en la bodega del avión sujeto al pago de una tasa de facturación de equipaje en la puerta de embarque. En caso de que el equipaje de mano se pierda, se extravíe o resulte dañado, Ryanair no aceptará responsabilidad alguna por el equipaje de mano, ya que es responsabilidad tuya. Puedes encontrar más información sobre nuestras políticas de equipaje aquí. Esperamos volver a darte muy pronto la bienvenida a bordo de un vuelo de Ryanair. Atentamente, El equipo de atención al cliente de Ryanair. Como su politica de equipaje de mano va en contra de la normativa y asi lo declaran las siguientes sentencias: Stc Juzgado Mercantil de Madrid nº 13 de fecha 24 de Octubre de 2019 ( nº 373/2019). - TJUE sentencia 18 de septiembre de 2014, asunto C-487/12. - Stc Juzgado Mercantil nº 3 de Alicante (nº 3/2020) 31/1/2020. Pido que se me devuelva integramente el pago.
Reclamación por pu.blicidad engañosa y posible incumplimiento contractual por parte de Ryanair
Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación por considerar que he sido víctima de una práctica de pu.blicidad engañosa y de un incumplimiento del servicio contratado, vulnerando con ello mis derechos como consumidor. Con fecha 12 de mayo de 2025, accedí a la página web oficial de Ryanair, donde se me ofrecía un vuelo de ida y vuelta Madrid- Marrakech, fechas de ida y regreso 8 y 11 de octubre por un precio total cerrado de 73,99 euros por persona. Durante el proceso de compra, en todo momento se indicaba que el precio correspondía a ambos trayectos, sin señalar que debían comprarse por separado ni que el precio correspondía exclusivamente a un solo tramo. Procedí al pago mediante tarjeta y recibí una confirmación por correo electrónico. Sin embargo, para mi sorpresa, dicha confirmación solo incluía el vuelo de ida, sin mención alguna al vuelo de regreso que figuraba en la oferta inicial. Revisé cuidadosamente el proceso y verifiqué que no hubo ninguna advertencia clara ni específica que indicara que el vuelo de vuelta no estaba incluido. Considero que esta práctica: Induce al error al consumidor, ya que la información ofrecida en la web durante el proceso de compra no fue clara ni veraz. Vulnera el principio de transparencia e información previa al contrato, tal y como exige la normativa europea y española en materia de defensa de consumidores. Constituye una forma de presentación distorsionada del servicio, conforme a lo establecido en la Ley 3/1991 de Competencia Desleal, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (RDL 1/2007) y la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo. Adjunto una fotografía en la que se ve que seleccioné vuelos de ida y vuelta y el precio. Solicito que se inste a Ryanair a cumplir con el servicio ofertado inicialmente, es decir, que se me proporcione el vuelo de vuelta sin coste adicional.
Solicitud por inexistente superación de medidas de equipaje-
El 20-04-2025 viajamos de Sofía a Madrid en el vuelo FR6409. Cuando pasamos a embarque en la puerta el personal de la compañía rechazó el equipaje de mi esposa, según ellos, por superar las medidas estipuladas, cuando realmente dicho equipaje encajaba prefectamente en el cajón comprobante y se negaron a comprobar las medidas. Sin atender a razones, retiraron a mi mujer de la fila de embarque y le impusieron una sanción de 75 euros por exceder las medidas. Es por ello que reclamamos el total de la sanción por no ser legal.
Retraso de vuelo
El motivo de mi reclamación es un retraso de más de 3 horas, el vuelo tenia que haber salido a las 18.50h del dia 13/12/2024 y finalmente lo planificaron para el dia 14/12/2024 a las 9.45h que término despegando a las 12h de la mañana aproximadamente, supuestamente fue por un problema del avión, ningún motivo climatológico, ni problemas en el aeropuerto, disponía de dos billetes para este vuelo. Ese dia después de cambiar varias veces la hora del vuelo, embarcar en un avión, bajar a todos los pasajeros, montarnos en otro avión, volvernos a bajar, nos dieron habitación de hotel con desayuno ya a las 5.30 de la mañana y el vuelo era a las 9.45h La respuesta de Ryanair a la reclamación a través de la empresa es que no les corresponde
Reclamación de compensación por vuelo retrasado
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Aeropuerto de Madrid-Barajas al de Aeropuerto de Tenerife Norte, que tenía su salida a las 06:45 horas del día 19 del mes de julio de 2023 por lo que la llegada normal a Canarias debería haber tenido lugar a las 8:35 horas del día 19 de julio. Adjunto los siguientes documentos: NUMERO DE RESERVA: 398 804 362 LOCALIZADOR: DD1SYI Nº de pasajeros: 2 (Tomás Salamanca Pereira y Ricardo Cruz Vasquez) El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Tomás Salamanca Pereira
Cobro desproporcionado por Equipaje
JAVIER ARES DEL CAMPO C/Leonardo da Vinci, 2 Bajo A 47193 La Cistérniga. Valladolid javieraresdelcampo@gmail.com +34 616265499 A la atención del Departamento de Atención al Cliente Ryanair DAC Asunto: Reclamación por cobro indebido [Número de vuelo: TSEIUD] del día 15 de abril de 2025 Estimados/as señores/as: Me dirijo a ustedes en calidad de pasajero del vuelo TSEIUD-02 operado por su compañía el día 15 de abril de 2025 con salida Madrid y destino a Charleroi. Quisiera presentar una reclamación formal por el cobro de un sobrecoste indebido en relación con equipaje. El artículo 97 de la Ley 48/1960, sobre Navegación Aérea, establece que la aerolínea “está obligada a transportar no solo al pasajero, sino también, y sin cobrar nada por ello, los objetos y bultos de mano que lleve” consigo. “Únicamente pueden denegar el embarque de estos bultos por razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, pero en este caso se trataba de las típicas maletas de cabina” que no excedían de 50x30x20 centímetros. La Jurisprudencia sobre estos temas es muy amplia y como ejemplo pongo la última sentencia que conozco. ”El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid ha condenado a Ryanair a abonar a un abogado de FACUA Castilla y León que tuvo que pagar para poder viajar con el equipaje de mano en cabina más los intereses legales devengados desde que interpusieron la reclamación a la aerolínea”. La de Valladolid es la tercera sentencia lograda por FACUA en los últimos meses. En diciembre de 2024, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz condenó a Ryanair por este mismo motivo. En febrero de 2025, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de San Sebastián hizo lo propio con Vueling por la misma razón. En concreto, se me cargó un importe de 250 € el día 15 de abril de 2025 porque la maleta que presentamos en la puerta de embarque excedía las medidas establecidas, cuando dos de las maletas tenían el tamaño adecuado y las otras tres son maletas con las medidas adecuadas para viajar en cabina. No llevábamos ningún bulto de equipaje más: ni bolsos, ni bandoleras, ni maletín de pc, nada. Adjunto copia de la documentación pertinente (justificante de pago) que acredita lo expuesto. Solicito la devolución inmediata del importe cobrado indebidamente, así como una explicación detallada sobre los motivos de dicho cargo. De no obtener respuesta satisfactoria en un plazo razonable (no superior a 30 días), me veré en la obligación de elevar la reclamación a las autoridades competentes, como la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) o el Centro Europeo del Consumidor. Aprovecho también para comentar la actitud del empleado de Ryanair en la puerta de embarque. Nos trató de manera humillante, con comentarios muy incómodos del tipo: “ya no paso ni una más, hasta aquí hemos llegado, esto es una desfachatez”. Me dijo que le tenía que dar una tarjeta para abonar el pago y se la di sin discrepar porque no suelo viajar nada más que una vez al año y no estoy familiarizado con los cambios que se producen en este tipo de detalles. Si que le dije que no gritara delante de toda la fila de embarque porque estábamos pasando vergüenza y me dijo que así es su forma de trabajar. El bochorno fue tan evidente que su compañero de la puerta de embarque tuvo que intervenir para terminar de hacer la gestión ya que este señor dijo que “ya no os ayudo más, aquí termina mi actuación”. Es de agradecer que el compañero gestionó todo correctamente y pudimos embarcar sin problemas. De hecho, fue muy atento con mi hijo mayor de 20 años que tiene Síndrome de Down (discapacidad intelectual) y que estaba llorando mucho por lo que estaba sucediendo y pensando que no íbamos a poder viajar de vacaciones. Sin otro particular, quedo a la espera de su pronta respuesta. Atentamente, JAVIER ARES DEL CAMPO 12.382.342 Q
CAMBIO SIGNIFICATIVO EN CONTRATACIÓN DE VUELOS
Mi nombre es Irene Salmerón Cuadrado y me pongo en contacto con ustedes en relación con una incidencia en mi reserva de vuelo. El número de reserva es VQN9UC y la fecha del vuelo de ida es 8 de octubre. Al momento de realizar el pago para los vuelos de ida y vuelta desde Madrid a Marrakech, el precio total para dos personas fue de 73,99 euros por persona. Sin embargo, al proceder con el pago, el vuelo de vuelta no aparece en la confirmación, y solo se ha registrado el vuelo de ida. Esto me ha causado una gran confusión y inconveniente. Adjunto a este mensaje una captura de pantalla de la página de pago donde se muestra claramente el coste total de ambos vuelos, así como la confirmación de la reserva donde solo aparece el vuelo de ida. Solicito, por favor, que se revise mi reserva y se resuelva este error a la mayor brevedad posible. Agradezco de antemano su atención y espero una pronta respuesta para poder solucionar este problema. Quedo a su disposición para proporcionar cualquier otra información adicional que sea necesaria.
Problema recuperación vuelos
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque el día 2 de mayo hice una compra de unos vuelos a través de su Aplicación para Android (PPHL8P). Dado que tardaban en enviarme los billetes de avión a mi correo, procedí a revisarlos desde la aplicación y no pude hacerlo. Aparecen errores con la recuperación de mi vuelo y es imposible visualizarlos vía app o vía web. Me he puesto en contacto múltiples veces, con muy mala experiencia y me indicáis que el pago no ha llegado y sin embargo, he constatado con mi entidad bancaria que la transferencia fue emitida y aceptada por Ryanair el mismo 2 de mayo, por lo que me encuentro sin vuelos y sin dinero. En ningún momento se me ha notificado de estos errores para poder enmendarlos en el momento. La solución que se me ha proporcionado es que espere a que se me devuelva el dinero, que no se siquiera si se hará y que haga de nuevo la compra, resultando que el precio del billete ha subido. SOLICITO que se me arregle el problema y que se me restauren los vuelos comprados al precio al que lo hice. Es inaceptable que por un error vuestro yo deba comprar unos vuelos que han subido de precio y deba gestionar la devolución de mi propio dinero, haciéndome a mi la responsable económica de vuestros fallos con la comunicación bancaria que tiene vuestra aplicación. Sin otro particular, atentamente.
Cancelación de Vuelo
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de [...] al de [...], que tenía su salida a las [...] horas del día [...] del mes de [...] de [...] por lo que la llegada normal a [...] debería haber tenido lugar a las [...] horas del día [...], con un coste de [… €]. Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. los billetes de avión, tarjeta de embarque, factura, cargo…] Nº de pasajeros: […] En fecha [….], se me ha comunicado, esto es con más de 14 días de antelación, la cancelación del vuelo contratado, impidiéndome llegar al lugar de destino en la fecha prevista. Adjunto también la comunicación de cancelación. No se me ha reembolsado el importe de billete ni se me ha ofrecido transporte alternativo que haya aceptado. Solicito se me reembolse el importe abonado. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Reclamación por cobro indebido de equipaje de mano – Vuelo FR2239 Barcelona–Marrakesh (25/04/2025)
Hola, En el vuelo número FR2239 desde Barcelona a Marrakesh, el día 25 de abril de 2025 a las 21:30, me hicieron pagar 50 euros por llevar una mochila que, según el personal de la compañía, excedía las medidas permitidas para el equipaje de cabina. Quiero dejar constancia de que en un viaje anterior con la misma aerolínea (BCN - Londres, FR8231 - 17 de enero de 2025) llevé la MISMA mochila y no tuve ningún problema. Además, tengo pruebas de que la mochila cabe perfectamente debajo del asiento, tal como exige la política de equipaje de la compañía. Por este motivo, exijo el reembolso de los 50 euros abonados, amparándome en el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea y en la sentencia 787/2022 de la Audiencia Provincial de Madrid. Este tipo de cobros por equipaje de mano se consideran cláusulas abusivas y no están contempladas en el Reglamento 1008/2008. Espero una respuesta y la devolución del importe a la mayor brevedad posible.
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