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Retraso Barco
Estimados/as señores/as: En fecha 24 Marzo adquirí un billete de barco para viajar el día 20 Abril , desde Morro Jable, Fuerteventura, hasta Las PAlmas , Nº de pasajeros: 2 El barco llego al destino a las 17.10 horas, sufriendo un retraso de 3 horas con el horario previsto originariamente de llegada cambiando de puerto de embarque. El retraso ha motivado que tuviera que hacer los siguientes gastos: Gasolina porque cambiaron el puerto de Salida a Puerto del Rosario. Gastos de Comida SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía. Sin otro particular, atentamente. Patricia Carballo
Reclamación por retraso del ferry y vulneración de derechos según el Reglamento (UE) nº 1177/2010
Localizador: 91035110 Estimados/as señores/as, Me dirijo a ustedes para presentar una reclamación formal debido al considerable retraso sufrido en el servicio de ferry en la ruta Cadiz Fuerteventura el día 21 de Enero de 2024. La salida sufrió un retraso de 5 horas y la llegada acumuló un total de 9 horas de demora. Además del perjuicio por el retraso, se han vulnerado mis derechos como pasajero recogidos en el Reglamento (UE) nº 1177/2010 sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y vías navegables. En particular: 1. Derecho de información (Artículo 16): En ningún momento fui informado del retraso ni de mis derechos a reembolso o a la continuación del viaje en condiciones comparables. 2. Derecho de asistencia (Artículo 17): No se informó ni se proporcionó asistencia durante la espera, como comidas, bebidas o alojamiento en caso necesario. Dado que la normativa establece compensaciones y asistencia en casos como este, solicito: - El reembolso del billete. - Una indemnización del 25%. - Una explicación formal de las razones por las que no se cumplió con el derecho de información ni con el derecho de asistencia.
reclamacion reembolso
Estimados/as señores/as: En fecha [….] adquirí un billete de barco para viajar el día [...], desde [...], hasta [...], con un coste de [ ….€]. Nº de pasajeros: […] El barco llego al destino a las […] horas, sufriendo un retraso de [indicar tiempo de retraso] con el horario previsto originariamente de llegada. El retraso ha motivado que tuviera que hacer los siguientes gastos [indicar gastos que se tuvieron que realizar: p.ej. asistencia en forma de comida y bebida, en función del tiempo de espera, si el retraso es superior a una hora. Alojamiento, si la espera se prolonga hasta el día siguiente] Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. los billetes, facturas, tickets…] SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía/ la legislación europea*], así como la devolución del importe de los gastos justificados que tuve que afrontar por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Modificación de horarios
He comprado dos viajes con Balearía de Denia a FORMENTERA y de FORMENTERA a Denia para dos personas y los dos viajes has sido retrasado varias horas después de haber efectuado la compra … lo que significa que llegaré a mi destino 9 horas más tarde y volveré 6 horas antes lo cual me ha causado problemas con el alquiler del coche que ya tenia pagado con booking, y el alojamiento también con booking, sin contar el tiempo que resto de mis vacaciones. Me gustaría que se pusiera una solución lo antes posible o se me devolviera el dinero La salida es el 24/09 desde Denia a la 17h y la vuelta es el 27/09 a las 8.30h desde FORMENTERA. Quedo a disposición de noticias suyas
retraso superior a 2 horas
Estimados/as señores/as: En fecha [….] adquirí un billete de barco para viajar el día [...], desde [...], hasta [...], con un coste de [ ….€]. Nº de pasajeros: […] El barco llego al destino a las […] horas, sufriendo un retraso de [indicar tiempo de retraso] con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. los billetes, …] SOLICITO la compensación que me corresponde conforme [indicar lo que corresponda: a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*]. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
RETRASO DE FERRY
Estimados/as señores/as: En fecha 2 de abril de 2024 adquirí un billete de barco para viajar el día 2 de agosto, desde Porto Torres, hasta Barcelona, con un coste de 435€. Nº de pasajeros: 4. El barco llego al destino a las 22:00 horas, sufriendo un retraso de 2:45 horas con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: Billete. SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente. . Sin otro particular, atentamente * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
Reclamacion compesacionpor retraso
Estimados/as señores/as: En fecha 11/04/2024 adquirí un billete de barco para viajar el día 26/06/2024, desde Valencia , hasta Palama de Mallorca, con un coste de 713,47€. Nº de pasajeros:4 + coche El barco llego al destino a las 8:30 horas, sufriendo un retraso de2 horas y media con el horario previsto originariamente de llegada. Adjunto los siguientes documentos: las tarjetas de embarque modificadas con los billetes cambiados de los 4 pasajeros y del coche y la confirmacion con el billete original SOLICITO la compensación que me corresponde conforme al retraso de mas de dos horas que aparece en vuestra politica. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
MODIFICACION TRAYECTO SIN COMPENSACION
Estimados/as señores/as: En fecha 10 de febrero de 2024 adquirí un billete de barco para viajar el día 30 de Julio de 2024, desde Ciutadella de Menorca, hasta Barcelona, con un coste de 205,80€, más cargos de emisión de 55€. Nº de pasajeros: 4 El barco llego al destino a las 13:30 horas, sufriendo un retraso de 2 horas con el horario previsto originariamente de llegada, ya que el trayecto fue reprogramado a otra hora y haciendo una escala en Alcúdia. Adjunto los siguientes documentos: 1 BILLETES ORIGINALES 2 BILLETES REPROGRAMADOS 3 HORARIOS ORIGINALES 4 HORARIOS REPROGRAMADOS SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea, es decir un reemborso del 50% del precio del billete. Sin otro particular, atentamente. * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
RETRASO FERRY
Estimados/as señores/as: Adquirí un billete de barco para viajar el día 4 de agosto, desde Tánger Med, hasta Algeciras, c Nº de pasajeros: 2 + 1 vehículo. El barco llego al destino a las 13:45 horas, sufriendo un retraso de más de dos horas con el horario previsto originariamente de llegada. SOLICITO la compensación que me corresponde en la tarjeta con la que se efectuó el pago y no quiero un bono descuento, quiero mi dinero que me corresponde. Dicho retraso supuso la pérdida del desayuno de mi hotel, el madrugón pertinente, una espera innecesaria desprovista de atención por parte de su compañía sin atención ni informar ni dar agua a pleno sol; igualmente supuso conducir en las horas de mas calor de cara regresar a casa. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Espero una pronta respuesta. Gracias.
Solicitar una indemnizacion
Adquirí un billete de barco para viajar el día [14/07/24], desde Porto Torres, Cerdeña, hasta Barcelona, con un coste de [ 165€]. Nº de pasajeros: 2 personas, y un coche pequeño. El barco llego al destino a las 3:15 de la madrugada, sufriendo un retraso de 3 horas y 45 minutos con el horario previsto originariamente de llegada (que era a las 23:30h) Quería solicitar un reembolso del importe de los billetes debido al retraso del barco. El barco zarpaba a las 10 y cuarto de la mañana y finalmente zarpo a las dos y media del mediodía. Hicimos una compra con productos para comer durante ese día y se nos hecho la mayoría a perder dado el calor que hizo durante toda la mañana esperando. Ya tuvimos que soportar otro retraso en la ida el día 5 de Julio cuando la salida estaba programada para las 23:30h y zarpamos a la 1 y pico de la madrugada. Un retraso en la llegada de casi dos horas y todo esto unido a una continua desinformación y vaga gestión del personal. SOLICITO la compensación que me corresponde conforme a la política de compensaciones de la compañía/a la legislación europea*]. El reembolso correspondiente ya que el ferry se retrasó más de 3 horas. Los números de billete son: 2000305263870 , 2000405263879 y 30006005263876 Las condiciones meteorológicas eran excelentes. Sin otro particular, atentamente. * Legislación europea: Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 25 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o una hora en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o dos horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o tres horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a 24 horas. Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización del 50 % del precio del billete en caso de que el retraso en la llegada al destino final sea superior a: o dos horas en el caso de viajes programados de duración igual o inferior a cuatro horas; o cuatro horas en el caso de viajes programados de duración superior a cuatro horas, pero igual o inferior a ocho horas; o seis horas en el caso de viajes programados de duración superior a ocho horas, pero igual o inferior a 24 horas, o doce horas en el caso de un viaje programado de duración superior a 24 horas. Sin embargo, el transportista estará exento de la obligación de abonar una indemnización a los pasajeros en caso de retraso en la llegada, si demuestra que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación del buque, o a circunstancias extraordinarias que entorpecen la ejecución del servicio de pasaje y que no hubieran podido evitarse razonablemente.
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