Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
I. R.
05/08/2026

Instalación defectuosa

Hola, presento reclamación por instalación defectuosa y engaño comercial. Se trata de un salvaescalera para una persona con movilidad reducida. La instalación se produjo el pasado 1 de Junio y desde el día siguiente a la instalación se presentó queja al servicio de atención al cliente dado que la silla finaliza su trayecto justo en el borde de la escalera del piso superior. Subir y bajar de la silla supone un riesgo de caída muy severo dado que el usuario sufre párkinson y necesita ayuda de otra persona que se produce justo al borde del primer escalón de bajada. La única respuesta recibida tras varias llamadas y correos es que la instalación se ajusta a lo contratado. Es más nos han pasado un presupuesto para poder corregir este problema. Vino un supervisor a verificar la instalación, verbalmente reconoció que la instalación no era correcta, pudiéndose prolongar el recorrido hasta mitad del rellano para evitar riesgos, aun y así insisten en no corregir la instalación sin pago previo. Reclamo una instalación que garantice la seguridad del usuario y un servicio de atención al cliente acorde al contrato firmado.

En curso
A. P.
17/07/2026

Reparación en garantía de producto deficitario de fábrica

Cliente Número: 4300421075 Hola, Solicitamos la reparación en garantía de una deficiencia del producto adquirido. La silla eléctrica (que costó aproximadamente 9.000 euros) se instaló en noviembre de 2025 tiene una deficiencia desde su instalación que consiste en un choque constante del cinturón de seguridad con la salida del retractor que impide el despliegue completo evitando poder anclarse, la rotura del cuerpo del cinturón y consecuentemente el bloqueo de la silla por activación del mecanismo de seguridad al no poder anclarse. En mayo de 2026 nos pusimos en contacto con Valida Solutions SLU (que acaban de cambiar su razón social a Axis Lift Grup SLU) y notificamos la deficiencia solicitando su reparación bajo los términos de la garantía. En junio de 2026 se presentó un técnico que nos quiso convencer que la garantía no lo cubría aunque fuera defecto de choque del cinturón con el retractor y tras no llegar a un acuerdo se marchó sin realizar ninguna operación. Valida Solutions nos ha enviado una factura por el importe de 105,25 euros que pone: ¨Entrega de material según parte¨. Esto es falso porque no se entregó ningún material ni se realizó ninguna reparación. Es inaceptable, como una compañía con la misión de ayudar a asistir personas discapacitadas se anime de lucro de privar la garantía de un aparato deficitario de fábrica que ha costado una cantidad considerable, a personas discapacitadas, y realice la emisión de una factura de un acto ficticio por entregar material que no se ha entregado ni reparado. Solicitamos la reparación del mecanismo completo del cinturón de seguridad que es deficitario de fábrica bajo los términos legales de la garantía, así como la eliminación y disculpas de la emisión de una factura de un acto ficticio que no se llegó a realizar (entrega de material).

En curso
I. D.
08/07/2026

Averías reiteradas y grave deficiencia del servicio posventa de una silla salvaescaleras

Presento esta reclamación por el grave incumplimiento de las obligaciones de la empresa en relación con la instalación y el mantenimiento de una silla salvaescaleras adquirida por un importe aproximado de 9.000 €, destinada a una persona con movilidad muy reducida y cuya seguridad depende directamente del correcto funcionamiento del equipo. Los problemas comenzaron desde el propio proceso de contratación e instalación. La atención al cliente resultó extremadamente deficiente, siendo muy complicado contactar telefónicamente con la persona responsable para gestionar o modificar citas. Además, solicité en repetidas ocasiones la actualización de los datos de contacto y la empresa tardó meses en corregirlos, provocando continuas incidencias en la comunicación. Sin embargo, cuando se trató de gestionar el cobro del producto, la empresa mostró una diligencia e insistencia que contrastan claramente con la atención prestada una vez formalizada la venta. Tras la instalación, la situación ha empeorado considerablemente. En apenas dos meses y una semana de uso efectivo, la silla ha sufrido tres averías, un número absolutamente incompatible con la fiabilidad que cabe exigir a un producto de estas características y precio. La incidencia más grave ha ocurrido hoy, cuando la persona usuaria ha quedado atrapada a mitad de la escalera, sin posibilidad de subir ni bajar por sus propios medios. Al comunicar a la persona de atención al cliente la gravedad de la situación, me informa de que me llamarían mañana para decirme cuándo podría venir el técnico, y que no iba a ser pronto ya que no pago los 300€/año de mantenimiento. Al insistir en que se trataba de una situación de emergencia que afectaba a una persona con movilidad reducida, la única solución ofrecida fue que llamara a los bomberos. Cuando manifesté mi desacuerdo por considerar totalmente inaceptable esa respuesta y tras negarse a darme su nombre para presentar una queja formal, la operadora finalizó la conversación colgando el teléfono. Considero especialmente grave que una empresa que comercializa productos destinados a garantizar la accesibilidad y la seguridad de personas vulnerables carezca de un protocolo de actuación para atender averías que dejan al usuario completamente bloqueado en su propio domicilio. La ausencia de una respuesta técnica urgente, unida al trato recibido por parte del servicio de atención al cliente, supone una grave falta de diligencia y un incumplimiento de las expectativas legítimas que genera un producto de esta naturaleza. Entiendo que el producto no está ofreciendo la fiabilidad esperable y que el servicio posventa prestado por la empresa resulta claramente insuficiente para un equipo cuya finalidad es permitir la movilidad de personas dependientes. Por todo ello, solicito que la OCU intervenga para mediar con la empresa y exigir una solución definitiva al problema, así como que se depuren las responsabilidades derivadas de las continuas averías y de la deficiente asistencia prestada, especialmente en una situación que compromete la seguridad y la movilidad de la persona usuaria.

En curso
A. P.
30/04/2026

Silla Salva Escaleras abonada y sin instalar

Hola. En enero firmé un contrato con esta empresa, Valida Solutions, de un salva escaleras en una vivienda particular. Me obligaron a abonar la mitad de su importe, 4920.53 €, al día siguiente, 16 de marzo 2026. Finalmente fue el 28 de marzo, obligándome, de nuevo , a abonar la otra mitad, otros 4920.53 E, porque si no lo haces no la instalan. Vienen el 29 de marzo, un solo operario, que tuvo un percance debido al peso de la maquinaria, al que tuve que ayudar yo mismo a quitarse la máquina de encima. Finalmente y, según el montador lesionado, no se puede instalar debido a un "error" en las toma de medidas. Desde entonces estoy en comunicación constante, por mi parte, con la empresa, Señorita Sonia, ni caso. Hace una semana me llama la Señorita Nuria desde Sevilla......nada tampoco. Que están en negociaciones con el proveedor/fabricante, no se. El caso que reclamo el desistimiento del contrato y, mientras que esto sucede, me hagan la devolución del dinero abonado. Y, mientras tanto, seguiremos durmiendo en el sofá de la planta de abajo, persona con discapacidad física Referencia 182351. Expediente 76735. Pido el desistimiento orque ya no confío en esta empresa.

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
M. R.
11/03/2026

Tardanza asistencia técnica

Estimados/as señores/as: En fecha 4 Marzo 2026 di parte para reparar silla salvaescaleras. Me pongo en contacto con ustedes porque llevamos 7 días, una semana entera de espera , con el inconveniente que lleva de gravedad para la persona dependiente de dicha silla para moverse con libertad en su domicilio. Y nos dicen ( después de una semana de espera) que hasta el siguiente lunes ( día 16 de marzo no tienen técnico disponible) queda gravemente perjudicada la persona dependiente de esta silla salvaescaleras. Quedando prácticamente confinada durante 12 días. SOLICITO agilizar la reparación por el prejuicio que supone para esta persona, su salud se ve perjudicada y su movilidad altamente limitada Atentamente. Su cliente N: 4300000152

Cerrado
P. G.
15/12/2025

Incumplimiento grave de compromisos comerciales, engaño en fase de venta y dilaciones injustificadas

EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS En relación con el pedido nº 75792, contratado con la empresa VALIDA para la instalación de una silla salvaescaleras en una vivienda particular, exponemos un incumplimiento grave y continuado de los compromisos asumidos por la empresa, así como una quiebra de la confianza generada en la fase comercial previa al cobro del anticipo. Durante la visita comercial, antes de efectuar ningún pago, los representantes de VALIDA manifestaron verbalmente que: El plano técnico de la instalación estaría disponible en aproximadamente una semana, y La instalación completa estaría finalizada antes del puente del 6 de diciembre. Estas manifestaciones verbales fueron determinantes para contratar y para abonar el 50 % del importe total como anticipo. Debe subrayarse que desde el primer momento se recalcó expresamente a la empresa el carácter urgente del encargo, dado que la instalación está destinada a una persona con discapacidad, para la que la falta de salvaescaleras supone una limitación severa de movilidad y autonomía en su propia vivienda. Esta circunstancia fue claramente comunicada y tenida en cuenta en la conversación comercial, siendo precisamente esa urgencia la que motivó las fechas prometidas por VALIDA. A día de hoy, transcurrido más de un mes desde dichas promesas —habiendo otorgado nuestra conformidad el 26 de octubre, formalizado el contrato el 29 de octubre y realizado el pago acordado el mismo 29 de octubre—: No se ha entregado ni siquiera el plano técnico, pese a haberlo solicitado reiteradamente desde el 31 de octubre. Se han producido largas injustificadas, respuestas evasivas y contradicciones internas entre el área comercial y el servicio de atención al cliente. La empresa ha incurrido en errores técnicos básicos en su propia documentación, incluyendo una toma de datos deficiente que obligó a realizar una segunda visita, así como la necesidad de aclarar expresamente que la vivienda no dispone de suelo radiante, extremo que había sido erróneamente recogido por VALIDA. Ha existido una falta de coordinación evidente con su oficina técnica y dificultades reiteradas para contactar con las personas responsables. Todo ello ha generado un bloqueo total del encargo, exclusivamente imputable a la empresa. Por nuestra parte, hemos cumplido en todo momento con nuestras obligaciones: pago puntual del anticipo, aportación inmediata de medidas y datos solicitados, a pesar de que la empresa realizó dos visitas con medición mediante fotogrametría—, disponibilidad constante y plena voluntad de colaboración para evitar retrasos. Incluso llegamos a ofrecer realizar nosotros mismos los planos técnicos si se nos facilitaban los criterios necesarios, sin que ello haya servido para desbloquear la situación. Debe destacarse que la propia VALIDA condiciona el inicio del plazo de fabricación a la firma del plano definitivo, plano que ella misma no ha sido capaz de entregar, prolongando de forma artificial un retraso que afecta directamente a una persona con discapacidad y a sus condiciones básicas de habitabilidad y movilidad. VALORACIÓN Consideramos que concurren indicios claros de una actuación comercial poco diligente, al haberse trasladado plazos que no se han cumplido, así como un incumplimiento contractual grave, agravado por el hecho de tratarse de una instalación necesaria y urgente por motivos de discapacidad, con los consiguientes perjuicios personales, organizativos y económicos causados. PRETENSIÓN Solicitamos, a través del servicio de intermediación de la OCU, que se traslade formalmente a la empresa VALIDA la siguiente exigencia una de las dos opciones siguientes, a elección del consumidor: • Cumplimiento íntegro e inmediato del contrato, con entrega del plano, fabricación e instalación completa de la silla salvaescaleras en un plazo máximo de 15 días naturales, contados desde la notificación de esta reclamación, sin nuevas excusas ni dilaciones, O BIEN • Resolución inmediata del contrato por incumplimiento, con: • Devolución íntegra de todas las cantidades abonadas, y • Indemnización adicional de 10.000 € en concepto de daños y perjuicios, derivados del incumplimiento, del engaño en fase comercial y del perjuicio causado a una persona con discapacidad cuya movilidad depende de esta instalación.

Resuelto
A. M.
01/12/2025

garantia

Estimados/as señores/as: Todos los utesilios tienen una garantia de 3 años, pero Valida dice que la garantia son solo seis meses. Me cambiaron un interruptor que no hacia buen contacto. Solicito que apliquen la garatina que por Ley pertenece

Resuelto Gestionada por nuestros expertos
R. R.
07/10/2025

Reclamación por Incumplimiento Contractual y Devolución de Cantidades Entregadas

DATOS DE LA EMPRESA RECLAMADA: Nombre de la Empresa: VALIDA SOLUTIONS Correo electronico de la empresa: montajes@valida.es DATOS DEL RECLAMANTE (Comunidad de Propietarios): Nombre de la Comunidad: COMUNIDAD DE PROPIETARIOS OLMO N ∘ 22 Representante Legal (Presidente/a): D./Dña. Marina Busto Rodríguez 3B Domicilio de la Comunidad: Calle Olmo 22 San Fernando Cádiz Teléfono de Contacto: 611641984 Correo Electrónico: marinabusto@gmail.com HECHOS: Contrato de Instalación: En nuestra Comunidad de Propietarios contrató con su empresa la instalación de un salvaescaleras en el edificio, destinado a facilitar la accesibilidad hasta la primera planta, y se realizó una entrega a cuenta (o un segundo pago final) por importe de 5.178,57 €.   Imposibilidad de Instalación y Riesgo: Posteriormente a la contratación y en el proceso de instalación, se evidenció que la misma conllevaba la creación de una nueva barrera arquitectónica que impediría el uso de medios auxiliares externos para el traslado de familiares de un propietario (del 2 ∘ B) que necesitan asistencia médica periódica. Además, se comprobó que la instalación comprometería el espacio necesario para una evacuación segura.   Infracción Normativa y Contractual: La instalación de cualquier elemento de accesibilidad debe garantizar la supresión de barreras existentes sin generar otras nuevas, y debe cumplir con la normativa de accesibilidad y seguridad (incluyendo las vías de evacuación). Su empresa, como profesional en la materia, debió verificar la viabilidad técnica y legal del proyecto antes de la contratación y de recibir pagos a cuenta. El diseño propuesto, o la instalación en sí misma, resultaba inviable al generar una nueva barrera y poner en riesgo la seguridad de evacuación, lo cual implica un incumplimiento de la obligación profesional de asegurar que el proyecto cumple con la normativa aplicable y es funcional. Acuerdo Comunitario de Desistimiento: La Junta de Propietarios, en reunión Ordinaria del 7 de mayo de 2025, acordó por unanimidad la no instalación del salvaescaleras por las razones de seguridad y accesibilidad mencionadas, a pesar de la pérdida de la cantidad entregada a cuenta. No se puede eliminar una barrera creando una nueva.   Pérdida de Cantidad: El importe de 5.178,57 € fue abonado a su empresa en concepto de primer pago y la Comunidad no ha recibido contraprestación alguna, al no haberse realizado la instalación por causas de inviabilidad técnica/legal no imputables a la Comunidad, sino a la falta de previsión en el diseño o la verificación previa por parte de su empresa.   PETICIÓN (FUNDAMENTOS DE DERECHO): En virtud de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), la normativa sobre accesibilidad, y el Código Civil en lo relativo a la responsabilidad contractual, exigimos la inmediata devolución de los 5.178,57 € abonados a cuenta. Consideramos que su empresa debe asumir la responsabilidad por la inviabilidad del proyecto, ya que, como experta, debió haber advertido que la instalación no cumplía con los estándares mínimos de accesibilidad y seguridad para la comunidad. La pérdida de esta cantidad constituye un perjuicio económico que debe ser subsanado por la parte profesional que incumplió su deber de diligencia. SOLICITUD: Por lo expuesto, requerimos a la empresa VALIDA SOLUTIONS la devolución íntegra de la cantidad de CINCO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (5.178,57 €) en el plazo máximo de 15 días naturales a partir de la recepción de esta reclamación. En caso de no proceder a la devolución, esta Comunidad se reserva el derecho de iniciar las acciones legales (judiciales y administrativas) que correspondan para la defensa de sus intereses, incluyendo la reclamación por daños y perjuicios. Atentamente, D./Dña. Marina Busto Rodríguez Presidente/a de la Comunidad de Propietarios Olmo N ∘ 22

Cerrado
L. C.
07/10/2025

DEMORA EN LA REPARACIÓN

Usuario: paciente oncológico con movilidad reducida Salvaescaleras averiado desde 8/9/25 Visita técnico 15/9/25: No repara al tratarse una pieza averiada desde fábrica cuyo repuesto hay que pedir al fabricante. A fecha de hoy 7/10/25 sigo esperando a saber algo de la pieza o de la empresa, cuando contacto con ellos todo son buenas palabras y ninguna solución. Desde la semana pasada ni contestan por wassap.

Resuelto
N. G.
17/09/2025

Resolución de contrato

Hola, el 28 de marzo del presente año se firmó la finalización de una plataforma elevadora nos comunicaron en ese momento que el tiempo de realizarse era unas semanas máximo 3 meses y ya han pasado 6 nosotros hemos pagado , hemos dado acceso a la vivienda en cada ocasión hemos tenido un buen hacer cuando pasado el tiempo contactamos para ver cuándo nos lo instalaban nos dicen que tienen que empezar de nuevo después de intentar contactar sin respuesta y mandar burofax solicitemos información nos dice el comercial que han habido errores y que tenemos que esperar otros 3 meses pero a fecha de hoy que pedí información no tenemos respuesta, es una dispositivo de traslado la persona encamada no puede salir de su cuarto con lo que están impidiendo su autonomía personal su sociabilizacion y está decayendo su salud por lo que está siendo dañado y perjudicado

Cerrado

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