Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
G. G.
13/04/2026

Desasistencia en seguro hogar mutua madrileña

Di un parte por viento al seguro y tras 2 meses sigo sin servicio y sin calefacción. Al mes y medio me mandaron al perito. He llamado como 40 veces, Parte abierto desde el 14/2/2026 a hoy 13/4/2026 sigo llamando y nada,puse una reclamación en la misma mutua y nada cambia. Avisé con tiempo y les dije que vendría mi madre viuda de 82 años a mi casa la semana de fallas y sin calefacción ya que el viento arrancó el capuchón de la chimenea,que yo mismo tuve que subir a tapar el hueco ya que venían fuertes lluvias y aquí no vino nadie,aunque llamé e insistí muchas veces y mi madre y yo sin calefacción en meses de lluvia y frío. Es una vergüenza este abandono y exijo una compensación.

Cerrado
R. V.
11/04/2026

Anulación de póliza sin previo aviso

Soy titular de una póliza de seguro de automóvil con su entidad, la cual ha sido cancelada de forma unilateral sin previo aviso suficiente. He abonado correctamente dos de los tres recibos emitidos. En relación con el tercer recibo, manifesté mi disconformidad con el importe, ya que no se correspondía con las condiciones inicialmente informadas. Tras ello, recibí una única llamada informativa por parte de su entidad en relación con el impago, sin que posteriormente se volviera a emitir el recibo ni se me facilitara una solución o alternativa. Sin embargo, el pasado viernes, recibí comunicación vía correo electrónico informando de la cancelación de la póliza, sin haber recibido requerimiento fehaciente previo ni un plazo razonable para regularizar la situación. Esta actuación podría ser contraria a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, que establece que, en caso de impago de una prima, la cobertura no se extingue automáticamente de forma inmediata, y exige determinados plazos y condiciones antes de la suspensión o extinción del contrato. Asimismo, la falta de comunicación adecuada y suficiente podría vulnerar los principios de buena fe contractual recogidos en el Código Civil español. Como consecuencia directa de esta cancelación, he sufrido perjuicios importantes en mi movilidad personal, al quedarme sin cobertura de seguro de forma repentina e inesperada. Por todo lo expuesto, SOLICITO: 1. La revisión inmediata de la cancelación de la póliza. 2. La reactivación de la misma en las condiciones previamente pactadas o, en su defecto, una explicación detallada y documentada del procedimiento seguido. 3. En su caso, la compensación por los perjuicios ocasionados. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en el plazo máximo de un mes, me veré en la obligación de elevar la reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP).

Cerrado
H. C.
11/04/2026

Reparación por humedades en el baño

Mi vecino del piso inferior realizó una queja a su seguro por unas humedades que aparecieron en el techo de su baño, justo debajo de mi inodoro. Una vez que se presentó el fontanero de su compañía de seguros dictaminó que había una filtración desde mi cuarto de baño y, entonces, di parte a mi seguro. Enviaron un operarió y este ratificó lo dicho por el anterior. Llamó a su jefe, le hizo una relación de los materiales que necesitaba (delante de mi) y me dijo que en unos días volverían para hacer la reparación. Como se demoraban volví a llamar al seguro y me dijeron que solo se harían cargo de los daños a terceros. La razón que me dieros fue la antigüedad del inmueble (no creo que tenga más de cincuenta años ni que se pueda considerar una vivienda "antigua").

En curso
J. G.
09/04/2026

Fecha de cancelacion de poliza

Soy titular de la póliza de seguro de vehículo número 012308608 (matrícula 9834MSF) con Mutua Madrileña. A partir del 28 de enero de 2026, envié múltiples comunicaciones por correo electrónico a diferentes direcciones oficiales de atención al cliente de Mutua Madrileña (adjunto copias), solicitando la cancelación anticipada de la póliza debido al cambio a un vehículo de renting, también asegurado con su compañía. Ante la falta de respuesta a dichas comunicaciones, me vi obligado a enviar un burofax el 17 de marzo 2026, reiterando la solicitud de cancelación. Mutua Madrileña ha procedido a la devolución de la prima desde la fecha del burofax, ignorando mis comunicaciones previas del 28 de enero. Esta actuación no se ajusta a la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que establece que la cancelación surte efecto desde la primera notificación fehaciente del asegurado. En relación a la comunicación telefónica mantenida hoy, se me ha confirmado que los correos electrónicos enviados con anterioridad al burofax —dirigidos al servicio de atención al cliente— no son considerados válidos al no haber sido remitidos a la dirección correspondiente. Tras mi carta de reclamación, recibo hoy una llamada telefónica en la que se me informa que los correos electrónicos enviados con anterioridad al burofax —y dirigidos a Atención al Cliente— no son válidos, al no haber sido remitidos al departamento correspondiente. Al respecto, debo señalar que, nunca he recibido respuesta a dichos correos, ni siquiera una notificación de error o la indicación de la dirección correcta a la que dirigirlos. En consecuencia, y dado que la responsabilidad de derivar las comunicaciones al departamento adecuado o de informar al remitente recae en la entidad receptora, insisto en que se tome como referencia la fecha de mi primer correo a efectos de proceder a la devolución del importe correspondiente al período de póliza no consumido. Quedo a la espera de su confirmación por escrito en el menor plazo posible.

En curso
L. C.
09/04/2026

Cobertura seguro Todo Riesgo Plus

En relación a la póliza indicada correspondiente al vehículo marca Mercedes-Benz CLE 4Matic 2448MPV señalar que se declaró un siniestro número 141.017/2026 y la Mutua Madrileña se desentendió de los arreglos del siniestro, en concreto de la sustitución de los neumáticos dañados alegando que estos no estaban cubiertos en la póliza. Cabe señalar que dicha póliza Todo Riesgo Plus cubre TODOS los daños propios del siniestro declarado, incluido los neumáticos cuando estos daños ¨ son producidos por colisión con objeto, siempre que existan daños en la mecánica del vehículo ¨ . Hecho en absoluto no controvertido ya que el vehículo estuvo reparándose mecánicamente desde el 12 de Enero de 2026 hasta la finalización de los trabajos el 26 de febrero de 2026, es decir, más de mes y medio. De no haberse realizado reparaciones mecánicas no cabe explicación alguna al empleo de ese tiempo solo en cambiar los neumáticos.

Cerrado
F. B.
31/03/2026

Taller de confianza

Hola buenas tardes, mi problema tiene que ver con dos partes de aparcamiento que declaré para la reparación de mi furgoneta en mi compañía aseguradora. La mutua me ofreció sus talleres concertados para la reparación de chapa y pintura para reparar mi Peugeot Traveller. Yo les comuniqué que prefería llevar mi furgoneta a un taller de confianza. El perito acudió a dicho taller (Taller Kachilo en el polígono de Hontoria en Segovia) y procedió al peritaje. Me comentaron en mi seguro que debía abonar la factura de mi taller de forma anticipada al no ser uno de los talleres concertados con dicha compañía. Una vez que aboné las facturas de la reparación de mi vehículo al taller, procedí a enviar el justificante de las facturas y el justificante de las transferencias del pago al correo electrónico que me indicaron. Mi sorpresa fue cuando me dijeron que al no ser un taller concertado por ellos, sino se ajustaba al precio que marca la mutua por hora trabajada podrían no abonar la factura en su totalidad. Según la La Ley 50/1980 del Contrato de Seguro, específicamente en su artículo 18, establece el derecho del asegurado a la libre elección del taller donde reparar su vehículo. Este derecho implica que la aseguradora no puede imponer la elección de un taller determinado, ya sea concertado o no. El derecho a la libre elección de taller en España: Derecho fundamental: El asegurado tiene derecho a elegir el taller que considere más adecuado para la reparación de su vehículo, sin que la aseguradora pueda obligarle a acudir a uno concreto. Libertad de elección: Esta libertad de elección se aplica tanto para talleres concertados con la aseguradora como para talleres independientes, sin que ello afecte a la cobertura del seguro. Obligación de la aseguradora: La aseguradora debe aceptar la elección del taller por parte del asegurado y proceder a la indemnización o pago de la reparación, siempre y cuando sea un siniestro cubierto por la póliza. No hay restricciones: La ley prohíbe cualquier restricción o limitación a este derecho, por lo que no se puede obligar al asegurado a acudir a un taller concreto ni se puede condicionar la indemnización a la elección de un taller determinado. Consecuencias de la libre elección: Si el asegurado elige un taller no concertado, la aseguradora puede solicitar una peritación previa y, en algunos casos, el asegurado puede tener que adelantar el importe de la reparación, para luego ser reembolsado por la aseguradora. En resumen, la ley española garantiza el derecho a la libre elección de taller para los asegurados, lo que les permite elegir el taller que mejor se adapte a sus necesidades y preferencias.

En curso
E. A.
30/03/2026

Reclamación por abandono siniestro

Presento esta reclamación formal contra por la negligencia y falta de respuesta ante un siniestro de agua: 1. Retraso Inicial (6 al 11 de marzo): El parte se dio el día 6 y el técnico no acudió hasta el día 11. 2. Cierre Falso y Falta de Comunicación: Tras la visita, el expediente se marcó como "Cerrado y Solucionado" , pero la avería persiste y un baño sigue inutilizado. 3. Reclamaciones Reiteradas Ignoradas: He contactado telefónicamente los días 23 y 26 de marzo. En ambas ocasiones se me prometió una solución inmediata que no ha llegado. 4. Silencio ante Comunicación Escrita: Hace 48 horas envié un correo electrónico formal a la compañía exigiendo la reapertura y reparación del daño. No he recibido respuesta alguna, lo que demuestra un abandono total de sus obligaciones contractuales. 5. Daños Materiales Agravados: La falta de reparación ha provocado que la pintura del techo esté abombada y con desprendimientos, requiriendo urgentemente un pintor. Pretensiones: Solicito a través de la OCU: • Reparación Técnica y Estética Urgente: Envío inmediato de fontanero y pintor. • Indemnización por Daños: Si en 24h no hay respuesta, contrataré servicios privados y repercutiré las facturas a la compañía. • Baja de la Póliza por Incumplimiento Contractual: Dado que el contrato vence en abril, exijo la anulación de la renovación sin coste ni preaviso, ya que la compañía ha roto unilateralmente el contrato al no prestar el servicio de asistencia contratado.

Cerrado
J. F.
27/03/2026

Devolver seguro coche no consumido

El día 03/03/2026 vendí mi coche y cancelé el seguro del mismo en Mutua Madrileña. Posteriormente recibo una carta en que me comunican que el seguro queda en suspenso, durante 5 años y no me devuelven 27,37 euros, de la parte no consumida a expensas de que contrate otro seguro de coche en ese plazo, y en ese caso me descontarían el importe en cuestión.

Cerrado
N. R.
23/03/2026

DENEGACIÓN SERVICIO/INASISTENCIA EN CARRETERA/MALA PRAXIS

ASUNTO: Reclamación formal por incumplimiento de póliza, mala praxis en la gestión del siniestro y perjuicios causados Estimados Señores, Se formula la presente reclamación por una gestión claramente deficiente del siniestro ocurrido el domingo 8 de marzo a las 19:00h, así como por el incumplimiento de las coberturas contratadas en la póliza. 1. Falta de asistencia en carretera a ocupantes Tras el accidente, no se activó ningún servicio de traslado para los ocupantes del vehículo, pese a estar contemplado en la póliza. Durante más de tres horas permanecieron a la intemperie, bajo la lluvia, sin solución efectiva por parte de su compañía. Finalmente, tuvieron que regresar por sus propios medios tras múltiples reclamaciones sin respuesta operativa. 2. Deficiencias graves en la apertura y gestión del siniestro Al día siguiente, al intentar gestionar la reparación, no constaba ningún parte de accidente abierto. Únicamente figuraba una solicitud de asistencia en carretera, lo que evidencia una gestión incorrecta desde el inicio. 3. Derecho a libre elección de taller y rechazo por condiciones impuestas Se ejerció el derecho a libre elección de taller conforme a lo previsto en la póliza, trasladándose el vehículo al taller indicado. Sin embargo, dicho taller ha rechazado finalmente la reparación tras la intervención del perito, al no aceptar las condiciones económicas impuestas, consistentes en una presión a la baja sobre sus tarifas habituales. Esta situación vacía de contenido el derecho a libre elección de taller, al condicionar de facto la viabilidad de la reparación mediante la imposición de precios ajenos al criterio del profesional independiente. 4. Injerencia indebida del perito en la política de precios del taller El perito puede determinar los trabajos técnicos necesarios. La fijación o condicionamiento de tarifas de un profesional independiente queda fuera de sus competencias. La imposición de precios ajenos a las tarifas del taller constituye una práctica improcedente que interfiere en la libre actividad profesional y limita de facto el derecho a la libre elección de taller. 5. Incumplimiento en el traslado del vehículo Se solicitó el traslado del vehículo a un nuevo taller (servicio oficial BMW en Mataró, con relación con su red). Su compañía deniega ahora dicho traslado, pese a haber confirmado previamente que este quedaría cubierto en caso de no aceptación por parte del primer taller. Se dispone de grabación telefónica que acredita estas informaciones, así como las quejas trasladadas a su servicio de atención al cliente que en ningún caso se ha comunicado con nosotros y a evitado facilitar la resolución de todos los inconvenientes y mala praxis de su compañía. Por todo lo anterior, se solicita: 1. Traslado inmediato y sin coste del vehículo al nuevo taller designado. 2. Inicio de la reparación sin más demoras ni interferencias en las condiciones del taller. 3. Reconocimiento expreso del derecho a libre elección de taller sin limitaciones indirectas. 4. Indemnización por la falta de asistencia en carretera, debidamente acreditable mediante testigos y registros. 5. Indemnización por los perjuicios derivados de la indisponibilidad prolongada del vehículo, incluyendo gastos y afectaciones causadas. 6. Revisión interna de las prácticas periciales aplicadas en este expediente. La presente reclamación se tramitará simultáneamente ante la OCU y ante los organismos competentes de la Generalitat de Catalunya, incluyendo su consideración como posible práctica abusiva en la gestión de siniestros y limitación indirecta de derechos del asegurado. Atentamente, IGNACIO RUFÍN RIVERO Administrador ALMA EVANA & ASSOCIATES SL B63580906 BALMES 222, PRAL. BIS 2ª 08006 Barcelona

Cerrado
T. M.
19/03/2026

Problema con la cobertura del contrato

Asunto: Reclamación por rechazo de siniestro – daños por filtración de agua A la atención del Servicio de Atención al Cliente: Yo, D./Dña. Julián Casado Minero_, con póliza nº 0001539192, presento reclamación por el rechazo del siniestro nº 1077887 comunicado a su compañía. El motivo del rechazo indicado por su parte es que en las fechas del siniestro no se registró una cantidad de lluvia o viento suficiente según sus criterios. Sin embargo, los daños producidos en mi vivienda se deben a una filtración de agua procedente del tejado, lo que ha provocado diversos daños materiales en la vivienda. Entre los daños ocasionados se encuentran: - Filtración de agua desde el tejado. - Desprendimiento del termo de la pared. - Golpe en un mueble. - Daños en la secadora. - Caída de azulejos en la terraza. - Humedad y manchas en una habitación. Entiendo que estos daños se encuadran dentro de la cobertura de daños por agua y filtraciones, por lo que no considero justificado el rechazo del siniestro únicamente por la valoración de la intensidad de la lluvia. Por todo ello, solicito la revisión del expediente, la valoración pericial correspondiente y la cobertura de los daños ocasionados en mi vivienda conforme a las condiciones de la póliza. Adjunto fotografías y documentación de los daños producidos. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, me veré obligado a trasladar la reclamación ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para su revisión. Atentamente, Nombre y apellidos Julián Casado Minero DNI 51904747A Teléfono630440344 Dirección Vilches 12R Fecha día 11/02/26 el perito Agustín Flores Puerto. Dicho día solicitó por WhatsApp, que le enseñáramos los daños causados por las lluvias recientes de esas fechas. Al no venir a ver el tejado, yo creo que no puede valorarlo.

Cerrado

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