Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
C. A.
02/07/2018

Cambio asiento

El pasado 10 de mayo, por medio de la página web de Iberia, compre un pasaje para Cuba. Existía la opción de elegir asiento previo pago de una cantidad o en caso contrario cuando se hiciera la tarjeta de embarque el sistema te daba un asiento libre sin ningún cargo.Elegí los asientos 8E tanto de ida como de vuelta por un importe de 20 y 15 euros respectivamente. Asientos que corresponde justo en la primera fila de turista que son as amplios y no tienen asientos delante.El pasado 24 recibí un correo diciéndome que por cambio de aparato me asignaban los asientos 22 L y 22 A que eran similares, circunstancia que no es cierta.LLamé el pasado viernes 25 al telefóno que se indicaba en el correo 901111500 para reclamar ésta circunstancia no dándome ninguna solución. Solo e indicaron que como había sido por cabio de aparato no se podía hacer nada.

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A. C.
26/02/2018

Reembolso de tasas

El día 1 de Febrero compré un vuelo internacional en Iberia.com, con salida desde Madrid para el día 18 de Marzo y de tarifa no reembolsable. La semana siguiente llamé al teléfono de atención (Serviberia) para informarme sobre la política de cancelaciones y pregunté si se me devolverían las tasas en caso de anular el vuelo. Su respuesta fue que sí que me devolverían las tasas menos treinta euros por gastos de gestión. Al ser la respuesta afirmativa, decidí cancelar el vuelo y me dijeron que en el plazo de 72 horas me ingresarían el reembolso en la misma cuenta que utilicé para pagar el billete. Pero dos semanas más tarde, concretamente el 23 de Febrero, recibí un email diciendo que, una vez hechas las revisiones y los cálculos, no quedaba saldo a mi favor y que al ser una tarifa no reembolsable, la mayoría de las tasas no son reembolsables, por lo cual no se me devuelve nada.Sin embargo, las tasas corresponden a impuestos aeroportuarios gubernamentales que la aerolínea no debe pagar en el caso de que el pasajero no vaya a viajar, por lo que se debe devolver el importe al usuario en caso de cancelación, incluso cuando la tarifa es no reembolsable.Por otra parte, se ha avisado con más de un mes de antelación, por lo que la aerolínea dispone de tiempo suficiente para vender de nuevo el billete, sin que suponga perjuicio alguno.

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A. C.
01/02/2018

Rotura carrito bebe PIR MADIB48479

El dia 3 de Diciembre cogí un avión de Iberia con mi bebé de 8meses de Roma a Madrid, dejé el carrito con sus etiquetas del check in en ambas partes plegado a la entrada al avión. A la vuelta me devolvieron el carrito completamente destrozado por la cinta de equipajes, teniendo que ir con el bebé en braxzos y ambas partes del carrito encima. Puse el parte de reclamación en el mostrador de Iberia. Indiqué la marca y modelo del carrito, así como su valor y pedí poder ver el parte que había escrito la trabajadora de Iberia, que se negó a enseñármelo y me dijo que podía consultarlo online. Cual es mi sorpresa cuando lo revisé en casa, no había escrito en el parte ni la marca ni el modelo del carro y había escrito un valor aproximado de 300 euros, cuando yo especifique que el valor del carro son 1159 euros. Llameé y modifique los datos incorrectos. Envié toda la información que me solicitaron, incluyendo también el parte de irreparabilidad que me emitieron en el taller de la marca del carrito Bugaboo, y la factura de un nuevo carrito del mismo modelo. Tras innumerables emails y llamadas constantes a Iberia, y los costes que eso conlleva pues es un 901 y tardan muchísimo en atender, me indemnizan con 200 euros. No sólo considero irrisorio la indemnización puesto que el carro del mismo modelo y marca me ha costado 1159 euros, sino que además hasta que conseguí el reemplazo del mismo estuve varios dias sin carrito y por tanto llevando en brazos a mi hijo. Dado que via email Iberia mantiene que no me va a indemnizar como es mi derecho, y que via telefónica se limitan a decirme que el departamento de atención al cliente no me puede solucionar nada más, puesto que ese no es su trabajo, me veo obligada a solicitar una indemnización por esta vía.

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A. C.
28/01/2018

nombre cortado en reserva por error de su web

Realizo reserva de avión para 3 adultos y un niño a traves de su web.Cuando me llega la reserva mi nombre solo se ve mi primer nombre, segundo nombre solo dos letras, primer apellido y no sale mi segundo apellido.He llamado y contactado por sus redes sociales y dicen que solo debe coincidir mi primer nombre y mi primer apellido cuando siempre han dicho lo contrario.A todo esto el niño solo sale su primer nombre.

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F. S.
07/11/2017

Doble retención bancaria en compra billetes Iberia Express

En mi tarjeta de débito se produce la autorización de una compra de 224,85 euros (2 billetes de avión) el 24 de octubre a las 16:50 del comercio 473918670-I2, con número de autorización 801488. El mismo día, a las 17:50 se produce una nueva autorización, así como una contabilización, ambas por 224,84 euros, del comercio Iberia Express, también con número de autorización 801488. Con el segundo movimiento no ha llegado a producirse retención alguna, dado que se produjo simultáneamente la autorización y la contabilización, con idénticos datos. Sin embargo, con el primer movimiento, de 224,85 euros la retención se mantiene en mi misma cuenta. Esta retención se dará de baja cuanto se reciba la contabilización de la misma, su anulación por parte del comercio, o bien hasta la fecha fin marcada inicialmente, el día 13 de noviembre, por lo que la entidad, identificada como 473918670-I2, debe dar la orden que corresponda.No obstante, la compañía Iberia Express no ha procedido a dar la orden para la anulación de la retención practicada por su error.He puesto 3 reclamaciones por email a Iberia Express. La última sigue sin respuesta, pero en las 2 primeras su respuesta se limita a responsabilizar a mi entidad bancaria Openbank.He abierto incidencia en Openbank, y su respuesta es que es el comercio el que debe levantar la retención duplicada, realizad por el comercio por error.

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A. C.
11/10/2017

Cambio de vuelo por Motivos de Salud

buenas noches senores de OCU , mis padres compraron 2 boletos en clase economica por iberia el dia 28 de mayo de 2017 de caracas/madrid/oporto y regreso de el dia 27 de julio oporto/madrid/caracas, dias antes de la fecha de regreso, a mi madre le diagnosticaron en PORTUGAL una apendicitis, que cambio a apendicitis aguda y luego a peritonitis, ella fue operada en el Hospital publico Sao Sebastiao de la Ciudad de Santa Maria da Feira (norte de Portugal) de inmediato comunicamos a iberia por medio de la agencia de viajes en donde compramos los boletos y pidieron un certificado del hospital que ella habia sido internada, sometida a cirugia y que no podria viajar de avion en un tiempo prudencial. Este certificado/declaracion fue entregado y aceptado por Iberia. Iberia nos comunicó que cuando pudiera mi madre viajar que nos comunicaramos y le dieramos las fechas posibles. para nuestro asombro y para poder utilizar ese mismo boleto Iberia nos propone un pago de 1196 euros por persona y eso que no estarian cobrando la taxa de alteracion de los boletos. Ellos se basan en que el boleto tenia una tarifa inicial maxima de 2 meses, cosa que estabamos completamente en conocimiento, pero la no asistencia del vuelo no fue por motivo personal si no por motivos de salud justificados con declaracion valida de un hospital. queriamos saber por favor si ellos tienen la razon de exigir ese pago o si podemos apelar a estes valores, porque estamos de acuerdo en que puede haber una penalizacion pero no por un valor tan exagerado. La consecuencia es que tuvimos que comprar otro pasaje mas economico por la compania aerea Tap, pasaje de ida y vuelta por 988 euros cada persona, mi papa y mi mamá

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A. C.
07/07/2017

Devolución tasas aeropuerto

Escribo para reclamar porque no se me han devuelto las tasas correspondientes a un vuelo que finalmente no podré realizar. (Praga a Barcelona el 15 de julio de 2017). Ante las sospechas de no poder volar, llamo a Iberia el 21 de junio a las 22:50 y les comento el caso. Me dicen que tranitar la devolución tiene un coste de 30 euros (lo que ya me parece mal), pero como mis tasas son de 48,66 euros, me confirman que correspondería la devolución. Me preguntan si quiero tramitarla ya y respondo que no porque aún no es 100% seguro que no pueda volar. Finalmente, hoy 7 de julio alrededor de las 9:00 llamo para tramitarlo porque finalmente no vuelo. Primero llamo a un número que resulta ser Iberia Express, donde me dicen que no pueden hacerlo, pero me confirman que me corresponde una devolución de alrededor de 19,70 euros. Me derivan al 901 111 50. Llamo y me vuelven a decir lo de los 30 euros de cargo por tramitación pero ahora me dicen que existe también una tasa de la que ni se ponen de acuerdo del nombre, la llaman tasas parciales o tasas de gasolina indistintamente, y que debido a ello, no me van a devolver nada. Exijo que se me devuelva el importe que me corresponde, como me dijeron anteriormente.

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A. P.
06/07/2017

Cantidad retenida por la compra de unos billetes de Iberia

El 27 de junio entré en la Web iberia.com para realizar la compra de cuatro billetes de avión de Madrid- Praga. Tras introducir los datos de la tarjeta, pulsé pagar y me salió una página de error que me indicaba que me pusiera en contacto con Iberia a través de un teléfono porque había habido un problema con la reserva. Les llamé y hablé con un operador que me indicó que debía finalizar la reserva con él y que le debía volver a facilitarle los datos de la tarjeta. Así lo hice y él me hizo el cobro y me mando los billetes a mi correo electrónico. A los dos días me di cuenta que tenía retenidos dos cargos por 845,08 euros en mi cuenta. Llame a mi banco y les pregunté por las retenciones, y claro, me informaron que estaban retenidos por Iberia. Me facilito un número para que Iberia me desbloquearan uno de los dos cargos. Cuando llame a Iberia me dijeron que ellos no podían hacer nada. Que la retención de una de esas cantidades se desbloquearía en unos 10 o 15 días y que lo sentían y que solo me cobrarían una. Me comentó que la Web estaba teniendo problemas y que había mucha gente con esta misma incidencia. A día de hoy 6 de julio, continúo con 845,08 euros retenidos, que son míos y no puedo hacer uso de esa cantidad por un problema de la Web de Iberia de la que yo no tengo nada que ver. A los 2 o 3 días me cobraron los billetes, pero los 845,08 euros duplicados, siguen retenidos 9 días más tarde.

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A. C.
14/10/2016

PAGO DE GASTOS POR CANCELACION

Buenas tardes, teníamos contratados con esta compañía 4 vuelos de ida y vuelta de Granada a Bilbao con fecha de salida del 16 de Agosto y vuelta el 23 del mismo mes. Los vuelos tenia escala en Madrid tanto a la ida como a la vuelta. A la vuelta, el dia 22 de Agosto por la noche, cuando fuimos a realizar el checkin para sacar las tarjetas de embarque, la aplicación de la compañía nos deja realizar el embarque del vuelo de Bilbao - MAdrid numero IB449, pero el embarque del vuelo de Madrid - Granada no nos permite realizarlo. Llamamos al tlf de atencion al cliente y nos indican que el vuelo se ha cancelado, por un fallo de la compañía la hora de salida del vuelo de madrid a Granada era anterior a la salida del vuelo de Bilbao a Madrid... por lo tanto nos indican que el vuelo nos lo cancelan. Ante esto, nos proponen la siguiente solución: rehubicarnos en un vuelo igual que el anterior pero en vez del día 23 el día 24 y ellos se hacen cargo de los gastos de transporte, estancia en hotel y manutención. nos indican que escaneemos todos los tikets y facturas y las enviemos por su pagina web. Pero una vez que enviamos los tikets y facturas tal y como ellos nos piden nos deniegan el pago de los mismos, alegando que ellos ya nos rehubicaron en otro vuelo aunque fuera al dia siguiente.. y que no nos pagan los gastos. Hemos realizado la reclamacion en dos ocasiones recibiendo la misma respuesta. Comprobamos en su pagina web nuestros derechos y en ella aparecen contemplados que se hacen cargo de todos los gastos. cito de su pagina:El Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, en vigor desde el 17 de febrero de 2005, establece normas comunes para las Compañías Aéreas en materia de indemnización y de asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso de un vuelo.Este Reglamento se aplica:Siempre que los pasajeros dispongan de una reserva confirmada en el vuelo de que se trate y, excepto en el caso de la cancelación, se presenten a facturación a la hora indicada previamente o, de no indicarse hora alguna, con una antelación mínima de cuarenta y cinco minutos respecto de la hora de salida anunciada:A los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en el territorio de un Estado miembro sujeto a las disposiciones del Tratado.A los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en un tercer país con destino a otro situado en el territorio de un Estado miembro sujeto a las disposiciones del Tratado, salvo que se les hayan prestado las atenciones que disponga la legislación de ese tercer país.2. Cancelaciones de vuelos2.1. Indemnizaciones por cancelaciónEl Reglamento contempla que el transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una indemnización al pasajero:- Si se puede probar que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables (casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad, deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo, congestión aeroportuaria, gestión del tráfico aéreo y huelgas que afecten a las operaciones del transportista aéreo).- Si se avisa al pasajero de la cancelación del vuelo, al menos con dos semanas de antelación respecto a la hora de salida prevista.- Si se avisa al pasajero de la cancelación del vuelo, entre dos semanas y siete días de antelación respecto a la hora de salida prevista y se le ofrece un transporte alternativo que le permita salir con no más de dos horas de antelación respecto a la salida original del vuelo y llegar a su destino final con menos de cuatro horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista en el vuelo inicialmente contratado.- Si se avisa al pasajero con menos de siete días de antelación a la hora de salida prevista y se le ofrece otro vuelo que le permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida original de su vuelo y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada prevista en el vuelo inicialmente contratado.Si no se da ninguna de estas circunstancias, los pasajeros con reserva de plaza confirmada para un vuelo que sea cancelado, tendrán derecho a:- 125 euros para vuelos de hasta 1.500 km, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a dos horas con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado o a 250 euros, si el retraso es superior a dos horas.- 200 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a tres horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado o a 400 euros si el retraso es superior a tres horas.- 300 euros para todos los vuelos no incluidos en los Avios anteriores, cuando el transporte alternativo ofrecido tenga una hora de llegada a destino no superior a cuatro horas, con respecto a la inicialmente prevista en el vuelo reservado o a 600 euros si el retraso es superior a cuatro horas.- Las indemnizaciones se podrán abonar en metálico, por transferencia bancaria electrónica, por transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo con el pasajero, en bonos de viaje u otros servicios.- El bono electrónico que le proporciona Iberia en estas situaciones, puede ser canjeado por dinero en efectivo o por un bono de viaje (MCO) que tiene un valor superior y puede ser utilizado para la compra de billetes de Iberia.- Para proceder a tramitar su indemnización, le rogamos que se ponga en contacto con nuestro Centro de Atención al Cliente, a través de los teléfonos o direcciones que encontrará al final de este folleto.2.2. Asistencia por cancelaciónEl pasajero puede elegir entre:- Conducción a su destino final, en condiciones de transporte comparables, lo antes posible o en fecha posterior a conveniencia del pasajero en función de las plazas disponibles.- Reembolso** en un plazo de 7 días del trayecto o trayectos del recorrido no utilizados, y del trayecto o trayectos del recorrido realizado si el viaje ya no tiene razón de ser y a un vuelo de vuelta al primer punto de partida.Además, el pasajero recibirá gratuitamente:- Bebida y comida suficientes en función del tiempo que sea necesario esperar.- Dos llamadas telefónicas o el envío de dos mensajes de télex, o dos mensajes de fax, o dos correos electrónicos.- Si es necesario pernoctar: alojamiento, cuando proceda, y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.Por este motivo reclamamos que se nos indemnice por los gastos generados de la cancelación sin aviso de nuestro vuelo así como la indemnización por compensacion de 250€ que esta estipulada por persona por la cancelación del vuelo sin previo aviso.

Cerrado
S. M.
01/01/0001

Problemas con descuento residente

Iberia no permite realizar reservas de vuelos internacionales con conexión en Madrid/Barcelona para residentes en Islas con el descuento que se debe aplicar en el vuelo ISLAS-PENÍNSULA Te piden que hagas dos reservas, una para llegar a Madrid y otra para el vuelo internacional, de esta forma si aplica el descuento de residente en islas. El truco, en el que hemos caído unos cuantos, es que al tratarse de dos resevas independientes, si por algún motivo ajeno al pasajero no se realiza la conexión, IBERIA se lava las manos, excusandose en que se trata de dos reservas independientes. Con la pérdida de TODOS los vuelos siguientes tanto de ida como de vuelta.

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