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Avería en interruptor sobretensiones de mi cuadro de casa debido a conexion indebida de la compañía
Exposición de los hechos 1. En fecha 24 de febrero a las 8.30 de la mañana, su compañía distribuidora I-DE realizó un corte programado de suministro eléctrico en el vecindario afectando al domicilio Avda. Doctor Bedoya 23 para trabajos de mantenimiento. 2. Tras el restablecimiento del suministro, el interruptor de sobretensiones ubicado en el cuadro cuadro eléctrico general de protección quedó inutilizado de forma irreversible, sin posibilidad de rearme. 3. El técnico que suscribe tras realizar las pruebas y verificaciones pertinentes en la instalación así como el interruptor de sobretensiones inutilizado concluye que el dispositivo quedó dañado por un pico o sobretensión coincidente con el momento del reenganche eléctrico, lo cual puede ser demostrado por el estado en el que ha quedado el interruptor cuyo mecanismo imposibilita el rearme a causa del pico de tensión sufrido, así como las lecturas del contador donde se puede apreciar que antes de la desconexión no existían ningún tipo de problema en el suministro, y siendo tras la reconexión de la instalación cuando se ha producido la avería del mecanismo sin haber tenido por tanto cualquier otra afectación que haya posibilitado la avería. 4. Se trata de un daño coherente con lo que se sabe sobre este tipo de incidencias en maniobras de red, donde las alteraciones de tensión pueden provocar fallos en dispositivos de protección o aparatos eléctricos.
Aparato Eléctrico averiado tras incidencia en el suministro
El 16/03/2026 por la noche ocurrió una avería de la cual recibí notificación (SMS) por vuestra parte, que comenzó como una "oscilación" (la luz empezó a parpadear y perder potencia y finalmente hubo un corte de suministro, que tras hablar con varios vecinos me confirmaron que a ellos también les pasó. El 17/03/2026 se ha producido tres veces esta "oscilación" sin llegar al corte de suministro y finalmente esa misma noche se produjo otro corte (breve) del suministro. Durante la tarde del 17 procedí a revisar todos los electrodomésticos y demás aparatos conectados a la corriente eléctrica y me he dado cuenta que el sufwoofer de mi equipo de sonido está totalmente roto. Les envié una reclamación a través de su portal y me acaban de responder literalmente que "entre el 16 de marzo de 2026 y el 17 de marzo de 2026, no se produjo incidencia alguna que pudiera afectar al punto de suministro por el que se interesa, por lo que no procede por nuestra parte asumir compensación alguna por daño y/o pérdida" cuando tengo tanto un SMS de ustedes como la captura de pantalla de vuestro mapa de incidencias que adjunto a continuación.
El limitador de potencia no salta hasta los 7kW/h
El limitador de potencia no salta hasta PASADOS los 7kW/h Y YO TENGO CONTRATADA UNA POTENCIA DE 3,4kW/h. Eso el mes pasado, pero la semana pasada NI SALTABA YA cosa que me parece PELIGROSÍSIMA. hE RECLAMADO MUCHAS VECES Y ME DICEN QUE ESTA correctamente CUANDO EN SU MISMA PAGINA DE area cliente Me esta diciendo lo CONTRARIO. tambien HELOW WAT la I.A de Iberdrola, me da la razon en TODO
Alta de suministro
Se ha solicitado el alta de un nuevo suministro (contador) para un punto de carga para un automovil. El nº de expediente es el 9046449720 pero I-DE la empresa distribuidora se niega a realizar la instalación indicando que existe otro expediente abierto para la misma dirección, este es el 9033580931. Según me han indicado teléfonicamente el expediente 9033580931 se abrio en el 2016 por parte de la constructora del edificio y nunca se ha cerrado (se entiende que por error). Por mi parte al no tener acceso al expediente no puedo ni cerrar dicho expediente y la constructura ya no tiene relación con el edificio. Por parte de I-DE no se da ninguna solución
No me dan el alta
Hola A día de hoy, todavía no hemos recibido respuesta a la última reclamación que hizo mi comercializadora BonbreuEsclat Energíaa I-DE. Detallo a continuación los motivos de rechazo que nos ha trasladado la distribuidora hasta el momento, así como las actuaciones que han llevado a cabo desde BonpreuEsclat Energía: Rechazo 1: Tipo de autoconsumo no válido e inexistencia de contrato ATR previo en vigor Actuación realizada: Enviamos inicialmente un proceso ATR C1 (cambio de comercializadora). En ese momento desconocíamos que se trataba de un punto de suministro completamente nuevo. Una vez detectado, tramitamos un proceso ATR A3, que es el correspondiente a la activación de un punto de suministro nuevo. En esta segunda solicitud ya se adjuntó la documentación que nos facilitaste. Rechazo 2: Tipo de autoconsumo no válido Actuación realizada: Enviamos nuevamente la solicitud A3, esta vez sin solicitar el alta en autoconsumo, únicamente la activación del punto de suministro nuevo. Rechazo 3: Tipo de autoconsumo no válido. Actuación realizada: Abrimos la reclamación 03-035: Disconformidad Rechazo Solicitud ATR–Peaje para solicitar información adicional. La distribuidora respondió indicando: “sin cumplimentar CIE”, aunque en ese punto ya nos habías informado de que IDE te había confirmado el alta como productor desde el 19/11/2025. A pesar de ello, reenviamos otra solicitud A3 sin pedir autoconsumo. Rechazo 4: Tipo de autoconsumo no válido. Actuación realizada: Abrimos la reclamación 03-048: Petición de Información Adicional Rechazo, que sigue pendiente de respuesta. Resumen general Hasta el momento hemos tramitado: 4 solicitudes de alta A3, y 3 reclamaciones para obtener detalles sobre los rechazos. En ninguna de las respuestas recibidas hasta ahora se especifica qué dato es incorrecto en la documentación aportada ni por qué motivo consideran que el autoconsumo no es válido, especialmente teniendo en cuenta que IDE ya te ha confirmado el alta como productor desde el 19/11/2025. un saludo
Rotura de poste de Iberdrola contiguo a mi domicilio
Estimados/as señores/as: Josu Mirena Sojo González con DNI 30594131Z soy titular de un contrato de suministro eléctrico de Ugalde 19 01409 Okondo Álava suscrito con su compañía, me dirijo a ustedes para informarles de la interrupción del suministro que ha tenido lugar en mi domicilio en la fecha 14/02/2026 a las 11:36 am, prolongándose hasta el 15/02/2026 a las 15:45 apagón continuo. En el momento de la recuperación del suministro mi instalación fotovoltaica no funciona, habiendo notificado en el momento de la recuperación del suministro al número de atención al cliente de su compañía 900171171. La instalación fotovoltaica funcionó correctamente hasta el momento de la rotura del poste (14/02/2026 a las 11:36 am) y ya no ha vuelto a funcionar. La interrupción, tuvo lugar por causas de rotura de poste de hormigón ocasionando explosiones y chispazos y absolutamente ajenas a mi voluntad, habiendo cumplido por mí parte, las obligaciones contraídas en el contrato de suministro pactado, y estando al corriente de pago de todas mis facturas. Solicito: Que procedan a la reparación de la instalación fotovoltaica o al pago de las indemnizaciones que en el contrato aparecen o sean preceptivas según la normativa vigente. Sin otro particular, atentamente. Josu Mirena Sojo González
Años de microcortes
Tras dos años de peleas con la compañía seguimos sufriendo de microcortes de luz esporádicos sin una solución clara. El día 13 suponemos que el corte fue provocado por unos trabajos en una calle adyacente (que nunca debieron afectarnos ya que no es la misma conexión). Pero hoy, aproximadamente a las 8:25 hemos vuelto a sufrir otro microcorte. Teniendo en cuenta la presencia de equipos informáticos conectados, esto provoca molestias (especialmente en horario laboral), posibles pérdidas de información e incluso pueden llegar a provocar problemas con los sistemas operativos. Hace unos meses por fin enviaron un técnico a revisar la conexión del bloque de viviendas a la red eléctrica, el cual confirmó que no había ningún problema exceptuando la presencia de barro seco debido a la DANA, lo cual presentó como posible origen de la problemática, pese a que los microcortes vienen dándose desde hace un mínimo de 2 años (tiempo que llevo yo en la vivienda), aunque los vecinos confirman que hace más años que tienen el mismo problema. PEDIMOS SOLUCIONES
Plazo vencido para el cambio de potencia
He realizado una solicitud de aumento de potencia a través de Endesa. El 22/12/2025 recibí un correo indicando que el plazo establecido es de entre 2 y 5 días hábiles. Sin embargo, el plazo ha cumplido. Es importante anotar que, teniendo en cuenta las fechas en las que estamos y la ola de frío que atravesamos, esta situación me está causando mucho perjuicios. Por lo tanto, solicito respuesta por parte de I-de, así como que se efectúe el cambio de potencia lo antes posible.
No puedo contratar la luz
Hola, despues de supuestamente habia un enganche, que no era pues habia un contador analogico del antiguo propietario y ir a poner la luz a mi nombre me exigiste que para ponerla tenia que pagar una sancion, la cual por evitar problemas la estoy pagando, luego me exigiste que tenia que cambiar la cgp, pues la cambie, y ahora despues de hacerlo todo me dicen que habia un enganche cuando se estaba actualizando todo, istalacion electrica, nuevo boletin, cgp, fusibles, y nada todavia no estan conforme, ruego por favor me dejen contratar mi luz, no hay derecho despues de gastarme un dineral, todavia este sin suministro,
Fallos en la App, mi dirección y vulnerabilidad humana.
Soy titular de un contrato de suministro eléctrico con Iberdrola Distribución e Iberdrola Comercializadora, correspondiente a mi vivienda habitual, situada en la provincia de Alicante. Presento reclamación por la prestación deficiente del servicio y la vulneración de mis derechos como consumidor, al constar en los sistemas de Iberdrola datos incorrectos sobre el suministro, figurando erróneamente como “no vivienda habitual” cuando sí lo es, lo que condiciona negativamente la gestión del contrato y del suministro eléctrico. Asimismo, pese a constar una potencia máxima autorizada de aproximadamente 5,7 kW, la aplicación móvil y los canales digitales de Iberdrola no permiten realizar la modificación de potencia, mostrando mensajes contradictorios e impidiendo completar el trámite sin causa técnica justificada. Resulta especialmente grave que, aun no permitiendo finalizar la gestión, el sistema sí calcule importes elevados por dicho cambio, pretendiendo su cobro, lo que constituye una práctica abusiva y una clara falta de transparencia. La atención al cliente recibida ha sido reiteradamente ineficaz, sin soluciones reales ni corrección de los errores detectados, generando indefensión, pérdida de tiempo y perjuicio económico continuado. Estos hechos vulneran lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, así como la Ley 1/2011, de la Generalitat Valenciana, del Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias de la Comunitat Valenciana. Por todo lo anterior, solicito la intervención de la OCU para que se requiera a Iberdrola a corregir de forma inmediata los datos del suministro, reconocer la condición de vivienda habitual, permitir sin trabas la modificación de potencia hasta el límite legalmente autorizado, revisar y devolver cualquier cantidad indebidamente cobrada o intentada cobrar y abonar una compensación económica mínima de 200 euros por las molestias, el tiempo perdido y la deficiente prestación del servicio. Adjunto capturas de pantalla y documentación acreditativa de los hechos descritos.
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